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Un nuevo escenario de atraso y destrucción en la formación de nivel medio en Brasil

Un retroceso en la configuración de las políticas públicas de educación y salud en Brasil — y, por lo tanto, del campo de la formación en salud — constituye el telón de fondo de este número de Trabalho, Educação e Saúde.

Cabe destacar, en tal sentido, la Medida Provisoria 746, popularmente conocida como la "MP del Nivel Medio", cuyo contenido consiste en la alteración de la actual Ley de Directrices y Bases (LDB), establecida en la ley n. 9.394, promulgada en 1996, y del Fondo de Mantenimiento y Desarrollo de la Educación Básica y de Valorización de los Profesionales de la Educación (Fundeb), creado por la ley n. 11.494, de 2007, y la Propuesta de Enmienda a la Constitución n. 55 (PEC 55), aprobada en carácter definitivo por el Congreso Nacional, el día 13 de diciembre del año pasado, apuntando a instituir un Nuevo Régimen Fiscal en el ámbito de los Presupuestos Fiscal y de la Seguridad Social de la Unión por 20 ejercicios financieros.

Considerando, en particular, las áreas de experiencia editorial que orientan a Trabalho, Educação e Saúde, no podemos eximirnos de registrar los impactos dramáticamente negativos de ambas propuestas, sobre todo al analizarlas en forma articulada en el escenario nacional.

La MP del Nivel Medio — publicada sin un proceso amplio, capilarizado y democrático de discusión por parte de la sociedad y, en particular, los educadores — apunta a un conjunto de cambios que producirán una realidad educativa contrapuesta no solo al horizonte social de la formación humana unitaria e integral, sino también a la conquista histórica de la educación pública y gratuita por parte de la nación brasileña.

Nuestra crítica se fundamenta en una vastísima literatura a respecto de la relación entre trabajo y educación, producida por la universidad brasileña, y en la compleja historia de las políticas públicas dirigidas a la formación de los jóvenes en Brasil; se apoya también el robusto conjunto de discusiones e iniciativas nacionales de formación calificada y socialmente referenciada de los trabajadores de la salud a lo largo de los años.

Es inevitable observar que tales estudios, análisis e investigaciones están teniendo, en Trabalho, Educação e Saúde, desde su primer número, un privilegiado espacio editorial de publicidad y circulación, constituyendo, en pocas palabras, la propia razón de existir de la revista.

En este sentido, podemos afirmar que la formación de nivel medio hoy en vigor en el territorio nacional — como fruto de conquistas por parte de los trabajadores y de sucesivos proyectos contradictorios de nación — toma como presupuestos su carácter de educación básica y universal, su articulación con (y no sumisión) la formación para el trabajo, y su naturaleza unitaria.

No pretendemos ignorar aquí el hecho de que estos presupuestos no están aún plenamente implementados hoy; de hecho, gran parte de la producción intelectual publicada por Trabalho, Educação e Saúde indica precisamente los límites de la efectivación de una formación universal, unitaria e integral en una sociedad marcada por la desigualdad. No obstante, descartados los misticismos o las ilusiones con relación al tema, es innegable que la legislación que rige actualmente este nivel de enseñanza — y que la MP reforma — busca oponerse a la dualidad estructural educativa: dualidad que terminar por legitimar y apoyar la perspectiva de que la educación debe ser diferenciada y generar distintas categorías de ciudadano.

Por lo tanto, es precisamente sobre estas conquistas parciales, expresadas en la actual configuración de la formación de nivel medio consolidadas por el Estado brasileño hasta el momento presente, que inciden los efectos deletéreos de la propuesta de cambio enviada.

Destacamos, en tal sentido, en la MP publicada, algunos puntos de relevancia, como la fragmentación de parte de lo que hoy compone la formación en "itinerarios formativos" (cf. encabezado del artículo 36); la vulnerabilidad de los educandos ante el sometimiento de parte significativa de la carga horaria a las necesidades inmediatas y volátiles del mercado y, incluso, ante la explotación como mano de obra no reglamentada (cf. párrafo 17 del artículo 36); la no obligatoriedad del ofrecimiento, por parte de la totalidad de las unidades escolares componentes de la red pública, del conjunto de áreas de formación (cf. párrafo 1 del artículo 36); la limitación de la carga horaria de la Base Nacional Común Curricular (cf. párrafo 6 del artículo 36) a apenas 1.200 horas; y la disminución de los requisitos profesionales mínimos para el ejercicio del magisterio, permitiendo que "profesionales con notorio saber reconocido" (inciso IV del artículo 61) ejerzan la docencia.

Éstos son algunos de los elementos del cuadro grave de empobrecimiento de este nivel de enseñanza propuestos por la MP en cuestión. Serían instituidos, en la práctica, dos tipos de educación de nivel medio, consolidando así la dualidad estructural antes referida, mediante la sumisión cabal de la formación humana a los designios del denominado 'mercado de trabajo', además del empresariamiento y privatización de la educación. Al instaurar itinerarios formativos en los términos propuestos y al someter una fracción significativa de la formación a la capacitación, entre otros aspectos, podemos afirmar que, en última instancia, la MP 746 apunta a un cuestionamiento de nivel medio como derecho per se — como componente inherente de la educación básica y universal — aun manteniendo este nivel de enseñanza formalmente como tal.

Aunque nuestras principales consideraciones aquí se hayan centrado en la MP 746, no podríamos concluir este editorial sin reiterar que la discusión en torno a la educación — es decir, a la formación de nivel medio en salud en Brasil — y también determinada por sus formas de financiación y de imputación de los recursos públicos — precisamente el tema de la PEC 55. En suma, las dos medidas combinadas, MP 746 y PEC 55, confluyen en el sentido de producir un grave retroceso de la educación de los jóvenes y los trabajadores en Brasil.

Carla Macedo Martins
Angélica Ferreira Fonseca
Marcela Alejandra Pronko

  • ERRATA: En el editorial con número de DOI: 10.1590/1981-7746-sol00033, publicado en la revista Trabalho, Educação e Saúde, 15(1):9-11, en la página 11:
    Donde se lee:
    “Marcela Alexandra Pronko”
    Debe leerse:
    “Marcela Alejandra Pronko”

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    Ene 2017
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