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Acerca de la judicialización de la ciudadanía biológica: biomedicina y políticas de la vida

Around the judicialisation of biological citizenship: biomedicine and politics of life

Em torno da judicializaçao da cidadanía biológica: biomedicina e políticas da vida

Resúmenes

El proceso de judicialización de la biopolítica encuentra en la Argentina contemporánea una forma singular. Las políticas de la vida, a partir del fin de la última dictadura militar (1976-1983) van a ser doblemente condicionadas por los efectos del terrorismo de Estado: por un lado, la búsqueda de la vida constituye el requisito político inicial para legitimar prácticamente todas las formas de interferencia en la vida colectiva; por otro lado, el nexo biológico entre las generaciones prueba ser el más potente soporte material y simbólico que sostiene la urgencia de nuevos movimientos sociales (MADRES, ABUELAS, FAMILIARES, HIJOS) proporcionando un formato para desenganchar/reenganchar lo biológico en unas demandas políticas específicas. En este formato, nuevos desarrollos biomédicos se acoplan en direcciones estratégicas opuestas que posibilitan o limitan las atribuciones que el Estado tiene de asumir algún aspecto de la existencia biológica de sus ciudadanos. Para posibilitar este análisis, examinamos críticamente los aspectos de la perspectiva teórica engendrada por Michel Foucault, así como los desarrollos posteriores de Nikolas Rose, que contribuyen a la conceptualización necesaria para una analítica de las políticas de la vida efectivamente en curso.

Justicia; ciudadanía; problemas sociales


The process of judicialization of the bio political takes a singular shape in today Argentina. Life policies, from the end of the military dictatorship (1976-1983) are going to be doubly conditioned by the effects of state terrorism: on the one hand, the demand for life constitutes the initial political requirement to legitimize virtually all forms of interference in collective life, on the other hand, the biological link between generations is displayed perhaps the most powerful material and symbolic support that sustain the emergence of new social movements (MADRES de Plaza de Mayo, ABUELAS, FAMILIARES, HIJOS) providing a format to disengage and to attach the biological with specific political demands. In this new format, biomedical developments are engaged in opposite strategic directions that enable or limit the powers that the state has to take over some aspect of biological existence of its citizens. To enable this analysis, we critically examine those aspects of the theoretical perspective engendered by Michel Foucault and Nikolas Rose later developments, which contribute to the necessary conceptualization for a policy analytic ongoing real life.

Justice; citizenship; social problems


O processo da judicialização da biopolítica encontra na Argentina contemporânea uma forma singular. A partir do fim da ditadura militar (1976-1983) as políticas de vida seriam duplamente condicionadas pelos efeitos do terrorismo de Estado: por um lado, a procura pela vida se constituiu como o requisito político inicial para legitimar praticamente todas as formas de interferência na vida coletiva, e por outro, o vínculo biológico entre as gerações prova ser o mais poderoso suporte material e simbólico que sustenta a emergência de novos movimentos sociais (MADRES, ABUELAS, FAMILIARES, HIJOS), proporcionando um formato para desengatar/reengatar o biológico em demandas políticas específicas. Neste formato, novos desenvolvimentos biomédicos são acoplados a direções estratégicas opostas, que permitem limitar os poderes do Estado de assumir algum aspecto da existência biológica de seus cidadãos. Para sustentar essa análise, consideramos criticamente os aspectos do ponto de vista teórico engendrados por Michel Foucault bem como desenvolvimentos posteriores de Nikolas Rose, que contribuem para a conceituação necessária a uma análise das políticas da vida de fato em curso.

Justiça; cidadania; problemas sociais


ARTIGOS TEMÁTICOS

Acerca de la judicialización de la ciudadanía biológica: biomedicina y políticas de la vida1 1 Apoio e financiamento: Universidad Nacional de Rosario, Argentina (UNR).

Around the judicialisation of biological citizenship: biomedicine and politics of life

Em torno da judicializaçao da cidadanía biológica: biomedicina e políticas da vida

Marisa Germain

Magister en Salud Pública, profesora titular de la cátedra de E.P.S.S.1 de la Universidad Nacional de Rosário, Argentina, docente-investigadora categoría II

Endereço para correspondência Endereço para correspondência 24 de septiembre 861 - 2000 Rosario, Argentina. E-mail: marvic@infovia.com.ar

RESUMEN

El proceso de judicialización de la biopolítica encuentra en la Argentina contemporánea una forma singular. Las políticas de la vida, a partir del fin de la última dictadura militar (1976-1983) van a ser doblemente condicionadas por los efectos del terrorismo de Estado: por un lado, la búsqueda de la vida constituye el requisito político inicial para legitimar prácticamente todas las formas de interferencia en la vida colectiva; por otro lado, el nexo biológico entre las generaciones prueba ser el más potente soporte material y simbólico que sostiene la urgencia de nuevos movimientos sociales (MADRES, ABUELAS, FAMILIARES, HIJOS) proporcionando un formato para desenganchar/reenganchar lo biológico en unas demandas políticas específicas. En este formato, nuevos desarrollos biomédicos se acoplan en direcciones estratégicas opuestas que posibilitan o limitan las atribuciones que el Estado tiene de asumir algún aspecto de la existencia biológica de sus ciudadanos. Para posibilitar este análisis, examinamos críticamente los aspectos de la perspectiva teórica engendrada por Michel Foucault, así como los desarrollos posteriores de Nikolas Rose, que contribuyen a la conceptualización necesaria para una analítica de las políticas de la vida efectivamente en curso.

Palabras-clave: Justicia; ciudadanía; problemas sociales

ABSTRACT

The process of judicialization of the bio political takes a singular shape in today Argentina. Life policies, from the end of the military dictatorship (1976-1983) are going to be doubly conditioned by the effects of state terrorism: on the one hand, the demand for life constitutes the initial political requirement to legitimize virtually all forms of interference in collective life, on the other hand, the biological link between generations is displayed perhaps the most powerful material and symbolic support that sustain the emergence of new social movements (MADRES de Plaza de Mayo, ABUELAS, FAMILIARES, HIJOS) providing a format to disengage and to attach the biological with specific political demands. In this new format, biomedical developments are engaged in opposite strategic directions that enable or limit the powers that the state has to take over some aspect of biological existence of its citizens. To enable this analysis, we critically examine those aspects of the theoretical perspective engendered by Michel Foucault and Nikolas Rose later developments, which contribute to the necessary conceptualization for a policy analytic ongoing real life.

Key words: Justice; citizenship; social problems.

RESUMO

O processo da judicialização da biopolítica encontra na Argentina contemporânea uma forma singular. A partir do fim da ditadura militar (1976-1983) as políticas de vida seriam duplamente condicionadas pelos efeitos do terrorismo de Estado: por um lado, a procura pela vida se constituiu como o requisito político inicial para legitimar praticamente todas as formas de interferência na vida coletiva, e por outro, o vínculo biológico entre as gerações prova ser o mais poderoso suporte material e simbólico que sustenta a emergência de novos movimentos sociais (MADRES, ABUELAS, FAMILIARES, HIJOS), proporcionando um formato para desengatar/reengatar o biológico em demandas políticas específicas. Neste formato, novos desenvolvimentos biomédicos são acoplados a direções estratégicas opostas, que permitem limitar os poderes do Estado de assumir algum aspecto da existência biológica de seus cidadãos. Para sustentar essa análise, consideramos criticamente os aspectos do ponto de vista teórico engendrados por Michel Foucault bem como desenvolvimentos posteriores de Nikolas Rose, que contribuem para a conceituação necessária a uma análise das políticas da vida de fato em curso.

Palavras-chave: Justiça; cidadania; problemas sociais.

Las políticas de la vida en Argentina, desde el momento de formación del Estado Nacional por lo menos hasta la mitad del siglo XX, parecen haber aunado en la administración de la salud, preocupaciones higienistas, epidemiológicas y de control del saneamiento así como una respuesta asistencial a la enfermedad individual, con un interés por la preservación de elementos biológicos deseables frente a procesos degenerativos de fuente endógena y exógena. Proponemos que las políticas de la vida a partir del fin de la última dictadura militar (1976-1983) se van a ver doblemente afectadas por los efectos del terrorismo de estado: por un lado, el reclamo por la vida constituye inicialmente, el requisito político para legitimar formas de injerencia del Estado en la vida colectiva; por otro, el nexo biológico intergeneracional se mostrará, tal vez, como el más potente soporte material y simbólico que sustenta la aparición de nuevos movimientos sociales (Madres, Abuelas, Familiares, H. I. J. O. S. ) desencajando/reencajando lo biológico en demandas políticas específicas.

La cuestión del soporte material en que se ancla la titularidad de los derechos viene siendo objeto de problematización a la luz de las modificaciones que la biología y la medicina no cesan de introducir en nuestro concepto tanto de vida como de humano. El papel de la medicina como tecnología biopolítica ha mutado sensiblemente desde el momento en que aparece como instrumento central de la regulación de poblaciones en el siglo XIX. Para dar cuenta de esas problematizaciones recorremos, en el primer apartado, críticamente los aportes realizados por Foucault en cuanto a la relación entre medicina, ley y norma.

En segundo lugar, a través del examen crítico de la noción de ciudadanía biológica procuramos relevar la problematización que habilita, explorar el modo en que permite describir cómo nuevos desarrollos biomédicos se acoplan en direcciones estratégicas opuestas que posibilitan o limitan la capacidad del Estado de establecer identidad.

En el último tramo de este trabajo exploramos la potencia heurística de esta noción de ciudadanía biológica'para dar cuenta de aquellas transformaciones de la biomedicina que hicieron posible que se generaran formas de medicalización articuladas no con la salud y la enfermedad, centralmente, sino con la cuestión de la identidad en sus alcances políticos.

POLÍTICA Y PODER, ENTRE LA LEY Y LA NORMA

En toda sociedad, en toda cultura, las fuerzas que allí existen, se ligan y desligan engendrando y haciendo desaparecer líneas divisorias, formas de distribución, modos de separar grupos. Problema de las relaciones entre lo uno y lo múltiple. Como postula Pierre Rosanvallon (2003) político, califica el proceso por el cual un agrupamiento humano, que va de una simple población a una comunidad, recorre el camino conflictivo de generación de reglas en torno a la partición y a la participación en las decisiones sobre la propia vida y los asuntos comunes. Los mecanismos de producción de esas particiones son reglas internas, inmanentes a un espacio social heterogéneo, en que se distribuyen los componentes del campo, en posiciones y funciones diferentes. De las múltiples alternativas de división que histórica y socialmente se han generado, especial atención requieren las que se vienen desplegando a partir y en función del saber y las prácticas de la medicina, devenida desde el siglo XIX estrategia biopolítica. Las principales dicotomías que reparten en nuestra cultura a los que se conforman y a los desviados, a los enfermos y a los sanos, encuentran en la medicina una justificación habilitante en la apariencia de un fundamento científico (Foucault, 1994a) Si bien la medicina y sus formas contemporáneas interesa habitualmente en términos de la legitimidad que es capaz de proveer, nos interesa adentrarnos en el modo en que sus saberes y prácticas son instrumentados en tecnologías de poder novedosas. En el marco de su analítica de los modos de ejercicio del poder, al relevar los desplazamientos y encabalgamientos entre ejercicio anatomopolítico y ejercicio biopolítico, que articulan la emergencia del biopoder, Foucault (1997) subraya el lugar preponderante que se debe reconocer al saber técnico de la medicina ya que éste posibilita enlazar el conocimiento científico del conjunto de los procesos vitales de las poblaciones con el saber sobre los otros niveles de lo vital, el orgánico, el de los procesos fisiológicos, bioquímicos, etc. y de esta manera opera como tecnología tanto disciplinaria como regularizadora. Y en ese mismo marco señala como elemento característico del desplazamiento entre las formas de ejercicio, la emergencia de “una nueva forma de 'ley': un conjunto mixto de legalidad y de naturaleza, de prescripción y de constitución, la norma” (Foucault, 1975/1988, p. 310).

La ley produce un cotejo entre una conducta, un acto individual y un corpus de interdicciones para calificarlos, según un principio binario, entre permitidos (aquellos sobre los que se abre el silencio de la ley) y prohibidos (los explícitamente tipificados, que serán condenados y castigados). En tanto la norma remite comportamientos (aunque también atributos biológicos o biologizados,podríamos decir) o bien a un parámetro de comparación arbitrariamente establecido (la norma en sentido disciplinario) respecto del cual se hacen surgir adecuaciones o inadecuaciones, conformidades o desviaciones o bien a una multiplicidad efectivamente existente, un puro terreno de comparación, una regularidad funcional. Esta opera como un instrumento de registro de diferenciales y a la vez de producción de homogeinización (Foucault, 1975/1988).

La norma puede aparecer habitando la ley, pero siempre la desborda pues en la operación de comparar adquiere una condición que hace hacer. Las sociedades de normalización como señala Ewald (1986) siguiendo a Foucault, son aquellas en que por la forma de objetivarse a sí mismas, la sociedad aparece como el producto de la aplicación del método estadístico-probabilista que posibilitó medir cuantitativamente los efectos de masa de comportamientos individuales y abrió, así, un espacio que hizo posible la aparición de una nueva regla de enjuiciamiento sobre sí mismas: la justicia social.

Esta justicia social es entendida como un sistema de reglas que, reconociendo que la igualdad formal que habilita la ley deniega una desigualdad material, busca formas de compensación de las desigualdades. La aplicación del cálculo de probabilidades a las poblaciones - en tanto objeto - generó otro efecto directamente ligados a la extensión del proceso de normalización: el desarrollo y determinación de lastecnologías de riesgo que proceden realizando comparaciones entre lo alcanzado en promedio por una población dada y un grupo o un individuo. Tecnologías de riesgo entendidas como procedimientos de identificación de los individuos, de diferenciación de grupos en función del promedio social y que posibilitó el establecimiento de equivalencias entre riesgo, anormalidad e inadaptación. Los procedimientos de identificación derivados de las tecnologías de riesgo, fueron puestos al servicio fundamentalmente de actividades preventivas pero también para posibilitar una igualdad compensatoria allí donde no existía más que igualdad ante la ley o también para forzar la intervención estatal como deber de asistencia.

Nos interesa esta forma particular en que la sociedad normalizadora se objetiva a sí misma porque la norma no apunta a un sujeto universal como la ley, sino que, hace aparecer, como objetos de perpetuo examen, individuos y grupos a los que diferencia entre sí; operando como común medida a través de la cuál cada uno es producido como sujeto que puede adquirir identidad, encontrar su lugar y su valor social. De ese modo la norma teje en una misma pieza lo que es de hecho con el derecho - basado en la formalización y la universalización - al pretender hacer valer el hecho de las desigualdades como derecho a la reparación. De esta manera, se abre la puerta a la segregación de grupos a los efectos de intervenciones estatales de diverso tipo. Frente a la ley que nos propone igualdad de trato, la norma se presenta como una manera especial de componer relaciones de igualdad y desigualdad. Se componen a través de diversas tecnologías de gobierno destinadas a estructurar un campo posible de acciones (Foucault, 2004). Entre ellas señalemos en particular, las que Dean (1999) denomina tecnologías de la agencia que intervienen sobre individuos con la pretensión de guiar, instrumentalizar, encausar, decisiones y acciones para suscitar ciudadanía – sujetos activos, responsables, autónomos, empoderados, disponibles para el consumo.

El imperativo del cuidado de la población que tiene la direccionalidad estratégica del biopoder - hacer vivir y dejar morir - enunciado como racionalidad estratégica del poder y direccionalidad de su ejercicio encuentra, según el planteo foucaultiano de mitad de los '70, en el racismo de Estado un punto de ruptura que organizaba según un principio biológico la distinción entre la vida que deber ser sostenida, defendida, acrecentada y aquella que debe ser eliminada como portadora de peligro. Funcionalmente se reacoplaba el principio estratégico que prescribe la muerte – hacer morir - ahora para poder vivir, porque ese otro que debe morir representa un peligro biológico para la continuidad de la vida. El ejercicio moderno de este derecho de muerte, aparece como condición necesaria del sostenimiento biológico de la vida deseable. De este modo la tecnología de diferenciación biológico/social de grupos que hace posible la norma y la normalización va a resultar encabalgada ahora por la ley (o bando, que opera como expresión de la voluntad soberana) que manda la eliminación del otro (Foucault, 1997). Desigualdad científicamente establecida que abre a un tratamiento desigual, no para igualar sino para exterminar.

MEDICALIZACIÓN Y BIOMEDICINA: ENTRE NORMA SOCIAL Y NORMA BIOLÓGICA

El papel de la medicina como tecnología política, fue para Foucault (1976/1990) no simplemente el objeto de un rechazo o una denuncia, sino más bien, aquello que había que visibilizar. Señalemos algunos desplazamientos en ese campo que es preciso visibilizar hoy. En el recorrido que va del relevamiento arqueológico del saber médico a los trabajos que en su conjunto dan cuenta de una genealogía del poder médico, Foucault muestra como

cada cultura define de una forma que le es particular, el dominio de los sufrimientos, de las anomalías, de las desviaciones, de las perturbaciones funcionales, de los problemas de conducta que son relevados por la medicina, suscitan su intervención y reclaman por parte de ella, una práctica específica. En el límite, no hay dominio que corresponda de pleno derecho y universalmente a la medicina. (Foucault; 1994a, p. 753).

Si ese conocimiento médico pretendió circunscribir esa posibilidad de indefinida expansión, que Foucault menciona, fue a través de la distinción entre normal y anormal, pero al no haber nada en la naturaleza de las cosas que forzara esa distinción, no sólo la línea puede desplazarse de un momento a otro, y lo que antes era normal, dejar de serlo hoy o a la inversa; a poco que el conocimiento médico del siglo XIX creyó poder establecer lo que se podría llamar la norma de lo patológico como piso diferencial y límite de su competencia, comenzó el desplazamiento del objeto de su saber y de sus intervenciones reformulando la idea de la enfermedad como blanco: de fuente de sufrimiento a anormalidad y desvío del estándar fisiológico o social, de fuente de peligro colectivo a signo presente en el propio cuerpo que debe ser descifrado tempranamente por su portador, de estilo de vida productor de patología a elemento genético portador del mal. Podemos caracterizar a esa medicina que está dejando de ser como aquella que ya no define los horizontes de sus intervenciones a partir de la lucha contra el sufrimiento y la muerte, ni requiere de la distinción entre una forma biológica lograda y una fallida para establecer su dominio de acción; tampoco tiene ya como territorios exclusivos el cuerpo individual, al que se accede a través del juicio clínico que orienta una cura, o la población, sobre la que se hace blanco con estrategias epidemiológicas preventivas y reguladoras. Hoy vemos como se hace lugar a procedimientos de diagnóstico y testeo técnicamente definidos en la medida en que se abre la escala de intervención molecular. Así, si el espacio propio de esa medicina, fue incluso durante el siglo XX, el hospital, ahora encontramos esta nueva forma de medicina en un nuevo lugar, el laboratorio (Rose, 2007).

De esta mutación en curso desde hace apenas un par de década, da cuenta la nueva nominación biomedicina cuya significación excede la mera articulación de dos campos de saber, la biología y la medicina. No se trata del nombre que reciba – biomedicina, tecnomedicina, biotecnomedicina – sino de la transformación científica y social que menciona, en la que la práctica médica se desplaza al enlazarse con los saberes desarrollados por la biología – cuyo objeto también ha mutado –, con la bioingeniería, con la genética, con los desarrollos biotecnológicos, que desbordan la ortopedia y la producción farmacéutica clásica y abren a la posibilidad de alcanzar aquellas formas de lo vivo humano que están más acá y más allá del límite corpóreo. Esta biomedicina claramente no puede ser pensada como el resultado de un proyecto bien definido – al modo del proyecto para develar el genoma humano – sino como un conjunto convergente de innovaciones, con fines específicos inconexos pero componibles. Una indagación arqueológica, cabe hipotetizar, realizada en torno a estos cambios podría mostrar la emergencia de una nueva episteme que se organizaría a partir del umbral puesto por los desarrollos genéticos y la perspectiva molecular de indagación.

Retomamos los planteos de Rose (2012), de Goffette(2007), de Fassin y Memmi (2004), para ellos en síntesis2 2 Excluimos del tratamiento cuestiones – una economía de la vitalidad y generación de biovalor, desarrollos de la neurociencia y la psicofarmacología en la dirección de producir un nuevo 'yo neuroquímico', medicina celular y molecular, etc. - que, sin desconocer su interés, no resultan aspectos significativos para nuestro recorte. , la Biomedicina hace blanco sobre la materia biológica con finalidades específicas que no se limitan a la búsqueda de restablecer un estado perdido – la salud – sino que buscan generar un producto, un efecto, investido socialmente de interés. Aquello que se busca alcanzar parece tener un rango de posibilidades muy amplio:

  • metas que interpelan la propia finitud y continuidad como problematizaciones del si mismo; recorriendo un camino que fue de la preocupación por la suspensión voluntaria de la fecundidad a la procreación medicamente asistida se buscó intervenir sobre la edad para procrear, localización corporal, selección de materiales implantables, etc. y también sobre la muerte – asistencia mecánica, preservación criogénica de material reproductivo, etc.

  • la búsqueda de la optimización es una de las finalidades insistentemente relevada: aportar un rendimiento, un bienestar, una destreza, una fuerza, etc. superior a las que se logra sin la intervención biomédica (a través de fármacos, suplementos, cirugías, dispositivos ortopédicos, terapias moleculares, etc. ). Esta lógica del mejoramiento reconfigura nuestro campo de autonomía. En este sentido sería posible pensar la extensión de las prácticas de la biomedicina como correlativas de la extensión de las regulaciones bioéticas y en especial de las operaciones destinadas a resguardar dicha autonomía (consentimiento, expresión de voluntad, etc. ).

  • un tercer interés constantemente acrecentado es la obtención de biovalor, en las condiciones de producción capitalista y que de un modo más exitoso que en otros terrenos permea los ámbitos públicos (en particular de salud e investigación donde se promueve el patentamiento de cualquier resultado). Estas prácticas y productos cuentan con demanda existente o susceptible de ser producida.

Estas prácticas dan lugar a experiencias cuyos relevos simbólicos no están aún fijados, pues como prácticas sociales se realizan desfazadas de los múltiples relatos específicos capaces de dotarlas de sentido; estarían además desplazadas y descalzadas constantemente de las formas regulatorias (jurídicas, bioéticas, deontológicas, etc. ) a través de las cuales se busca fijarlas. En muchos casos además, son acompañadas de la emergencia de agrupamientos, ONGs, hasta podríamos pensarlos como nuevos movimientos sociales, en que los integrantes se vinculan real y virtualmente – a través de las redes sociales – en función de un aspecto de su vida biológica (o la de alguien cercano). En el seno de estas organizaciones se desarrollan demandas específicas, tanto de reconocimiento de derechos, como de habilitación de consumo. La demultiplicación del poder efectivo de modificar lo que se concebía como el ser de lo humano, genera una desestabilización de construcciones centrales de nuestra cultura - tal como han sido institucionalizadas hasta ahora: la de persona en sentido jurídico y la responsabilidad que se liga a sus derechos, la de sexo/género como identidad, la de la inscripción estatal de la identidad, etc. La cualidad de humano que tuvo y tiene aún sede en la corporeidad se abre progresivamente a un juego de posibilidades, esto es, se vuelve materia a proyectar. La susceptibilidad de lo vivo, vuelve lo humano un horizonte abierto.

¿DE QUÉ HABLAMOS CUANDO HABLAMOS DE CIUDADANÍA BIOLÓGICA?

La perspectiva clásica (Marshall, 1949/1997) que problematiza la ciudadanía desde el punto de vista de los derechos reconoce en ella tres dimensiones: una civil ligada a los alcances de la libertad individual y al derecho a defender y hacer valer todos los derechos ante la justicia – en situación de igualdad de trato con cualquier otro ciudadano –; una política vinculada a la posibilidad de intervenir en el ejercicio del poder (eligiendo o siendo elegido para conformar los órganos de gobierno) y una social relativa a los derechos a participar del patrimonio colectivo de modo de alcanzar una vida conforme a los estándares de dignidad propios de un ser humano. La idea de una ciudadanía biológica tendría un carácter aspiracional, en tanto justamente interrogaría los alcances de la idea de dignidad humana; remite a proyectos de realización de derechos ya establecidos o de generación de nuevos derechos cuya emergencia estaría ligada a desarrollos en el terreno de la biomedicina (Rose & Novas; 2003).

La expresión ciudadanía biológica, comienza a difundirse en nuestro medio a partir de los trabajos de Rose (2012) que no busca conceptualizarla, sino que hace de ella un uso descriptivo, que le permite abordar la profunda innovación que se está dando tanto en la racionalidad como en las tecnologías de gobierno. Procura comprender, con esta expresión, el modo en que individuos y grupos comienzan a experimentar de nuevas maneras diversos aspectos de su vida biológica, en que esa forma de experimentarse produce modos de subjetivación e identidades y que en esa condición se vuelven susceptibles de gobierno, que respecto de ellos emergen modalidades de autoridad previamente inexistentes, que suscitan saberes – institucionalizados como científicos, o no. Esta forma de ciudadanía respondería a demandas especiales de protección, compensación o cobertura fundadas en criterios médicos, científicos y legales que reconozcan a la vida un nuevo valor potencial. A la vez individualizante, “en la medida en que el individuo define su relación consigo mismo en función del conocimiento de su individualidad somática” (Rose, 2012, p. 272) y colectivizante, generando organización “en torno de los atributos comunes de una condición genética o somática compartida” (Rose, 2012, p. 273). Se transita por una experiencia que modificará el propio futuro en un sentido que no es ni la conservación preventiva del estado presente, ni la mera reposición de un pasado deseable (estado de salud).

El material biológico, esos flujos de fuente corporal, constituirían fuerzas presubjetivas que están siendo capturadas en dispositivos específicos, matrizadas simbólicamente; fuerzas capaces de atravesar ordenamientos largamente institucionalizados, cristalizados como los cuerpos de la sexualidad normalizada, operando como catalizador que los descompone. La susceptibilidad política del material biológico, abre los cuerpos, habilitándolos a diversas tecnología de gobierno; punto de anclaje de fuerzas sociales disponibles, direccionables, en un rango que va desde la supresión misma de la existencia (como bien lo ilustra la Ley argentina 26742 de Muerte Digna del 2012) a su generación (ilustrada por la reciente Ley 25673 de Fertilización asistida). Esa susceptibilidad biológica que permite fijar decisoriamente principios de división social que vuelven disponible un cuerpo individual, un grupo, una etnia, etc. para la intervención sobre ellos, es lo que consideramos propiamente político.

Sintetizando, la ciudadanía biológica es un modo de componer identidad y derechos que se embragan a partir de una innovación biomédica o biotecnológica que se acoplan en tecnologías de poder y técnicas que

permiten a los individuos efectuar, por sí mismo o en colaboración con otros, un cierto número de operaciones sobre su cuerpo, su alma, sus pensamientos, sus conductas, su modo de ser y así transformarse a fin de alcanzar un estado deseado específicamente definido (Foucault, 1994b, p. 785).

Y por esto, esta noción, es portadora de una crítica a la particular dirección en que va mutando la medicina, la naturalización por la que logra reforzar su legitimidad subrayando las posibilidades de autorrealización y de mayor autonomía que contiene como promesa de futuro. Pero al mismo tiempo permite relevar la polivalencia táctica que adquieren los enunciados legislativos en el juego de la judicialización de la vida. Esta forma típica podemos encontrarla plasmada en legislaciones recientes impulsadas por ONGs, (en el caso de la ley de fertilización asistida, las organizaciones FALTGBT, Megafon, Dar vida, Concebir, que juntaron 290000 firmas, incluso usando redes sociales) para incluir – en el Plan Médico Obligatorio que fuerza a todas las prestadoras de salud, incluída la salud pública – a cubrir costos de tratamientos de diversas situaciones vitales. Los ciudadanos emergentes de esta legislación, han vuelto una situación hasta ahora privada, ocasión de activismo político estructurado. Como señala Rose (2012, p. 299), “la política tal como la practican los ciudadanos biológicos en una economía política de la esperanza involucra juicios éticos profundamente normativos acerca de los usos y los fines de la vida en sí”.

UNA VIDA NUEVA

En este último tramo del análisis arribamos a la consideración de un plexo de legislaciones bien diferentes entre sí por su contenido, dispersas temporalmente, que alcanzan en su aplicación judicial, colectivos sociales bien diferentes.

El conjunto de legislaciones que consideramos incluye de la Ley 23. 511, del año 1987, de creación del Banco Nacional de datos genéticos conformado para obtener y almacenar información genética que posibilite la determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a filiación, especialmente los derivados de la apropiación de niños durante la última dictadura militar, la ley 25. 457, del año 2001, de creación de la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad que tiene entre sus objetivos la búsqueda y localización de esos niños) y el proceso jurídico de reconocimiento del uso de pruebas de ADN (nuclear y mitocondrial) para el establecimiento de filiación en casos de menores secuestrados, desaparecidos o nacidos en cautiverio. En estos casos, los jueces federales están obligados a pedir pericias inmunogenéticas en el Banco Nacional de Datos Genéticos, de cualquier persona que se sospeche sea hijo de desaparecidos, para el análisis y posterior entrecruzamiento de esos datos con la información de todos los grupos familiares existentes en dicho Banco (www.abuelas.org.ar) y finalmente la ley 26. 743 del año 2012, de Derecho a la identidad de género (www.faglbt.org.ar). Estas legislaciones dispares vehiculizan sin embargo el sostenimiento social de una misma cuestión: ¿Quiénes somos?

Una publicidad reciente de la organización Abuelas interpela a decenas de miles de jóvenes, a una generación completa, en Argentina y les dice: “ Si tenés dudas sobre tu identidad...”. Pero la formulación social de un cuestionamiento o desmentida sobre la identidad, alcanza igualmente a otras personas bajo la forma de equívocos con los nombres, usos inadecuados del lenguaje, habilitaciones de espacios de uso diferenciado en términos de género, etc. La interrogación respecto del saber sobre el propio ser, es la operación de apertura de una escansión ética y también política o por lo menos la ocasión de una, en la que los sujetamientos anteriores pueden ser intervenidos. Lo que nos hace lo que somos es una creación permanente de nosotros mismos en nuestra autonomía, en un trabajo experimental que confronta lo que se piensa, lo que se dice, lo que se hace, con lo que se es. Trabajo político personal generador de un êthos como manera de ser. A través de esta pregunta nos interrogamos a nosotros mismos sobre los límites de nuestra libertad. Como propone Foucault (1994b, p. 213):

existen en todas las civilizaciones procedimientos, que se proponen o prescriben a los individuos para fijar su identidad, mantenerla o transformarla en función de una serie de fines y ello gracias a relaciones de dominio de si sobre sí mismo o de conocimiento de si por si mismo.

Tales técnicas tanto como las tecnologías disciplinarias del cuerpo y tecnologías regularizadoras de la vida siempre revisten un carácter instrumental respecto de la racionalidad gubernamental que actualizan. Estas legislaciones ponen de manifiesto que el investimiento político de un producto biológico, no se acoplan en una única direccionalidad estratégica tendiente a disciplinar cuerpos, o normalizar poblaciones, sino que más bien deja esos materiales disponibles para entrar en racionalidades no sólo distintas sino opuestas.

El establecimiento de filiación en los juicios por la restitución de la identidad, a través de pruebas de ADN en el caso de nietos recuperados, opera como un catalizador que visibiliza:

  1. la costura que por intermedio de un fallo judicial une un soporte biológico a una identidad estatalmente atribuida (y materializada en un nuevo Documento Nacional de Identidad, en una modificación del acta de nacimiento, de los registros escolares, electorales etc. );

  2. según los testimonios disponibles, de esas historias (Fragmentos de relatos disponibles en videos documentales, no site

    www.abuelas.org.ar), un trabajo sobre sí, por el cual una filiación, unos afectos, una historia son interrogados y reelaborados, dando lugar a la generación de modos del ser inesperados (ser la prueba viviente del delito de apropiación).

  3. se trata también de una forma de producción de verdad que liga a ese sujeto con esa verdad jurídica sobre si mismo que desmiente verdades anteriores a las que estuvo ligado y otros estuvieron ligados a través de él (sus hijos con los apropiadores como abuelos, con su apellido, etc. ), generación de una verdad frágil (ya que en muchos casos no fue buscada, no viene de otros con los que se tenga lazos previos, pone en cuestión su memoria y su pasado) pero a la vez anclada en un elemento irreversible, indesmentible. Las Abuelas presentan esta forma de verdad con un ícono: 99,99% que refiere al porcentaje de certeza del vínculo genético. El ADN que permite establecer la individualidad biológica que diferencia a una persona de otra, en este caso permite rehacer el linaje y así corroer el límite moderno entre lazo familiar y lazo político.

En el caso de la ley que reconoce el Derecho a la Identidad de Género en cambio, se hace lugar al reconocimiento de una ciudadanía como desmentida biológica: por la pura enunciación de una voluntad puesta de manifiesto en una solicitud, libre de toda tutela – en el caso de los mayores de edad – médica, psiquiátrica o de otro tipo, se opera un radical reconocimiento de la autonomía de un sí mismo sobre la norma social de la sexualidad binaria. Esta ley habilita a reclamar ser tratado de acuerdo a la propia identidad de género autopercibida a la que define como aquella vivencia interna que el individuo tiene de su género tal como lo siente sin requerir ningún tipo de modificación corporal.

Una torsión jurídica particular que mientras mantiene la inscripción que segrega sexo femenino de masculino en los documentos, liga esa diferencia a la manifestación del individuo y no a su condición biológico/genital establecida al nacer. El Estado no elimina el principio de distinción en función de los órganos reproductivos (aunque hubo propuestas en el sentido de eliminar de los registros la condición sexual F/M) sino que da lugar a una vivencia interna. No abre el cuerpo, al requerimiento de adecuación (quirúrgica, hormonal, gestual, etc. ) para su registro, a la inversa, se obliga y obliga al conjunto del sistema de salud a tener que solventar esas modificaciones, cuando fueran demandadas. En el artículo 11 establece para los adultos, la posibilidad de acceder a cirugías totales y parciales así como a tratamientos hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida. Para esto no se requiere autorización judicial ni administrativa, ni pericias de profesionales de salud.

Tampoco los tratamientos hormonales integrales, que pueden ser requeridos a los efectores de salud, implican la decisión de una reasignación genital total o parcial. En cualquiera de esos casos sólo se debe prestar el consentimiento informado como para cualquier otro procedimiento según la ley de derechos de los pacientes. Esta legislación como otras similares alcanza tanto a los efectores del sistema público de salud, como a los privados o el subsistema de obras sociales al incluir las prácticas en el Plan Médico Obligatorio. La desmentida que se logra por desarrollos biomédicos de tipo hormonal o quirúrgico es el punto de llegada de una demanda construida desde una transformación del yo acaecida con anterioridad y manifestada como voluntad de un reconocimiento igualador en tanto no discriminatorio.

DISCUSIÓN

Vemos en estas legislaciones la fijación de dos direcciones opuestas: por un lado con la inclusión del material genético para determinar identidad lo biológico es judicializado para que opere como punto de anclaje de una redefinición de la titularidad de la ciudadanía a la vez que hace posible inscribir un crimen que excede al individuo ligándolo a otras víctimas, a generaciones precedentes. Por otro, se opera una desjudicialización de la definición de la identidad, los enunciados de la ley, en ese caso, rompen a la vez con la normalización anatómica y con la competencia que hasta entonces se asignaba a la corporación médico-psiquiátrica para definir quién podía requerir del Estado el reconocimiento de una cierta identidad de género y quién no. El elemento común y paradojal de estas tendencia en direcciones inversas en cuanto a la judicialización es la constitución de una instancia subjetiva identitaria nueva que ha debido elaborar una particular autonomía respecto del soporte biológico anterior. En las prácticas que estas legislaciones cobijan (y que van en direcciones opuestas, fijar o desmentir la condición biológica de un cuerpo) encontramos procesos de subjetivación que se dan como experiencia de si, como práctica de la libertad.

Es importante subrayar también que mientras en lo que Foucault (1976/1990; 1997) caracterizaba como racismo de Estado el acoplamiento de ley y norma se da en un Estado homicida, que suprime a los diferentes y con ellos la resistencia como condición de ejercicio del poder, en estos casos lo biológico se muestra susceptible de servir también a la resistencia, a la captura de posibilidades biomédicas para suscitar como ciudadanía biológica, el relanzamiento de un espacio para nuevas prácticas de la libertad, para formas de diferenciación, de innovación y de creación que aunando libertad y resistencia posibilitan la invención de un sí mismo que se propone como reivindicación del derecho a la existencia sin otro fundamento que la facticidad de una voluntad: querer ser quien se es.

Recebido em 10/11/2013

Aceito em 26/09/2014

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  • Fechas de Publicación

    • Publicación en esta colección
      26 Nov 2014
    • Fecha del número
      Set 2014

    Histórico

    • Recibido
      10 Nov 2013
    • Acepto
      26 Set 2014
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