Open-access Cuando lo transitorio se vuelve definitivo: parentalidades liminales en adopciones desde el acogimiento familiar en Chile

When the temporary becomes permanent: liminal parenthood in adoptions from foster care in Chile

Resumen

En este artículo, analizamos críticamente el complejo itinerario que realizan las familias de acogida que deciden adoptar a aquellos niños, niñas o adolescentes que inicialmente cuidaban de manera transitoria. A partir del estudio de cuatro casos, analizamos las vivencias y perspectivas de familias chilenas que decidieron transformar su rol, desde el acogimiento familiar a la adopción. El análisis evidencia las controversias, inconsistencias y tensiones que emergen entre las lógicas de cuidado transitorio y permanente presentes en el sistema de protección infantil chileno. Estas tensiones producen un estado de liminalidad en términos legales, institucionales, afectivos y relacionales, afectando las subjetividades de todas las personas implicadas. Finalmente, discutimos cómo estas lógicas rígidamente diferenciadas pueden entrar en conflicto con las dinámicas afectivas y relacionales, poniendo en riesgo el cumplimiento del principio del interés superior.

Palabras clave:
familias de acogida; adopción; liminalidad; Interés Superior del Niño

Abstract

In this article, we critically analyze the complex journey undertaken by foster families who decide to adopt the children or adolescents they initially cared for on a temporary basis. Through the study of four cases, we examine the experiences and perspectives of Chilean families that chose to transform their role from foster care to adoption. We present narratives that highlight the controversies, inconsistencies, and tensions that emerge between the logics of temporary and permanent care within the Chilean child protection system. These tensions create a state of liminality in legal, institutional, emotional, and relational terms, affecting the subjectivities of all those involved. Finally, we discuss how these rigidly differentiated logics may come into conflict with affective and relational dynamics, putting at risk the fulfillment of the principle of the Best Interests.

Keywords:
foster families; adoption; liminality; Best Interests

Introducción

En 2013, un escándalo mediático sacudió a Chile cuando se hizo público el caso del carabinero José Luis Perales, quien huyó con la niña bajo su cuidado como familia de acogida al ser declarada adoptable, exigiendo adoptarla (El testimonio […], 2013). Este suceso desencadenó un acalorado debate entre distintos actores del Estado y de la sociedad civil sobre la posibilidad de que las familias de acogida externas (sin vínculo consanguíneo) pudieran adoptar al niño, niña o adolescente su cargo, especialmente en aquellos casos en que el periodo de cuidado transitorio se había extendido mucho más de lo inicialmente previsto. La discusión cobró aún más fuerza debido a un vacío legal y a la prohibición técnica del organismo público de protección de la infancia, que no contaba con procedimientos claros para permitir que familias de acogida externas pudieran solicitar la adopción del niño, niña o adolescente bajo su cuidado, dejándoles únicamente la vía litigante como alternativa.

Este caso es un ejemplo revelador del conflicto que emerge cuando colisionan dos lógicas distintas del sistema de protección infantil. En línea con la Convención de los Derechos del Niño (1989) y las Directrices de Naciones Unidas sobre las modalidades de cuidados alternativos (2009), tanto en Chile, como en otros países del mundo, cuando un niño o niña no puede ser cuidado por su familia, el Estado se plantea la disyuntiva de si se necesita una medida de cuidados alternativos transitoria (el acogimiento familiar o en su defecto el residencial) o una medida permanente (la adopción). En la primera rige la lógica de la temporalidad, dado que se busca un hogar provisional que acoja a ese niño o niña hasta que pueda regresar con su familia de origen. En la segunda, una lógica de permanencia, basada en numerosas ocasiones (dada la hegemonía de un modelo de adopción cerrada), en un “corte limpio” con el pasado (Duncan, 1993), es decir, de todas las relaciones significativas previas para el niño o niña. Para las medidas temporales, los marcos legislativos suelen marcar una duración máxima (18 meses en Chile). Sin embargo, con frecuencia se prolongan durante mucho más tiempo del inicialmente previsto por diversos factores, entre los que se cuentan los problemas estructurales y diversos nudos críticos del propio sistema de protección infantil.

Por regla general, en Chile, en aquellos casos en los que los equipos profesionales y otros actores institucionales diagnostican y determinan la imposibilidad de retorno a la familia de origen, se da inicio al proceso de declaración de adoptabilidad del niño o niña. Una vez que el niño o niña es declarado adoptable, comienza la búsqueda de una familia definitiva dentro de los registros oficiales de familias previamente evaluadas y declaradas idóneas para la adopción. En un panorama internacional donde la producción de “niños y niñas adoptables” ocurre mayoritariamente en el contexto de adopciones contenciosas desde los cuidados alternativos -es decir, a partir de la privación de la patria potestad de la familia de origen (Pösö; Skivenes; Thoburn, 2021; UNICEF, 2025)-, los Estados adoptan diversos enfoques para gestionar la adopción de niños y niñas por parte de sus familias de acogida. En Chile, los lineamientos técnicos establecen, en general, que la familia adoptiva debe ser distinta de la familia de acogida, lo que suele producir un nuevo quiebre en la biografía del niño, niña o adolescente. Este impacto se ve acentuado cuando no se realiza una valoración rigurosa caso a caso o cuando no se garantiza una transición cuidadosa entre ambas familias, comprometiendo así la continuidad de los vínculos afectivos y el bienestar del niño, niña o adolescente involucrado.

A nivel teórico, este artículo se fundamenta en el concepto de liminalidad, introducido por el antropólogo Arnold van Gennep (1960) a partir de los “rites de passage” para referirse a los estados de indeterminación y ambigüedad que se sitúan entre dos posiciones definidas dentro de la estructura social. Victor Turner (1974) amplía este concepto para dar cuenta de cómo las sociedades modernas se caracterizan por contar con “experiencias liminoides” que no corresponden necesariamente a un rito o evento organizado y ritualizado y que proporcionan espacios para experimentar con nuevas ideas, identidades y relaciones sin estar sujetos a un marco rígido. Más recientemente, Monica Greco y Paul Stenner (2017) acuñan el término “hotspots liminales” para referirse a situaciones de transición crítica en las que las personas o grupos quedan atrapados en una dimensión intersticial que no permite un avance claro hacia un nuevo estado, generando ambigüedad prolongada y confusión ontológica.

La noción de “hotspots liminales” permite abordar las experiencias de las familias de acogida y de los niños, niñas y adolescentes que enfrentan procesos de adopción desde el acogimiento familiar que se vuelven contenciosos o prolongados, como estados de tensión y colisión entre las lógicas de temporalidad y permanencia. Estos “hotspots” son situaciones en las que convergen múltiples tensiones afectivas, legales e institucionales, que se caracterizan por experiencias prolongadas de ambigüedad e incertidumbre (Pagé; Poirier; Chateauneuf, 2019). Tales experiencias impactan profundamente a los niños, niñas y adolescentes que transitan entre medidas proteccionales sin un desenlace claro. La constatación de que la reunificación familiar no será posible y la consecuente declaración de adoptabilidad se convierten entonces en puntos de desborde, en eventos que quiebran las lógicas institucionales, añadiendo nuevas capas de incertidumbre y ambivalencia. Las prolongadas estancias de niños, niñas y adolescentes en familias de acogida les sitúan (a ellos y a quienes les cuidan) en un espacio ambiguo y de tensión entre las lógicas de temporalidad y permanencia. Este marco analítico nos permite explorar cómo los actuales procesos de transición desde el acogimiento a la adopción reflejan una gran distancia entre las políticas de protección infantil y las realidades vividas por las familias de acogida externas y, especialmente por los niños, niñas y adolescentes. Desde esta perspectiva, los acogimientos familiares prolongados pueden entenderse como “hotspots liminales,” constituyendo etapas críticas en las que las estructuras institucionales de acogimiento familiar y adopción entran en tensión y conflicto, generando ambigüedades que tanto los niños, niñas y adolescentes como sus familias de acogida deben navegar.

Las leyes, pero también las prácticas institucionales, se rigen por normas y principios rígidos en tanto al cuidado y la protección, en las que la moralización del cuidado oculta o minimiza las tensiones y conflictos inherentes a estos procesos (Comas d’Argemir; Marre; San Román, 2016). En línea con lo señalado por Claudia Fonseca (2021), los casos analizados permiten poner en evidencia la aplicación de lógicas y esquemas abstractos, ideales, simplistas o rígidos que frecuentemente impregnan las políticas de infancia tiende a relegar, considerar como excepciones o incluso negar la complejidad de las experiencias vividas. En el marco de un estudio más amplio,1 en este artículo presentamos un análisis cualitativo basado en cuatro casos que podrían considerarse “excepcionales”, de familias de acogida chilenas que decidieron adoptar a niños y niñas pequeños que cuidaban transitoriamente. A través de entrevistas a integrantes de estas familias, se identifican algunos factores emocionales, legales e institucionales que intervienen en este proceso. Además, se discute cómo las políticas de protección necesitan prestar mayor atención a la compleja gestión de estos “hotspots liminales”, de manera de proporcionar un enfoque más integral y sensible a las realidades afectivas de los niños, niñas y adolescentes involucrados y sus familias. A modo de ejemplo, la anterior Ley 19.620 (Chile, 1999), normativa de adopción que estuvo vigente en Chile hasta fines de julio de 2025, carecía de mecanismos que garantizaran una evaluación y acompañamiento integral de las familias de origen y no establecía plazos claros para las intervenciones familiares, contribuyendo así a prolongar las estancias de niños, niñas y adolescentes en acogimiento familiar más allá del periodo de dieciocho meses, previsto en la normativa general relacionada con las medidas de protección (Illanes, 2021). Justamente, uno de los principales nudos críticos de la anterior normativa radicaba en la dificultad de determinar cuál era el “tiempo razonable” que el Estado tiene para restituir al niño, niña o adolescente su derecho a vivir en familia, así como en el desafío de conciliar la preferencia por la revinculación o reunificación con su familia de origen sin que esto termine perjudicando dicho derecho (Trufello, 2021). A esto, se ha sumado por décadas la ausencia estructural de recursos y programas de apoyo efectivos para las familias de origen, lo que dificulta que estas puedan superar oportunamente las dificultades que llevaron a los agentes del Estado a tomar la decisión de separarlas de sus hijos o hijas, dificultando así una eventual revinculación familiar y prolongando, muchas veces sin perspectiva de retorno, el tiempo que los niños, niñas y adolescentes permanecen en una medida de acogimiento familiar. Respecto de los impactos de esta excesiva dilación en los procesos de acogimiento familiar, un estudio realizado en Chile por Manuela García-Quiroga, Catherine Hamilton-Giachritsis y Paula Ascorra (2021) sobre familias de acogida externas evidencia cómo las prolongadas estadías en acogimiento familiar propician la formación de vínculos profundos entre las personas involucradas. En algunos casos, estos lazos pueden ser percibidos como “problemáticos” por las familias de acogida externa cuando, tras descartarse la reunificación con la familia de origen, la adopción se concreta a través de una tercera familia. Asimismo, las autoras señalan que las expectativas de duración del acogimiento entre las familias de acogida externas suelen ser poco realistas, ya que muchas cuidadoras aspiran a mantener una relación prolongada con el niño o niña, lo que convierte el final del acogimiento en un desafío emocional significativo. Frente a esta realidad, las autoras sugieren la necesidad de fortalecer los procesos de evaluación de idoneidad y acompañamiento actuales para preparar emocionalmente a las familias de acogida externas. Esto permitiría gestionar de manera más adecuada sus expectativas sobre la permanencia del niño, niña o adolescente, tolerar la ambigüedad respecto a los plazos y el desenlace del proceso de acogimiento, y garantizar así un entorno de cuidado estable y seguro (García-Quiroga; Hamilton-Giachritsis; Ascorra, 2021).

Paralelamente, como parte de los esfuerzos realizados en Chile durante la última década para reemplazar las lógicas de “ruptura limpia” (Duncan, 1993) por enfoques de mayor continuidad y respeto por la identidad y los vínculos significativos de niños, niñas y adolescentes bajo tutela del Estado, se han enfatizado el fortalecimiento de los procesos de historización de aquellos que se encuentran en situación de adoptabilidad, mediante herramientas como el “libro de vida”.2 Asimismo, se han impulsado prácticas que buscan facilitar los procesos de transición desde una familia de acogida externa hacia una familia adoptiva, reconociendo que la familia de acogida puede ser un vínculo significativo que merece la pena mantener. En este contexto, el Servicio de Protección Especializada de la Niñez y la Adolescencia (SPE) está desarrollando un protocolo técnico especializado basándose en evidencia psicosocial y en recursos derivados de investigaciones previas (Neil; Beek; Schofield, 2018; Salvo Agoglia; Robinson, 2022). No obstante, a pesar de algunos avances recientes en los procesos de transición, el sistema de protección infantil chileno, al igual que el de muchos otros países, continúa fundamentado predominantemente en una separación estricta entre acogimiento y adopción, considerándolos caminos distintos con objetivos divergentes: mientras que el acogimiento se entiende como una medida temporal orientada a la reunificación familiar, la adopción se define como un vínculo legal permanente.

En contraste, el Modelo de “Planificación Concurrente” o “Planificación Simultánea”, ha emergido como una estrategia innovadora en Estados Unidos desde los años setenta, aplicada inicialmente en pequeñas agencias privadas con servicios intensivos, y posteriormente en Reino Unido y el Programa del Banco Mixto en Quebec, Canadá ( D’Andrade; Frame; Berrick, 2006; Frame; Berrick; Coakley, 2006; Pagé; Poirier; Chateauneuf, 2019). Este modelo permite abordar la permanencia relacional de niños, niñas y adolescentes en acogimiento familiar mediante un enfoque dual: mientras se promueve activamente la reunificación familiar, se desarrolla simultáneamente un recurso de acogimiento que puede convertirse en adopción definitiva si esta revinculación no es viable (Gómez Bengoechea, 2019, 2025). En determinados casos, la Planificación Concurrente ha demostrado ser una estrategia efectiva para asegurar la permanencia; no obstante, su implementación no está exenta de desafíos. Uno de los principales retos es la sobrecarga laboral y la complejidad del “doble rol” asumido por los equipos profesionales, quienes deben equilibrar el apoyo a la reunificación con la planificación de alternativas permanentes, una tarea que exige no solo estabilidad emocional, sino también un nivel de recursos significativo (D’Andrade; Frame; Berrick, 2006; Frame; Berrick; Coakley, 2006). Las limitaciones presupuestarias representan un obstáculo notable, ya que la intervención en Planificación Concurrente en ocasiones se retrasa, iniciándose meses después del ingreso del niño o niña en el sistema (D’Andrade; Frame; Berrick, 2006). Las barreras estructurales también presentan un desafío considerable: el sistema de protección infantil, que aún mantiene una división clara entre los servicios de acogida y adopción, limita la comunicación y colaboración entre ambas áreas, elementos esenciales para el éxito de la Planificación Concurrente. Por lo tanto, su implementación requiere una transformación profunda de los sistemas de protección infantil, incluyendo cambios estructurales, liderazgo comprometido, redistribución de recursos y un enfoque interinstitucional que respalde la permanencia y bienestar de los niños, niñas y adolescentes. Asimismo, es fundamental garantizar el respeto a los tiempos del desarrollo infantil, ya que la prolongación excesiva de los procesos -considerando especialmente la edad de los niños y niñas- puede consolidar situaciones que posteriormente no sea recomendable modificar por los perjuicios que ello podría acarrear. Si se altera la temporalidad del acogimiento, también se modifican sus funciones, por lo que resulta necesario flexibilizar la valoración de la posibilidad de permanencia con la misma familia, siempre atendiendo al interés superior de la niñez (Gómez Bengoechea, 2025). Estos ajustes son cruciales para superar las limitaciones actuales y permitir que un modelo de Planificación Concurrente cumpla su objetivo de manera efectiva en los sistemas de protección infantil (D’Andrade; Frame; Berrick, 2006; Frame; Berrick; Coakley, 2006).

Metodología

Los resultados que presentamos en este artículo han sido seleccionados de un estudio cualitativo y multisituado más amplio llevado a cabo en Chile y España. Uno de los objetivos específicos fue explorar y examinar los procesos, dinámicas y relaciones que se desarrollan entre el acogimiento familiar y la adopción. Las familias participantes fueron reclutadas en Chile a través de una hoja informativa sobre el proyecto de investigación, difundida por equipos profesionales del Servicio de Protección Especializada de la Niñez y la Adolescencia (SPE), la Asociación de Familias de Acogida (AFAC).

De un total de quince casos, en este artículo hemos seleccionado cuatro familias de acogida externas chilenas que tomaron la decisión de adoptar al niño o niña que habían acogido previamente. En tres de los cuatro casos, este acogimiento familiar fue el primero y único realizado por la respectiva familia. Asimismo, en casi la totalidad de los casos-excepto en uno, en el cual la madre de origen emprendió un juicio para conservar la patria potestad de su hijo-no hubo acceso, información ni contacto alguno con la familia de origen del niño o niña, existiendo desde temprano una proyección de adoptabilidad. A continuación, en la Tabla 1, presentamos una breve caracterización de los casos analizados.

Tabla 1
Caracterización de los casos.

El trabajo de campo se viene desarrollando desde 2021 hasta la actualidad por la primera autora, utilizando como herramienta de recolección de datos la realización de una o dos entrevistas con madres y/o padres de cada familia. Estas entrevistas se realizaron de forma presencial (en el domicilio familiar) o telemática (a través de Zoom), con una duración promedio alrededor de 2,5 horas. Aunque se definieron ejes narrativos para explorar la experiencias y perspectivas de estas familias, se fomentó una conversación abierta y flexible, con el fin de facilitar una escucha activa y un diálogo fluido. Esto permitió desarrollar narrativas significativas que incluyeron historias, ejemplos concretos, episodios y recuerdos de sus experiencias vividas. Todas las entrevistas fueron grabadas con dispositivos de audio digital y transcritas en su totalidad con el programa SONIX. Una vez transcritas, las entrevistas fueron interpretadas utilizando un análisis temático (Braun; Clarke, 2013), siguiendo un enfoque inductivo ascendente, centrado en las experiencias de las participantes sin imponer categorías predeterminadas.

A lo largo de toda la investigación, se prestó especial atención a las consideraciones éticas, garantizando un riguroso proceso de consentimiento informado, el cual fue aprobado por los Comités de Ética de las universidades patrocinadoras del estudio (anonimizado). A todas las personas participantes se les explicaron los objetivos del estudio y el alcance de su participación, y se obtuvo su consentimiento informado por escrito. Para proteger su identidad, y especialmente la de sus hijos e hijas, se les asignaron códigos y se eliminaron los detalles que pudieran hacerlos fácilmente identificables, como fechas y lugares específicos.

Resultados

Marcando las reglas del juego: el acogimiento familiar como dispositivo transitorio

Los lineamientos técnicos de los programas de acogimiento familiar (Programa FAE) en Chile, alineados con la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) y las Directrices para el Cuidado Alternativo de los Niños (2009), establecen que el acogimiento familiar debe ser una medida de cuidado transitorio y de alta calidad. Las familias interesadas en acoger deben someterse a un proceso de evaluación de idoneidad y formación previa, que enfatiza la naturaleza temporal del acogimiento y desalienta el uso de este como vía hacia la adopción. La lógica temporal diferenciada entre acogimiento familiar y adopción se vehiculiza y expresa en diversas instancias del Programa FAE, en el que se realiza un plan inicial de capacitación y formación. La primera sesión de capacitación está orientada a familiarizar a las personas interesadas con el funcionamiento y estructura del programa, profundizando en sus características, alcance, marco legal del acogimiento, relación entre la familia de acogida y la familia de origen, y el acompañamiento durante la separación, tras la finalización del acompañamiento (Servicio Nacional de Menores, 2021). Además, se señala explícitamente que en esta primera sesión “debe reiterarse a las familias externas que el programa no es conducente a la adopción” (Servicio Nacional de Menores, 2021, p. 39).3 Luego de este plan de capacitación inicial, durante el proceso de evaluación de idoneidad para ser familia de acogida, se considera una motivación disfuncional el interés de adoptar. Así, se busca prevenir que algunas familias empleen el acogimiento como un “atajo” hacia la adopción, bajo la falsa creencia de que se trata de un proceso más sencillo y expedito.

En línea con las reglas del juego establecidas explícitamente por los programas y equipos técnicos, en todos los casos analizados en este artículo, las familias participantes manifestaron claramente que su motivación inicial fue integrarse al Programa FAE, sin intención alguna de adoptar. Esta decisión se basaba principalmente en su preocupación por la grave crisis crónica del sistema de cuidados residenciales en Chile, en que la mayoría de ellas ya tenían hijos/as de diversas edades o en que no estaban interesadas en la adopción. En el siguiente fragmento, una familia entrevistada expresa claramente su comprensión de la importancia de esta diferenciación, enfatizando que esto es crucial para evitar que las familias entren al sistema de acogimiento con la intención de “probar” o experimentar con el cuidado de un niño o niña. La familia entrevistada, que ya había pasado por el proceso de evaluación de idoneidad para la adopción en el momento de realizarse la entrevista, enfatiza la importancia de hacer esta distinción:

Eso nosotros en un principio lo entendimos perfecto, lo entendimos perfecto. Y de hecho también entendimos que era necesario estos dos caminos paralelos, pero bien instruido. ¿Por qué? Porque puede efectivamente darse que entren por esta puerta más ancha para probar. El que va a perder va a ser el niño. ¿Entonces, de qué manera? Claro, ver que estas familias que entraron como familia de acogida, que la evaluación sea tal y tan precisa de que digan efectivamente, esta familia quiere ser familia de acogida, no quiere adoptar (F4).

No obstante, la narrativa de la experiencia emocional de estas familias pone en evidencia que, desde un primer momento, este terreno con lógicas diferenciadas también es un terreno de disputa. El siguiente fragmento ilustra la pronta emergencia de tensiones y dilemas emocionales que surgen durante el proceso de acogimiento familiar, en particular desde las primeras interacciones con el entorno cercano de la persona interesada en acoger:

Entonces le digo (a su madre): “Bueno, sabes que me voy a inscribir en esta cuestión para ser familia de acogida”. Y mi mamá me dice: “No, pero mi amor, qué terrible, ¿por qué mejor no adoptas?, ¿cómo entonces voy a tener un nieto y después no lo voy a tener? ¡Qué cosa más terrible!” Y yo le digo: “No estoy loca, si esta cuestión no es para tener hijos”, es para que los niños no vivan ahí en un hogar, uno los cuida por mientras y después ellos se van con una familia definitiva que puede ser la misma de origen u otra. Y mi mamá “Ay, qué terrible, qué pena”. Entonces ya, bueno, y ahí como que mi papá dijo: “No, mira, sabes que ella los puede cuidar. Esos niños lo pasan mal. Hay niños que se mueren. Entonces, sí, dale, te vamos a apoyar en todo” (F3).

Este breve diálogo expone las lógicas divergentes que operan en el acogimiento familiar y la adopción: mientras la persona interesada en acoger entiende de forma clara -al menos racionalmente- que su rol es transitorio y está centrada en el bienestar del niño o niña, parte de su propio entorno cuestiona la naturaleza transitoria de ese cuidado, atendiendo a los impactos emocionales que esa transitoriedad y la potencial despedida conllevarían para la familia de acogida, en concordancia con lo que plantean otros estudios que exploran este tipo de procesos (García-Quiroga; Hamilton-Giachritsis; Ascorra, 2021; Villalta; Rojas Novoa, 2024). De esta forma, se refleja cómo las lógicas operativas del sistema de protección infantil, que priorizan la temporalidad, hacen emerger tempranamente la tensión entre el deseo de ayudar y el temor a los efectos emocionales de la separación con el niño o niña con el que se producirá la vinculación. Otra familia, que ya tenía dos hijos antes de acoger, subraya que su intención inicial era convertirse solamente en una familia de acogida temporal, con el sueño de acoger a muchos niños y niñas, sin imaginar que esto se transformaría radicalmente después:

Nosotros entramos al programa con la intención de ser una familia de acogida, conscientes de que, en algún momento, la niña tendría que comenzar a visitar a su familia de origen o, en caso contrario, prepararnos porque la declararían adoptable y se iría con una familia adoptiva. Cuando uno se mete al tema de las familias de acogida, llegas con toda la intención de ser una familia temporal y nuestro sueño era hacer acogimiento familiar de muchos niños. Nos imaginábamos haciendo este proceso una y otra vez, y esa era la intención en un principio. De hecho, en la pieza pusimos un marco de fotos y con la psicóloga decíamos que iríamos poniendo fotos de cada niño que viniera (F1).

De esta forma, las personas participantes asumen de entrada la lógica que contrapone y dibuja dos caminos que no deben tocarse nunca: el acogimiento y la adopción, lo temporal y lo permanente. En sus casos, el cambio de circunstancias transforma el dispositivo de la temporalidad y habilita pensarse como familia permanente. Sin embargo, durante el tiempo que tomó realizar la adopción, el personal técnico del Programa FAE que “de forma excepcional” había aprobado la posibilidad de que pasaran a ser familia permanente (adoptiva) los sitúa en una posición que hace que sus emociones y experiencias colisionen con la lógica dicotómica que diferencia y separa lo temporal de lo permanente: en tanto que familias acogidas deben seguir acudiendo a talleres y actividades formativas entre cuyos principales objetivos está aclarar a las participantes la temporalidad de los acogimientos y, al mismo tiempo, en tanto familias en proceso de adopción, deben asistir a la formación para adoptantes, dibujada a partir de la idea de permanencia. El siguiente fragmento da cuenta de cómo el marco institucional opera simultáneamente con dos distintas lógicas a través de programas y equipos técnicos diferentes con escasa relación entre ellos, teniendo como resultado la colisión entre estas lógicas y los afectos y las experiencias de esta familia:

En actividades del programa [se refiere al programa para familias de acogida] en algún minuto fueron como tres familias encargadas de presentar ese día y todas iban con un discurso preparado de casi que lo terrible persona que es alguien que está haciendo un acogimiento y quiere adoptar, así como que ya eres lo peor, te vas a ir al infierno con esta cuestión. Como que eres un chueco que es una persona deshonesta, como que eres una mala persona, ¿cachai? Yo después eso se lo dije al coordinador del FAE porque me dijeron vamos a hacer otra actividad. ¿Quieres ir? Le dije “no, no voy a ir”. Le dije: “porque para mí es súper incómodo estar sentada ahí escuchando como están todo el rato diciendo que las personas como yo son lo peor del universo, es incómodo”, le digo, “yo estoy ahí, todos saben que yo estoy en este proceso porque yo nunca lo hice escondido, ¿cachai?” (F3).

En la misma línea, el siguiente fragmento muestra como esta situación incide en la negativa percepción de estos casos considerados “excepcionales” por parte de las instituciones, los equipos profesionales e, incluso, otras familias de acogida, en tanto que se interpretan como transgresiones a las reglas del sistema, lo que se traduce en el uso de metáforas como el “atajo” o el “entrar por la ventana”:

Alguna gente dice que las familias adoptivas que éramos antes la familia de acogida estamos entrando por la ventana, pero eso no es así. Hemos hecho todo el proceso, como cualquier familia. Pero sin entender las circunstancias especiales es como que a uno lo castigaran y pusieran en una “lista negra” y yo les decía además de evaluarnos a nosotros tienes que evaluar a la niña porque tú la tienes que ver a ella y cómo se integra con nosotros. En los talleres de adopción tampoco nunca dijimos que éramos familia acogida, porque hay mucha gente que ha estado años que no puede tener hijos biológicos. Entonces nosotros estuvimos “calladitos”, nunca supieron que nosotros éramos familia de acogidas hasta el día de hoy incluso. Crearon un grupo de WhatsApp y decían y cómo van con la adopción. Seguíamos avanzando y tampoco podíamos decir sino “nosotros súper bien” (F1).

Como se aprecia, esta familia legitima su cambio de itinerario insistiendo que han seguido todos los conductos formales y regulares como “cualquier otra familia adoptiva”. A pesar de ello, perciben un permanente clima implícito de incomprensión y censura que las lleva a sentir que han sido incluidos -en sus propias palabras- en una “lista negra”.4 Esto las lleva incluso a desarrollar estrategias de camuflaje, como, por ejemplo, en instancias como los talleres preadoptivos, para prevenir dinámicas incómodas, conflictos o prejuicios de parte de otras personas postulantes a la adopción, evitan mencionar que están en este proceso para adoptar a la niña que acogían. Con todo, las familias participantes, al ser consultadas por otras personas respecto a sus procesos, enfatizan la importancia de que acogimiento y adopción se mantengan diferenciados, reproduciendo con ello la lógica dicotómica que sus propios itinerarios han confrontado:

A mí me llamó una señora y me dijo: “Hace un par años que estoy postulando para adopción y todavía no me resulta nada”. Y ella quería ingresar al programa de familia de acogida justamente como para adoptar. Y ahí yo le dije: “No, por ahí no es la cosa, porque lo que me pasó a mí como experiencia no es lo que le pasa al resto. Yo igual tuve que hacer todo el proceso. Igual tuve que entrar a la lista de solicitantes. Porque usted va a ser familia de acogida, le van a entregar a un niño y, si a ese niño le resultan las visitas con su familia de origen, va a volver con ella”. Si ella tiene de entrada claro que quiere adoptar y, de hecho, estaba ahí, en esa fila, tiene que esperar. Va a ser peor. Va a ser peor. Porque lo más probable es que no la dejen ser familia de acogida porque ya está postulando a la adopción (F4).

Si el extracto anterior muestra la necesidad de adaptarse a las normas para poder seguir los itinerarios previamente delimitados, la siguiente resalta cómo las complejidades asociadas al tránsito entre lo temporal y lo permanente generan nuevas incertidumbres, ambivalencias y sentimientos complejos de gestionar que afectan la construcción vincular entre la familia de acogida y el niño, niña o adolescente:

A mí hay personas que me han preguntado, por ejemplo, si se puede adoptar desde el acogimiento familiar, “¿tú que me aconsejas?”. Y yo digo: “¿Están locos?”. O sea, no es un atajo en ningún caso. O sea, es terrible porque, además de la ansiedad de la adopción que me imagino que tiene una pareja que no ha podido tener hijos y que tiene la intención de construir una familia, estás además con el pánico de que te van a quitar a tu hija. Esto incluso te puede afectar hasta tu vínculo con tu hija, porque estás tan angustiada y tienes miedo de perderla, esto rebota en muchos niveles (F3). [El subrayado es nuestro].

Estas experiencias subjetivas muestran que el tránsito entre acogimiento y adopción no solo plantea retos legales y procedimentales, sino también profundos desafíos emocionales y relacionales que requieren respuestas integrales. Retomando el modelo de Planificación Concurrente o Simultánea -y sin desconocer los desafíos estructurales y técnicos que implica-, en el contexto español Gómez Bengoechea (2025) propone enfáticamente un enfoque centrado en el interés superior de la niñez y en la garantía de la permanencia relacional para este tipo de situaciones. La autora sostiene la necesidad de dotar al sistema de protección de marcos legales lo suficientemente flexibles como para responder a las particularidades de cada caso y satisfacer de manera efectiva dicho interés superior. En este sentido, resulta clave contar con normas que permitan elegir, en cada situación concreta, la mejor solución posible, incluyendo la opción de que el niño, niña o adolescente permanezca bajo el cuidado de la misma familia cuando el tránsito desde el acogimiento familiar a la adopción sea lo más adecuado (Gómez Bengoechea, 2025).

Niños y niñas en el “limbo”: navegando a través de la liminalidad

Los procesos de tránsito o espera, así como la metáfora del “limbo”, han sido ampliamente abordados en estudios sobre el sistema de protección de la infancia, los cuidados alternativos y la adopción en América Latina. Entre ellos, el análisis de Ciordia (2020) sobre los procesos de adopción en la ciudad de Buenos Aires (Argentina) -aunque sin centrarse específicamente en casos de familias de acogida que desean adoptar- examina el período de “espera” de las personas adoptantes, argumentando que este tiempo “en el medio” no debe ser considerado a priori como un vacío o una espera pasiva, sino como un espacio temporal productivo, en el que se configuran las condiciones sociales, afectivas e institucionales que permiten la construcción del perfil de “niño o niña adoptable”. En este contexto de intervención estatal, las personas que esperan adoptar experimentan este tiempo de incertidumbre como un período en el que aún no se define la inclusión del niño o niña en un grupo familiar. Al mismo tiempo, van transformando su disponibilidad hacia la adopción y ajustando la manera en que interactúan con las instituciones intervinientes en los procesos de adopción (Ciordia, 2020).

Más recientemente, Villalta y Rojas Novoa (2024) han abordado la noción de transitoriedad en las prácticas de acogimiento familiar, a partir del análisis de la experiencia de familias de acogida externas argentinas. Su estudio permite plantear que el “tiempo de espera” inherente a esta medida de cuidado alternativa no es un mero intervalo pasivo, sino que adquiere un carácter productivo, posibilitando la construcción de un parentesco de orden práctico que, aunque no cuenta con reconocimiento legal ni se basa en vínculos biogenéticos, permite la configuración de un “tipo singular de familia”. Para las autoras, el carácter transitorio de estos cuidados, constituye un eje central de análisis estructurado en dos dimensiones principales: por un lado, la manera en que las mujeres cuidadoras se preparan para la separación de los niños y niñas que acogen, y por otro, las estrategias que desarrollan para gestionar la coexistencia de vínculos afectivos significativos tanto para ellas como para los niños y niñas. Desde esta perspectiva, su investigación examina críticamente los significados de la transitoriedad del cuidado en el marco de los programas de acogimiento familiar en Argentina, permitiendo problematizar los procesos de gestión parental y la producción de arreglos familiares que reconfiguran y redistribuyen el estatus parental.

La puesta en diálogo entre los resultados de la investigación previamente mencionada y nuestro material empírico permite comprender las lógicas de transitoriedad del acogimiento familiar desde una doble dimensión. Por un lado, como un tiempo de espera productivo que posibilita la emergencia de un parentesco práctico (Villalta; Rojas Novoa, 2024) y, por otro, como un espacio donde esta productividad se torna más opaca en función de las condiciones específicas y las diferencias que presentan los casos paradigmáticos que analizamos. Nuestro material empírico revela que esta productividad no se despliega de manera uniforme, sino que incluso tiene un efecto paradójico a nivel institucional, cuando la posición de la familia de acogida decanta abiertamente por la adopción. La constatación técnica de que el niño o niña no podrá regresar con su familia de origen, en el marco de un proceso contencioso, controvertido y dilemático que lo transforma en “adoptable”, marca el tránsito desde una solución transitoria a la búsqueda de una solución permanente, abriendo un punto de fuga que resignifica las motivaciones y decisiones de las familias de acogida externas involucradas e impacta cualitativamente la forma en que se produce y significa la transitoriedad.

Por un lado, la posibilidad de avanzar hacia la adopción les permite concebirse y sentirse más libremente como figuras de cuidado permanente, como madres y padres, liberándose de las restricciones impuestas por el marco temporal que hasta entonces contenía y modulaba sus expectativas y afectos. Sin embargo, la tensión que ello genera puede ser mejor comprendida a través del concepto de los hotspots liminales (Greco; Stenner, 2017), por cuanto la posibilidad de pensarse en la relación de un modo diferente sitúa a las protagonistas en un estadio crítico marcado por la colisión entre la ambigüedad de sus roles actuales y la visión de un futuro diferente, pero igualmente incierto, dado que está condicionado por factores legales e institucionales que escapan a su control. El siguiente extracto ilustra de manera vívida la ambigüedad afectiva y relacional que, desde el inicio del acogimiento familiar, enfrenta la participante al tratar de definir la relación con la niña que acoge:

Me decía “tía” cuando llegó y, como al mes, un día como que se equivocó y me dijo “mamá”. Como que le dio risa y me dijo: “Ah mamá, te dije mamá”. Y empezó a reír. Y después de eso, pensé “mejor preguntar para no meter las patas… porque tampoco le voy a decir ‘no, oye, ubícate, no soy tu mamá’”. Así que llamé a la psicóloga y le pregunté: “¿qué le digo?”. Y me dijo: “No, está bien, déjala, dile que tú vas a ser su mamá mientras ella lo necesite”. Y ese fue como el discurso. Cuando llegó tampoco le podía decir “soy tu mamá”, porque tampoco lo iba a ser entonces ¿no? A mí me pareció bien lo que me dijeron, porque sentí que a ella le iba a dar tranquilidad. Entonces, ahí le dije “yo voy a ser tu mamá siempre que tú lo necesites o por todo el tiempo que lo necesites” (F3).

Por otra parte, aunque los niños, niñas o adolescentes en situación de acogimiento familiar son, en principio, hijos e hijas de una sola familia (la de origen), conviven y construyen vínculos afectivos significativos también con otra, la familia de acogida. Esta coexistencia de lazos afectivos y relacionales complejiza la experiencia de la filiación y pertenencia. En este sentido, Anne Cadoret (2006) señala que estos niños y niñas necesitan dar nombre y consistencia a la pluralidad de figuras parentales o cuidadoras que se van sumando a sus vidas. Este proceso de nominación y reconocimiento no solo permite ordenar simbólicamente sus relaciones familiares, sino también integrar la diversidad de experiencias afectivas en la construcción de sus identidades. El momento en que la niña llama “mamá” a la cuidadora introduce una tensión significativa, revelando el dilema de cómo crear un vínculo afectivo sin comprometer la naturaleza temporal del mismo. El uso de la palabra “mamá” sugiere que la niña busca intuitivamente una sensación de permanencia, intentando activamente dar sentido a su entorno emocional y relacional. Ante esto, la entrevistada decide buscar asesoramiento profesional con el fin de evitar decir o hacer algo que pueda afectar negativamente a la niña. La recomendación de la psicóloga -decirle que sería su “mamá mientras lo necesite”- actúa como una estrategia o solución ambigua que, aunque ofrece momentáneamente tranquilidad a la niña, no aborda de manera clara la temporalidad del acogimiento. De este modo, tanto la niña como la madre de acogida construyen un vínculo en el marco de una “parentalidad liminal”, un espacio donde las dinámicas afectivas y temporales se enfrentan continuamente, sin posibilidad de una definición clara y estable.

Siguiendo a Valeria Llobet y Carla Villalta (2021), la transitoriedad del vínculo con el niño o niña y la posibilidad de pensarse en un tipo de vínculo diferente en el que la permanencia se abre como posibilidad plantean retos constantes para las familias de acogida, llevándolas a desarrollar complejas operaciones subjetivas, morales, discursivas y emocionales, con el propósito de construir un sentido de pertenencia, estabilidad y seguridad al tiempo que renegocian sus expectativas de permanencia con las lógicas de temporalidad. No obstante, incluso, una vez que el proceso de adopción ya está en marcha y se encuentran a la espera de la sentencia judicial que lo ratifique, la tensión continúa presente:

Nunca pudimos decirle directamente: “Te vas a quedar aquí para siempre, esta es tu familia”, aunque ella lo percibía así y sabía que éramos su familia: su mamá, su papá, sus abuelos, sus primos. Todos se involucraron profundamente desde el principio, y ella formaba parte de nuestra vida familiar como una hija más, una nieta más, una hermana más. Sin embargo, mirarla a los ojos y decirle con certeza “esta es tu familia para siempre” solo fue posible hace unos meses. No podíamos asegurárselo al cien por ciento antes, aunque parecía lo más probable. La trabajadora social y la psicóloga de SENAME que evaluaron nuestra idoneidad nos decían que todo iba bien, pero no podíamos decirle que llevaría nuestro apellido hasta tener la confirmación definitiva. ¡Cómo le íbamos a decir que tendría nuestros apellidos si aún no nos habían confirmado formalmente que seríamos su familia! Había factores fuera de nuestro control, como la posibilidad de que un nuevo juez cambiara las decisiones, lo que nos impedía asegurarle algo que no estaba totalmente garantizado. Yo no me atrevía a decírselo, y aunque ella sabía que esta era su familia, algo la inquietaba. A pesar de ser tan pequeña, hace unos dos meses, cuando la psicóloga le explicó que la reunión con el juez era para que él le dijera que esta era su familia para siempre, tuvo un cambio increíble. Inmediatamente llamó a la de FAE, saltaba de alegría y le dijo: “El juez me va a decir que esta es mi familia para siempre”. Yo toda la vida le dije que yo era la mamá, que eran los hermanos, pero esa parte técnica no se le había dicho […] Yo le digo y le vuelvo a repetir siempre que, si yo me enfermo, “si a mí me pasa algo, igual te vas a quedar en esta familia”. No vaya a pensar que yo también me voy a enfermar y a lo mejor la van a sacar de acá porque yo no la puedo cuidar. Entonces esto también le explicamos harto, o que el papá va, puede salir o puede ausentarse mucho tiempo y viajar, pero de acá ella no sale pase lo que pase” (F4).

Esta narrativa evidencia cómo, a pesar de estar emocionalmente involucrada desde el principio, incluso cuando ya es claramente determinado que no habrá retorno con su familia de origen, la familia de acogida externa no puede reconfirmar con absoluta seguridad a la niña la permanencia de su vínculo hasta obtener la aprobación judicial, que actúa como elemento legitimante y, al mismo tiempo, como forma de eliminar el estado de liminalidad. Desde la perspectiva adulta, el conflicto entre afectos y situación legal no solo genera incertidumbre respecto al futuro, sino que también constriñe qué pueden y no pueden decirle a la niña en relación con su compromiso afectivo y relacional hacia ella. Asimismo, para la entrevistada, esa incertidumbre parece traducirse en una potencial fuente de inestabilidad e inseguridad para la niña.

La extensión del tiempo del acogimiento y la declaración de adoptabilidad como puntos de desborde

Si bien todas las familias participantes refieren que habían comprendido y aceptado la lógica de temporalidad a la base del acogimiento familiar, la vivencia directa entra en tensión a medida que la duración de esta medida se alarga mucho más de lo inicialmente previsto e intuyen que el retorno a la familia de origen no será viable. En este contexto, la metáfora del desbordamiento sirve para pensar en las formas en que los afectos y las experiencias rompen los diques de contención de la lógica de la temporalidad.

De esta manera, tras iniciar el acogimiento familiar, su postura comienza a cambiar progresivamente influida por tres principales circunstancias: la antes mencionada prolongación de la medida, la constatación de que se está creando un vínculo profundo con los niños o niñas acogidas y los demás miembros de la familia de acogida (incluidos sus hijos/as previos) y, finalmente, la inhabilitación de la familia de origen y el inicio de la declaración de adoptabilidad del niño o niña. Es particularmente común, en Chile y en otros países, encontrar el argumento de que las medidas de acogimiento familiar que se extienden más allá de lo previsto, favorecen la creación de vínculos afectivos profundos. Ante ello, la adopción se presenta como una solución natural a la incertidumbre que surge del acogimiento familiar prolongado y una respuesta al estado de parentalidad liminal. No obstante, las familias de acogida, motivadas por el deseo de legalizar el vínculo parento-filial ya establecido, se ven enfrentadas a un sistema que a menudo ofrece escasas alternativas. Un relato ilustra cómo el espacio liminal también se convierte progresivamente en un umbral y área de transformación de las expectativas y motivaciones iniciales:

Nunca se nos pasó por la cabeza que se podía transformar en una adopción. Nunca. Para nosotros, al principio, lo ideal hubiera sido que la niña pudiera regresar con su familia de origen, siempre y cuando ellos tuvieran la intención de salir adelante. Pero no fue así. Nunca hubo visitas, no hubo interés, no había manera de localizar a la familia de origen. Ellos seguían en situación de calle (F1).

La expresión “nunca se nos pasó por la cabeza que se podía transformar en una adopción” refleja que la familia asumió el rol de acogida con la firme convicción de que sería un proceso temporal, con la expectativa de una eventual reunificación familiar. Sin embargo, a medida que la idea de transitoriedad se torna inviable, surge una tensión emocional y moral que marca un punto de inflexión en la trayectoria familiar. Este giro expone la complejidad afectiva y ética que enfrentan las familias al ver desbordadas sus motivaciones iniciales. En un inicio el acogimiento familiar suele concebirse de manera abstracta, como un acto de cuidado temporal. No obstante, al transcurrir el tiempo, el vínculo se enraíza en un niño o niña concreta y en una situación real y cotidiana, transformando la temporalidad en un deseo de permanencia. Así, se instala un dilema interno: cómo conciliar el compromiso con la lógica transitoria del programa con la necesidad de ofrecer estabilidad y continuidad afectiva al niño o niña.

Aunque la temporalidad del acogimiento familiar se basa en la expectativa de la reunificación con las familias de origen, la escasez de políticas efectivas que promuevan que estas recuperen o alcancen una nueva situación en la que puedan ofrecer un cuidado estable y permanente a sus hijos/as, hace que los casos de reunificación familiar aun sean muy minoritarios en muchos países. De hecho, muchas veces, ni siquiera tienen lugar visitas o contactos encaminados a mantener los vínculos entre las familias de origen y sus hijos/as en situación de acogimiento familiar. Cuando la familia de origen está ausente, la lógica de la temporalidad pierde fuerza a la hora de contener los afectos y deseos, como ejemplifica la siguiente cita:

Nos dieron ganas de adoptarla, eso surgió como muy rápido, porque mi esposo me dijo al rato, a los meses. ¡Como que se enamoró de la Mariana y dijimos “Chuta!”. ¿Cómo plantearle la situación al programa? Capaz que se lo planteen a tribunales y la niña tenga que salir de acá y ya salió de una familia, ya salió de una residencia. No tuvo visitas por el abandono de su familia de origen y ahora va a salir de acá. Ella, además, entró con una actitud acá a la casa de “este es mi familia”, entonces era bien complicado (F4).

A sabiendas de que, para el sistema de protección infantil, el acogimiento familiar y la adopción son caminos divergentes, la familia de acogida teme reclamar una solución de cuidado permanente para la niña que tiene bajo su cuidado, pese a que parece evidente que la reunificación familiar resulta inviable. Esta situación ilustra la porosidad que existe entre las lógicas inflexibles de “esto o lo otro” que rigen los protocolos de actuación del sistema de protección infantil y las necesidades emocionales y relacionales de las partes involucradas, que permiten a las familias de acogida negociar, disputar y tensionar estas mismas lógicas. Las rígidas normas y procedimientos oficiales diseñados para priorizar la temporalidad del acogimiento familiar evitando que se convierta en una vía inadecuada para la adopción entran en conflicto con la necesidad de estabilidad y seguridad emocional, perpetuando un estado de incertidumbre y liminalidad emocional para todos los involucrados.

El colapso de las lógicas diferenciadas: un sistema “que no sabe qué hacer”

La estricta distinción antes descrita entre las lógicas del acogimiento familiar y la adopción se vuelve cada vez más porosa cuando las realidades afectivas y las circunstancias particulares de cada caso las desafían. Según Claudia Fonseca (2021), en los modelos abstractos de políticas públicas, las formas de vida que no encajan con el plan original suelen ser vistas como simples “excepciones a la regla” y, en muchos casos, son ignoradas por completo. Esta perspectiva se refleja en la forma en que el sistema de acogimiento familiar muestra escasa capacidad para adaptarse a estos casos “excepcionales”. Por consiguiente, estas familias suelen tener que transitar un laberinto burocrático marcado por vacíos legales e interpretaciones contradictorias, lo que revela un sistema desorientado que “no sabe qué hacer” cuando la realidad de un caso en particular desafía las normas establecidas por tradición o confronta vacíos legales y técnicos. El siguiente extracto ilustra el caso de una familia que, ante la falta de claridad institucional y la resistencia inicial del equipo del programa de acogimiento familiar, recurre a apoyo legal para navegar las ambigüedades del sistema y encontrar una solución que brinde estabilidad al niño bajo su cuidado:

A nosotros nos costó mucho plantearle al programa la situación por miedo a que la pudieran sacar, entonces ¿Qué hicimos? Lo primero fue buscar un abogado experto en el tema que nos aclaró que legalmente no existe que la familia de acogida no pueda adoptar. Entonces, me dijo: “Mira, no hay prohibiciones, son vacíos”. Me acuerdo de que dijimos: “¿Y todas estas familias que de repente salen, que les quieren quitar al niño, que ya llevan dos años cuidándolo y todas estas cosas mediáticas que a veces usan?”. Este abogado nos decía que era porque no fueron transparentes y porque no siguieron los conductos regulares que tiene que seguir toda familia que quiere adoptar. Claro que tiene que ser así, así que ahí lo comunicamos al programa y pasaron unos meses entre que la pobre dupla psicosocial (equipo de trabajador/a social y psicólogo/a que habitualmente lleva cada caso) se hacían los locos hasta que dijeron “ya, ok”. La dupla se complicó un poquito, obviamente, pero les dijimos; “Nosotros la queremos y nos encariñamos. Ella está bien aquí”. Les comentamos que habíamos hablado con un abogado y sabíamos que no era imposible y que íbamos a hacer los trámites como correspondía, todo el protocolo para ser familia adoptiva. Además, coincidió que justo en ese tiempo hubo un cambio de director del programa. La directora de antes era muy apegada a que no se podía porque “el protocolo dice esto”, independiente a la situación que pueda estar viviendo el niño. Entonces con el cambio de dirección ahí tuvimos un apoyo del cien por cien y le íbamos comentando todo lo que hacíamos (F4).

En muchos casos, la rigidez del sistema no brinda respuestas adecuadas ni directrices claras para manejar estas situaciones, dejando tanto a las familias de acogida como a los niños, niñas y adolescentes en un estado de incertidumbre permanente. Ante la ausencia de un “guion” o procedimientos institucionales y técnicos bien definidos, algunas familias de acogida buscan sus propias soluciones para comprender sus opciones y navegar el complejo entramado normativo e institucional que rodea el acogimiento familiar y la adopción. El siguiente extracto ilustra otro caso de esta naturaleza:

No hay mucha experiencia ni nada al respecto. Yo le dije: “Mira, yo estoy viviendo esto, pero yo no vengo a buscar adoptar cualquier niño, yo vengo a adoptar la niña que estoy acogiendo. Y me dice “Ya, es que no sé qué hacer porque no existe ese proceso”. Y yo le digo: “Entonces ¿cómo hay que hacer?”. “No”, me dice, “déjame preguntar y te voy a dar el listado de evaluadores externos para la evaluación de idoneidad para la adopción por mientras, porque no tengo idea lo que hay que hacer”. En todos lados me decían: “No tengo idea”. Nadie sabía nada. Nadie, nadie sabía. Yo les decía: “Lo que quiero hacer es el proceso completo, no quiero hacer nada distinto, no quiero tener ningún privilegio ni que cuente la otra evaluación” (de acogimiento familiar). Yo estoy dispuesta a hacer la evaluación completa que hay que hacer para postular a una adopción, quiero hacer el mismo proceso” […] Recuerdo que el psicólogo de la dupla me decía: “Anda contándonos, porque nosotros vamos a ir aprendiendo contigo porque no tenemos experiencia (F1).

Ante la falta de coordinación entre las diferentes áreas del sistema y la resistencia a adaptar sus procedimientos, una familia entrevistada toma la decisión de escalar en la jerarquía institucional e incluso recurre a la idea de mediatizar su caso para encontrar una solución que le permita adoptar a la niña:

Mi miedo era que entre medio a ella la declararan susceptible de adopción y se fuera con otra familia, porque yo no era declarada idónea todavía. No había ningún tipo de… como de coordinación entre una y otra área. Así que fui y le escribí a la jefatura máxima. Ella me recibió en su oficina y me dijo: “mira, en verdad no existe tu proceso, es súper difícil que te resulte, fírmame acá, que yo te estoy diciendo que esto no va a funcionar”. Así que le digo: “mira yo te voy a firmar lo que tú me estás diciendo, pero también te quiero decir que yo quiero hacer el proceso y que, si no me dejas hacerlo, porque yo no estoy pidiendo ni una facilidad para hacer el proceso, yo voy a ir al matinal, voy a encadenarme en la Moneda y voy a hacer todo lo que hay que hacer porque ella es mi hija”. “Bueno”, me dijo, “te deseo la mejor de las suertes”. Pero se quería asegurar de que yo le firmara la cuestión, de que ella me había dicho que no se podía (F3).

La actitud de esta jefatura técnica, que insiste en hacerle firmar un documento, revela la inflexibilidad que impregna todo el sistema. La firme decisión de la madre, apelando incluso al recurso de mediatizar su caso en la prensa, si no se le permite avanzar en el proceso refleja hasta qué punto se ve forzada a desafiar la rigidez burocrática para proteger a la niña que cuidaba desde hace muchos años. Aunque estas familias de acogida muestran total disposición a someterse a la evaluación de idoneidad para la parentalidad adoptiva (establecida legal y técnicamente como requisito para adoptar), sin buscar privilegios por su situación de acogimiento familiar, se enfrentan continuamente con respuestas ambiguas y con la necesidad de guiar a los equipos profesionales a través del proceso, al contrario de lo que cabría esperar. En síntesis, esto evidencia como el sistema se ve puesto en jaque, obligando a las partes involucradas a aprender y adaptarse sobre la marcha, subrayando también la urgente necesidad de desarrollar nuevas hojas de ruta más integrales, articuladoras y centradas en el “interés superior” de cada niño, niña y adolescente.

Discusión y conclusiones

Aunque el número de casos analizados en este artículo es acotado y no buscamos realizar generalizaciones, nuestro análisis revela las profundas tensiones y controversias que surgen cuando la lógica del acogimiento temporal entra en conflicto con la necesidad de permanencia del niño o la niña, en situaciones donde la reunificación con la familia de origen resulta inviable. Las experiencias de las familias entrevistadas muestran que la rígida separación entre acogimiento familiar y adopción dentro del sistema de protección infantil genera estados de liminalidad que impactan en varios niveles y de diversas formas.

Como señalan Stenner y Moreno (2013), estas experiencias liminales son esencialmente afectivas, ya que implican estados emocionales de inestabilidad y cambio que deben ser (re)negociados continuamente por los niños, niñas y adolescentes, las familias y los actores institucionales que gestionan estos procesos. Dicho de otro modo, este estado liminal genera tensiones y conflictos significativos, donde los afectos y los vínculos colisionan con un sistema que no ofrece rutas claras para transformar dichos vínculos en relaciones permanentes y legalmente reconocidas, en los casos particulares donde eso se requiere.

Actualmente, el sistema de protección infantil en su conjunto, y particularmente el ámbito de los cuidados alternativos y la adopción en Chile, enfrentan la paradoja de mantener la temporalidad del acogimiento familiar mientras intenta, en algunos casos, ofrecer una opción de permanencia relacional. Ante ello, la naturaleza transitoria del acogimiento familiar y la complejidad emocional inherente a la transformación de un vínculo temporal en una relación de parentesco más estable (o en la posibilidad de que esto ocurra) presentan desafíos significativos para los niños, niñas, adolescentes, las familias de acogida externas, para los equipos profesionales y, en definitiva, para el sistema de protección infantil en su totalidad. Además, la respuesta institucional y técnica tradicional aun tiende a considerar estos casos excepcionales desde un enfoque punitivista, produciéndose una demonización de estas familias de acogida porque “traicionan” las reglas del juego inicialmente aceptadas. Bajo esto subyace una perspectiva valorativa que permea el debate, donde se enfrenta la cuestión de si estas prácticas son correctas o incorrectas, si son válidas o no dentro del marco de las lógicas actuales del sistema de protección infantil, opacando el principio de Interés Superior como consideración máxima.

En este sentido, el debate contemporáneo sobre la adopción por parte de familias de acogida externas, en Chile y a nivel internacional, pone en evidencia tanto los antagonismos como las porosidades de la lógica binaria y dicotómica que históricamente ha separado los territorios del acogimiento y la adopción. Por tanto, resulta fundamental reconocer que, en la práctica, esta separación no siempre es tan clara y que existen múltiples intersecciones entre las dimensiones materiales, afectivas y morales que emergen en estos procesos. En el material que analizamos en este artículo, el giro hacia la adoptabilidad de los niños y niñas muestra la enorme dificultad del propio sistema de protección infantil, sus instituciones y actores para gestionar aquellos casos que desbordan las rígidas lógicas diferenciadas entre acogimiento familiar y adopción. Aunque el alcance de nuestro análisis no busca ser generalizable ni extrapolable, en tanto se basa en solamente cuatro casos, es posible afirmar que los relatos de las familias participantes ofrecen una visión profunda y detallada de algunos nudos críticos centrales que enfrentan las familias de acogida que deciden girar hacia la adopción. La falta de guion se evidencia muchas veces en las heterogéneas reacciones de parte de los programas y equipos profesionales, así como en el vacío de procedimientos y estándares claros para abordar situaciones que trascienden el itinerario inicialmente previsto.

El concepto de hotspots liminales (Greco; Stenner, 2017) ofrece una lente valiosa para comprender estas situaciones críticas, definidas por la colisión entre las rígidas lógicas institucionales y las experiencias y afectos de las familias. El “limbo” institucional, técnico y afectivo genera una profunda afectación en el sentido de pertenencia y estabilidad de los niños, niñas y adolescentes, así como en sus familias de acogida, quienes se ven obligadas a enfrentar una incertidumbre prolongada. En este contexto, esta incertidumbre parece ser sostenida principalmente por el fortalecimiento de los vínculos afectivos, que no solo actúan como el principal soporte frente al malestar que la situación genera, sino que también impulsan a las familias a asumir un rol más activo, luchando por el bienestar y permanencia de los niños y niñas que tienen bajo su cuidado. Si bien la metáfora del limbo y el concepto de las experiencias liminales se han considerado tradicionalmente como espacios fértiles de transformación, nuestros datos indican que, en este caso, la productividad de este estado es limitada. La única transformación significativa ocurre en el ámbito de la relación familiar, donde los vínculos afectivos se consolidan como el eje que permite a las familias soportar la ambigüedad y el malestar inherentes a estas transiciones.

Ante esta compleja situación, parece insuficiente un enfoque de “todo o nada”; en su lugar, es esencial un análisis “caso a caso” que priorice siempre el bienestar y el Interés Superior de cada niño, niña o adolescente en estas circunstancias particulares. Esto pone de relieve la importancia de ofrecer un acompañamiento profesional sensible y adecuado, que no solo responda a las exigencias legales, sino que también atienda las necesidades afectivas de todas las partes involucradas. Además, resulta crucial mejorar la coordinación entre los programas de acogimiento familiar y la adopción, promoviendo un enfoque más flexible, coordinado y sensible y ajustado a las particularidades de cada caso.

En este contexto, recientemente el actual Servicio de Protección Especializada de la Niñez y la Adolescencia (SPE) en Chile, ha comenzado a replantear a nivel técnico la posibilidad de adopción por parte de las familias de acogida externas, una práctica históricamente tratada como excepcional o de tipo contenciosa, como afirmamos al inicio de este artículo. En línea con esta nueva posición institucional, en 2024 estableció un mecanismo técnico formal a través del “Procedimiento para Familias de Acogida Externas con interés en adoptar al niño, niña o adolescente bajo su cuidado”, cuyo propósito es ofrecer un itinerario técnico especializado a aquellas familias de acogida externas que manifiesten su motivación por adoptar siempre que esto responda al interés superior de cada niño, niña o adolescente (Resolución Exenta 039/SPE, 2024). Esta nueva normativa pareciera tratar de armonizar -de manera no contenciosa o litigante- las lógicas de temporalidad del acogimiento con la permanencia de la adopción, estableciendo criterios claros para evaluar la idoneidad y disponibilidad de estas familias. Al enfocar las decisiones de protección en el bienestar integral de niños, niñas y adolescentes, y respetar sus vínculos con personas significativas, esta regulación podría ser una señal positiva para encaminarse hacia un sistema de protección más integral, sensible y adaptado a las realidades particulares de cada caso. Asimismo, conocer y analizar enfoques como el plan concurrente o simultáneo podría ser otra opción interesante que explorar en el sistema de protección chileno. Sin embargo, en dicha discusión habrá que considerar que este tipo de innovaciones deben hacerse cargo del actual déficit en la prevención de la separación de la familia de origen y la necesidad de fomentar la reunificación familiar. Este es un aspecto crucial en el debate transversal sobre acogimiento familiar y adopción, dado que la principal meta de los programas de acogimiento familiar no debería limitarse a evitar cuidados transitorios en entornos residenciales, sino también a ofrecer un apoyo efectivo a aquellas familias de origen que, en determinado momento, no pueden sostener el cuidado de sus hijos e hijas (Villalta; Rojas Novoa; Gesteira, 2019). Como advierten Valeria Llobet y Carla Villalta (2021), es esencial cuestionar la tendencia a asignar niños, niñas y adolescentes a familias de acogida “externas” o “ajenas” a su entorno de origen, ya que esta práctica puede obstaculizar los esfuerzos y posibilidades de las familias de origen para establecer acuerdos de crianza. Esto no solo complica las vías para la reunificación familiar, sino que también puede contribuir a la producción social de niños, niñas y adolescentes “adoptables” (Llobet; Villalta, 2021).

A nivel legislativo, la nueva Ley de Adopción 21.760 (Chile, 2025), promulgada el 31 de julio de 2025, al armonizarse con la Ley 21.430 (Chile, 2022) sobre garantías y protección integral, establece nuevos estándares de derechos humanos que podrían implicar un cambio paradigmático en el tratamiento de las familias de origen dentro de los procesos de cuidados alternativos y/o adopción. En su artículo 80, referido a la etapa de fortalecimiento y revinculación familiar, se establece formalmente que, en un plazo de un año de intervención, deberá garantizarse un trabajo adecuado de fortalecimiento y revinculación del niño, niña o adolescente con sus progenitores, su familia de origen o adultos significativos, según corresponda. Este proceso deberá procurar preferentemente la permanencia del niño, niña o adolescente en su entorno familiar y, solo en caso de que no se logre asegurar el pleno ejercicio de sus derechos -especialmente el derecho a vivir en familia-, se podrá decretar su adoptabilidad, considerando siempre y primordialmente su interés superior. Asimismo, la ley señala que no podrá solicitarse la adoptabilidad de un niño, niña o adolescente en cuyo favor se haya iniciado la etapa de fortalecimiento y revinculación familiar, regulada por la Ley que crea los Tribunales de Familia. Los desafíos futuros implicarán repensar en profundidad qué significa realmente apoyar a las familias de origen dentro de los procesos de protección y adopción. Será necesario encontrar un equilibrio entre garantizar el acompañamiento adecuado, sostenido y con enfoque de derechos y justicia social a estas familias -de modo que puedan ejercer sus roles parentales y mantener los vínculos con sus hijos e hijas cuando sea posible- y, al mismo tiempo, evitar procesos de adopción que se prolonguen excesivamente y afecten el bienestar y la estabilidad emocional de los niños, niñas y adolescentes, o que, por el contrario, se realicen de forma demasiado acelerada sin haber agotado previamente las estrategias de fortalecimiento familiar requeridas. Este equilibrio será clave para asegurar decisiones que prioricen de forma efectiva el interés superior de la niñez.

Por otro lado, la nueva normativa legal en materia de adopción también establece diversos elementos que podrían llegar a impactar fuertemente la relación tradicionalmente establecida entre acogimiento familiar y adopción. Su artículo 32, referido a la adopción por parte de familias de acogida, establece que esta solo procederá atendiendo al interés superior de la niñez y siempre que el o los cuidadores soliciten ser considerados para la adopción de un niño, niña o adolescente que haya estado bajo su cuidado por un período ininterrumpido de al menos dieciocho meses. Además, será necesario que se certifique que los cuidadores cumplen con las condiciones generales requeridas para la adopción, una vez que el niño, niña o adolescente haya sido declarado adoptable. Asimismo, el artículo 72 dispone que un reglamento dictado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia de Chile establecerá, entre otros aspectos el debido procedimiento y los plazos para realizar la solicitud excepcional de adopción por parte de las familias de acogida, conforme a lo establecido en el artículo 32. Por otro lado, teniendo presente la innovación que introduce la nueva legislación en su Párrafo 3º respecto a los contactos post-adoptivos voluntarios (artículos 47, 48, 49, 50, 51, 52 y 53), será necesario comenzar a examinar también la posibilidad -o la imposibilidad- de mantener relaciones entre la familia acogedora que deviene en adoptiva y la familia de origen del niño, niña o adolescente. Este análisis será clave para avanzar en la garantía del derecho a la identidad y en la continuidad de los vínculos significativos.

De esta forma, los elementos anteriores, parecen reflejar una nueva posición y decisión de gran parte de legisladores y decisores de regular esta opción con un enfoque que busca equilibrar flexibilidad y exhaustividad. Por un lado, permitiendo legalmente que las familias de acogida externas puedan expresar su motivación a adoptar, y por otro lado, asegurando, por sobre todo, que el proceso se lleve a cabo con la rigurosidad necesaria para proteger el bienestar integral y garantizar el interés superior de cada niño, niña o adolescente.

De cara al futuro, será fundamental investigar cómo estas nuevas regulaciones legales y técnicas dotadas de mayor flexibilidad comenzarán a impactar la experiencia de las familias de acogida externas y el bienestar de los niños, niñas y adolescentes involucrados. Asimismo, dada la escasez de estudios sobre este tema tanto en Chile como en otros países (Gómez Bengoechea, 2025), las investigaciones futuras deberían incluir una mayor diversidad de casos, considerando factores relacionados con los niños, niñas y adolescentes, como la edad y el tiempo en acogimiento familiar; con las familias de origen, incluyendo sus características y necesidades; y con las familias de acogida, así como con la relación entre todas las partes implicadas antes y después de la adopción. Este enfoque permitiría ampliar la comprensión sobre los efectos, las potencialidades y las limitaciones que las nuevas normativas y directrices institucionales podrían generar en este materia, contribuyendo a un análisis más profundo de su impacto en las trayectorias infantiles y familiares y en la garantía de todos los derechos de cada niño, niña o adolescente involucrado en el proceso adoptivo.

Referencias

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  • CHILE. Ley 21.430 Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y la adolescencia. Santiago de Chile: Ministerio de Desarollo Social y Familia, 15 mar. 2022. Disponible en: Disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1173643 Acceso: 4 nov. 2025.
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  • 1
    Este artículo se desarrolló en el marco del Proyecto “AdoptART: Strengthening a Child-centric Perspective in Adoption Research, Policies and Practices” (Grant agreement ID: 101105284) financiado por Horizon Europe. Expresamos nuestro profundo agradecimiento a las familias participantes por compartir generosamente sus experiencias, así como a las Dras. Carla Villalta y Soledad Gesteira por sus valiosos aportes y comentarios que enriquecieron significativamente este trabajo.
  • 2
    El Libro de Vida es uno de los principales recursos técnicos diseñados para preservar, narrar y elaborar la historia de vida de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo alguna medida de cuidado alternativo o han sido adoptados. Su propósito es organizar un registro material que incluya fotografías y relatos, permitiendo que los niños, niñas y adolescentes comprendan su trayectoria vital y los acontecimientos significativos de su historia. En Chile, al igual que en otros países, se han desarrollado lineamientos técnicos que buscan garantizar una aplicación homogénea de este recurso por parte de los diversos equipos profesionales de los programas de protección especializados que pueden estar involucrados en estos procesos (UNICEF, 2025).
  • 3
    Esto coincide con la situación descrita en Argentina por Llobet y Villalta (2021), donde en la mayor parte del territorio se establece como condición sine qua non que las familias de acogida no estén inscritas en el Registro Único de Aspirantes a Guardas con Fines de Adopción (RUAGA).
  • 4
    La expresión “lista negra” es utilizada por las personas entrevistadas en nuestro estudio para describir el proceso de exclusión y enjuiciamiento que perciben por parte de los equipos profesionales. Sin embargo, es importante reconocer que este término puede tener connotaciones racistas en diversos contextos culturales y su inclusión se realiza con el único propósito de presentar el discurso de las participantes de manera precisa.

Disponibilidad de datos

Los datos de investigación están disponibles en el cuerpo del documento.

Editado por

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    28 Nov 2025
  • Fecha del número
    Sep-Dec 2025

Histórico

  • Recibido
    29 Oct 2024
  • Acepto
    18 Ago 2025
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