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Memoria y justicia transicional para “tiempos democráticos” – Análisis del caso de la comisión de la verdad de Ecuador desde una perspectiva crítica

Memory and transitional justice to “democratic times” – Analysis of the case of the truth commission of Ecuador from a critical perspective

Resumen

En 2007 se estableció una Comisión de la Verdad en el Ecuador, y el informe se publicó en 2010. Esta Comisión se centró en particular en las graves violaciones de los derechos humanos cometidas en el gobierno de León Febres-Cordero, elegido democráticamente para el período de 1984 a 1988. En este caso, se ha utilizado un mecanismo de justicia de transición para hacer frente a la violencia cometida bajo un régimen democrático, lo que en sí mismo plantea interrogantes sobre el concepto de democracia. El artículo apunta a esta reflexión desde la teoría crítica de los derechos humanos de Joaquín Herrera Flores, e invoca la memoria como una categoría política indispensable para la construcción de la democracia, haciendo una lectura crítica del caso ecuatoriano.

Palabras clave:
Justicia Transicional; Memoria; Democracia; Ecuador

Abstract

In 2007 a Truth Commission was established in Ecuador, with the release of the report in 2010. This Commission focused in particular on the serious human rights violations committed in the government of León Febres-Cordero, elected democratically from 1984 to 1988. Thus, in this case, a transitional justice mechanism was used to deal with violence committed under democratic rule, which in itself raises questions about the concept of democracy. The article points to this reflection based on Joaquín Herrera Flores' critical theory of human rights and invokes memory as an indispensable political category for the construction of democracy, making a critical reading of the Ecuadorian case.

Keywords:
Transitional Justice; Memory; Democracy; Ecuador

1. Introducción

El presente trabajo busca aproximarse a cómo la memoria coadyuva a la construcción democrática, la cual es ejercida a través de un proceso de justicia transicional que involucra la realización de justicia frente a graves violaciones de derechos humanos. En este sentido, mediante la justicia transicional, el ejercicio a la memoria implica que las graves violaciones a derechos humanos deban ser (re) conocidas por la sociedad. En consecuencia, se busca analizar cómo la memoria aplicada a través de la justicia transicional crea cimientos para la construcción democrática.

En el año 2007, en el Ecuador se instauró una Comisión de la Verdad a fin de esclarecer y (re) conocer graves violaciones a los derechos humanos, la referida comisión, se creó con el propósito de investigar e impedir impunidad, en el 2010, en su informe final concluyó que existieron alrededor de 360 víctimas de violaciones a los derechos humanos en el período 1984-1988 y otros (ECUADOR, 2010ECUADOR. Sin verdad no hay justicia Conclusiones y Recomendaciones. Quito, Ecuador: Comisión de la Verdad, 2010., p.118). Una de las peculiaridades del caso ecuatoriano es que este período seleccionado por la Comisión de la Verdad es reconocido como democrático, lo que da lugar a una reflexión sobre el significado de la palabra “democracia”. A la fecha, la sociedad ecuatoriana no reconoce un acervo histórico respecto de la memoria por los hechos.

Desde el marco teórico-conceptual de lo que implica la justicia transicional, se procura analizar el planteamiento. El objeto de investigación es examinar desde una perspectiva crítica si ¿Es la memoria una categoría política indispensable para la construcción democrática? Este trabajo formula una revisión doctrinaria de los conceptos nucleares y se realiza una revisión al citado informe. Un análisis desde una perspectiva crítica, puesto que de conformidad con Joaquín Herrera Flores, la lucha por los derechos humanos debe centrarse en la búsqueda de la dignidad humana (HERRERA FLORES, 2008HERRERA FLORES, Joaquín. La reinvención de los derechos humanos. Sevilla: Librería Atrapasueños, 2008., p.188), en este sentido, planteó una figura o “esquema” de conocimiento y acción que permita visualizar toda la profundidad y amplitud de lo que implica dicha búsqueda, lo denominó: el diamante ético. El cual se compone de elementos o ejes materiales y conceptuales, entre los que están la historicidad y las narraciones.

2. Qué es la democracia

Previo a formular un estudio respecto de la memoria como categoría política indispensable para la construcción democrática, la cual se ejerce en el marco de la justicia transicional, es preciso abordar los conceptos nucleares. En tal razón, se vuelve preponderante reflexionar a partir de la teoría crítica de derechos humanos qué entender por democracia y cuáles son los mínimos en el marco de esta.

En este contexto, ha de considerarse que desde la perspectiva de la teoría crítica, los derechos humanos son procesos de lucha en búsqueda de la dignidad humana (HERRERA FLORES, 2008HERRERA FLORES, Joaquín. La reinvención de los derechos humanos. Sevilla: Librería Atrapasueños, 2008., p.15), por lo que, en el marco de un régimen calificado como democrático, es fundamental el respeto por los derechos humanos como algo que no se puede soslayar bajo ninguna circunstancia y que bajo un marco denominado como democrático ha de alcanzarse la materialización de tales derechos. La dignidad humana entendida no como algo ideal o abstracto, sino como un fin material, la cual se concreta mediante el acceso igualitario y generalizado a los bienes que hacen que la vida sea “digna” de ser vivida (HERRERA FLORES, 2008HERRERA FLORES, Joaquín. La reinvención de los derechos humanos. Sevilla: Librería Atrapasueños, 2008., p.26).

El análisis al concepto de democracia trasciende de definiciones meramente etimológicas y/o lingüísticas, que si bien aportan en la construcción del concepto esto ha generado una especie de reduccionismo teórico y por consiguiente la hegemonía del concepto de las democracia elitistas y liberales. Siendo necesario destacar que democracia no significa “tiranía de las mayorías”, que la victoria de la mayoría habilita para pisotear a las minorías por lo que, no se puede encasillar al concepto de manera aforística, la democracia es un sistema de derechos fundamentales (DAHL, 2004DAHL, Robert. La Democracia, PostData, 10 diciembre de 2004, p.11-55., p.29), compuesto por “un conjunto de reglas procesales” (BOBBIO y FERNÁNDEZ SANTILLÁN, 2014BOBBIO, Norberto; FERNÁNDEZ SANTILLÁN, José Florencio. El futuro de la democracia. México, D.F.: Fondo de Cultura Económica, 2014., p.51), el concepto se ha ido formando a través de un proceso, que ha traído consigo la construcción de estructuras políticas complejas que conllevan análisis ulteriores.

De conformidad con Charles Tilly, dos de los elementos que caracterizan a la democracia son: condición política, calidad de vida (TILLY, 2010TILLY, Charles. Democracia. Madrid: AKAL, 2010., p.57), en el primero subyace determinar si se trata de democracia o de otro tipo de regímenes, más allá de las clasificaciones o pretendidas determinaciones que formulare Freedom House1 1 Es una organización no gubernamental estadounidense que mide los derechos políticos y libertades civiles en todos los países del mundo y en función de aquello “determina” si se trata de regímenes democráticos o no. . En cuanto a la calidad de vida, desde el punto de vista de la teoría crítica, quizás el precitado autor aborda la más importante cuando advierte que “la democracia es un bien si mismo” poniendo de relieve que, “rescata a la gente corriente de la tiranía y la alteración del orden público que prevalece en la mayoría de los regímenes políticos” (TILLY, 2010TILLY, Charles. Democracia. Madrid: AKAL, 2010., p .56) tanto más cuando en términos sociales permite el acceso a derechos como educación, salud y en general protección integral, lo que sin duda vislumbra mejores condiciones de vida para los ciudadanos.

Es indispensable analizar la democracia desde el punto de vista de la teoría crítica de derechos humanos, en la medida que permite como refiere el autor Helio Gallardo, examinar las debilidades y vacíos, falsedades desde el punto de vista del conocimiento y políticamente nocivas para algunos sectores sociales en tanto facilitan la reproducción de formaciones sociales que descansan en la discriminación y la dominación (GALLARDO, 2010GALLARDO, Helio. Teoría crítica y derechos humanos - una lectura latinoamericana. Revista de Derechos Humanos y Estudios Sociales, n.4, diciembre de 2010, p.57-89., p.67). Un estudio al respecto no puede formularse abstraídos de los contextos sociales, económicos, políticos, geopolíticos, históricos, filosóficos, culturales e incluso antropológicos, ciencias que inexorablemente confluyen cuando se está en la búsqueda de la dignidad humana. La instauración de un sistema democrático no se encuentra yuxtapuesto a la dignidad ni a la conculcación de derechos, por el contario, por la lógica que gobierna todos los términos emparentados, conmina a la protección integral y categórica de los seres que habitan el territorio sobre el cual se erige el sistema democrático.

Para Herrera Flores, la democracia, no debe reducirse al postulado liberal de la “igualdad de poder político” sino con la “distribución del poder político” (HERRERA FLORES, 2008HERRERA FLORES, Joaquín. La reinvención de los derechos humanos. Sevilla: Librería Atrapasueños, 2008., p.194). Si la democracia no cumple con sus propósitos es necesario hacer un replanteamiento del pensamiento en cuanto a los elementos que son fundamentales para la existencia de la misma. De acuerdo a Sartori, definir la democracia es importante, porque de allí parte qué esperar de ella.

La democracia también implica en sentido y esencia qué se espera de los ordenamientos democráticos, en los que exista una sociedad libre, sin opresión del poder político ni oligárquico, en el que el Estado está al servicio de los ciudadanos, por tanto, los gobernantes están bajo el mandato de los gobernados quienes le otorgan la legitimidad de actuación (SARTORI, 1988SARTORI, Giovanni. Teoría de la democracia. Madrid: Alianza Editorial, 1988., p.24). La democracia estará legitimada tanto en cuanto cumpla sus fines, de allí la importancia de su delimitación, fines construidos con el devenir de los tiempos, pero que sientan las bases sobre las cuales en occidente se anhela la realización de derechos y justicia social; por consiguiente, el andamiaje que reviste será el gran artífice de que la democracia mejore la calidad de vida y por sobre todo respete de manera irrestricta sus derechos humanos.

Helio Gallardo realiza una diferenciación entre democracia y democratización, al primero, lo denomina un concepto de valor mientras que al segundo lo encuentra como aquellos procesos históricos-sociales de institucionalización (GALLARDO, 2007GALLARDO, Helio. Democratización y democracia en América Latina. Bogotá, D.C., Colombia: Ediciones desde abajo, 2007., p.7), en este sentido, y considerando que la democratización responde a procesos de institucionalización y la constitución de un orden, para Sartori democratización en América Latina, quiere decir salida de dictadura (SARTORI, 1988SARTORI, Giovanni. Teoría de la democracia. Madrid: Alianza Editorial, 1988., p.302). El proceso de democratización pretende el adecuado funcionamiento del sistema político, en el que se materialicen aspectos considerados como fundamentales para la vida (PRZEWORSKI, 2000PRZEWORSKI, Adam (ed.). Democracy and development: political institutions and well-being in the world, 1950-1990 - Cambridge studies in the theory of democracy. Cambridge: Cambridge University Press, 2000., p.14).

3. Justicia de transición

La justicia transicional se construye en la historia como conjunto de conocimientos y prácticas jurídico-políticas destinadas a forjar la existencia de una vida democrática, constituye uno de los componentes de la etapa de democratización mencionada por Gallardo (2007GALLARDO, Helio. Democratización y democracia en América Latina. Bogotá, D.C., Colombia: Ediciones desde abajo, 2007., p.7); en el marco general, la justicia transicional se ha entendido como aquella que en un proceso por retomar la confianza en las instituciones democráticas se adopta para marcar de manera clara la salida de un régimen autoritario o dictatorial y asumir la democracia como forma de gobierno. Se sostiene que dos importantes sucesos del mundo han dado forma a la justicia transicional tal como la conocemos hoy en día, la tercera ola de la democracia y el fin de la Guerra Fría, responde a un cúmulo de luchas en defensa de derechos humanos, lo que dio paso a lo que Sikkink denomina la cascada de la justicia (SIKKINK, 2016SIKKINK, Kathryn. La Cascada de la justicia: cómo los juicios de lesa humanidad están cambiando el mundo de la política. Barcelona: Gedisa, 2016., p.39).

En relación a América Latina es importante destacar que durante la segunda mitad del siglo XX, sobre todo en el cono sur, se instauraron regímenes militares y dictatoriales. Con el ocaso de estos, los países de la región entraban en un proceso de democratización y transición, en este período, conocido como la “tercera ola” de democratización (HUNTINGTON, 2002, p.10) prima la búsqueda de regímenes estables, eliminando la desconfianza y desencanto por los sistemas estatales, buscaba solucionar democráticamente lo concerniente a lo político, económico y cultural. Una de estas soluciones implicaba la necesidad de realización de justicia frente a las graves violaciones de derechos humanos.

Este tipo de justicia se distingue de la justicia tradicional porque se entiende funciona como soporte para la construcción democrática en un tiempo específico (postconflicto) puesto que bajo los parámetros de la justicia tradicional no se lograría los efectos pretendidos, desde la perspectiva crítica de los derechos humanos, en esta convergen elementos que permiten que exista reivindicación de derechos y emancipación. Es un contingente en el proceso de democratización implica procesos de liberación política y transformación (TEITEL, 2004TEITEL, Ruti. Transitional justice genealogy, Harvard Human Rights Journal, n.16, 2004. p.69-94., p.93). Por su significado para la vida democrática, implica acciones transitorias pero que asumen un carácter de perennidad (SILVA FILHO, 2015b, p.134).

Sin embargo, cuando se afirma que los parámetros de la justicia tradicional no dan cuenta de las exigencias necesarias para la construcción de la democracia en un período posterior a un conflicto, no se está afirmando que la justicia de transición sea una especie de justicia de excepción, lo que no procede en absoluto, pero sí que sus medidas y acciones institucionales deben tener una dimensión que trascienda los procesos ordinarios de la justicia de un país, que vaya más allá de los aspectos marcadamente individuales de los procesos judiciales ordinarios, que se tomen desde una perspectiva colectiva, que se impregnen de políticas públicas de memoria y reconocimiento, y que se imbriquen, sedimentando su interdependencia. Así pues, las medidas destinadas a aclarar la verdad y a cultivar públicamente la memoria, la reparación de las víctimas, la rendición de cuentas por las violaciones graves de los derechos humanos y las reformas institucionales necesarias están relacionadas visceralmente entre sí y se implican mutuamente.

Es evidente que el programa de responsabilidad penal por los crímenes de lesa humanidad y las violaciones graves de los derechos humanos implica considerar esos crímenes desde el ángulo de las normas internacionales de derechos humanos y el derecho penal internacional (GARAPON, 2002GARAPON, Antoine. Des crimes qu’on ne peut ni punir ni pardonner: pour une justice internationale. Paris: O. Jacob, 2002., p.23). Y no siempre existe una relación de total convergencia y armonía entre el derecho interno de cada país y el derecho internacional. En el plano nacional, se trata generalmente de crímenes comunes cometidos por una o unas pocas personas. En el plano internacional, son crímenes de Estado cometidos por personas en el ejercicio de sus funciones públicas. Esos crímenes, por su repercusión, naturaleza y contexto, representan un fenómeno radicalmente diferente de los crímenes comunes. La que pudo haber ilustrado esto con mayor profundidad fue Hannah Arendt cuando se refirió a “los crímenes que no pueden ser castigados o perdonados” (ARENDT, 2016ARENDT, Hannah. Los orígenes del totalitarismo. Madrid: Alianza, 2016., p.459). Así pues, ¿cómo establecer una dosimetría de la pena proporcional a la gravedad del crimen cometido por alguien responsable de la tortura, la muerte y la desaparición de miles de personas? ¿Cómo podemos perdonar crímenes inenarrables que involucran a un gran número de personas entre sus víctimas? 2 2 Derrida señala que el perdón es algo de la intimidad de la víctima, incondicional (DERRIDA, 2001, p.39). En la transposición de la figura del perdón al ámbito público, como ocurre en la amnistía, no puede asumirse tal incondicionalidad, y menos aún en el caso de los crímenes de lesa humanidad, dada la existencia de un consenso internacional sobre la inadmisibilidad de la amnistía para estos crímenes. Sin embargo, en el cumplimiento de su sentencia, el autor del delito puede encontrar una infinidad de situaciones especiales, tales como sentencias más simbólicas que proporcionales, arresto domiciliario, reducción del tiempo de condena, entre otras, y, como señaló Paul RICOEUR, el acto no debe confundirse con el autor. El acto, abominable y terrible en sí mismo, no puede ser nunca perdonado, atenuado u olvidado, pero el autor, en el mismo momento en que se arrepiente, cumple su sentencia y otro se convierte, se quita el acto. (RICOEUR, 2007, p.497). Vease tambien: SILVA FILHO, 2015a, p.117-128). ¿Cómo evaluar la conducta de las personas que han utilizado las estructuras de las instituciones públicas para cometer crímenes generalizados contra su población? La lógica de la necesaria reacción a los crímenes de Estado, y especialmente a los crímenes de lesa humanidad, va más allá de los parámetros tradicionales del derecho penal, escapando incluso al análisis criminológico3 3 Esto es cierto incluso para la Criminología Crítica, que, sin embargo, a través de la labor de algunos de sus representantes, ha ido construyendo en los últimos años una mirada criminológica para dar cuenta de los que son a la vez los peores y más invisibles crímenes, así como de otras situaciones que escapan a la visión tradicional de la criminología, como los llamados crímenes del mercado y de la economía. Campos de estudio que van en esta línea: Crímenes de Estado, Criminología Global y Daños Sociales, entre otros. Véase: MORRISON, 2012; RIVERA BEIRAS, 2014; ZAFFARONI, 2011; ZAFFARONI, 2010; BÖHM, 2019; HILLYARD Y TOMBS, 2013; HILLYARD, PANTAZIS, TOMBS y GORDON, 2004; ROTHE y KAUZLARICH, 2016; BARAK, 2015; COHEN, 2001; GREEN y WARD, 2004; RUGGIERO, 2018. . En cualquier caso, la posibilidad de responsabilizar a agentes públicos por la práctica de crímenes internacionales durante períodos autoritarios es algo que suele aparecer después de las transiciones políticas a regímenes más o menos democráticos. También es en este momento cuando aparecen y se aplican más o menos otras medidas de justicia de transición que, una vez más, siempre están imbricadas.

Sikkink, por ejemplo, refiere que existen “períodos postransicionales”, en los que cabe la aplicación de la justicia. De hecho, el ejercicio de la justicia transicional dura años después de cesado el régimen o finiquitado un conflicto (SIKKINK, 2016SIKKINK, Kathryn. La Cascada de la justicia: cómo los juicios de lesa humanidad están cambiando el mundo de la política. Barcelona: Gedisa, 2016., p.157), esto también se produce debido a lo extenso de los juicios y los años que involucra solventar procesos de tal envergadura. Bajo esta figura, el proceso de democratización vislumbra tener efectos positivos en relación a la mejora de la defensa de los derechos humanos, no solo de aquellos que se hayan mermado en época de período antidemocrático como son los derechos civiles y políticos sino también emerge la perspectiva de protección de los derechos económicos, políticos y culturales4 4 Los mecanismos de la justicia transicional pueden favorecer las agendas de los derechos económicos, sociales y culturales en la medida en que arrojan luz sobre los objetivos autoritarios y elitistas de las políticas dictatoriales, invariablemente dirigidas a agendas retrógradas, reaccionarias y moralistas en las costumbres y actividades culturales, y en agendas de creciente desigualdad y de favorecimiento de los grupos poderosos y ricos de la sociedad en el campo económico y social, contribuyendo así a impulsar las políticas opuestas. Sin embargo, estos aspectos se logran de manera más secundaria, centrándose las experiencias justransicionales generalmente más en el tema de las violaciones graves más directas y puntuales de los derechos humanos, como las detenciones, los asesinatos, la tortura y las desapariciones forzadas, y el ejercicio de las libertades civiles. En este artículo, que se inscribe en una teoría crítica de los derechos humanos, se propugna una mirada a los mecanismos justransicionales que no separan estos dos niveles de derechos, reuniendo tanto las violaciones más directas como las estructurales. Sobre el concepto de violencia estructural, importante y fundamental la referencia teórica desarrollada por Johan Galtung (2013, p.35-40). . Por lo que, debe entenderse a la justicia transicional de manera amplia, como un asunto transdisciplinario en el converge lo político, histórico, sociológico, psicológico, literario, filosófico, así como lo jurídico y las relaciones internacionales (SILVA FILHO, 2015b, p.179).

Sin embargo, Huntington señala que a medida que pasa el tiempo, “el apoyo popular y la indignación necesarios para que la justicia se convierta en una realidad política desaparecen, los grupos desprestigiados que estuvieron asociados al régimen dictatorial restablecen su legitimidad e influencia” (HUNTINGTON, 2002, p.228), separando a los verdugos plenamente identificados de los cuerpos de seguridad y otras posiciones de autoridad (MÉNDEZ, 1998MÉNDEZ, Juan. Responsabilización por los abusos del pasado. In: GONZÁLEZ DE VOLIO, Lorena (ed.). Presente y futuro de los derechos humanos: ensayos en honor a Fernando Volio. San José, Costa Rica: Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 1998. p.73-104., p.81). En los procesos de transición política, partidarios de los regímenes autoritarios se encuentran en posiciones estratégicas e influyentes en el Estado y la sociedad, incluso después de la transición (SILVA FILHO, 2015b, p.138). Por otro lado, cada país y sociedad tiene sus peculiaridades y, a veces El paso del tiempo puede ser necesario para poder afrontar los traumas históricos del pasado.5 5 Como fue el caso de Alemania, que necesitó más de 20 años para poder hacer frente internamente a las acciones del régimen nazi en sus instituciones públicas y privadas. . En muchos países, incluso décadas después del fin de los regímenes autoritarios, Precisamente por transiciones mal resueltas, las pautas para el período se mantienen vivas e intensas, tanto en su repudio como en su defensa6 6 Como es claramente evidente en países como España y Brasil. .

Por tanto, el argumento de Huntington no es necesariamente válido, siempre dependerá del proceso político e histórico que experimente cada país, pero sin duda que el paso del tiempo puede entorpecer procesos jurídicos transicionales que se demarcan por plazos ineludibles, como es el caso de la responsabilidad penal., limitada por la vida del perpetrador, pero hay procesos que son duraderos, como la realización del derecho a la verdad7 7 Para más detalles sobre el origen y las características de esta categoría que se deriva del derecho internacional, véase: SILVA FILHO, 2017, p.233-249. , la implementación de políticas de memoria, reformas institucionales y reparaciones intergeneracionales.

En esta línea de pensamiento, el objetivo de la justicia transicional es generar una naciente vida democrática, mediante la construcción del acervo histórico de la memoria que involucra la búsqueda de la verdad, ejercido a través del “derecho de las víctimas frente al Estado, requiere una reparación integral que incluye el derecho a la justicia y al conocimiento de la verdad” (MÉNDEZ, 1997MÉNDEZ, Juan. Derecho a la verdad frente a las graves violaciones a los derechos humanos. In: COURTIS, Christian; ABREGÚ, Martíns (eds). La Aplicación de los tratados sobre derechos humanos por los tribunales locales. Buenos Aires: Del Puerto, 1997. p.517-540., p.521). Es de carácter individual y colectivo “porque el conocimiento de tales hechos se toma como un patrimonio colectivo necesario para orientar las políticas públicas de prevención” (SILVA FILHO, 2015a, p.278), involucra que se forme una narrativa para el restablecimiento del tejido social, transciende en el plano político, recoge las circunstancias en las que se erige una naciente democracia, funciona como una especie de garante frente al futuro democrático.

Surge la necesidad de comisiones de la verdad, como estructura organizada con reconocimiento por parte de las normas internacionales a través de una sólida opinio juris, porque estas asumen la tarea de presentar a la sociedad una narrativa sobre la base de investigaciones en la que constan las causas, circunstancias, motivos y detalles de los hechos, teniendo claridad de que el deber de investigar es ejercido como una obligación de medio no de resultado (SILVA FILHO, 2015a, p.279).

4. Memoria

El elemento central del presente estudio, la memoria, que se encuentra en el marco de la justicia de transición e implica tanto el reconocimiento de las luchas y sueños aplastados como el no olvido de los casos de graves violaciones de derechos, por ello el aparataje estatal debe tomar medidas institucionales a fin de que no se repitan tales sucesos, a fin de que demarcar el nunca más, a que la memoria no sea cambiada, manipulada, usada o abusada por los detentores del poder, configura un deber por cuanto el desconocimiento puede colocar en un estado de vulnerabilidad ante el poder, la continuidad de la impunidad, impidiendo la emancipación social; saber de dónde se viene, qué aconteció bajo regímenes autoritarios para saber a dónde se va. Por lo que existe la necesidad de analizar la relación entre memoria e historia (SILVA FILHO, 2015b, p.136).

En este sentido, es importante poner de relieve lo que Walter Benjamín consideró en su obra Tesis de filosofía de la historia, en la que, por ejemplo, en su tesis XVII formula una crítica al historicismo pero sobre todo a lo entendido como historia universal en la medida que carece de armadura teórica, por cuanto, argumenta, proporciona una masa de hechos para llenar el tiempo homogéneo y vacío, lo que tiene como consecuencia que se omita contar sucesos (BENJAMIN, 2008BENJAMIN, Walter. Tesis sobre la historia y otros fragmentos. Traducción de Bolívar Echeverría. México: UACM; Ítaca, 2008., p.54).

Al interpretar esta tesis, Reyes Mate refiere que la historia es no solo de hechos, es también de no-hechos (MATE, 2006MATE, Reyes. Medianoche en la historia: comentarios a las tesis de Walter Benjamin «Sobre el concepto de historia». Madrid: Editorial Trotta, 2006., p.45), de esta manera, refiere que hay que leer lo que no fue escrito y que eso es la memoria, que se ocupa no de los hechos (eso es cosa de la historia), sino de los “no-hechos”, se ocupa del pasado que fue y del que ya no hay rastro (MATE, 2006MATE, Reyes. Medianoche en la historia: comentarios a las tesis de Walter Benjamin «Sobre el concepto de historia». Madrid: Editorial Trotta, 2006., p.126), se ocupa de los proyectos y sueños frustrados y destruidos, de las posibilidades que permanecen latentes, en espera de reconocimiento, y que pueden desencadenar nuevas acciones políticas. Para Benjamín el historicismo recae en la idea del concepto de historia universal, inmerso en un tiempo homogéneo y vacío, mientras que la memoria hace alusión al materialismo histórico.

Como parte de la idea del materialismo histórico, en la Tesis VI se presenta la diferencia entre historia y memoria: en esta bajo lo referido por Benjamín, “articular históricamente lo pasado no significa ‘conocerlo como verdaderamente ha sido’. Consiste, más bien, en adueñarse de un recuerdo tal y como brilla en el instante de un peligro.” (BENJAMIN, 2008BENJAMIN, Walter. Tesis sobre la historia y otros fragmentos. Traducción de Bolívar Echeverría. México: UACM; Ítaca, 2008., p.40). La historia, en su propensión científica, establece el conocimiento de un objeto ya colocado: el pasado. Sin embargo, la revelación del pasado que Benjamín busca es la que aparece a partir de la conciencia del peligro. Es la memoria. El peligro que amenaza la existencia es el mismo que mantiene el pasado muerto y desfigurado (MATE, 2006MATE, Reyes. Medianoche en la historia: comentarios a las tesis de Walter Benjamin «Sobre el concepto de historia». Madrid: Editorial Trotta, 2006., p.115-124). Para tener acceso a la memoria que va en contra del poder y la perpetuación de su tradición, es necesario escuchar a las víctimas, dar voz al sufrimiento (ADORNO, 2005ADORNO, Theodor W. Dialectica negativa. Traducción de Alfredo Brotons Muñoz. Madrid: Akal, 2005., p.28). Tal memoria es peligrosa para la continuidad del dominio de los vencedores y para la vida de quienes la evocan, de ahí que la violencia continúe, primero sobre los cuerpos y proyectos de las víctimas, luego sobre su reconocimiento y significado. Es una segunda muerte, que se repite para las generaciones futuras. Por eso se espera que estas recojan la memoria bloqueada para cambiar el presente, para interrumpir la perpetuación de la violencia original. Es una batalla por el sentido, que da forma a la política del presente. Es una batalla hermenéutica.

El pasado no es cosa exclusiva de la ciencia histórica sino también de la recordación, la memoria puede abrir expedientes que la historia da por archivados (MATE, 2006MATE, Reyes. Medianoche en la historia: comentarios a las tesis de Walter Benjamin «Sobre el concepto de historia». Madrid: Editorial Trotta, 2006., p.75).

Desde este punto de vista fundamental sobre la memoria es hora de sacar a la luz lo que Joaquín Herrera Flores plantea como marco pedagógico y de acción: el diamante ético. Este es una figura que facilita un proceso educativo y a los actores sociales una imagen lo más completa y sencilla de lo que son los derechos humanos desde el punto de vista crítico y contextualizado. Esta figura pone como centro a la dignidad humana sobre el cual existen dos ejes, el vertical y el horizontal, el primero hace referencia a lo conceptual y el segundo a lo material. A través de esta metodología el autor resalta que los derechos no son elementos aislados ni dados con anterioridad, sino que se construyen y que mientras más lejos estén los elementos de la dignidad humana menor concreción de los derechos existirá (HERRERA FLORES, 2008HERRERA FLORES, Joaquín. La reinvención de los derechos humanos. Sevilla: Librería Atrapasueños, 2008., p.107-111). En el primer eje uno de los elementos es historicidad (HERRERA FLORES, 2008HERRERA FLORES, Joaquín. La reinvención de los derechos humanos. Sevilla: Librería Atrapasueños, 2008., p.113) descrita como aquella situación o proceso social atendiendo a sus causas históricas, esto encuentra estrecha relación con lo analizado. Por su parte, uno de los elementos conceptuales se denomina narraciones (HERRERA FLORES, 2008HERRERA FLORES, Joaquín. La reinvención de los derechos humanos. Sevilla: Librería Atrapasueños, 2008., p.114), referente a cómo se definen las cosas o situaciones, el autor refiere que esto vincula y pone en contexto el cómo se narra la historia oficial, la que deja de lado los no-hechos, es decir, concierne a lo que Benjamín planteaba en relación a que el pasado no se cuente como una masa de hechos para llenar el tiempo homogéneo y vacío, es entonces que la memoria debe formar parte de ese proceso de narraciones porque ello coadyuva a la búsqueda la dignidad humana en el proceso de democratización.

En la tesis XVI de Benjamín, denominada “el objetivo de la memoria es cambiar el presente”, interesa a Benjamín el presente que no se agota en lo que ha tenido lugar, afirma que este no equivale a facticidad sino más bien es el resultado de una construcción en la que intervienen el conocimiento del pasado y las exigencias de la acción política. Añade que se refiere a un equilibrio entre la memoria de los vencidos y la necesidad de liberación actual, entre las exigencias del pasado y las necesidades del presente, pues para conocer el pasado, como quiere la recordación, hay que tener en cuenta lo que está olvidado (MATE, 2006MATE, Reyes. Medianoche en la historia: comentarios a las tesis de Walter Benjamin «Sobre el concepto de historia». Madrid: Editorial Trotta, 2006., p.252-259).

En una sociedad con condiciones sociales abiertamente asimétricas, el acceso a espacios de memoria permite reducir las brechas de desigualdad, porque pone de relieve las circunstancias en las que los grupos vulnerables se han encontrado, trae consigo también fines emancipatorios, una construcción de la memoria colectiva y apropiación de la misma, procura la trasmisión de los hechos a las nuevas generaciones. Paul Ricoeur advierte que no tenemos nada mejor sobre la referencia al pasado que la memoria misma, a ella se vincula una pretensión, que es la de ser fiel al pasado. Por lo que, nada mejor que la memoria para significar algo que tuvo lugar, razón por la cual el testimonio constituye una estructura fundamental de transición entre historia y memoria (RICOEUR, 2004RICOEUR, Paul. La memoria, la historia, el olvido. México, D.F.; Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 2004., p.41).

Por su parte, Lacapra refiere que la “memoria es a la vez más y menos que la historia y viceversa. La historia puede no capturar nunca algunos elementos de la memoria: el sentimiento de una experiencia, la intensidad de la alegría o del sufrimiento, la cualidad de lo que sucede. Pero la historia comprende elementos que no se agotan con la memoria” (LACAPRA, 2009LACAPRA, Dominick. Historia y memoria después de Auschwitz. Buenos Aires: Prometeo Libros, 2009., p.35). Por tanto, la conformación del relato colectivo sobre el pasado es memoria y no historia, son vidas y no datos, son dramas humanos y no estadísticos, pues la historia arrebata el carácter fidedigno de los hechos, los agrupa y por ello prescinde de reivindicaciones.

En este punto, cabe aquello de que la memoria es un ejercicio político porque su construcción implica un ejercicio de poder y, como tal, tendrá un impacto directo en la arena política (DUNCAN y MIRA, 2018DUNCAN, Gustavo; MIRA, Valeria. Memoria, intelectuales y política. In: ZULUAGA, John; AMBOS, Kai; CORTÉS RODAS, Francisco Luis (coords.). Justicia transicional y derecho penal internacional. Colombia: CEDPAL, 2018. p.377-402., p.380), se torna en un ejercicio político en el que solo los testimonios y la construcción de una memoria política hará mantener el carácter fidedigno del pasado. Busca reivindicar ese pasado oculto desde el presente, con la pretensión de que el relato recuperado contribuya a generar un mejor futuro, opera frente a la historia oficial busca dar voz a los que nunca ocuparon ninguna página en los libros de historia (ESCUDERO ALDAY, 2013ESCUDERO ALDAY, Rafael. Jaque a la Transición: análisis del proceso de recuperación de la memoria histórica. Anuario de Filosofía del Derecho XXIX, enero 2013, p.319-340., p.327). En esta línea se posiciona Lacapra en relación a que “el conocimiento y la crítica inmanente con la trascendencia situacional del pasado que no es total pero que resulta esencial para la apertura a posibilidades más deseables en el futuro” (LACAPRA, 2009LACAPRA, Dominick. Historia y memoria después de Auschwitz. Buenos Aires: Prometeo Libros, 2009., p.29-35).

Reyes Mate habla de una justicia anamnética, que es entender a la justicia como respuesta a la experiencia de injusticia porque el olvido es injusticia, memoria es sinónimo de justicia (MARDONES y MATE, 2003MARDONES, José María; MATE, Reyes (eds.). La ética ante las víctimas. Rubí, Barcelona: Anthropos Editorial, 2003., p.172), anota que “la memoria no significa conmemorar una fecha sino reconocer las injusticias pasadas, por eso justicia y memoria se solapan” (MATE, 2003MATE, Reyes. Por los campos de exterminio. Rubí, Barcelona: Anthropos Editorial, 2003., p.28). Es la defensa de la dignidad de los oprimidos, es el reconocimiento de la fragilidad del individuo frente a las arbitrariedades estatales que los llevan a escenarios de revictimización incluso en los procesos de democratización, su razón de ser se justifica en la búsqueda de la dignidad, su posicionamiento es un planteamiento de cambiar el mundo, asume y fundamenta que nadie que verdaderamente piense en el futuro puede darse el lujo de olvidar.

En este contexto es fundamental retomar a Benjamín, específicamente a su novena tesis sobre la filosofía de la historia (BENJAMIN, 2008BENJAMIN, Walter. Tesis sobre la historia y otros fragmentos. Traducción de Bolívar Echeverría. México: UACM; Ítaca, 2008., p.44), en la que desde una perspectiva alegórica, como refiere Reyes Mate (MATE, 2006MATE, Reyes. Medianoche en la historia: comentarios a las tesis de Walter Benjamin «Sobre el concepto de historia». Madrid: Editorial Trotta, 2006., p.158), sostiene y describe esa necesidad del Angelus Novus de regresar a ver el pasado, que aun estando sus ojos abiertos y sus alas extendidas, vuelve el rostro al pasado, lo que le proporciona datos, se encuentra ante una catástrofe, él quisiera detenerse para remediar lo que sus ojos ven pero un huracán le arrastra hacia el futuro, por lo que, da la espalda al pasado y concluye que es esto lo que se entiende como progreso.

El “rostro vuelto hacia atrás es una fuente de vida porque divisa en la vida frustrada un proyecto de futuro”, con el objeto de desentrañar e interpretar lo que Benjamín quiso destacar en su tesis afirma que el “El ángel de la historia es un profeta del presente puesto que conoce lo que yace oculto bajo nuestros pies, un yacimiento que transformará la política en un momento de novedad y no de mera repetición del pasado” (MATE, 2006MATE, Reyes. Medianoche en la historia: comentarios a las tesis de Walter Benjamin «Sobre el concepto de historia». Madrid: Editorial Trotta, 2006., p.161).

Se puede establecer que bajo la tesis de Benjamín, es en nombre del progreso que se comenten injusticias, la necesidad de regresar a ver el pasado queda de manifiesto cuando se hacen necesarias respuestas a las víctimas a las futuras generaciones, cuando en la responsabilidad ejercida con probidad yace un compromiso por la transformación política que conlleva a la no repetición pero que propugna por un cambio en la vida de la gente y la inauguración de un verdadero sistema democrático, mas aun considerando que el ser humano es un ser social y que se surge producto de las circunstancias, sociales, económicas, políticas y culturas y que en cuanto a lo cultural precisa combatir una cultura de impunidad y poner de manifiesto el oprobio que constituyen las vulneraciones.

5. Ecuador y su Comisión de la Verdad

En Ecuador, entre 1984 y 1988 gobernó el ingeniero León Febres-Cordero-quien fue electo democráticamente auspiciado por el Partido Social Cristiano de corte conservador, el binomio se autodenominó Frente Amplio de Reconstrucción Nacional (AYALA MORA, 2008AYALA MORA, Enrique. Resumen de historia del Ecuador. Quito: Corporación Editora Nacional, 2008. p.38., p.38), se comprometió a “luchar contra el terrorismo y el tráfico de drogas” (FEBRES-CORDERO, 1984); durante el tiempo durante el que ejerció su mandato, promovido por las élites nacionales y poderosos grupos oligárquicos ofreció recuperar al país de la crisis económica, como característica constante fue su visible autoritarismo, y medidas denominadas de corte neoliberal, estuvo cuestionado por los abusos cometidos contra los derechos humanos y la criminalización de la protesta (SALVADOR LARA, 2009SALVADOR LARA, Jorge. Breve historia contemporánea del Ecuador. Bogotá: Fondo de Cultura Económica, 2009., p.314). Una evidente alineación al gobierno estadunidense marcó el período del presidente Febres-Cordero (REAGAN, 1986), tanto el historiador Enrique Ayala Mora (AYALA MORA, 2008AYALA MORA, Enrique. Resumen de historia del Ecuador. Quito: Corporación Editora Nacional, 2008. p.38., p.39), como el historiador Jorge Salvador Lara (SALVADOR LARA, 2009SALVADOR LARA, Jorge. Breve historia contemporánea del Ecuador. Bogotá: Fondo de Cultura Económica, 2009., p.315) reseñan que se trataba de un régimen de represión policiaca contra toda manifestación discrepante, un gobierno de corte neoliberal.

En los años 60 y 70 la influencia de los Estados Unidos se hizo sentir en el estallido de golpes de Estado y el establecimiento de regímenes dictatoriales en América Latina. También se hizo evidente en la formación de la cooperación internacional en la persecución y eliminación de los opositores políticos, de los cuales el más famoso y de mayor alcance fue el Plan Cóndor. El Plan Cóndor fue aquella operación instaurada en el contexto de las dictaduras del cono sur, con el refuerzo de Estados Unidos bajo la dirección de Henry Kissinger. Roitman la define como una organización delictiva formada por las fuerzas armadas y los servicios de inteligencia de Chile, Argentina, Uruguay, Brasil y Paraguay, para la desaparición de líderes y dirigentes de la izquierda latinoamericana, el terrorismo de Estado se convirtiera en un fin en sí mismo (ROITMAN, 2019ROITMAN, Marcos. Por La Razón o La Fuerza - Historia y Memoria de Los Golpes de Estado, Dictaduras y Resistencias En América Latina. España: SIGLO XXI, 2019. p.222., p.222).

Tras la ola de dictaduras producida entre la década de los años 1960 y 1970 que tuvieron lugar en América Latina como parte de la consigna de que en plena Guerra Fría no avancen los regímenes de izquierda, en los años ochenta en algunos países del cono sur se hallaban en miras al retorno de la democracia, así inicia la ola de democratización de algunos países8 8 Una vez en curso la década de 1980, los países de manera paulatina empiezan sus procesos de (re) democratización y con ellos regímenes de transición, Huntington, lo denominó, la tercera ola de la democracia, así por ejemplo en 1982 Bolivia, en 1983 Argentina, en 1985 Brasil y Uruguay, en 1989 Paraguay y finalmente en 1990 Chile en términos de la democracia liberal retoman este sistema político institucional. . Ecuador, retornó a la democracia en 1979.

Como parte de la corriente que experimentaba América Latina, en Ecuador, en la década de 1980 surge una organización revolucionaria que operaba como guerrilla urbana autodenominada Alfaro Vive Carajo (AVC), debido al contexto del cono sur, se alzaron en armas, el Estado les atribuyó una serie de delitos, entre ellos, robos, secuestros; los dirigentes de Alfaro reconocieron el cometimiento de algunos de estos con la finalidad de financiar la lucha revolucionaria. Se trataba de un grupo insurrecto en busca de la instauración ideológica (RESUMEN LATINOAMERICANO, 2015RESUMEN LATINOAMERICANO. Alfaro Vive Carajo - la guerrilla que commocionó a Ecuador. 2015 Disponible en: https://www.resumenlatinoamericano.org/2015/01/03/alfaro-vive-carajo-la-guerrilla-que-conmociono-a-ecuador/
https://www.resumenlatinoamericano.org/2...
).

Para el período 1984-1988 fue electo como presidente de la República, el ingeniero León Febres-Cordero quien prometió la reconstrucción de país, enarboló a las Fuerzas Armadas y se comprometió a “luchar contra el terrorismo y el tráfico de drogas” (FEBRES-CORDERO, 1984); durante el tiempo durante el que ejerció su mandato una característica constante fue su visible autoritarismo, y medidas denominadas de corte neoliberal, estuvo cuestionado por los abusos cometidos contra los derechos humanos y la criminalización de la protesta (SALVADOR LARA, 2009SALVADOR LARA, Jorge. Breve historia contemporánea del Ecuador. Bogotá: Fondo de Cultura Económica, 2009., p.314). Instauró un régimen para combatir a Alfaro Vive Carajo, sin que hasta la actualidad, las violaciones hayan sido sancionadas ni reparadas.

Desde el año 1988, los gobiernos de turno alineados a la política de la Doctrina de Seguridad Nacional no se ocuparon de investigar sancionar y reparar acerca de tales violaciones; no obstante, en el año 2006 ganó un gobierno autodenominado Revolución Ciudadana, de grandes cambios, reformas institucionales, avances en materia económica, política y sobre todo de acceso a derechos. Como parte de un proceso de democratización del Estado, el 03 de mayo de 2007, el Presidente Rafael Correa emitió el Decreto de creación de la Comisión de la Verdad9 9 Registro Oficial Ecuador N° 87 de fecha 18 de mayo de 2007. a efectos de investigar y esclarecer e impedir impunidad respecto de los hechos violentos y violatorios de los derechos humanos, ocurridos entre 1984 1988 y otros períodos.

La Comisión, sobre la base de las investigaciones realizadas, desclasificación de documentos, versiones de las víctimas directas e indirectas, determinó que en el período en el que más se registra violaciones a los derechos humanos es en el gobierno de León Febres-Cordero, por lo que, lo hace constar en el listado de presuntos responsables, así como a sus colaboradores vinculados a sus casos, entre ellos miembros del Partido Social Cristiano (hasta ahora activos) (ECUADOR, 2010ECUADOR. Sin verdad no hay justicia Conclusiones y Recomendaciones. Quito, Ecuador: Comisión de la Verdad, 2010., p.406-462).

Los objetivos de la Comisión se hicieron constar en su Decreto de creación, entre los cuales se encontraban, realizar una investigación profunda e independiente sobre las violaciones de derechos humanos ocurridas entre 1984 y 1988, y otros casos, así como las causas y circunstancias que las hicieron posibles; solicitar la desclasificación de archivos del Estado que tengan carácter confidencial o de seguridad nacional; promover un reconocimiento a las víctimas de dichas violaciones y diseñar las políticas de reparación; recomendar las reformas legales e institucionales necesarias, así como los mecanismos efectivos para la prevención y sanción de las violaciones de derechos humanos; y, determinar la existencia de probables indicios de responsabilidades civiles, penales y administrativas para derivarlas a las autoridades pertinentes.

La Comisión de la Verdad, estableció el marco jurídico sobre el cual debía operar el proceso de transicional, realizó sobre la base de su investigación la descripción de las violaciones a los derechos humanos, analizó la violencia sexual a efectos de que exista un enfoque de género, incorporó el impacto psicosocial de las violaciones a los derechos humanos en Ecuador, estableció el contexto socio-económico y político, determinó las estructuras represivas responsables, formuló un análisis de la violencia en el discurso represivo de León Febres-Cordero y su período de gobierno, mediante un marco teórico estableció cuales violaciones de derechos humanos constituyeron crímenes de lesa humanidad, receptó y compiló los relatos de los casos investigados, estableció un listado de víctimas y otro de presuntos responsables, y finalmente, formuló conclusiones y recomendaciones (ECUADOR, 2010ECUADOR. Sin verdad no hay justicia Conclusiones y Recomendaciones. Quito, Ecuador: Comisión de la Verdad, 2010., p.17-22). Un aspecto fundamental que forma parte del estudio es el rol de la memoria, para no caer en la peste del insomnio10 10 En términos literarios la obra “Cien años de soledad” del autor colombiano Gabriel García Márquez, se aborda el tema que nos ocupa: la memoria. Formula un relato de lo que para el pueblo de Macondo (localidad en la que se desarrolla la trama), significa padecer de una enfermedad denominada la peste del insomnio, cuyo mayor mal es el olvido. Macondo es la enfermedad generada por la falta de memoria, en la descripción de esta se afirma que se llega a una especie de idiotez sin pasado, en la que el pueblo ha sido azotado por una peste pero parte de la lucha contra la enfermedad es empezar a llamar a las cosas por su nombre (GARCÍA MARQUEZ, 1968, p.44-47), en relación a la justicia transicional, esta novela aporta elementos válidos en relación a la implementación de un proceso transicional en la medida que debe calificarse a las cosas por su nombre, así, por ejemplo, en América Latina las dictaduras en el cono sur y los regímenes autoritarios cayeron en graves violaciones a los derechos humanos y el delito de lesa humanidad. que tiene como consecuencia el olvido, se debe hacer énfasis en la memoria cuando ha existido tantos años de impunidad, el primer ejercicio fue la creación de la Comisión de la Verdad; empero, no ha existido un ejercicio de memoria a nivel nacional que visibilice los hechos cometidos por el Estado que instauró un régimen de terror, no se hayan registrados por la historia oficial, no está construido el acervo que se hereda como sociedad. Esto visibiliza que memoria es sinónimo de justicia (MARDONES y MATE, 2003MARDONES, José María; MATE, Reyes (eds.). La ética ante las víctimas. Rubí, Barcelona: Anthropos Editorial, 2003., p.172).

En este orden de ideas, Reyes Mate agrega que “la memoria no significa conmemorar una fecha sino reconocer las injusticias pasadas” (MATE, 2003MATE, Reyes. Por los campos de exterminio. Rubí, Barcelona: Anthropos Editorial, 2003., p.28), la defensa por la dignidad humana, el ejercicio de un proceso de democratización demanda de una justicia anamnética de lo contario se está en democracias inacabadas en las que no existen transformaciones a las condiciones de vida, de allí la necesidad de regresar a ver al pasado para la construcción de un mejor fututo.

Como parte del análisis, es preponderante destacar las consecuencias del no ejercicio de memoria puesto que, teniendo como referente teórico lo que sostiene Huntington y Sikkink en el sentido de que a medida que pasa el tiempo, la indignación y el apoyo popular para ejercer justicia y que esta se convierta en una realidad política desaparecen, tanto más cuando afirma que los grupos desprestigiados que estuvieron asociados al régimen dictatorial restablecen su legitimidad e influencia por no haber existido procesos de justicia, tal es el ejemplo del Partido Social Cristiano que continúa siendo una fuerza política en Ecuador y que en las últimas elecciones para autoridades locales fue el partido que más dignidades alcanzó (RODRÍGUEZ S., 2019, p.29).

Un elemento importante es que Ecuador tiene 17.323.497 de habitantes, alrededor de 12 millones conforman el padrón electoral, existen grupos etarios que no vieron las violaciones perpetradas, según datos proyectados por el Instituto de Estadística, a nivel nacional, 4’476.509 personas tienen entre 15 a 29 años (INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, 2014, p.20), por lo que, se requiere de políticas de memoria a fin de que los perpetradores no accedan a esferas de poder, en razón de que un significativo grupo de electores no conoce pormenores de los hechos.

Entre otros factores, la falta de justicia anamnética hace que Ecuador se torne en una democracia precaria, es vital para la vida democrática del Ecuador la instauración de una verdadera política de memoria en la que los jóvenes estén al tanto de los sucesos y se trabaje día a día para que no vuelvan a repetirse y al ser la memoria justicia en sí misma, efectivamente, hacer justicia.

6. Consideraciones finales

El caso del Ecuador, tratado aquí, aporta un ingrediente que normalmente no aparece en la mayoría de los casos que se tienen en cuenta en el campo de los estudios y las medidas justransicionales, es decir, el hecho de que las graves violaciones de los derechos humanos que hay que afrontar se produjeron en un régimen considerado democrático. Precisamente en este punto, se considera fundamental problematizar el concepto de democracia, como se explica aquí, y hacerlo desde la teoría crítica de los derechos humanos.

De la misma manera que la memoria política está tejida por el recuerdo y el reconocimiento de las luchas masacradas, y que ese rescate es un signo de justicia, de la misma manera que la verdadera justicia debe partir de la experiencia de la injusticia y no de abstracciones teóricas, la democracia debe medirse por el nivel de realización auténtica de cada pueblo, cada grupo social, cada persona, hacia su dignidad, consolidada en los procesos de lucha por los derechos básicos, reconocidos luego a nivel institucional. La dignidad humana entendida no como algo ideal o abstracto, sino como un fin material, la cual se concreta mediante el acceso igualitario y generalizado a los bienes que hacen que la vida sea “digna” de ser vivida.

La justicia de transición debe buscar mecanismos y prácticas que no sólo estén destinados a restablecer las libertades de ir y venir, de pensar, de no ser agredido, torturado, asesinado, perseguido o desaparecido, sino que también estén orientados a la construcción o reconstrucción de mecanismos reales de acceso a los bienes esenciales, a la garantía y realización de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, entendidos desde la historia de lucha y reivindicación de cada sociedad y grupo social. Después de todo, es precisamente para negar, violar o impedir tales derechos que se establecen y cometen dictaduras y violaciones explícitas de la libertad y la integridad física de las personas.

En este sentido, las comisiones de la verdad pueden contribuir a arrojar luz sobre las razones de las violaciones cometidas, independientemente de que se hayan producido en dictaduras declaradas o en regímenes iniciados por los mecanismos tradicionales de las democracias liberales. Este es un mecanismo privilegiado para el necesario deber de recordar. La memoria es una categoría política indispensable para la construcción democrática, entendida como un sistema en el que se pueden ejercer los derechos, y es lo que permite salir de la cueva y ver la luz de la verdad de los hechos. Es necesario ver el pasado para generar un futuro mejor.

En el caso del Ecuador, se puede considerar una victoria y un paso importante el haber existido una Comisión de la Verdad, con potencialidades originales, incluso, ya que está enfocada a las violaciones practicadas por regímenes constituidos por mecanismos democráticos. Por otra parte, es un flagrante paso atrás el que la Comisión no haya hecho más progresos o no merezca las repercusiones necesarias de sus conclusiones y su trabajo. Cabe señalar también que desde la finalización de su labor, sin que ningún otro mecanismo sustancial haya logrado avanzar, el Ecuador ha vuelto a ser gobernado por las mismas fuerzas políticas que estuvieron en el poder durante el período de Febrés-Cordero, lo que es señal de que la ausencia de un ejercicio adecuado de memoria contribuye de manera significativa a la repetición de los errores del pasado y al bloqueo del verdadero cambio democrático.

  • 1
    Es una organización no gubernamental estadounidense que mide los derechos políticos y libertades civiles en todos los países del mundo y en función de aquello “determina” si se trata de regímenes democráticos o no.
  • 2
    Derrida señala que el perdón es algo de la intimidad de la víctima, incondicional (DERRIDA, 2001DERRIDA, Jacques. On cosmopolitanism and forgiveness. London; New York: Routledge, 2001., p.39). En la transposición de la figura del perdón al ámbito público, como ocurre en la amnistía, no puede asumirse tal incondicionalidad, y menos aún en el caso de los crímenes de lesa humanidad, dada la existencia de un consenso internacional sobre la inadmisibilidad de la amnistía para estos crímenes. Sin embargo, en el cumplimiento de su sentencia, el autor del delito puede encontrar una infinidad de situaciones especiales, tales como sentencias más simbólicas que proporcionales, arresto domiciliario, reducción del tiempo de condena, entre otras, y, como señaló Paul RICOEUR, el acto no debe confundirse con el autor. El acto, abominable y terrible en sí mismo, no puede ser nunca perdonado, atenuado u olvidado, pero el autor, en el mismo momento en que se arrepiente, cumple su sentencia y otro se convierte, se quita el acto. (RICOEUR, 2007RICOEUR, Paul. A memória, a história, o esquecimento. Traducción de Alain François. Campinas: UNICAMP, 2007., p.497). Vease tambien: SILVA FILHO, 2015a, p.117-128).
  • 3
    Esto es cierto incluso para la Criminología Crítica, que, sin embargo, a través de la labor de algunos de sus representantes, ha ido construyendo en los últimos años una mirada criminológica para dar cuenta de los que son a la vez los peores y más invisibles crímenes, así como de otras situaciones que escapan a la visión tradicional de la criminología, como los llamados crímenes del mercado y de la economía. Campos de estudio que van en esta línea: Crímenes de Estado, Criminología Global y Daños Sociales, entre otros. Véase: MORRISON, 2012MORRISON, Wayne. Criminología, civilización y nuevo orden mundial. Traducción de Alejandro Piombo. Barcelona: Anthropos; Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans - Universitat de Barcelona, 2012.; RIVERA BEIRAS, 2014RIVERA BEIRAS Iñaki (coord.). Delitos de los Estados, de los Mercados y daño social - debates en Criminología crítica y Sociologia jurídico-penal. Barcelona: Anthropos; OSPDH, 2014.; ZAFFARONI, 2011ZAFFARONI, Eugenio Raúl. La palabra de los muertos - conferencias de criminologia cautelar. Buenos Aires: Ediar, 2011.; ZAFFARONI, 2010ZAFFARONI, Eugenio Raúl. Crímenes de masa. Buenos Aires: Ediciones Madres de Plaza de Mayo, 2010.; BÖHM, 2019BÖHM, María Laura. The crime of maldevelopment- economic deregulation and violence in the global south. London: Routledge, 2019.; HILLYARD Y TOMBS, 2013; HILLYARD, PANTAZIS, TOMBS y GORDON, 2004HILLYARD, Paddy; PANTAZIS, Christina; TOMBS, Steve; GORDON, Dave (eds.). Beyond Criminology - taking harm seriously. London: Pluto Press, 2004.; ROTHE y KAUZLARICH, 2016ROTHE, Dawn L.; KAUZLARICH, David. Crimes of the powerful – an introduction. London: Routledge, 2016.; BARAK, 2015BARAK, Gregg (ed). The Routledge international handbook of the crimes of the powerful. London: Routledge, 2015.; COHEN, 2001COHEN, Stanley. States of denial- knowing about atrocities and suffering. Cambridge: Polity Press, 2001.; GREEN y WARD, 2004GREEN, Penny; WARD, Tony. State Crime – governments, violence and corruption. London: Pluto Press, 2004.; RUGGIERO, 2018RUGGIERO, Vincenzo. Los crímenes de la economia - un análisis criminológico del pensamiento económico. Madrid: Marcial Pons, 2018..
  • 4
    Los mecanismos de la justicia transicional pueden favorecer las agendas de los derechos económicos, sociales y culturales en la medida en que arrojan luz sobre los objetivos autoritarios y elitistas de las políticas dictatoriales, invariablemente dirigidas a agendas retrógradas, reaccionarias y moralistas en las costumbres y actividades culturales, y en agendas de creciente desigualdad y de favorecimiento de los grupos poderosos y ricos de la sociedad en el campo económico y social, contribuyendo así a impulsar las políticas opuestas. Sin embargo, estos aspectos se logran de manera más secundaria, centrándose las experiencias justransicionales generalmente más en el tema de las violaciones graves más directas y puntuales de los derechos humanos, como las detenciones, los asesinatos, la tortura y las desapariciones forzadas, y el ejercicio de las libertades civiles. En este artículo, que se inscribe en una teoría crítica de los derechos humanos, se propugna una mirada a los mecanismos justransicionales que no separan estos dos niveles de derechos, reuniendo tanto las violaciones más directas como las estructurales. Sobre el concepto de violencia estructural, importante y fundamental la referencia teórica desarrollada por Johan Galtung (2013GALTUNG, Johan. Violence: direct, structural and cultural. In: GALTUNG, Johan; FISCHER, Dietrich. Johan Galtung – pioneer of peace research. Heidelberg: Springer, 2013. p.35-40., p.35-40).
  • 5
    Como fue el caso de Alemania, que necesitó más de 20 años para poder hacer frente internamente a las acciones del régimen nazi en sus instituciones públicas y privadas.
  • 6
    Como es claramente evidente en países como España y Brasil.
  • 7
    Para más detalles sobre el origen y las características de esta categoría que se deriva del derecho internacional, véase: SILVA FILHO, 2017, p.233-249.
  • 8
    Una vez en curso la década de 1980, los países de manera paulatina empiezan sus procesos de (re) democratización y con ellos regímenes de transición, Huntington, lo denominó, la tercera ola de la democracia, así por ejemplo en 1982 Bolivia, en 1983 Argentina, en 1985 Brasil y Uruguay, en 1989 Paraguay y finalmente en 1990 Chile en términos de la democracia liberal retoman este sistema político institucional.
  • 9
    Registro Oficial Ecuador N° 87 de fecha 18 de mayo de 2007.
  • 10
    En términos literarios la obra “Cien años de soledad” del autor colombiano Gabriel García Márquez, se aborda el tema que nos ocupa: la memoria. Formula un relato de lo que para el pueblo de Macondo (localidad en la que se desarrolla la trama), significa padecer de una enfermedad denominada la peste del insomnio, cuyo mayor mal es el olvido. Macondo es la enfermedad generada por la falta de memoria, en la descripción de esta se afirma que se llega a una especie de idiotez sin pasado, en la que el pueblo ha sido azotado por una peste pero parte de la lucha contra la enfermedad es empezar a llamar a las cosas por su nombre (GARCÍA MARQUEZ, 1968GARCÍA MARQUEZ, Gabriel. Cien años de soledad. Buenos Aires: Sudamericana, 1968., p.44-47), en relación a la justicia transicional, esta novela aporta elementos válidos en relación a la implementación de un proceso transicional en la medida que debe calificarse a las cosas por su nombre, así, por ejemplo, en América Latina las dictaduras en el cono sur y los regímenes autoritarios cayeron en graves violaciones a los derechos humanos y el delito de lesa humanidad.

7. Referencias bibliográficas

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Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    12 Abr 2022
  • Fecha del número
    Jan-Mar 2022

Histórico

  • Recibido
    19 Set 2020
  • Acepto
    21 Nov 2020
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