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LAS RELACIONES EXTERIORES DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS COMO ELEMENTO DE DISPUTA: EL CASO DE LOS PRONUNCIAMIENTOS DE 1840 1 1 Este artículo forma parte de mi tesis de doctorado en curso en la Universidad Nacional de Mar del Plata, bajo la dirección de las Dras. Valentina Ayrolo y Ana Laura Lanteri. A ellas agradezco sus lecturas y comentarios distintas etapas de este trabajo. Agradezco también las valiosas observaciones que realizaron los evaluadores anónimos de este artículo.

THE FOREIGN RELATIONS OF THE ARGENTINE PROVINCES AS AN ELEMENT OF THE DISPUTE: THE CASE OF THE PRONOUNCEMENTS OF 1840

Resumen

El siglo XIX en Hispanoamérica se caracterizó por la implementación de prácticas políticas novedosas y de diversas características. Entre estas, se destaca el pronunciamiento, el cual ha sido analizado para algunos espacios. En este artículo estudiamos esta acción en el territorio rioplatense en un caso concreto.

Allí emergieron más de una decena de Estados Provinciales soberanos, luego de finalizado el vínculo con la Monarquía Española en la década de 1810 y de intentos fallidos de centralización liderados por Buenos Aires. Estas Provincias se conformaron como una Confederación en 1831 manteniendo la mayoría de sus atribuciones soberanas, excepto la representación internacional que fue delegada a Buenos Aires de manera provisoria hasta el final de la Confederación, en 1852. En este trabajo analizamos entonces una serie de pronunciamientos diversos y concatenados de algunos de estos Estados Provinciales, en el año 1840. Los mismos buscaron la reformulación del pacto político al interior de la Confederación.

Mantenemos dos niveles de observación. Por un lado, de las características concretas de estos episodios, a través de la identificación y caracterización de: los actores individuales y colectivos que participaron, las dinámicas que implementaron, la circulación de información y las acciones que sostuvieron. Sumado a esto, abordamos el manejo de la dimensión soberana de relaciones exteriores, paz y guerra de la Confederación de Provincias Argentinas en el contexto de los pronunciamientos. La vinculación entre ambos niveles es factible porque entendemos que la atribución se configuró como el principal elemento en disputa en los hechos políticos que estudiamos.

Palabras clave:
Provincias Argentinas; pronunciamientos de 1840; relaciones exteriores

Abstract

The nineteenth century in Latin America was characterized by the implementation of novel political practices of various characteristics. Among these, the pronouncement stands out, which has been analyzed for some spaces.

In this article we study this action in the River Plate territory in a specific case. There, more than a dozen sovereign Provincial States emerged, after the end of the Spanish Monarchy in the 1810s and the unsuccessful attempts at centralization led by Buenos Aires. These Provinces were organized as a Confederation in 1831, maintaining most of their sovereign powers, except for the international representation that was delegated to Buenos Aires on a provisional basis until the end of the Confederation, in 1852. In this work we analyze a series of diverse pronouncements of these Provincial States, in the year 1840. They sought the reformulation of the political pact within the Confederation.

We maintain two levels of observation. On the one hand, of the specific characteristics of these episodes, through the identification and characterization of: the individual and collective actors that participated, the dynamics that they implemented, the circulation of information and the actions that they sustained. In addition to this, we address the management of the sovereign dimension of foreign relations, peace and war of the Confederation of Argentine Provinces in the context of the pronouncements. The link between both levels is feasible because we understand that the attribution was configured as the main element in dispute in the political events that we study.

Keywords:
Argentine Provinces; pronouncements of 1840; foreign relations

1. Introducción

El siglo XIX en Hispanoamérica se caracterizó por acciones políticas de diversas características. Levantamientos, montoneras, movimientos de pueblo, insurrecciones, conspiraciones, asonadas, motines, rebeliones y revoluciones, entre otros actos, conformaron la nómina de prácticas políticas que determinaron este período4 4 Un balance de los desarrollos historiográficos en torno la acción política popular en: FRADKIN, Raúl. Presentación al Dossier: La acción colectiva popular en los siglos XVIII y XIX: modalidades, experiencias, tradiciones. Nuevo Mundo Mundos Nuevos, Paris, 18 jun. 2010. DOI: https://doi.org/10.4000/nuevomundo.59749. . Dentro de esta lista, el pronunciamiento fue una de las prácticas más frecuentes en varios espacios, lo que condujo al historiador François Xavier Guerra a señalar que se advertía como uno de los fenómenos de la vida institucional más importantes en dicho siglo5 5 Para Guerra, estos episodios son momentos predilectos en los cuales toman la palabra múltiples actores sociales. De esta manera, se transforman en fuentes que permiten captar los imaginarios, valores y experiencias de sus impulsores, más allá del resultado final de la acción política. Cf. GUERRA, François-Xavier. El pronunciamiento en México: prácticas e imaginarios. Trace: Travaux et Recherches dans les Amérique du Centre, México, DF, n. 37, p. 15, 2000. .

Diversos estudios realizados en las últimas décadas refieren a dicha recurrencia. Por ejemplo, en el caso español, el historiador Julio Busquets contabilizó y estudió más de 40 pronunciamientos entre 1814 y 1886,6 6 BUSQUETS, Julio. Pronunciamientos y golpes de estado en España. Barcelona: Planeta, 1982. mientras que en México la cifra fue mucho mayor, ya que se registraron más de 1500 episodios entre 1821 y 18767 7 La magnitud numérica de los episodios impulsó al profesor Will Fowler, de la Universidad de Saint Andrews, a realizar un registro sistematizado de los mismos. En dicho estudio, accesible online, los pronunciamientos se encuentran ordenados por fecha, región, participantes y reclamos. Cf. THE PRONUNCIAMIENTO in Independent Mexico: 1821-1876. St. Andrews: University of St. Andrews, 2007-2010. Disponible en: https://arts.st-andrews.ac.uk/pronunciamientos. Acesso en: 30 jun. 2021. Otros trabajos significativos del autor en cuanto a la temática: FOWLER, Will. Independent Mexico: the pronunciamiento in the Age of Santa Anna, 1821-1858. Lincoln: University of Nebraska Press, 2016; idem. Forceful negotiations: the origins of the pronunciamiento in nineteenth-century Mexico. Lincoln: University of Nebraska Press, 2010; idem. El pronunciamiento mexicano del siglo XIX. Estudios de Historia Moderna y Contemporánea de México, México, DF, n. 38, p. 5-34, 2009. . El británico Will Fowler estudió este último caso con detenimiento8 8 Varias de las cuestiones estudiadas y discutidas tanto por Guerra como por Fowler fueron enunciadas hacia mediados de la década de 1980 por Antonio Annino. El historiador llevó adelante un estudio detallado del saber político oligárquico mexicano en el siglo XIX a través del análisis de la documentación que resultaba del accionar directo, como actas de congresos y planes de caudillos. De esta manera, buscó atender a las formas concretas de ejercicio de poder por encima del componente ideológico. Annino dejó planteados los rasgos estructurales de un escenario intrincado, en el que se visibilizaron formas de hacer política que diferían de la racionalidad ideológica liberal. Cf. ANNINO, Antonio. El pacto y la norma: los orígenes de la legalidad oligárquica en México. Revista de la Dirección de Estudios Históricos, México, DF, n. 5, p. 3-31, 1984. . En sus trabajos se propuso descifrar las características distintivas de esta práctica, diferenciándola de los golpes de estado. Sus resultados son contundentes y le permitieron construir una tipología para los pronunciamientos en el caso de México, a los que consideró como la norma y no la excepción.

Nos interesa destacar algunos aspectos de su propuesta. En primer término, resaltó la importancia del componente civil en los levantamientos mexicanos. Es que, si bien en muchos de ellos el rol de los actores militares fue relevante, el historiador propuso desplazar la atención de lo castrense y recuperar sus interacciones con otros protagonistas civiles. En segundo lugar, planteó elementos comunes en la concreción del pronunciamiento. Tal es el caso del uso de un documento escrito a través del cual se difundían las peticiones de los pronunciados a individuos e instituciones, incluso antes de la concreción del acto. Fowler observó una evolución en estos escritos, los cuales habrían adquirido registro y retórica comunes. Una tercera particularidad es que los pronunciamientos no siempre perseguían el derrocamiento del gobierno frente al cual los rebeldes se sublevaban. Por el contrario, muchas veces servían como mecanismos para convocar la atención y negociación de las autoridades con los pronunciados. La propuesta del español es sugerente porque lleva a preguntarse si efectivamente existieron pronunciamientos en otros espacios de Hispanoamérica que cuenten con características semejantes a las que propuso para México9 9 FOWLER, Will. El pronunciamiento mexicano… Op. Cit. .

En este sentido, es posible pensar los escenarios mexicano y rioplatense de la primera mitad del siglo XIX como espacios con características asimilables: la presencia de experiencias confederales y federales dinámicas, así como el factor decisivo de los regionalismos a la hora de la institucionalización política10 10 Resulta interesante la obra de CARMAGNANI, Marcello (coord.). Federalismos latinoamericanos: México, Brasil, Argentina. México: El Colegio de México, 1993. En especial los capítulos de la primera parte de la obra, denominada “El primer federalismo”. . Estos fenómenos resultan relevantes en el análisis de la política exterior de las Provincias Argentinas.

En este trabajo nos proponemos estudiar una coyuntura en la cual algunos Estados Provinciales que formaban parte de la Confederación Argentina, le retiraron a la Provincia de Buenos Aires el manejo de las relaciones exteriores a través de pronunciamientos acontecidos en el año 1840. Consideramos que la propuesta permitiría avanzar sobre la explicación de un fenómeno poco atendido por la renovación historiográfica de las últimas décadas. Esto es: los rasgos de la política exterior de la Confederación de Provincias Argentinas, formación estatal que emergió en la década de 1820 y se consolidó desde 1831 hasta 1852 en el espacio rioplatense11 11 El año 1831 es importante porque algunas Provincias acordaron sus vínculos a través del Pacto Federal. Esta alianza fue firmada en enero de ese año inicialmente por Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe. Posteriormente tuvo la adhesión del resto de los Estados Provinciales. El acuerdo establecía la creación de una Comisión Representativa con diversas atribuciones, entre las que se destacaba el manejo de las relaciones exteriores, paz y guerra (arts. 15° y 16°). Dicha Comisión funcionó hasta 1832 y sus funciones fueron luego asumidas por el gobierno de la Provincia de Buenos Aires en los hechos y hasta 1852. Cf.: VARELA, Florencio. Tratados de los Estados del Río de la Plata, y Constituciones de las Repúblicas Sudamericanas. Montevideo: Biblioteca del Comercio del Plata, 1847; y CHIARAMONTE, José Carlos. El federalismo argentino en la primera mitad del siglo XIX. In: CARMAGNANI Marcello (coord.). Federalismos latinoamericanos: México, Brasil, Argentina. México: El Colegio de México, 1993. p. 81-132. . La misma amalgamaba más de una decena de Estados Provinciales autónomos que se constituyeron entre 1820 y 1821, excepto Jujuy, que lo haría posteriormente. Ante la demora en la organización institucional, estos Estados mantuvieron la mayoría de sus atribuciones soberanas, excepto el manejo de las relaciones supra-provinciales, que quedó en manos de la provincia de Buenos Aires de manera provisoria hasta el final de la Confederación.

En el primer apartado del trabajo focalizamos en una de las coyunturas que estructuraron la política exterior de las Provincias Argentinas: la sanción de la Ley Fundamental en 1825, antecedente de la provisionalidad que desde entonces modeló la atribución de relaciones exteriores y la centralidad de Buenos Aires en el manejo de la misma. Luego, tomando las propuestas de Guerra y Fowler como orientadoras, nos proponemos analizar la serie de pronunciamientos emprendidos en 1840 por algunos Estados Provinciales12 12 Nos referimos específicamente a Tucumán, Jujuy, Salta, Catamarca y La Rioja. . En primer lugar, atendemos a la preparación de estas acciones políticas, para luego abordar el pronunciamiento principal acontecido en Tucumán y los que se adhirieron posteriormente en Provincias cercanas. Mantenemos dos niveles de observación. Por un lado, de las características concretas de estos episodios, a través de la identificación y caracterización de los actores individuales y colectivos que participaron, las dinámicas que implementaron y las acciones que sostuvieron. Sumado a esto, nos resulta interesante abordar el manejo de la atribución de relaciones exteriores, paz y guerra de la Confederación de Provincias Argentinas en el contexto del pronunciamiento13 13 Como señalamos, el gobierno de Buenos Aires liderado por Juan Manuel de Rosas quien portaba el mando de dicha dimensión de soberanía desde 1832, debido a la disolución de la Comisión Representativa establecida por el Pacto Federal de 1831. . La vinculación entre ambos niveles es factible porque entendemos que la atribución se configuró como el principal elemento en disputa en los hechos políticos que estudiamos. Es decir, el manejo de la política exterior se trasformaba: era una oportunidad para ejercer el poder de las Provincias por parte de un centro -Buenos Aires-, vislumbrándose así un pacto político implícito a través de la delegación de las relaciones exteriores. Sin embargo, la atribución manifestaba, como veremos a continuación, una visible inestabilidad de acuerdo a la coyuntura por lo que este pacto se redefinía. Desde nuestra perspectiva esta fluctuación se explicaría, en parte, por la provisionalidad planteada por la nombrada legislación de 1825.

Para ello, trabajamos con fuentes documentales poco exploradas al momento. Los textos de los pronunciamientos son la fuente primaria principal de nuestro trabajo, junto con la correspondencia de los actores referida al proceso. Además, nuestro estudio se complementa y amplía con otras fuentes editas como la Ley Presidencial de 1825 y sus borradores, los debates del Congreso Constituyente de 1824 y las memorias del general Lamadrid. También tomamos obras de referencia del tema y período.

2. La Ley Fundamental de 1825 y el problema del manejo de las relaciones exteriores

Luego de casi una década desde el inicio de la Revolución en 1810, un Congreso Constituyente que sesionaba desde 1816 dio forma a un texto constitucional en 1819, que sin embargo fue rechazado por las Provincias ese mismo año. Este hecho intensificó la conflictividad política que, sumada a una sublevación militar por parte del Ejército Auxiliar del Perú, llevó a que a comienzos del año 1820 se disolviese el gobierno central, encarnado por el Directorio y con sede en Buenos Aires. A partir de este punto, se produjo el surgimiento de más de una docena de Estados Provinciales soberanos, los cuales se consolidaron entre 1820 y 182114 14 La mayor parte de las ciudades que habían sido cabeceras de jurisdicción y contaban con cabildo reasumieron su soberanía y buscaron extenderla al área rural adyacente. De esta forma, se transformaron en repúblicas provinciales. Estas eran: Corrientes, Entre Ríos, Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Santiago del Estero, Tucumán, Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca y Salta. De esta última se desprendió Jujuy a comienzos de la década de 1830. En varios de estos Estados se redactaron textos constitucionales, mientras que en otros se promulgaron leyes para el desenvolvimiento estatal provincial. Cf. VERDO, Geneviève. ¿Qué territorio para cuál nación? Soberanías territoriales y rivalidades interprovinciales en el Río de la Plata (1820-1840). Nuevo Mundo Mundos Nuevos, Paris, 1 dic. 2019. DOI: https://doi.org/10.4000/nuevomundo.78374. .

Pocos años después, a mediados de la década de 1820 las Provincias Argentinas concretaron un nuevo Congreso Constituyente con el fin de definir la organización institucional supra-provincial y las relaciones con el exterior. Como resultado trascendente de estos meses se sancionaron diversas legislaciones que marcarían la dinámica institucional de las décadas posteriores15 15 A los problemas planteados por la desintegración del orden político y la continua necesidad de dar forma a un marco institucional que asegurase la conducción de la política externa, se le sumó el escenario de guerra y militarización permanentes en el transcurso de gran parte del siglo XIX en Hispanoamérica y especialmente en el territorio rioplatense. En el análisis de este fenómeno, resultan cardinales los avances interdisciplinarios de los estudios de guerra, entre los que se destacan los que relacionan los esfuerzos de guerra con la construcción estatal. Tulio Halperin Donghi planteó ejes en este sentido que influyeron en varias generaciones de historiadores hasta el presente. Cf. HALPERIN DONGHI, Tulio. Revolución y guerra. Buenos Aires: Siglo XXI, 1972. Además, cf. a modo de ejemplo: GARAVAGLIA, Juan Carlos; PRO RUIZ, Juan (ed.). Latin American bureaucracy and state building process (1780-1860). Cambridge: Cambridge Scholars Publishing, 2013; y MOREA, Alejandro. Introducción al Dossier I: Guerra y política en el marco de la construcción de las nuevas repúblicas en el espacio rioplatense, primera mitad del siglo XIX. Revista de Estudios Marítimos y Sociales, Funes, n. 8, p. 5-10, 2015. En efecto, es importante destacar la necesidad de pensar y analizar las prácticas de los actores con el fin de realizar una reconstrucción procesual histórica amplia del contexto 1806-1880, considerando que fue la guerra y no la paz el escenario normal de relaciones y conflictos sociopolíticos. Cf. MÍGUEZ, Eduardo. Guerra y orden social en los orígenes de la Nación Argentina, 1810-1880. Anuario IEHS, Tandil, n. 18, p. 17-38, 2003. . La Ley Fundamental promulgada en enero de 1825 es una de las más significativas en cuanto a sus determinaciones en materia de organización política interior y exterior de las Provincias. El articulado de la ley había sido materia de debate en las últimas semanas del año previo16 16 Víctor Tau Anzoátegui ha analizado hace algunas décadas las discusiones en torno a la conducción de las relaciones exteriores en el Congreso, indicando la urgencia de reemplazar legalmente a Buenos Aires en el manejo de las relaciones exteriores apenas conformado el cuerpo constituyente nacional. El autor planteó que lo que se impuso en las primeras sesiones fue un criterio mesurado. Este establecía que se evaluaría la conducta que había sostenido previamente el gobierno de Buenos Aires con respecto a los negocios exteriores en cada caso puntual. Cf. TAU ANZOÁTEGUI, Víctor. Formación del Estado Federal Argentino 1820-1852. Buenos Aires: Editorial Perrot, 1996. .

Respecto del asunto que nos interesa, el de las relaciones exteriores17 17 Según Juan Vicente Solá, el rol de Buenos Aires en el manejo de las relaciones exteriores estuvo firmemente enraizado en nuestra historia constitucional. Considera además que fue esa institución la que habría creado el esbozo de una autoridad nacional durante el largo periodo anterior a 1853. Cf. SOLÁ, Juan Vicente. El manejo de las relaciones exteriores: la constitución y la política exterior. Buenos Aires: Fundación Editorial de Belgrano, 1997. Víctor Tau Anzoátegui y Eduardo Martiré, por su parte, agregan que el protagonismo de la provincia porteña fue “por gravitación natural” con la dispersión de las funciones nacionales hasta 1824. Desde el punto de vista legal, la Ley fundamental de 1825 dispuso que la atribución fuese manejada por el Poder Ejecutivo provisional que en 1826 se transformó en permanente hasta la renuncia de Rivadavia en 1827, cuando el ejercicio de esta función retornó al gobernador de Buenos Aires. Entre 1831 y 1832 a través de la adhesión al Pacto Federal anteriormente mencionado, las Provincias volvieron a realizar expresas delegaciones en el gobierno porteño comandado por Rosas, quien consideraba este encargo como fundamental para figurar como el cuerpo de República. Cf. TAU ANZOÁTEGUI, Víctor; MARTIRÉ, Eduardo. Manual de historia de las instituciones argentinas. Buenos Aires: Librería Histórica, 2005. , pueden observarse las diferencias entre los planteos de la versión originaria de la ley, propuesta por el diputado correntino José Francisco Acosta el 23 de diciembre de 1824 y la que finalmente fue sancionada pocos días después. El escrito original indicaba la creación de un poder ejecutivo general “que administre todo lo relativo a relaciones exteriores o interiores generales, los de la guerra, para la defensa común: en fin, todos los intereses de la nación en general” (art. 12°). Previamente, especificaba que “ninguna provincia, sin el consentimiento de las Provincias unidas juntas en Congreso, mandará o recibirá embajadores, ni entrará en conferencia, acuerdo, alianza, o tratado con algún rey, príncipe o Estado” (art. 10°). Además, señalaba que “ninguna provincia se empeñará en guerra alguna sin el consentimiento de las Provincias Unidas juntas en Congreso, a menos que la tal provincia sea casualmente invadida por el enemigo o por alguna nación de indios” (art. 11°). Por último, el artículo 15° de la propuesta de Acosta era taxativo en cuanto a las atribuciones del gobierno central:

Tendrán el solo y exclusivo derecho y poder de declarar la paz y la guerra […] de mandar y recibir embajadores, entrar en tratados y alianzas, de conceder patentes de corsos, y represalias en tiempos de paz, de crear tribunales de presas, de piraterías y felonías cometidas en alta mar.18 18 COLAUTTI, Carlos. Proyectos Constitucionales Patrios 1811-1826. Buenos Aires: Ediciones Culturales Argentinas, 1983. p. 83-85, 88.

Inmediatamente luego de ser presentado, el proyecto fue objetado por otros integrantes del Congreso. Por ejemplo, por el diputado por Entre Ríos Lucio Mansilla quien sostenía:

Cuando yo veo que nos metemos a dar leyes […] y ocuparnos en negocios exteriores sin encontrar una declaración que diga si somos un congreso constituyente, o un congreso constituido, ignoro si tenemos suficiente facultad para entender en estos negocios; pues que el congreso entrará más adelante a deliberar sobre la declaración de guerra, o sobre asuntos exteriores.19 19 RAVIGNANI, Emilio. Asambleas constituyentes argentinas 1813-1898. Buenos Aires: Instituto de Investigaciones Históricas, 1939a. p.943.

Mansilla expone una opinión frecuente en los debates de estas primeras sesiones constituyentes, que cuestionaba si era posible aprobar reglamentación permanente de política exterior dado que todavía no se había discutido y sancionado una Constitución.

Volviendo al proyecto que introdujo el diputado Acosta, el mismo pasó a ser analizado por una comisión conformada con ese fin, compuesta por los siguientes diputados: el Deán Ambrosio Funes (Córdoba), Juan José Paso (Buenos Aires), Dalmacio Vélez Sarsfield (San Luis), Diego Zavaleta (Buenos Aires) y Félix Frías (Santiago del Estero). Esta comisión sin embargo presentó un proyecto propio de Ley Fundamental distinto al de Acosta algunas semanas después, el 17 de enero de 182520 20 Ibidem. Entre los motivos que llevaron a la comisión a presentar una propuesta propia, se sostenía que el proyecto de Acosta “incluye artículos más propios de un código administrativo, que de una ley fundamental” es por ello que se había decidido “una nueva redacción del proyecto presentado, suprimiendo en ella aquellos artículos, cuya inserción no ha creído necesaria y reformando también otros que necesitan corrección”. Ibidem, p. 1020. .

El informe de la comisión afirmaba específicamente en cuanto a las relaciones exteriores, que “urge la necesidad de que continúen […] ya que desde el día de la instalación del congreso están paralizadas con perjuicio de la causa general del país” de ahí que la comisión se propuso:

Nombrar interinamente un ejecutivo en el modo que propone el autor del proyecto de ley presentado, la ha determinado a encargar a uno de los gobiernos particulares (que por razones especiales, cree que debe ser el de Buenos Aires) la expedición de estos negocios, con las atribuciones y limitaciones que expresa el artículo 8 del adjunto proyecto.21 21 Ibidem, p. 1021-1022.

Los registros de la sesión de ese día muestran que el diputado Acosta, autor del proyecto originario, no buscó mantenerlo y de hecho procedió al retiro de su texto. Su discurso sostiene la urgencia por reencauzar las relaciones externas de las Provincias:

solo suplico a la sala que se sirva fijar una resolución especial para que se discuta [el artículo] relativo a la designación de autoridad que provisionalmente conduzca las relaciones exteriores […] yo creo que convencidos como estamos de la necesidad urgente de dar curso a las relaciones exteriores, suspensas por más de un mes, debe adoptarse este medio.22 22 La urgencia fue reiterada por los diputados Gorriti y Funes el día 19 de enero, mientras que los diputados Agüero y Frías cuestionaron la premura por tratar este artículo y no seguir el orden que presentaba el proyecto (Ibidem, p. 1022-1023, 1031-1037, 1043).

La especificidad de los artículos del proyecto originario de Acosta contrasta con la síntesis y provisionalidad del texto finalmente sancionado el 25 de enero de 1825. El plan que originariamente había propuesto Acosta (diputado por Corrientes), contaba de dieciocho artículos que fueron reducidos a ocho por la Comisión de Asuntos Constitucionales23 23 Nora Souto indicó que el proyecto original de Ley Fundamental consistió en una mixtura de fuentes diversas adoptadas a la situación de las Provincias. Entre estas fuentes destacaban diversos artículos que copiaban viejos artículos de la Confederación Norteamericana (SOUTO, Nora. La forma de unidad en el Río de la Plata. Soberanía y poder constituyente, 1808-1827. 2018. Tesis (Doctorado en Historia) - Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires, 2018). .

Podría pensarse que uno de los motivos de esta disminución residió en las rencillas políticas al interior del Congreso, que se intensificaron con el correr de las semanas. Una nota del representante de Salta Manuel Antonio Castro dirigida al gobernador de La Rioja, informando de la instalación del congreso, nos brinda indicios en este sentido. La carta, redactada pocos días antes de que se presente la propuesta de ley de Acosta, señalaba que se había resuelto:

hacer la instalación del Cuerpo Nacional, después de varias sesiones preparatorias […] prestaron el juramento de estilo y ayer a las doce del día, el Congreso se declaró instalado.

Algunas Provs. no tienen aún representación. Otras la tienen diminuta. El Congreso desea que se integre y espera que las Provincias hagan a este objeto cuantos esfuerzos estén a su alcance.24 24 Nota de Sala de Sesiones del Congreso Nacional al Gobernador de La Rioja (Oficio), 17 de diciembre de 1824. Documentos del Brigadier General Juan Facundo Quiroga (1815-1876). Instituto de Historia Argentina y Americana “Dr. Emilio Ravignani”. Consultado en 3 feb. 2020.

La cita muestra que, al momento de iniciarse las sesiones, ninguna de las representaciones se hallaba completa25 25 Nora Souto explicó que esta primera sesión del congreso “tuvo lugar el 16 de diciembre de 1824 y contó con la presencia de 21 de los 24 diputados ya instalados en Buenos Aires, de los cuales, ocho pertenecían a esta última; Salta, San Juan, Tucumán, Santiago, Entre Ríos y Mendoza tenían dos representantes; Córdoba, Corrientes, San Luis y Misiones, sólo uno y los de Jujuy, Catamarca, La Rioja y Santa Fe todavía no habían arribado. No obstante, ninguna de las representaciones se hallaba completa, incluso la de Buenos Aires, a quien correspondían nueve representantes en total”. Cf. SOUTO, Nora. Op. Cit., p. 346. . Es posible pensar que con el correr de las semanas y con la llegada de enviados de todas las Provincias, el proyecto de Acosta presentado el 23 de diciembre fue objetado, explicando así su reducción en número de artículos. Finalmente, se dejó la atribución de relaciones exteriores resumida en un solo artículo:

Por ahora y hasta la elección del Poder Ejecutivo Nacional, queda provisoriamente encomendado al Gobierno de Buenos Aires, con las facultades siguientes:

  1. 1- Desempeñar todo lo concerniente a Negocios Extranjeros, nombramiento y recepción de ministros y autorización de los nombrados.

  2. 2- Celebrar tratados, los que no podrá ratificar sin obtener previamente especial autorización del congreso.

[…] (artículo 7°).26 26 COLAUTTI, Carlos. Op. Cit., p.88. Desde la perspectiva de Colautti, existía consenso en cuanto a lo indispensable que era contar con una autoridad nacional que representase externamente a la República, a fin de que no fuese Buenos Aires la que concluyese los tratados y recibiese a los representantes diplomáticos.

Entre las directivas que instauraba, dejó la atribución del manejo de paz, guerra y relaciones exteriores transitoriamente en manos de Buenos Aires. Al año siguiente, con la Ley de Presidencia, se establecía que las facultades asignadas a esta Provincia -entre la que se encontraba el manejo de la política exterior- debían ser transferidas al presidente27 27 Ley de Presidencia, artículo 7° en: RAVIGNANI, Emilio. Asambleas constituyentes argentinas. Buenos Aires: Peuser, 1939b. t. 2, p. 620. .

Sin embargo y como vemos, el acuerdo en cuanto a la representación supra-provincial fue momentáneo. Las disputas políticas que atravesaba el Congreso en este momento solo alcanzaron a definir de manera provisional los lineamientos más básicos de la política exterior de los Estados Provinciales, a la espera de una Constitución que defina este punto. Esta Constitución no llegaría: el congreso no logró sancionarla por no contar con el apoyo de la mayoría de las Provincias.

Es posible considerar que este conflicto tuvo un peso relevante en, por lo menos, dos aspectos. Por un lado, el diseño y ejecución de la política exterior en los años posteriores. En otro sentido, en la forma de administrar el territorio de la que luego sería la Confederación Argentina. El liderazgo de Buenos Aires en materia de política exterior le habría sido útil a esa Provincia para predominar sobre las demás, pero en un marco de provisionalidad institucional extendida en el tiempo. Así se comprende la Ley Fundamental previamente sancionada, que proyectó una autoridad supra-provincial encargada de las atribuciones de relaciones exteriores, paz y guerra. La misma fue reafirmada posteriormente con el Pacto Federal de 1831.

El manejo de la política exterior quedó en manos de Buenos Aires durante gran parte de las décadas siguientes, hasta la puesta en funcionamiento del Ministerio de Relaciones Exteriores, en 1854. Sin embargo, desde 1825 hasta ese año la política exterior fue una atribución de la soberanía que se configuró, en varias ocasiones, como objeto de tensión entre diferentes facciones políticas28 28 Además del caso que estudiamos en el presente artículo, encontramos otro episodio de tensión generalizada en el período 1851-1852, en el contexto retiro de la atribución de relaciones exteriores por parte del Gobernador de Entre Ríos Justo José de Urquiza. Esta acción replicada poco después por la Provincia de Corrientes derivó en la batalla de Caseros el 3 de febrero de 1852, significó el final del gobierno de Rosas. Sumado a esto, se pueden destacar otros casos puntuales. Por ejemplo, el de Mendoza en la década de 1830, observado en el trabajo de Hernán Bransboin. El autor explicó que los factores geográfico y político contribuyeron a que esa provincia tuviese una posición de relativa autonomía frente a Buenos Aires en materia de política exterior. Esta actitud la llevó incluso a firmar un tratado comercial con Chile en 1835. Este acuerdo se sostuvo durante varios años, sin que ello implique un algún cuestionamiento por parte de Juan Manuel de Rosas. Cf. BRANSBOIN, Hernán. Mendoza federal: entre la autonomía provincial y el poder de Juan Manuel de Rosas. Buenos Aires: Prometeo, 2014, especialmente el capítulo 6: “Mendoza y su relación con Chile”, p. 163-196. . Esto se hace visible a partir de la década de 1830, cuando el gobernador bonaerense Juan Manuel de Rosas quedó encargado de las relaciones exteriores de la Confederación de Provincias Argentinas29 29 Como señalamos, el Pacto Federal de 1831 fue el fundamento de la unión confederativa de Provincias Argentinas hasta 1852. Si bien ese documento se concebía como provisorio, terminó siendo el instrumento legal que organizó la dinámica interprovincial hasta ese año. Además, permitió al gobernador de Buenos Aires llevar adelante las relaciones exteriores de esos Estados a partir de 1832 y aumentar la influencia por sobre los gobiernos provinciales. Cf. CHIARAMONTE, José Carlos. Op. Cit. El resultado fue la conformación de un espacio transicional sobre el que Buenos Aires ejerció el mando de los asuntos de paz, guerra y relaciones exteriores, pero sobre el cual las Provincias irán reafirmando su voluntad de integrarse a una estructura política supra-provincial. . En varias ocasiones, los actores antirrosistas desafiaron a Rosas en tanto portador de esa atribución de la soberanía. Tal es en el caso de los pronunciamientos de 1840 que analizamos en este trabajo. Veamos en primer lugar los preludios a los eventos de dicho año.

3. El panorama previo a los pronunciamientos

Hacia fines de 1839, el escenario exterior de la Confederación de Provincias Argentinas era complejo. Primero porque desde 1838, el gobernador Rosas como encargado de la representación exterior enfrentaba un bloqueo naval por parte de Francia en el Río de la Plata30 30 Entendemos que este bloqueo fue ejercido sobre Buenos Aires por su rol de encargada de las relaciones exteriores de la Confederación de Provincias. Es decir: si bien la acción se impulsaba sobre la ciudad porteña, Francia pretendía afectar al cúmulo de Estados Provinciales. Eso se evidencia por ejemplo en palabras del jefe de la escuadra francesa en el Río de la Plata Luis Leblanc, quien declaraba que el bloqueo se realizaba tanto sobre “el puerto de Buenos Aires como el litoral del Río de la Plata perteneciente a la Confederación Argentina.” Citado en: SELSER, Gregorio. Cronología de las intervenciones extranjeras en América Latina: tomo 1: 1776-1848. México, DF: Unam, 1994. p. 273. . La monarquía de Julio, liderada por Luis Felipe de Orleans, demandaba la excepción del servicio de armas para sus ciudadanos y la apertura de los ríos interiores al comercio31 31 Una síntesis de la política exterior de la monarquía de Julio en: PUENTES, Gabriel. La intervención francesa en el Río de la Plata. Buenos Aires: Theoría, 1958. . La acción militar se había intensificado con el correr de los meses, mientras que de manera paralela se multiplicaban los intentos diplomáticos por poner fin al conflicto32 32 Hemos analizado la primera parte del proceso, así como algunas de estas gestiones en: KLOSTER, Mariano. Reflexiones sobre la actividad diplomática de la Confederación de Provincias Argentinas. El caso del Bloqueo Francés (1838-1840). Nuevo Mundo Mundos Nuevos, Paris, 11 dic. 2019. DOI: https://doi.org/10.4000/nuevomundo.78434. Para un abordaje general del conflicto, cf. PUENTES, Gabriel. Op. Cit. . Los funcionarios políticos y civiles que impulsaron el bloqueo tendieron estrechas relaciones con actores antirrosistas que se encontraban en Uruguay. Además, comenzaron a apoyar de manera explícita al general uruguayo Fructuoso Rivera, enemistado con el presidente oriental Oribe y con Rosas. El Río de la Plata era, a fines de la década de 1830, un espacio convulsionado.

Por otra parte, el norte de la Confederación Argentina se hallaba, desde agosto de 1837, en guerra contra la Confederación Perú-boliviana, liderada por el mariscal Andrés de Santa Cruz33 33 Para un abordaje de las políticas implementadas por Santa Cruz, cf. ALJOVÍN DE LOSADA, Cristóbal. La Confederación Perú Boliviana 1836-1839: política interna o externa. Investigaciones Sociales, Lima, n. 8, p. 65-79, 2001. . Esta declaración bélica fue la primera contienda armada supra-provincial afrontada por Rosas en su carácter de encargado de las relaciones exteriores de la Confederación.

3.1. El contexto político regional y supra-regional

En los primeros meses del año de 1837, el gobernador de Tucumán y jefe del “Protectorado del Norte”34 34 El Protectorado del Norte se conformó en 1836 con el liderazgo de Alejandro Heredia sobre las provincias de Tucumán, Salta, Jujuy y Catamarca. De acuerdo con Gabriela Tío Vallejo, se configuró como un espacio supra provincial de alianzas que le permitió al líder tucumano asegurar el dominio militar y la estabilidad política sobre el territorio. Cf. TÍO VALLEJO, Gabriela. Campañas y fusiles, una historia política de Tucumán en la primera mitad del siglo XIX. In: TÍO VALLEJO, Gabriela (comp.). La república extraordinaria: Tucumán en la primera mitad del siglo XIX. Rosario: Prohistoria, 2011. p. 21-77. También cf. MACÍAS, Flavia. Armas y política en la Argentina, Tucumán, siglo XIX. Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2014 (especialmente capítulo 1); y PAVONI, Norma. El noroeste argentino en la época de Alejandro Heredia. San Miguel de Tucumán: Ediciones Fundación Banco Comercial del Norte, 1981. La declaración de guerra cobra relevancia porque el gobernador había asumido su segundo mandato en 1835 promoviendo el afianzamiento del orden, la estabilidad y la paz. Alejandro Heredia, pidió a Rosas que interviniese frente a las numerosas intromisiones bolivianas en territorios de Salta y Jujuy. La opinión del gobernador de Buenos Aires era que el líder boliviano había actuado demasiado a favor de los unitarios de las Provincias del norte. Fue por eso, que con un elocuente manifiesto contra el presidente boliviano Santa Cruz, le declaró la guerra en mayo de 1837. Firmado en conjunto con el ministro de gobierno y relaciones exteriores Felipe Arana, en el texto se argumentaban razones políticas para explicar la decisión35 35 ROSAS, Juan Manuel; ARANA, Felipe. Manifiesto de las razones que legitiman la declaración de guerra contra el gobierno del general Don Andrés Santa Cruz titulado presidente de la Confederación Perú-Boliviana. Buenos Aires: Imprenta del Estado, 1837. . Además de las acusaciones de despotismo al líder boliviano, lo motivaban las incursiones de opositores unitarios en las zonas limítrofes de las Provincias de Salta y Jujuy y la ayuda que supuestamente Santa Cruz había brindado a estos proyectos segregacionistas.

La entrada en ese conflicto había alterado el mapa político de las Provincias del noroeste. Alejandro Heredia fue designado por Rosas como encargado de las operaciones argentinas en la guerra, y sus tropas, aunque numerosas y bien equipadas, tuvieron un desempeño mediocre que terminó en derrota36 36 El historiador Emmanuel Parrado demostró recientemente que el aumento del presupuesto del gobierno tucumano en los años de la guerra dependió de manera decisiva de los aportes derivados desde Buenos Aires. El autor indica, entre otros datos, que la cifra de metálico remitida entre 1837 y 1838 fue de $54.000 reales. Cf. PARRADO, Emmanuel. Rosismo y antirrosismo en el Interior: Tucumán en tiempos de la Confederación Argentina: guerra, actores, prácticas y lenguajes, 1832-1841. Tesis (Doctorado en Historia) - Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, Tandil, 2018, especialmente capítulo 3. . Posteriormente y con su capital político desgastado, Heredia fue emboscado y asesinado por figuras opositoras. La muerte del líder en noviembre de 1838 llevó a una rearticulación política claramente desfavorable al gobernador de Buenos Aires. Poco tiempo después Tucumán, Salta y Jujuy fueron gobernadas por fuerzas unitarias.

Heredia mantenía con Rosas una relación que podríamos caracterizar como ambivalente. Es cierto que contó con el visto bueno del gobernador de Buenos Aires para la conformación del Protectorado. Sin embargo, no puede soslayarse que antes de la declaración oficial de guerra, mantuvieron extensas negociaciones por el ingreso de las Provincias Argentinas en el conflicto bélico que acontecía entre la Confederación Perú-boliviana y Chile. Heredia promovía la entrada en dicha guerra para mantener el equilibrio político al interior del Protectorado que lideraba, mientras que Rosas realizaba lo posible por mantenerse diplomáticamente neutral, actitud que modificó recién en mayo de 183737 37 Es claro que ambos mantenían diferentes criterios en cuanto a la estrategia bélica y momento de entrada al conflicto. Mientras que el primero anhelaba una acción inmediata apoyándose en la resistencia que había en el territorio boliviano a Santa Cruz, el gobernador de Buenos Aires buscaba implementar una estrategia de desgaste y preparación permanente y recién definió la entrada en el conflicto una vez que Chile le declaró la guerra a la Confederación Perú-boliviana, en 1836. E incluso una vez declarada la guerra, Rosas adujo desconocimiento del territorio en el que debe operarse, por lo que atribuyó a Heredia facultades militares en su carácter de Protector de las Provincias de Salta, Jujuy, Catamarca y Tucumán para llevar adelante la contienda. Norma Pavoni indicó de esta forma que el titular de las relaciones exteriores intentó no asumir compromisos oficiales, especulando con el curso que podía tomar el conflicto entre Chile y la Confederación Peruano Boliviana, los dos actores principales de la contienda. Cf. PAVONI, Norma. Op. Cit. .

Como indicamos la muerte de Heredia, quien desde comienzos de la década era una figura preponderante, produjo un viraje político en la región. En Salta, el gobernador Felipe Heredia -hermano de Alejandro- tuvo que resignar su poder a una Comisión que nombró mandatario a Manuel Solá el 22 de noviembre de 1838. Casi al mismo tiempo, en Jujuy se depuso al gobernador Pablo Alemán -ahijado de Heredia- y se lo sustituyó por el coronel José Iturbe. En la provincia de Tucumán se dio inicio al “trienio liberal”, designándose gobernador al antirrosista Bernabé Piedrabuena38 38 Los ministros de Piedrabuena, conocidos como “doctorcitos”, fueron Brígido Silva, Salustiano Zavalía y Marco Avellaneda. Un abordaje del trienio liberal en: TÍO VALLEJO, Gabriela. Op. Cit. .

Solo en Catamarca y La Rioja se mantuvieron las mismas autoridades: José Cubas y Tomás Brizuela, respectivamente. Sin embargo, los gobernadores de ambas Provincias se encontraban distanciados de Rosas. En el caso del catamarqueño, debido a que Rosas había terciado a favor de Heredia en una anexión territorial de los departamentos de Tinogasta, Belén y Santa María. Por su lado el riojano Brizuela había intentado incorporar el departamento catamarqueño de Pomán, acto que Heredia reprobó en su carácter de Protector. Como consecuencia, la tensión entre el gobernador de La Rioja y Rosas ya se observaba desde mediados de 183739 39 Cf. MACÍAS, Flavia. Op. Cit. .

Este nuevo elenco político, con predominio de actores críticos u opositores del rosismo, fue el sustrato sobre el cual comenzaron a desarrollarse los fundamentos que impulsaron los pronunciamientos de 1840.

3.2. Las motivaciones para pronunciarse

Con el nuevo mapa político del Norte, la Confederación Argentina había cambiado casi por completo entre fines de 1838 y comienzos de 1839. La distancia que existía entre Rosas y las nuevas autoridades de Salta, Jujuy y Tucumán era extrema y aumentó cuando en enero de 1839 Santa Cruz propuso a esas Provincias en particular una oferta de paz para finalizar el conflicto que las afectaba. La propuesta de negociación fue realizada al gobernador salteño Solá, a través del coronel Manuel Sevilla y Clemente Usandivaras, delegados del boliviano. En ella se planteaba: firmar una paz sin la intervención de Rosas, la apertura del comercio de frontera y la devolución de los espacios ocupados por el ejército boliviano40 40 ROSA, José María. Unitarios y Federales (1826-1841). Buenos Aires: Editorial Oriente, 1972, p. 364-365. .

Entendemos que esta proposición habría funcionado como estímulo a las Provincias del Norte, que comenzaron a pensar seriamente en recuperar para sí el manejo de su política exterior como paso fundamental para el rompimiento con Rosas. Es que la atribución de relaciones exteriores, paz y guerra podía comprenderse desde una perspectiva distinta a la que se venía sosteniendo desde la década de 1820. El papel de la provincia porteña había sido predominante en materia de lineamientos supra-provinciales. Sin embargo, como comienza a vislumbrarse con este caso, existía una perspectiva alternativa fundada en el derecho de las Provincias de retirar la representación externa. La interpretación que proponía a los Estados Provinciales recuperar el mando de la atribución de relaciones exteriores, se avivaba cuando los actores políticos eran opositores al gobernador de Buenos Aires.

De esta manera se comprende al ministro tucumano Salustiano Zavalía, quien en una carta al gobernador de Salta Solá el 26 de enero de 1839, consideraba que:

Nada se oponía a que estas Provincias hiciesen por sí solas dicha convención, porque la representación de las Relaciones Exteriores, dada al Gobernador de Buenos Aires, era un simple poder o facultad accidentalmente conferida por las provincias en dispersión a las cuales pertenecía esencialmente mientras permaneciesen independientes de una autoridad nacional común que, como es sabido, “el poderdante puede durante la gestión ejercer su personería, revocando o sin revocar el poder dado al apoderado […].41 41 Carta de Salustiano Zavalía a Manuel Solá, 26 de enero de 1839, citada en: ROSA, José María. Op. Cit., p. 365.

Los momentos preparatorios del pronunciamiento muestran la perspectiva de varios de los opositores al gobernador de Buenos Aires, para los cuales el manejo de la política exterior en manos de la Provincia porteña era una situación “accidental y transitoria” que había se había producido en un marco de desorden. Zavalía señalaba a que era importante contar con el gobernador de Santiago del Estero Felipe Ibarra:

Tampoco debe arredrarnos un sentimiento de honor emanado de la consideración de complicar la situación de Rosas al mismo tiempo que defiende la dignidad de la República en la justa lucha con la marina francesa. Mil razones para ello: la paz (con Bolivia) mejora su situación. Lo que nos resta solamente es reducir nuestras ideas a nuestro común y apreciado amigo Ibarra. Es muy importante que ese señor tome parte en nuestros negocios.42 42 Ibidem.

De la cita se desprenden dos reflexiones. En el plano supra-provincial, el discurso de Zavalía evidenciaba la habilidad política del ministro para no plantear, todavía, la posibilidad de una ruptura con Buenos Aires. Indicaba así que el recupero de la atribución de relaciones exteriores para negociar la paz con Bolivia no implicaba estrictamente la eventualidad de una secesión permanente de la ciudad porteña. Por el contrario, proponía un intento de comando compartido en materia de política supra-provincial: Rosas se encargaría del conflicto con Francia, mientras que las Provincias del Norte acordarían la paz con Bolivia.

Sin embargo, una lectura más profunda permitiría sostener que en realidad, el ministro estaba dispuesto a aprovechar la oportunidad política que aparecía a partir de la inacción de Rosas con respecto a Santa Cruz. De esta forma, la Provincias podían iniciar una política exterior distinta y plantear una desvinculación prolongada de Buenos Aires. Esto explicaría una nota del 27 de enero de Zavalía a Felipe Ibarra, gobernador de Santiago del Estero. El tucumano tenía la intención de convencerlo de unirse a las Provincias que se sublevarían. Así, le indicaba que los comisionados de Bolivia les prometían “dinero, armas, municiones y demás auxilios” si como consecuencia del retiro de las relaciones exteriores “el gobierno de Buenos Aires pretendía invadir.”43 43 Carta de Salustiano Zavalía a Felipe Ibarra, 27 de enero de 1839, citada : ROSA, José María. Loc. Cit.

Las comunicaciones muestran la relevancia que cobraba el gobernador de Santiago del Estero como factor desequilibrante en el plano regional. La respuesta de Ibarra se configuraba como clave para impulsar la autonomización de la política exterior de las Provincias. El manejo de las relaciones exteriores como una de las atribuciones de la soberanía pasaba entonces al plano de la disputa entre las Provincias del Norte y Buenos Aires. De esta forma, los nuevos gobernantes de los Estados provinciales se planteaban, con la reasunción de dicha dimensión soberana, el ingreso en una dinámica novedosa e intrincada que precisaba de la mayor cantidad posible de apoyos.

Agregaremos que, partiendo de su condición soberana originaria,44 44 Los trabajos de José Carlos Chiaramonte se configuran como centrales para comprender la naturaleza de los Estados Provinciales autónomos entre 1820 y 1852. Cf. AYROLO, Valentina; VERDÓ, Geneviève. Dossier: las provincias antes de la Nación en la Argentina: entre la soberanía, la autonomía y la independencia. Dossiers, Buenos Aires, 2016. Disponible en: https://bit.ly/35Y2gjR. Acceso en: 29 jun. 2021. recuperar los destinos de la política externa habilitaba a las provincias a desvincularse del gobierno de Buenos Aires quitándole esta atribución. Sin embargo, el ofrecimiento del gobierno de Bolivia al cual refería Zavalía en la nota a Ibarra, nos lleva a pensar que esa política exterior de las Provincias nacía condicionada por el sostén de otro Estado, lo cual podría llegar a complicar las decisiones a futuro.

La posibilidad de quitarle el manejo de la política exterior a la provincia porteña iría in crescendo con el paso del tiempo. Pocas semanas después, el tucumano Juan Bautista Alberdi escribía desde Montevideo a sus amigos con cargos en el gobierno de Piedrabuena: Marco Avellaneda, Brígido Silva y Salustiano Zavalía. En la carta señalaba que:

El fin común y único es la tiranía de Rosas. Los elementos, los poderes reaccionarios que los hechos y la libertad han hecho aliados, son: el pueblo francés, el pueblo boliviano, el pueblo oriental, y el pueblo argentino también. Que, pues, ahora estos poderes aliados por los hechos se alíen también por una manifestación auténtica y solemne. La Francia está dispuesta. El estado Oriental está dispuesto. Importa sobremanera que las provincias del norte, y todas las de la República Argentina, retiren auténticamente de las manos de Rosas el poder de dirigir las relaciones exteriores de la república. Ustedes propongan lo que gusten, pidan lo que quieran, en la inteligencia que saldrán en todos contentos.45 45 Juan Bautista Alberdi a B. Silva, S. Zavalía, M. Avellaneda. Montevideo, 28 de febrero de 1839. Citado en: QUESADA, Ernesto. La Guerra Civil de 1841 y la tragedia de Acha. Revista de la Universidad Nacional de Córdoba, Córdoba, ano 3, n. 9, p. 4-101, 1916. p. 12-13.

La carta manifiesta que Alberdi promovía con fuerza la toma de medidas que desembocarían en los pronunciamientos del año siguiente. Además, mostraba la existencia de una alianza anti-rosista que se consolidaba, compuesta por: Francia, la facción de Rivera en Uruguay, Santa Cruz en Bolivia y las Provincias del Norte en la Confederación Argentina. Para el tucumano, en el caso de estas últimas, el retiro de la atribución de relaciones exteriores era una medida crucial que debía ser llevada adelante contra Rosas para disputarle poder al gobernador.

Queda claro que, entre 1839 y comienzos de 1840, diversos actores locales, regionales y supra-regionales contribuyeron a afianzar un clima político que fue la base de los pronunciamientos de las Provincias. Como señalamos, la atribución de relaciones exteriores se terminó configurando como el principal reclamo que se impulsaría esas acciones políticas. Veamos entonces el acontecer de los pronunciamientos.

4. El pronunciamiento tucumano y sus adhesiones posteriores

Siguiendo la línea argumental propuesta por el historiador Fowler para el caso mexicano, es posible distinguir dos categorías dentro del proceso de concreción de un pronunciamiento para el caso de las Provincias del Norte. Por un lado, una acción originaria, la cual tuvo como epicentro la ciudad de Tucumán. Por otro, los pronunciamientos de adhesión que poco tiempo después fueron impulsados por otras Estados Provinciales.

4.1. Tucumán, abril de 1840

El primer pronunciamiento se produjo el 7 de abril de 1840 en la ciudad de San Miguel de Tucumán46 46 Tal y como muestran los trabajos de Gabriela Tío Vallejo, la Provincia Tucumana contaba con un extenso recorrido de pronunciamientos militares que se remontaban a la década de 1820, con distinto grado de magnitud y éxito. Es decir, la dinámica política provincial era familiar a este tipo de acción y la había incorporado como mecanismo habitual, tanto de resolución de crisis políticas y como de sustitución de autoridades. Cf. TÍO VALLEJO, Gabriela. Antiguo régimen y liberalismo: Tucumán, 1770-1830. Tucumán: Editorial Universidad Nacional de Tucumán, 2001. En especial el capítulo cuatro, “Papel y grillos. La construcción del estado provincial”, p. 279-357. . Allí había llegado el mes anterior el general Gregorio Araoz de Lamadrid, junto con cincuenta granaderos, enviado por Rosas con la excusa de solicitar los armamentos del ejército de operaciones que había peleado en Bolivia. En realidad, Lamadrid tenía la misión de recomponer las relaciones del gobierno provincial que comandaba su primo Bernabé Piedrabuena, distanciado de Rosas.

Quien autorizaba el traspaso del armamento era la Sala de Representantes y Lamadrid tuvo que aguardar varias semanas a que este órgano se reuniera. Mientras tanto, el ministro de gobierno tucumano Marco Avellaneda había convocado al coronel Mariano Acha para que retorne de su exilio en Bolivia, con el encargo de reclutar fuerzas para enfrentar a Lamadrid. La tarea del militar fue exitosa: consiguió varios cientos de hombres a los que armó con el parque del Ejército de Operaciones47 47 ROSA, José María. Op. Cit., p. 462. . En los primeros días de abril, Acha se aproximó a Tucumán con sus nuevas tropas y logró tomar el control de la Ciudadela el día 7.

Fue en esta fecha cuando Avellaneda leyó el texto del pronunciamiento frente a los milicianos apostados en la plaza. En la sección inicial del mismo, se sostenía lo siguiente:

Tucumán sepulcro de los tiranos

La honorable Sala de Representantes de la Provincia, considerando:

  1. Que la existencia en el primer pueblo de la República de un gobierno investido con toda la suma de los poderes constitucionales, es un escándalo a los ojos de América y del mundo, en que ninguno de los demás pueblos de la República puede consentir sin mengua de su honor y de sus intereses, puesto que así se aleja más y más de la deseada época en la que se escriba y sancione la constitución del pueblo argentino

  2. Que el bloqueo que hoy sufre todo el litoral del Río de la Plata no es más que una inmediata consecuencia de los atentados que manchan la historia de la vida pública del tirano de Buenos Aires

  3. Que abusando de las facultades que se le habían concedido para conservar y mantener las relaciones de buena armonía existentes con las potencias extranjeras se ha servido de ellas para arrogarse el peligroso derecho de hacer la paz y declarar la guerra

  4. Que también por un abuso aún más odioso de estas mismas facultades, se ha creído autorizado para ingerirse en la administración interior de las provincias de la república, estableciendo sobre ellas su ominosa dictadura

  5. Que desconoce y pretende disputar a los pueblos de la república el derecho sagrado e imprescriptible que les asiste para darse leyes y nombrar conforme a ellas a los depositarios de su autoridad

  6. Que con esta lucha ha causado y prepara inmensos males a todos los pueblos de la república y muy especialmente a la provincia de Tucumán.48 48 LIZONDO BORDA, Manuel. Documentos argentinos: Tucumán y la Liga del Norte. Tucumán: Junta Conservadora del Archivo Histórico de Tucumán, 1939, p. 54-56. v. 1.

Esta primera parte del pronunciamiento funcionaba como un preámbulo que establecía los motivos del descontento de los actores que lo firmaban. Como vemos, la figura de Rosas prevalece en las razones para pronunciarse. Se destacaba la falta de organización institucional al indicarse la ausencia de una constitución y la injerencia del gobernador bonaerense en los gobiernos provinciales.

Por otro lado, se señalaba el supuesto mal desempeño en las tareas gubernamentales, especialmente en el manejo de las relaciones exteriores, lo había llevado a perjudicar a dos grupos de Provincias de la Confederación. En primer lugar, el de las del Litoral, con su comercio afectado por el bloqueo francés. Asimismo, en el Noroeste se habría inmiscuido en los gobiernos locales tiranizándolos, al declarar la guerra con Santa Cruz49 49 Este fragmento se asemeja a lo observado por François Xavier Guerra para los casos mexicanos: “Su contenido se presenta como una iniciativa, como la reacción a una situación intolerable. El lenguaje se mueve en un registro dramático, lleno de superlativos para designar la opresión, los abusos los peligros […] La iniciativa […] se legitima también por una responsabilidad particular hacia la nación”. Cf. GUERRA, François-Xavier. Op. Cit., p. 17. .

Se observa en este caso un esfuerzo concertado entre actores predominantemente orientados hacia la actividad política -Marco Avellaneda- en combinación con otros abocados principalmente a lo militar, como Mariano Acha50 50 Flavia Macías explicó que “la milicia cívica se presentó en la plaza pública como expresión del pueblo en armas que, en un acto de tipo plebiscitario, respaldó la decisión de la Sala”. La historiadora describió en detalle la dimensión militar del episodio, el cual considera un elemento central. Cf. MACÍAS, Flavia. Op. Cit., p. 66 et seq.; y Idem. Reflexiones en torno a la guerra: Tucumán y el Norte argentino en el siglo XIX. Investigaciones y Ensayos, Buenos Aires, n. 67, p. 55-80, 2019. . Las fuentes describen una escena en la cual la lectura del pronunciamiento se realizó frente a una plaza con amplia presencia de milicias. Es posible observar en el caso tucumano un claro ejemplo de pronunciamiento que habría conjugado tanto actores civiles como militares. Este último actor es un factor de presión que validaba la definición política que había sido definida por los representantes civiles51 51 Fowler destacó la imbricación del cuerpo militar en diversos ámbitos de la sociedad mexicana del siglo XIX. Como vemos, el fenómeno es semejante en el caso tucumano. Cf. FOWLER, Will. El pronunciamiento mexicano… Op. Cit., p. 16. .

A continuación, se declaraba en una serie de artículos lo que la Sala de Representantes establecía:

Art. 1° No se reconoce en el carácter de Gobernador de Buenos Ayres al dictador Dn. Juan Manuel de Rosas.

2° Se le retira la autorización que por parte de esta Provincia se le había conferido para mantener y conservar las relaciones de amistad y buena armonía con las Potencias Extranjeras.

3° No se entregarán al comisionado del Gobierno de Buenos Ayres las armas que reclama mientras esta provincia sea presidida por Dn. Juan Manuel de Rosas; y en su consecuencia queda concluida la misión del General Dn. Gregorio Araoz de la Madrid.

4° La Honorable Sala de Representantes publicará un manifiesto de los motivos que han impulsado al pueblo Tucumano á pronunciar esta resolución; declarando que esto no será un motivo para que se alteren nuestras relaciones con los demás Gobiernos hermanos, y muy especialmente con los de la Rioja, Catamarca, Salta y Jujuy.52 52 LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 56.

Los textos de los pronunciamientos contenían las solicitudes que los actores querían negociar con el gobierno. El caso tucumano contaba con demandas, aunque de carácter negativo: la solicitud del retiro de las atribuciones de política exterior en manos de Rosas y la negación a devolver las armas de que Buenos Aires reclamaba. Definitivamente, el pronunciamiento era percibido como la manera más eficaz de influir en el gobierno y promover cambios significativos53 53 Flavia Macías indicó que el pronunciamiento de la ciudad de Tucumán operó, en conjunto con la milicia cívica, como una instancia amplia de participación, revitalizando un discurso cívico y republicano: debían defenderse las instituciones, las leyes y los pactos preexistentes. Cf. MACÍAS, Flavia. Armas y política… Op. Cit., p. 67. .

El caso rioplatense permite pensar en cuál habría sido el fin último del pronunciamiento al que aspiraban sus impulsores: mientras que para algunos de los pronunciados tal vez se buscaba provocar el final de Rosas y la convocatoria a la organización institucional de la Confederación, para otros quizás el pronunciamiento se constituía como el primer paso hacia una separación permanente de los Estados Provinciales que lo accionaron54 54 Manuel Lizondo Borda propuso que los pronunciamientos le quitaron la representación externa a Rosas, pero no buscaban desvincularse de manera permanente del resto de las Provincias, sino reestablecer la Comisión Representativa que había creado el Pacto Federal de 1831. Sin embargo, esto contrasta con la visión de Emmanuel Parrado, quien considera que los pronunciamientos y la posterior conformación de la Coalición del Norte sostuvieron una propuesta político-retórica e institucional nueva, que proyectaba un orden nacional distinto al de Buenos Aires. Cf. LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., y PARRADO, Emmanuel. Op. Cit. .

La acción política continuó el 14 de abril, cuando ganaron preponderancia en la escena los actores militares en conjunto con los civiles. En sus memorias, Lamadrid describía que en ese día:

Amanecieron formados en la plaza más de ochocientos hombres para sostener el pronunciamiento de la Sala. Esta se reunió a las 7 u 8 de la mañana, y se pronunció por unanimidad dando por terminada su misión y retirando al gobierno del Señor Rosas las facultades que le habían concedido para mantener las relaciones exteriores con todos los demás que contiene aquel solemne pronunciamiento. El pueblo todo expresó su aprobación con muestras visibles de entusiasmo y todos los ciudadanos y soldados se pusieron en el acto una cinta celeste al pecho en los ojales de la casaca, anunciando su entusiasmo con mueras al tirano y vivas a la libertad. […]

A pocos instantes aparecieron todos los representantes reunidos, seguidos por todo el pueblo, en casa del señor gobernador, dando vivas a la libertad, mueras al tirano, cubiertos todos de los distintivos nacionales, y cantando con la música “Oíd mortales el grito sagrado”, y otras estrofas del Himno Nacional.55 55 LAMADRID, Gregorio. Memorias, II, pp. 110-112, citado en: PAZ, Gustavo. Las guerras civiles. Buenos aires: Eudeba, 2007. p. 221-225.

Lo descripto por Lamadrid puede analizarse por etapas. Primero, la intervención en los actos de adhesión de otros miembros de la sociedad que no habían participado de la deliberación. Esta es la fase de “aclamación del pueblo”, antigua práctica que podía ir acompañada de ceremonias específicas56 56 Esta acción se puede pensar en sentido análogo a lo que observa Guerra para México. Cf. GUERRA, François-Xavier. Op. Cit., p. 20. . En la cita se describen los gestos que conformaron la aclamación popular en Tucumán. Primero, la colocación de cintas celestes visibles en la vestimenta. Sumado a esto, las expresiones a viva voz de muerte a Rosas y los vivas a la libertad. Por último, la entonación del himno57 57 Ana Wilde ha estudiado en detalle los rituales en torno al pronunciamiento tucumano. La autora postula que la portación de divisas celestes por parte de los pronunciados corroboraba el repudio a Rosas. Además, el manifiesto del 7 de abril mostraba una tónica cívica y republicana distinta a la rosista, ya que los actores que impulsaban el pronunciamiento eran conscientes de que estos aspectos litúrgicos conformaban una importante herramienta de legitimación. Cf. WILDE, Ana. Representaciones de la política posrevolucionaria: un acercamiento a la liturgia republicana (1810-1853). In: TÍO VALLEJO, Gabriela (comp.). La república extraordinaria: Tucumán en la primera mitad del siglo XIX. Rosario: Prohistoria, 2011. p. 79-144. .

El caso tucumano nos permite identificar una tercera etapa que se concatena con las de enunciación del pronunciamiento (primera) y aclamación popular (segunda). Esta es la espera del efecto del pronunciamiento: “circúlese de oficio á todos los gobiernos de la República, y hágase saber a los demás a quienes corresponda, dándose al registro oficial”58 58 LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 56. . Se iniciaba así la difusión de la acción política a otros actores y pueblos, lo que era vital para su subsistencia. Así la describía Lamadrid en sus memorias:

Todos los soldados […] pedían a voces marchar inmediatamente, muchos de los ciudadanos manifestaron la misma opinión, más el gobierno y los que podían […], contestaron que era mejor estar a la defensiva, prepararse y esperar que los demás pueblos se pronunciaran. […] el resultado fue que, tanto el gobierno como los más influyentes de la Sala de representantes, se empeñaron en organizar un cuerpo de coraceros, ponerlo a las órdenes del coronel Acha, después de incorporada a dicho cuerpo mi escolta y mantenerse a la defensiva hasta que las demás provincias con que contaban hiciesen su pronunciamiento.59 59 LAMADRID, Gregorio. Memorias, II, pp. 110-112, citado en: PAZ, Gustavo. Op. Cit., p. 221-225.

La escena aparece dividida entre los más entusiastas, por un lado, y los que adoptaban una actitud prudente a la espera de que los pronunciamientos se produzcan en otras ciudades, una vez conocida la acción en Tucumán. Esto deja en evidencia que existía la posibilidad de rechazo por parte de otras provincias.

Como explicamos en el apartado anterior, es posible rastrear contactos previos que proyectaron el retiro de la política exterior desde comienzos de 1839. No obstante, luego de emitido el pronunciamiento, se generó una expectativa que muestra que todavía faltaba para que la acción política se consolidase por medio de su regionalización60 60 Establecemos esta afirmación en línea con lo expuesto por Flavia Macías quien sostiene que “una vez institucionalizado el pronunciamiento, Piedrabuena envió comisionados para persuadir a los gobernadores del norte y así proyectar dicha decisión a escala regional”. Cf. MACÍAS, Flavia. Reflexiones en torno a la guerra…. Op. Cit., p. 69. . Veamos entonces qué aconteció en el resto de los Estados Provinciales.

4.2. Los pronunciamientos de adhesión de Salta, Jujuy, La Rioja y Catamarca

Las actas de adhesión o rechazo al pronunciamiento originario nos revelan una importante variedad de actores tanto individuales como colectivos. Sumado a esto, podía suceder que los firmantes de estas copias no se limitasen a trascribir el texto del pronunciamiento original, sino que agregasen medidas y/o demandas propias a las ya establecidas originalmente. El proceso que analizamos tiene ciertas particularidades que se notan en los textos que reproducían el Pronunciamiento en búsqueda de adhesión. La acción del Pronunciamiento de Tucumán tuvo repercusiones en Salta, Jujuy, Catamarca y La Rioja, quienes replicaron la acción política de retiro de relaciones exteriores, pero con variantes y dinámicas propias.

Comencemos abordando las peculiaridades en el caso de Jujuy. El gobernador tucumano Piedrabuena había escrito el mismo 7 de abril a su par jujeño una carta, adjuntando el texto de pronunciamiento que se había llevado a cabo ese día y persuadiéndolo de la necesidad de replicar la acción. Argumentaba que:

La Honorable Sala de Representantes lo ha dicho, y el infrascripto siente un vivo placer al repetirlo: Los Tucumanos no son enemigos de ninguno de los Pueblos de la Confederación: Los miran por el contrario como asociados a su causa y como igualmente interesados en que termine esta época de escándalos, de desastres y de infortunios, y cumple con un deber, que sus conciudadanos y su conciencia le han impuesto cuando interpela al Excelentísimo Señor Gobernador de la Provincia de Jujuy, para que repita y sequnde nuestro pronunciamiento.[…] Pero la causa del Pueblo Tucumano es la de todos los Pueblos y de todos los Gobiernos de la República, y el infrascripto no debe esperar, que exista uno solo de ellos, que pretenda sostener la dictadura del hombre funesto, que degrada y oprime y tiraniza a la desgraciada Buenos Ayres.61 61 LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 57-58.

La nota surtió el efecto deseado. El pronunciamiento jujeño, declarado el 18 de abril, replicaba el tucumano en sus artículos cuarto y quinto, en cuanto al retiro de las relaciones exteriores, así como la negación a devolver las armas. Pero sumado a esto, la acción tuvo una medida original, que terminó de definir un conflicto político local62 62 Para un análisis pormenorizado de la dinámica política jujeña en la década de 1830, cf. MEDINA, Federico. Escenarios del poder local. La dirigencia política de Jujuy. Entre la autonomía provincial y la organización nacional (1835-1862). Tesis doctoral, (pp. 440) Defendida en la Universidad Nacional de Córdoba, Córdoba (Arg.) Marzo 2021. . Se establecía que:

Todos los congregados, sujeridos de aquel espíritu verdaderamente patrio, enérjico i virtuoso, prestaron sus votos con uniformidad espresando ser el arbitrio más conveniente para conservar los derechos i libertad de esta Provincia, destituir al espresado Gobernador; i en su virtud acordaron los artículos siguientes:

Art. i. ° Cesa el actual Sr. Gobernador del empleo que obtiene por haber infringido las LL. de la Provincia abrogándose facultades que correspondían a los poderes legislativo i judicial; i por haberse negado a contribuir con su pronunciamiento a la caída del tirano de Buenos Aires.

2. ° Queda nombrado Gobernador i Capitan Jral. de la Provincia provisorio D. Roque Alvarado.

3- ° El Gobernador provisorio de la Provincia reunirá Legislatura de la H. S. de RR. en el término de dos meses perentorios, a la cual entregará el mando en la forma que ordena el reglamento de la Provincia […].

Como vemos, el movimiento político regional había servido en el caso jujeño, para derrocar a Mariano Iturbe, gobernador hasta el momento y reemplazarlo por otro provisorio: Roque Alvarado. Dado que Iturbe estaba alineado con Rosas y Alvarado se mantenía del lado de los pronunciados, la sala de representantes jujeña consideró relevante incluir este movimiento político en su pronunciamiento de adhesión63 63 Lo descripto se asemeja a lo señalado por Fowler para México: “Muchos pronunciamientos civiles de adhesión, después de cortar y pegar las demandas del pronunciamiento original, añadían sus propias demandas, en muchos casos de índole estrictamente local. resultaba entonces que el pronunciamiento de adhesión reactivo pasaba a ser un pronunciamiento proactivo en su propio derecho”. Cf. FOWLER, Will. El pronunciamiento… Op. Cit., p. 24. .

Observaremos dos singularidades más del episodio jujeño. Por un lado, que los firmantes del pronunciamiento no formaban parte de la Sala de Representantes de manera permanente. En sí, el edificio donde funcionaba ese órgano de gobierno había funcionado solo de recinto donde se reunió “el benemérito pueblo.” Concretamente, fueron cuarenta y dos los signatarios de la nota, los cuales se encuentran identificados al final del documento con su nombre y apellido, avalando la decisión. Esto es interesante porque, a diferencia de los otros pronunciamientos, el caso jujeño estaría mostrando que la acción política no fue realizada por el organismo representativo sino de manera directa por una fracción de la ciudad que se encontraba expresamente en contra del gobernador local y del jefe de relaciones exteriores, paz y guerra.

Podemos observar también el rol de los jefes intermedios. Por ejemplo, hay una nota de apoyo al pronunciamiento de Jujuy por parte de Francisco Ávila, jefe político del departamento de Rinconada, con fecha 5 de mayo64 64 LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 72-73. . Este tipo de expresiones de adhesión al pronunciamiento provincial por parte de autoridades locales se encuentra también en el caso salteño, incluso de manera más numerosa. Allí, son los líderes de las comandancias de: Caldera -Ángel Mariano Zerda-, Payogasta -Bonifacio Ruiz de los Llanos y Molinos -Berardo Gorostiaga- junto con el coronel Juan Francisco Zamudio, líder del departamento de Guachipas,65 65 Ibidem, p. 62-67. los que enviaron notas de adhesión.

Los personajes intermediarios eran relevantes. Podemos establecer que las actas de adhesión eran el vehículo por el cual ciertos actores individuales o colectivos se pronunciaban a favor del plan de gobierno. De manera similar a lo que acontecía en otros espacios hispanoamericanos, únicamente los más encumbrados -por ejemplo, los militares- firmaban documentos ellos solos. Estos personajes eran los que convocaban o reunían a sus administrados66 66 GUERRA, François-Xavier. Op. Cit., p. 18. . La situación descripta en el caso de las autoridades intermedias de Salta y Jujuy tiene estas características.

Estos actores intermedios eran fundamentales para el sostenimiento de la acción del pronunciamiento, por dos funciones importantes que tenían una vez que recibían la información: la difusión y la búsqueda de apoyos en la población. Primero, porque eran los encargados de la puesta en conocimiento que debía dársele a la noticia en el territorio que administraban. Así, en las cartas se aseguraba que la información del pronunciamiento había sido “publicada por Bando, y circulada en todo el departamento según ordena V. E.” 67 67 Francisco Ávila al Gobernador Provisorio de Jujuy Alvarado, 5 de mayo de 1840, en: LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 72-73. También había afirmaciones del estilo en el caso de algunos departamentos salteños, donde se sostenía que “se publicó en los lugares de estilo la enunciada Ley y proclama” y que las notas “fueron publicadas con la solemnidad que ellas merecen”. Cf. notas de Bonifacio Ruiz de los Llanos al Ministro de Gobierno Bernabé López, 22 de abril de 1840 y de Juan Francisco Zamudio al Ministro de Gobierno Bernabé López, 25 de abril de 1840, respectivamente, en: LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 64-67. Sumado a esto, porque eran claves para gestionar la participación de los pobladores.

El caso salteño muestra otras particularidades. Allí, fue la Legislatura Provincial la encargada de redactar el texto, que fue firmado por su presidente Toribio Tedin, el 13 de abril. En la declaración también se estipulaba que la Provincia desconocía a Rosas como gobernador y representante de relaciones exteriores y se negaba la devolución del armamento que había sido usado para la guerra con la Confederación Perú-boliviana. De manera similar al caso tucumano, se establecía: “la Representación Provincial publicará un manifiesto detallando los fundados motivos que han impulsado al Pueblo Salteño a dictar esta resolución, que es la misma de sus comitentes”68 68 SOLÁ, Manuel. La Liga del Norte contra Rosas (1839-1840). Salta: Imprenta y papelera “El Comercio”, 1898. .

El texto elaborado por la Legislatura salteña puede considerarse un agregado del pronunciamiento tucumano. Publicado el 25 de abril, hacía referencia al “clamor” del pueblo salteño del día 13 y se buscaba justificar la conducta de Salta “ante las Provincias de la Confederación a quienes tienen el honor de dirigirse” preguntándose:

¿Cuál es nuestra organización interior? ¿Dónde está nuestra carta constitucional: cuáles son las recíprocas relaciones establecidas entre los pueblos; y cuáles los deberes de cada uno para con la nación? ¿Dónde están nuestros poderes políticos, esos poderes protectores, sin los cuáles no hay garantías, ni orden ni libertad? ¿Dónde esos poderes necesarios en toda la nación para conservar el orden interior, promover sus adelantamientos; ¿representarla constitucionalmente en el exterior, y establecer relaciones convenientes y durables para organizar según los casos, las fuerzas que han de garantir su dignidad e independencia?

Con un tono más bien reflexivo, el manifiesto salteño aludía a las cualidades personales de Rosas y su permanencia en el poder como causa del retraso de una organización institucional entre las Provincias69 69 “Manifiesto de la Representación general de Salta justificando su conducta ante la opinión pública en su pronunciamiento del 13 de abril último” en: PAZ, Gustavo. Op. Cit., p. 225-230. .

Las ceremonias que se realizaron para adherir al pronunciamiento provincial tienen en el caso de Cachi (Salta) un ejemplo ilustrativo. El 22 de abril de 1840, el Comandante general le aseguraba al ministro de gobierno salteño que una vez que llegó la información:

En el mismo día fue celebrado un tan plausible acontecimiento, con repiques de campanas, vivas a Nuestra Honorable Representación, y al Excelentísimo Govierno y otras demostraciones de Jubilo: al siguiente el Señor Párroco cantó una Misa de gracias al Dios Eterno que preside nuestros destinos, y ha querido dispensarnos el inestimable bien de Nuestra Libertad, desprendiéndonos del Ominoso yugo del despotismo, a que nos tenía uncidos el tirano, en cuya celebridad se hicieron salvas por cien hombres armados que estaban dispuestos para el bando.70 70 Bonifacio Ruiz de los Llanos al Ministro de Gobierno Bernabé López, 22 de abril de 1840 en: LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 64-65.

La cita muestra cómo, en este caso, el pueblo se adaptó al repertorio republicano disponible para los actos cívicos. De esta manera y con la intención de motivar a los habitantes, se hizo repiquetear las campanas, se produjeron vivas, se celebró una misa y se hicieron salvas por parte de las milicias formadas.

Abordaremos en último lugar los pronunciamientos de adhesión en los casos de La Rioja y Catamarca. Los mismos tuvieron lugar algunas semanas después, el 3 y 7 de mayo de 1840 respectivamente. Ambos replicaban las demandas del pronunciamiento originario casi de manera exacta. Sin embargo, en el caso de La Rioja, puede destacarse la justificación que el gobernador Tomás Brizuela exhibe al gobernador tucumano referida a la demora en pronunciarse. Explicaba que:

La Provincia de la Rioja […] habría sido la primera en dar el grito del presente pronunciamiento; pero la situación de estar a la Banguardia, y de que podía ser prematuro para las que hoy tiene el placer de acompañar son poderosos motivos que ponen a cubierto el patriótico celo.71 71 LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 79-80. Algunos días después, en carta dirigida a Felipe Ibarra, Brizuela sostenía que “el Pronunciamiento de La Rioja en vez de ser criminal y desesperado […] es eminentemente nacional y en vez de ser deshonroso era glorioso y heroico”. Carta de Tomás Brizuela a Felipe Ibarra, 3 de junio de 1840, citada en: BAZÁN, Armando. Historia de Catamarca. Buenos Aires: Plus Ultra, 1996. p. 219.

La cita permite pensar que, de las trayectorias que podía recorrer el pronunciamiento para regionalizarse, el componente geográfico era clave. Esto porque del conjunto de Estados Provinciales pronunciados, La Rioja era la provincia que menos distancia mantenía con Buenos Aires. Si bien como señalamos al comienzo de este trabajo, el gobernador Brizuela arrastraba una relación tensa con Rosas por lo menos desde 1837, había decidido esperar la consolidación del pronunciamiento en Tucumán, Salta y Jujuy antes de sumarse y quedar expuesto desde el primer momento. Así, aducía este motivo para explicar la demora en la adhesión72 72 Esta actitud de Brizuela contrasta con la que tomaría unos meses después, cuando fuese designado director de los ejércitos de la Coalición del Norte. .

En cuanto a Catamarca, es interesante focalizar en los efectos políticos del pronunciamiento a nivel local, tal y como destacaba el historiador Manuel Soria a fines del siglo XIX:

Este pronunciamiento abrió en la familia catamarqueña un abismo profundo. A Cubas rodearon los Dulce, los Recalde, los Correa, los Augier, los Mercado, los Bustamante, parte de la extensa familia Navarro, etc.

En la oposición se alistaron en carácter de últra federales los Segura, los Navarro, los Soria, los Molina, los Figueroa, los Balboa, etc. El cura y vicareo foráneo D. Luis Segura, demagogo furioso y decidido apóstol de la federación era el jefe inmediato de los que ya comenzaban a llamarse mas-horqueros.73 73 SORIA, Manuel. Historia de Catamarca. Catamarca: Tipografía de los Andes, 1891. p. 105-106.

El fragmento refuerza algo que ya habíamos observado para el caso de Jujuy. Esto es, que la acción política de pronunciarse tenía un doble efecto para una provincia. Por un lado, en el plano supra-provincial, la alineaba con otras que terminarían conformando una liga político-militar: la Coalición del Norte74 74 Esta unión quedó consolidada con un tratado el 24 de septiembre de 1840 firmado en Tucumán por representantes de las cinco Provincias pronunciadas. La Coalición entró inmediatamente en guerra que involucró varias fases y frentes y finalizó con la derrota de los pronunciados en 1841. . Pero, además, ayudaba a introducir cambios y consolidar posicionamientos políticos en el plano local. Soria explica entonces como las figuras del gobernador Cubas y del cura vicario foráneo Segura fueron los dos polos en torno a los cuales se agruparon las familias destacadas catamarqueñas luego del pronunciamiento.

5. Comentarios finales

En septiembre de 1840 se firmó un tratado entre las Provincias pronunciadas, que consolidaron el Pacto de la Coalición del Norte. Este acuerdo ratificaba las acciones de abril y mayo anteriores. En su artículo 3°, los Estados Provinciales firmantes recuperaban la atribución de hacer la guerra y la paz, negociar empréstitos, celebrar tratados y recibir y enviar agentes75 75 Cf. TRATADOS, convenciones, protocolos, actos y acuerdos internacionales. Buenos Aires: Imprenta y Casa Editorial Juan A. Alsina, 1912. t. 10. . En sí, el Pacto trasvasaba la representación de la magistratura de Relaciones Exteriores de Buenos Aires, a la Liga de Provincias pronunciadas.

Lo descripto hasta ahora nos lleva a reflexionar sobre algunos aspectos de la atribución de las relaciones exteriores. En primer término, por parte de los Estados Provinciales permanece la voluntad de integrarse a una entidad distinta que los aglutine de alguna manera de cara al resto del mundo. En este sentido, las relaciones exteriores se configuran como una de las dimensiones de soberanía iniciales para la materialización de este ente, sea cual fuese su configuración institucional. El caso de las acciones de las Provincias del Norte nos posibilita pensar que existía otro sentido para esta representación externa. El proceso muestra que la Confederación Argentina liderada por Rosas no era incuestionable y que era posible formular otras dimensiones institucionales que atendieran a los rasgos regionales y las propuestas políticas lejanas al rosismo.

Una segunda observación aparece al prestar atención a los actores que corporizaban esta magistratura. Encontramos por un lado figuras formales: gobernadores, ministros de gobierno, integrantes de las Salas de Representantes, líderes militares, etc. Pero sumado a esto, también es notorio el peso de los agentes intermediarios en el apoyo a las medidas de política exterior.

Creemos importante prestar atención a que, si bien lo que se encuentra en disputa es la atribución de relaciones exteriores, en ningún momento las Provincias pronunciadas gestionaron ni redefinieron sus vínculos con otras naciones de la región o el mundo a través de agentes diplomáticos oficiales que asegurasen el reconocimiento externo de la Liga. Esto es algo que Buenos Aires venía realizando se manera frecuente en representación de las Provincias Argentinas, al diseñar y emprender misiones diplomáticas en puntos específicos fuera de la Confederación.

Por último, debe destacarse que los pronunciamientos y documentos oficiales permiten observar una dinámica institucional particular. En el marco las soberanías provinciales, las relaciones exteriores fueron reconocidas como una clave para tramitar la convivencia y coexistencia entre las provincias. Es decir, más allá de la provisionalidad que había quedado establecida con la Ley Fundamental, a comienzos de la década de 1840 se hace tangible un aprendizaje en la implementación de acciones políticas para saldar conflictos interprovinciales.

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  • 1
    Este artículo forma parte de mi tesis de doctorado en curso en la Universidad Nacional de Mar del Plata, bajo la dirección de las Dras. Valentina Ayrolo y Ana Laura Lanteri. A ellas agradezco sus lecturas y comentarios distintas etapas de este trabajo. Agradezco también las valiosas observaciones que realizaron los evaluadores anónimos de este artículo.
  • 4
    Un balance de los desarrollos historiográficos en torno la acción política popular en: FRADKIN, Raúl. Presentación al Dossier: La acción colectiva popular en los siglos XVIII y XIX: modalidades, experiencias, tradiciones. Nuevo Mundo Mundos Nuevos, Paris, 18 jun. 2010. DOI: https://doi.org/10.4000/nuevomundo.59749.
  • 5
    Para Guerra, estos episodios son momentos predilectos en los cuales toman la palabra múltiples actores sociales. De esta manera, se transforman en fuentes que permiten captar los imaginarios, valores y experiencias de sus impulsores, más allá del resultado final de la acción política. Cf. GUERRA, François-Xavier. El pronunciamiento en México: prácticas e imaginarios. Trace: Travaux et Recherches dans les Amérique du Centre, México, DF, n. 37, p. 15, 2000.
  • 6
    BUSQUETS, Julio. Pronunciamientos y golpes de estado en España. Barcelona: Planeta, 1982.
  • 7
    La magnitud numérica de los episodios impulsó al profesor Will Fowler, de la Universidad de Saint Andrews, a realizar un registro sistematizado de los mismos. En dicho estudio, accesible online, los pronunciamientos se encuentran ordenados por fecha, región, participantes y reclamos. Cf. THE PRONUNCIAMIENTO in Independent Mexico: 1821-1876. St. Andrews: University of St. Andrews, 2007-2010. Disponible en: https://arts.st-andrews.ac.uk/pronunciamientos. Acesso en: 30 jun. 2021. Otros trabajos significativos del autor en cuanto a la temática: FOWLER, Will. Independent Mexico: the pronunciamiento in the Age of Santa Anna, 1821-1858. Lincoln: University of Nebraska Press, 2016; idem. Forceful negotiations: the origins of the pronunciamiento in nineteenth-century Mexico. Lincoln: University of Nebraska Press, 2010; idem. El pronunciamiento mexicano del siglo XIX. Estudios de Historia Moderna y Contemporánea de México, México, DF, n. 38, p. 5-34, 2009.
  • 8
    Varias de las cuestiones estudiadas y discutidas tanto por Guerra como por Fowler fueron enunciadas hacia mediados de la década de 1980 por Antonio AnninoANNINO, Antonio. El pacto y la norma: los origenes de la legalidad oligarquica en Mexico. Historias: Revista de la Direccion de Estudios Historicos, Mexico, DF, n. 5, p. 3-31, 1984.. El historiador llevó adelante un estudio detallado del saber político oligárquico mexicano en el siglo XIX a través del análisis de la documentación que resultaba del accionar directo, como actas de congresos y planes de caudillos. De esta manera, buscó atender a las formas concretas de ejercicio de poder por encima del componente ideológico. Annino dejó planteados los rasgos estructurales de un escenario intrincado, en el que se visibilizaron formas de hacer política que diferían de la racionalidad ideológica liberal. Cf. ANNINO, Antonio. El pacto y la norma: los orígenes de la legalidad oligárquica en México. Revista de la Dirección de Estudios Históricos, México, DF, n. 5, p. 3-31, 1984.
  • 9
    FOWLER, Will. El pronunciamiento mexicano… Op. Cit.
  • 10
    Resulta interesante la obra de CARMAGNANI, Marcello (coord.). Federalismos latinoamericanos: México, Brasil, Argentina. México: El Colegio de México, 1993. En especial los capítulos de la primera parte de la obra, denominada “El primer federalismo”.
  • 11
    El año 1831 es importante porque algunas Provincias acordaron sus vínculos a través del Pacto Federal. Esta alianza fue firmada en enero de ese año inicialmente por Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe. Posteriormente tuvo la adhesión del resto de los Estados Provinciales. El acuerdo establecía la creación de una Comisión Representativa con diversas atribuciones, entre las que se destacaba el manejo de las relaciones exteriores, paz y guerra (arts. 15° y 16°). Dicha Comisión funcionó hasta 1832 y sus funciones fueron luego asumidas por el gobierno de la Provincia de Buenos Aires en los hechos y hasta 1852. Cf.: VARELA, Florencio. Tratados de los Estados del Río de la Plata, y Constituciones de las Repúblicas Sudamericanas. Montevideo: Biblioteca del Comercio del Plata, 1847; y CHIARAMONTE, José Carlos. El federalismo argentino en la primera mitad del siglo XIX. In: CARMAGNANI Marcello (coord.). Federalismos latinoamericanos: México, Brasil, Argentina. México: El Colegio de México, 1993. p. 81-132.
  • 12
    Nos referimos específicamente a Tucumán, Jujuy, Salta, Catamarca y La Rioja.
  • 13
    Como señalamos, el gobierno de Buenos Aires liderado por Juan Manuel de Rosas quien portaba el mando de dicha dimensión de soberanía desde 1832, debido a la disolución de la Comisión Representativa establecida por el Pacto Federal de 1831.
  • 14
    La mayor parte de las ciudades que habían sido cabeceras de jurisdicción y contaban con cabildo reasumieron su soberanía y buscaron extenderla al área rural adyacente. De esta forma, se transformaron en repúblicas provinciales. Estas eran: Corrientes, Entre Ríos, Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, Santiago del Estero, Tucumán, Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca y Salta. De esta última se desprendió Jujuy a comienzos de la década de 1830. En varios de estos Estados se redactaron textos constitucionales, mientras que en otros se promulgaron leyes para el desenvolvimiento estatal provincial. Cf. VERDO, Geneviève. ¿Qué territorio para cuál nación? Soberanías territoriales y rivalidades interprovinciales en el Río de la Plata (1820-1840). Nuevo Mundo Mundos Nuevos, Paris, 1 dic. 2019. DOI: https://doi.org/10.4000/nuevomundo.78374.
  • 15
    A los problemas planteados por la desintegración del orden político y la continua necesidad de dar forma a un marco institucional que asegurase la conducción de la política externa, se le sumó el escenario de guerra y militarización permanentes en el transcurso de gran parte del siglo XIX en Hispanoamérica y especialmente en el territorio rioplatense. En el análisis de este fenómeno, resultan cardinales los avances interdisciplinarios de los estudios de guerra, entre los que se destacan los que relacionan los esfuerzos de guerra con la construcción estatal. Tulio Halperin Donghi planteó ejes en este sentido que influyeron en varias generaciones de historiadores hasta el presente. Cf. HALPERIN DONGHI, Tulio. Revolución y guerra. Buenos Aires: Siglo XXI, 1972. Además, cf. a modo de ejemplo: GARAVAGLIA, Juan Carlos; PRO RUIZ, Juan (ed.). Latin American bureaucracy and state building process (1780-1860). Cambridge: Cambridge Scholars Publishing, 2013; y MOREA, Alejandro. Introducción al Dossier I: Guerra y política en el marco de la construcción de las nuevas repúblicas en el espacio rioplatense, primera mitad del siglo XIX. Revista de Estudios Marítimos y Sociales, Funes, n. 8, p. 5-10, 2015. En efecto, es importante destacar la necesidad de pensar y analizar las prácticas de los actores con el fin de realizar una reconstrucción procesual histórica amplia del contexto 1806-1880, considerando que fue la guerra y no la paz el escenario normal de relaciones y conflictos sociopolíticos. Cf. MÍGUEZ, Eduardo. Guerra y orden social en los orígenes de la Nación Argentina, 1810-1880. Anuario IEHS, Tandil, n. 18, p. 17-38, 2003.
  • 16
    Víctor Tau Anzoátegui ha analizado hace algunas décadas las discusiones en torno a la conducción de las relaciones exteriores en el Congreso, indicando la urgencia de reemplazar legalmente a Buenos Aires en el manejo de las relaciones exteriores apenas conformado el cuerpo constituyente nacional. El autor planteó que lo que se impuso en las primeras sesiones fue un criterio mesurado. Este establecía que se evaluaría la conducta que había sostenido previamente el gobierno de Buenos Aires con respecto a los negocios exteriores en cada caso puntual. Cf. TAU ANZOÁTEGUI, Víctor. Formación del Estado Federal Argentino 1820-1852. Buenos Aires: Editorial Perrot, 1996.
  • 17
    Según Juan Vicente Solá, el rol de Buenos Aires en el manejo de las relaciones exteriores estuvo firmemente enraizado en nuestra historia constitucional. Considera además que fue esa institución la que habría creado el esbozo de una autoridad nacional durante el largo periodo anterior a 1853. Cf. SOLÁ, Juan Vicente. El manejo de las relaciones exteriores: la constitución y la política exterior. Buenos Aires: Fundación Editorial de Belgrano, 1997. Víctor Tau Anzoátegui y Eduardo Martiré, por su parte, agregan que el protagonismo de la provincia porteña fue “por gravitación natural” con la dispersión de las funciones nacionales hasta 1824. Desde el punto de vista legal, la Ley fundamental de 1825 dispuso que la atribución fuese manejada por el Poder Ejecutivo provisional que en 1826 se transformó en permanente hasta la renuncia de Rivadavia en 1827, cuando el ejercicio de esta función retornó al gobernador de Buenos Aires. Entre 1831 y 1832 a través de la adhesión al Pacto Federal anteriormente mencionado, las Provincias volvieron a realizar expresas delegaciones en el gobierno porteño comandado por Rosas, quien consideraba este encargo como fundamental para figurar como el cuerpo de República. Cf. TAU ANZOÁTEGUI, Víctor; MARTIRÉ, Eduardo. Manual de historia de las instituciones argentinas. Buenos Aires: Librería Histórica, 2005.
  • 18
    COLAUTTI, Carlos. Proyectos Constitucionales Patrios 1811-1826. Buenos Aires: Ediciones Culturales Argentinas, 1983. p. 83-85, 88.
  • 19
    RAVIGNANI, Emilio. Asambleas constituyentes argentinas 1813-1898. Buenos Aires: Instituto de Investigaciones Históricas, 1939a. p.943.
  • 20
    Ibidem. Entre los motivos que llevaron a la comisión a presentar una propuesta propia, se sostenía que el proyecto de Acosta “incluye artículos más propios de un código administrativo, que de una ley fundamental” es por ello que se había decidido “una nueva redacción del proyecto presentado, suprimiendo en ella aquellos artículos, cuya inserción no ha creído necesaria y reformando también otros que necesitan corrección”. Ibidem, p. 1020.
  • 21
    Ibidem, p. 1021-1022.
  • 22
    La urgencia fue reiterada por los diputados Gorriti y Funes el día 19 de enero, mientras que los diputados Agüero y Frías cuestionaron la premura por tratar este artículo y no seguir el orden que presentaba el proyecto (Ibidem, p. 1022-1023, 1031-1037, 1043).
  • 23
    Nora Souto indicó que el proyecto original de Ley Fundamental consistió en una mixtura de fuentes diversas adoptadas a la situación de las Provincias. Entre estas fuentes destacaban diversos artículos que copiaban viejos artículos de la Confederación Norteamericana (SOUTO, Nora. La forma de unidad en el Río de la Plata. Soberanía y poder constituyente, 1808-1827. 2018. Tesis (Doctorado en Historia) - Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires, 2018).
  • 24
    Nota de Sala de Sesiones del Congreso Nacional al Gobernador de La Rioja (Oficio), 17 de diciembre de 1824. Documentos del Brigadier General Juan Facundo Quiroga (1815-1876). Instituto de Historia Argentina y Americana “Dr. Emilio Ravignani”. Consultado en 3 feb. 2020.
  • 25
    Nora Souto explicó que esta primera sesión del congreso “tuvo lugar el 16 de diciembre de 1824 y contó con la presencia de 21 de los 24 diputados ya instalados en Buenos Aires, de los cuales, ocho pertenecían a esta última; Salta, San Juan, Tucumán, Santiago, Entre Ríos y Mendoza tenían dos representantes; Córdoba, Corrientes, San Luis y Misiones, sólo uno y los de Jujuy, Catamarca, La Rioja y Santa Fe todavía no habían arribado. No obstante, ninguna de las representaciones se hallaba completa, incluso la de Buenos Aires, a quien correspondían nueve representantes en total”. Cf. SOUTO, Nora. Op. Cit., p. 346.
  • 26
    COLAUTTI, Carlos. Op. Cit., p.88. Desde la perspectiva de Colautti, existía consenso en cuanto a lo indispensable que era contar con una autoridad nacional que representase externamente a la República, a fin de que no fuese Buenos Aires la que concluyese los tratados y recibiese a los representantes diplomáticos.
  • 27
    Ley de Presidencia, artículo 7° en: RAVIGNANI, Emilio. Asambleas constituyentes argentinas. Buenos Aires: Peuser, 1939b. t. 2, p. 620.
  • 28
    Además del caso que estudiamos en el presente artículo, encontramos otro episodio de tensión generalizada en el período 1851-1852, en el contexto retiro de la atribución de relaciones exteriores por parte del Gobernador de Entre Ríos Justo José de Urquiza. Esta acción replicada poco después por la Provincia de Corrientes derivó en la batalla de Caseros el 3 de febrero de 1852, significó el final del gobierno de Rosas. Sumado a esto, se pueden destacar otros casos puntuales. Por ejemplo, el de Mendoza en la década de 1830, observado en el trabajo de Hernán Bransboin. El autor explicó que los factores geográfico y político contribuyeron a que esa provincia tuviese una posición de relativa autonomía frente a Buenos Aires en materia de política exterior. Esta actitud la llevó incluso a firmar un tratado comercial con Chile en 1835. Este acuerdo se sostuvo durante varios años, sin que ello implique un algún cuestionamiento por parte de Juan Manuel de Rosas. Cf. BRANSBOIN, Hernán. Mendoza federal: entre la autonomía provincial y el poder de Juan Manuel de Rosas. Buenos Aires: Prometeo, 2014, especialmente el capítulo 6: “Mendoza y su relación con Chile”, p. 163-196.
  • 29
    Como señalamos, el Pacto Federal de 1831 fue el fundamento de la unión confederativa de Provincias Argentinas hasta 1852. Si bien ese documento se concebía como provisorio, terminó siendo el instrumento legal que organizó la dinámica interprovincial hasta ese año. Además, permitió al gobernador de Buenos Aires llevar adelante las relaciones exteriores de esos Estados a partir de 1832 y aumentar la influencia por sobre los gobiernos provinciales. Cf. CHIARAMONTE, José Carlos. Op. Cit. El resultado fue la conformación de un espacio transicional sobre el que Buenos Aires ejerció el mando de los asuntos de paz, guerra y relaciones exteriores, pero sobre el cual las Provincias irán reafirmando su voluntad de integrarse a una estructura política supra-provincial.
  • 30
    Entendemos que este bloqueo fue ejercido sobre Buenos Aires por su rol de encargada de las relaciones exteriores de la Confederación de Provincias. Es decir: si bien la acción se impulsaba sobre la ciudad porteña, Francia pretendía afectar al cúmulo de Estados Provinciales. Eso se evidencia por ejemplo en palabras del jefe de la escuadra francesa en el Río de la Plata Luis Leblanc, quien declaraba que el bloqueo se realizaba tanto sobre “el puerto de Buenos Aires como el litoral del Río de la Plata perteneciente a la Confederación Argentina.” Citado en: SELSER, Gregorio. Cronología de las intervenciones extranjeras en América Latina: tomo 1: 1776-1848. México, DF: Unam, 1994. p. 273.
  • 31
    Una síntesis de la política exterior de la monarquía de Julio en: PUENTES, Gabriel. La intervención francesa en el Río de la Plata. Buenos Aires: Theoría, 1958.
  • 32
    Hemos analizado la primera parte del proceso, así como algunas de estas gestiones en: KLOSTER, Mariano. Reflexiones sobre la actividad diplomática de la Confederación de Provincias Argentinas. El caso del Bloqueo Francés (1838-1840). Nuevo Mundo Mundos Nuevos, Paris, 11 dic. 2019. DOI: https://doi.org/10.4000/nuevomundo.78434. Para un abordaje general del conflicto, cf. PUENTES, Gabriel. Op. Cit.
  • 33
    Para un abordaje de las políticas implementadas por Santa Cruz, cf. ALJOVÍN DE LOSADA, Cristóbal. La Confederación Perú Boliviana 1836-1839: política interna o externa. Investigaciones Sociales, Lima, n. 8, p. 65-79, 2001.
  • 34
    El Protectorado del Norte se conformó en 1836 con el liderazgo de Alejandro Heredia sobre las provincias de Tucumán, Salta, Jujuy y Catamarca. De acuerdo con Gabriela Tío Vallejo, se configuró como un espacio supra provincial de alianzas que le permitió al líder tucumano asegurar el dominio militar y la estabilidad política sobre el territorio. Cf. TÍO VALLEJO, Gabriela. Campañas y fusiles, una historia política de Tucumán en la primera mitad del siglo XIX. In: TÍO VALLEJO, Gabriela (comp.). La república extraordinaria: Tucumán en la primera mitad del siglo XIX. Rosario: Prohistoria, 2011. p. 21-77. También cf. MACÍAS, Flavia. Armas y política en la Argentina, Tucumán, siglo XIX. Madrid: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2014 (especialmente capítulo 1); y PAVONI, Norma. El noroeste argentino en la época de Alejandro Heredia. San Miguel de Tucumán: Ediciones Fundación Banco Comercial del Norte, 1981. La declaración de guerra cobra relevancia porque el gobernador había asumido su segundo mandato en 1835 promoviendo el afianzamiento del orden, la estabilidad y la paz.
  • 35
    ROSAS, Juan Manuel; ARANA, Felipe. Manifiesto de las razones que legitiman la declaración de guerra contra el gobierno del general Don Andrés Santa Cruz titulado presidente de la Confederación Perú-Boliviana. Buenos Aires: Imprenta del Estado, 1837.
  • 36
    El historiador Emmanuel Parrado demostró recientemente que el aumento del presupuesto del gobierno tucumano en los años de la guerra dependió de manera decisiva de los aportes derivados desde Buenos Aires. El autor indica, entre otros datos, que la cifra de metálico remitida entre 1837 y 1838 fue de $54.000 reales. Cf. PARRADO, Emmanuel. Rosismo y antirrosismo en el Interior: Tucumán en tiempos de la Confederación Argentina: guerra, actores, prácticas y lenguajes, 1832-1841. Tesis (Doctorado en Historia) - Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, Tandil, 2018, especialmente capítulo 3.
  • 37
    Es claro que ambos mantenían diferentes criterios en cuanto a la estrategia bélica y momento de entrada al conflicto. Mientras que el primero anhelaba una acción inmediata apoyándose en la resistencia que había en el territorio boliviano a Santa Cruz, el gobernador de Buenos Aires buscaba implementar una estrategia de desgaste y preparación permanente y recién definió la entrada en el conflicto una vez que Chile le declaró la guerra a la Confederación Perú-boliviana, en 1836. E incluso una vez declarada la guerra, Rosas adujo desconocimiento del territorio en el que debe operarse, por lo que atribuyó a Heredia facultades militares en su carácter de Protector de las Provincias de Salta, Jujuy, Catamarca y Tucumán para llevar adelante la contienda. Norma Pavoni indicó de esta forma que el titular de las relaciones exteriores intentó no asumir compromisos oficiales, especulando con el curso que podía tomar el conflicto entre Chile y la Confederación Peruano Boliviana, los dos actores principales de la contienda. Cf. PAVONI, Norma. Op. Cit.
  • 38
    Los ministros de Piedrabuena, conocidos como “doctorcitos”, fueron Brígido Silva, Salustiano Zavalía y Marco Avellaneda. Un abordaje del trienio liberal en: TÍO VALLEJO, Gabriela. Op. Cit.
  • 39
    Cf. MACÍAS, Flavia. Op. Cit.
  • 40
    ROSA, José María. Unitarios y Federales (1826-1841). Buenos Aires: Editorial Oriente, 1972, p. 364-365.
  • 41
    Carta de Salustiano Zavalía a Manuel Solá, 26 de enero de 1839, citada en: ROSA, José María. Op. Cit., p. 365.
  • 42
    Ibidem.
  • 43
    Carta de Salustiano Zavalía a Felipe Ibarra, 27 de enero de 1839, citada : ROSA, José María. Loc. Cit.
  • 44
    Los trabajos de José Carlos Chiaramonte se configuran como centrales para comprender la naturaleza de los Estados Provinciales autónomos entre 1820 y 1852. Cf. AYROLO, Valentina; VERDÓ, Geneviève. Dossier: las provincias antes de la Nación en la Argentina: entre la soberanía, la autonomía y la independencia. Dossiers, Buenos Aires, 2016. Disponible en: https://bit.ly/35Y2gjR. Acceso en: 29 jun. 2021.
  • 45
    Juan Bautista Alberdi a B. Silva, S. Zavalía, M. Avellaneda. Montevideo, 28 de febrero de 1839. Citado en: QUESADA, Ernesto. La Guerra Civil de 1841 y la tragedia de Acha. Revista de la Universidad Nacional de Córdoba, Córdoba, ano 3, n. 9, p. 4-101, 1916. p. 12-13.
  • 46
    Tal y como muestran los trabajos de Gabriela Tío Vallejo, la Provincia Tucumana contaba con un extenso recorrido de pronunciamientos militares que se remontaban a la década de 1820, con distinto grado de magnitud y éxito. Es decir, la dinámica política provincial era familiar a este tipo de acción y la había incorporado como mecanismo habitual, tanto de resolución de crisis políticas y como de sustitución de autoridades. Cf. TÍO VALLEJO, Gabriela. Antiguo régimen y liberalismo: Tucumán, 1770-1830. Tucumán: Editorial Universidad Nacional de Tucumán, 2001. En especial el capítulo cuatro, “Papel y grillos. La construcción del estado provincial”, p. 279-357.
  • 47
    ROSA, José María. Op. Cit., p. 462.
  • 48
    LIZONDO BORDA, Manuel. Documentos argentinos: Tucumán y la Liga del Norte. Tucumán: Junta Conservadora del Archivo Histórico de Tucumán, 1939, p. 54-56. v. 1.
  • 49
    Este fragmento se asemeja a lo observado por François Xavier Guerra para los casos mexicanos: “Su contenido se presenta como una iniciativa, como la reacción a una situación intolerable. El lenguaje se mueve en un registro dramático, lleno de superlativos para designar la opresión, los abusos los peligros […] La iniciativa […] se legitima también por una responsabilidad particular hacia la nación”. Cf. GUERRA, François-Xavier. Op. Cit., p. 17.
  • 50
    Flavia Macías explicó que “la milicia cívica se presentó en la plaza pública como expresión del pueblo en armas que, en un acto de tipo plebiscitario, respaldó la decisión de la Sala”. La historiadora describió en detalle la dimensión militar del episodio, el cual considera un elemento central. Cf. MACÍAS, Flavia. Op. Cit., p. 66 et seq.; y Idem. Reflexiones en torno a la guerra: Tucumán y el Norte argentino en el siglo XIX. Investigaciones y Ensayos, Buenos Aires, n. 67, p. 55-80, 2019.
  • 51
    Fowler destacó la imbricación del cuerpo militar en diversos ámbitos de la sociedad mexicana del siglo XIX. Como vemos, el fenómeno es semejante en el caso tucumano. Cf. FOWLER, Will. El pronunciamiento mexicano… Op. Cit., p. 16.
  • 52
    LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 56.
  • 53
    Flavia Macías indicó que el pronunciamiento de la ciudad de Tucumán operó, en conjunto con la milicia cívica, como una instancia amplia de participación, revitalizando un discurso cívico y republicano: debían defenderse las instituciones, las leyes y los pactos preexistentes. Cf. MACÍAS, Flavia. Armas y política… Op. Cit., p. 67.
  • 54
    Manuel Lizondo Borda propuso que los pronunciamientos le quitaron la representación externa a Rosas, pero no buscaban desvincularse de manera permanente del resto de las Provincias, sino reestablecer la Comisión Representativa que había creado el Pacto Federal de 1831. Sin embargo, esto contrasta con la visión de Emmanuel Parrado, quien considera que los pronunciamientos y la posterior conformación de la Coalición del Norte sostuvieron una propuesta político-retórica e institucional nueva, que proyectaba un orden nacional distinto al de Buenos Aires. Cf. LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., y PARRADO, Emmanuel. Op. Cit.
  • 55
    LAMADRID, Gregorio. Memorias, II, pp. 110-112, citado en: PAZ, Gustavo. Las guerras civiles. Buenos aires: Eudeba, 2007. p. 221-225.
  • 56
    Esta acción se puede pensar en sentido análogo a lo que observa Guerra para México. Cf. GUERRA, François-Xavier. Op. Cit., p. 20.
  • 57
    Ana Wilde ha estudiado en detalle los rituales en torno al pronunciamiento tucumano. La autora postula que la portación de divisas celestes por parte de los pronunciados corroboraba el repudio a Rosas. Además, el manifiesto del 7 de abril mostraba una tónica cívica y republicana distinta a la rosista, ya que los actores que impulsaban el pronunciamiento eran conscientes de que estos aspectos litúrgicos conformaban una importante herramienta de legitimación. Cf. WILDE, Ana. Representaciones de la política posrevolucionaria: un acercamiento a la liturgia republicana (1810-1853). In: TÍO VALLEJO, Gabriela (comp.). La república extraordinaria: Tucumán en la primera mitad del siglo XIX. Rosario: Prohistoria, 2011. p. 79-144.
  • 58
    LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 56.
  • 59
    LAMADRID, Gregorio. Memorias, II, pp. 110-112, citado en: PAZ, Gustavo. Op. Cit., p. 221-225.
  • 60
    Establecemos esta afirmación en línea con lo expuesto por Flavia Macías quien sostiene que “una vez institucionalizado el pronunciamiento, Piedrabuena envió comisionados para persuadir a los gobernadores del norte y así proyectar dicha decisión a escala regional”. Cf. MACÍAS, Flavia. Reflexiones en torno a la guerra…. Op. Cit., p. 69.
  • 61
    LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 57-58.
  • 62
    Para un análisis pormenorizado de la dinámica política jujeña en la década de 1830, cf. MEDINA, Federico. Escenarios del poder local. La dirigencia política de Jujuy. Entre la autonomía provincial y la organización nacional (1835-1862). Tesis doctoral, (pp. 440) Defendida en la Universidad Nacional de Córdoba, Córdoba (Arg.) Marzo 2021.
  • 63
    Lo descripto se asemeja a lo señalado por Fowler para México: “Muchos pronunciamientos civiles de adhesión, después de cortar y pegar las demandas del pronunciamiento original, añadían sus propias demandas, en muchos casos de índole estrictamente local. resultaba entonces que el pronunciamiento de adhesión reactivo pasaba a ser un pronunciamiento proactivo en su propio derecho”. Cf. FOWLER, Will. El pronunciamiento… Op. Cit., p. 24.
  • 64
    LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 72-73.
  • 65
    Ibidem, p. 62-67.
  • 66
    GUERRA, François-Xavier. Op. Cit., p. 18.
  • 67
    Francisco Ávila al Gobernador Provisorio de Jujuy Alvarado, 5 de mayo de 1840, en: LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 72-73. También había afirmaciones del estilo en el caso de algunos departamentos salteños, donde se sostenía que “se publicó en los lugares de estilo la enunciada Ley y proclama” y que las notas “fueron publicadas con la solemnidad que ellas merecen”. Cf. notas de Bonifacio Ruiz de los Llanos al Ministro de Gobierno Bernabé López, 22 de abril de 1840 y de Juan Francisco Zamudio al Ministro de Gobierno Bernabé López, 25 de abril de 1840, respectivamente, en: LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 64-67.
  • 68
    SOLÁ, Manuel. La Liga del Norte contra Rosas (1839-1840). Salta: Imprenta y papelera “El Comercio”, 1898.
  • 69
    “Manifiesto de la Representación general de Salta justificando su conducta ante la opinión pública en su pronunciamiento del 13 de abril último” en: PAZ, Gustavo. Op. Cit., p. 225-230.
  • 70
    Bonifacio Ruiz de los Llanos al Ministro de Gobierno Bernabé López, 22 de abril de 1840 en: LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 64-65.
  • 71
    LIZONDO BORDA, Manuel. Op. Cit., p. 79-80. Algunos días después, en carta dirigida a Felipe Ibarra, Brizuela sostenía que “el Pronunciamiento de La Rioja en vez de ser criminal y desesperado […] es eminentemente nacional y en vez de ser deshonroso era glorioso y heroico”. Carta de Tomás Brizuela a Felipe Ibarra, 3 de junio de 1840, citada en: BAZÁN, Armando. Historia de Catamarca. Buenos Aires: Plus Ultra, 1996. p. 219.
  • 72
    Esta actitud de Brizuela contrasta con la que tomaría unos meses después, cuando fuese designado director de los ejércitos de la Coalición del Norte.
  • 73
    SORIA, Manuel. Historia de Catamarca. Catamarca: Tipografía de los Andes, 1891. p. 105-106.
  • 74
    Esta unión quedó consolidada con un tratado el 24 de septiembre de 1840 firmado en Tucumán por representantes de las cinco Provincias pronunciadas. La Coalición entró inmediatamente en guerra que involucró varias fases y frentes y finalizó con la derrota de los pronunciados en 1841.
  • 75
    Cf. TRATADOS, convenciones, protocolos, actos y acuerdos internacionales. Buenos Aires: Imprenta y Casa Editorial Juan A. Alsina, 1912. t. 10.
  • 3
    Profesor y Licenciado en Historia por la FH-UNMDP. Becario doctoral por el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) en el Centro de Estudios Históricos de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Mar del Plata (CEHis). Docente de los Departamentos de Ciencia Política e Historia en la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional de Mar del Plata. E-mail: mariano.kloster@gmail.com.

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    23 Ago 2021
  • Fecha del número
    2021

Histórico

  • Recibido
    18 Feb 2021
  • Acepto
    19 Mayo 2021
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