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JUSTICIA SOCIAL Y DISCURSO CRÍTICO EN EDUCACIÓN: UNA MIRADA DESDE FRANÇOIS DUBET

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ubet nos plantea dos modelos de justicia social: la igualdad de posiciones y la igualdad de oportunidades. A juicio del autor, las tensiones derivadas de la oposición de ambos enfoques se encontrarían convenientemente ocultas tras la voluntad de los principios que les rigen, como también por cierta imprecisión en cuanto a sus significados. Según Dubet (2012aDUBET, F. Repensar la justicia social. Contra el mito de la igualdad de oportunidades. Siglo XXI: Buenos Aires, 2012a. p. 11), lo que ambas concepciones buscarían sería “[…] reducir algunas inequidades, para volverlas si no justas, al menos aceptables.”.

La igualdad de posiciones se asentaría en “[…] los lugares que organizan la estructura social, es decir, en el conjunto de espacios sociales ocupados por los individuos […]” (p. 11). Lo que se busca, es alcanzar mayores niveles de igualdad a través de la aproximación de tales posiciones, implicando la “[…] representación de la sociedad en términos de clases sociales y de focalización de la lucha contra las desigualdades en la esfera del trabajo”. (DUBET, 2012bDUBET, F. Los límites de la igualdad de oportunidades. Nueva Sociedad, n. 239, p. 42-50, may./jun.. 2012b. Disponible en: <Disponible en: http://www.nuso.org/upload/articulos/42_1.pdf >. Acceso en: 20 enero 2016.
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, p. 46). Por su parte, la igualdad de oportunidades se centraría en la posibilidad que todos tendrían “[…] de ocupar cualquier posición en función de un principio meritocrático”. El alcance ideológico de esta última, emerge al momento de asumir de facto que las desigualdades son justas en la medida que las oportunidades se encuentran accesibles a todos. Como señala el autor, el fondo del problema radica en la potestad que tiene esta perspectiva de invisibilizar el impacto que juega, en el acceso a oportunidades, la estructura de posiciones establecida a priori.

Al analizar el trasfondo de ambos enfoques, es posible observar ciertos elementos que, de manera latente, actúan en términos de costos asociados a la adscripción de uno u otro modelo. En términos prácticos, para su implementación, la igualdad de posiciones necesita de la institucionalización de formas de control que aseguren la ausencia de actos de competencia que pongan en riesgo el anhelado equilibrio entre posiciones. En lo particular, implica impulsar acciones de corte arbitrario orientadas a disminuir la posibilidad de que los individuos circulen de manera no regulada por el espacio social, particularmente en base a su capital cultural heredado. Esta desigualdad agregada, actuaría como condición necesaria para la generación de espacios de equidad relativa, por medio de los cuales se buscaría reducir la brecha social. Se evidencia así, una propuesta de equidad centrada en una necesaria reducción de las libertades, a fin de asegurar un mayor equilibrio entre las diferentes posiciones.

En la igualdad de oportunidades, el mérito emerge como un elemento de considerable importancia. Es a partir de este, que los alcances latentes sedimentados en el propio modelo, emergen en la forma de inequidades justas. En este plano, el análisis es simple: para el reconocimiento del mérito, es decir, para alcanzar una toma de conciencia respecto de la existencia del mismo, resulta siempre necesaria la existencia de un referente que permita distinguirlo de otras representaciones vinculadas al mundo social. Su representación, necesitará así de la existencia previa de un opuesto con el cual dicha acción será no sólo comparada, sino respecto del cual será, a la vez, valorada. El mérito se constituye así, en el producto de una desigualdad anclada a la base del propio modelo de justicia social, el cual, para su consecución, necesita de la existencia de determinadas formas de inequidad social, las que son permanentemente presentadas como justas. Dichas inequidades se constituyen en condición necesaria para la generación de espacios de competencia, donde la igualdad de oportunidades actúa como factor de legitimación de diferencias de clase y la competencia equitativa se presenta como aquella proyección ideal que viene a ocultar, convenientemente, su imposibilidad. Sustentado en la diferencia como factor de movilidad social y anclando en la necesidad de un otro menos posicionado que, a priori, cumpla la misión de referente y base del mismo, dicho modelo se provee y beneficia de lo que podemos significar como “egoísmo racional”.

Desde la educación, podemos convenir que resulta imposible sostener un sistema educativo al margen, tanto de una idea de sociedad, como de la adscripción a uno u otro modelo de justicia social. Así, cualquier toma de posición que se pueda plantear en este ámbito, debe necesariamente hacerse cargo de las desigualdades que se encuentran a la base de las propuestas de justicia esgrimidas por Dubet (2012aDUBET, F. Repensar la justicia social. Contra el mito de la igualdad de oportunidades. Siglo XXI: Buenos Aires, 2012a.,bDUBET, F. Los límites de la igualdad de oportunidades. Nueva Sociedad, n. 239, p. 42-50, may./jun.. 2012b. Disponible en: <Disponible en: http://www.nuso.org/upload/articulos/42_1.pdf >. Acceso en: 20 enero 2016.
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). El desafío, desde el ámbito de la educación, se enmarca en la necesidad de abordar, primero, la imposibilidad de acabar con las inequidades sociales, por cuanto éstas son producto y parte constitutiva de los modelos que buscan, antagónicamente, su disolución. Dicha desigualdad incorporada, posibilita no sólo la preeminencia del modelo establecido, sino que, paralelamente, actúa como elemento constitutivo para la justificación de su opuesto, amparando así la imposición vehemente de uno u otro modelo de justicia.

En la complejidad de una realidad que concibe la justicia social, ya sea en la forma de posiciones presentadas como justas o bien en la forma de competencia radical, cualquier crítica al problema de la educación, debe asumir la compleja tarea de reconocer la problemática en el marco de los alcances perversos implícitos en su propio enunciado.

REFERENCIAS

  • DUBET, F. Repensar la justicia social. Contra el mito de la igualdad de oportunidades. Siglo XXI: Buenos Aires, 2012a.
  • DUBET, F. Los límites de la igualdad de oportunidades. Nueva Sociedad, n. 239, p. 42-50, may./jun.. 2012b. Disponible en: <Disponible en: http://www.nuso.org/upload/articulos/42_1.pdf >. Acceso en: 20 enero 2016.
    » http://www.nuso.org/upload/articulos/42_1.pdf

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    Sep-Dec 2016

Histórico

  • Recibido
    17 Ago 2016
  • Acepto
    04 Nov 2016
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