La discusión acerca de cómo el niño judicializado debe responder por los hechos delictivos cometidos genera dos posiciones dominantes. Desde una se exige una especial 'penalización' mientras que desde la otra se solicita 'responsabilización social y psicológica'. Este artículo discute ambas posturas en busca de una síntesis que tome lo mejor de ambas corrientes de pensamiento. Así, propone garantizar juicios justos coartando la tradicional discrecionalidad judicial en este campo pero, a la par, rechaza todo sistema de penas especiales como vía para la construcción de responsabilidad social y subjetiva. Inscribe esta alternativa en el campo de la Justicia Restaurativa a diferencia de los Sistemas de Responsabilidad Penal Juvenil. Propugna la noción de 'sanción co-responsabilizante' antes que la de 'sanción responsabilizante', y la de 'garantismo integral' antes que la de 'garantismo penal'.
responsabilidad; niñez; delito