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FIRMAR PARA CONSOLIDAR: LOS TRATADOS DE COMERCIO DURANTE LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO NACIONAL ARGENTINO, 1852-18851 1 Agradecimientos. Investigación financiada por el PICT 2020- SERIEA-02205 del Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica de Argentina y el PDI2022-138431-ND-100 del Ministerio de Ciencia e Innovación de España. La autora agradece a los integrantes del Área de Estudios Internacionales de la Universidad Nacional de San Martín, así como a Thomas Duve, Mariano Kloster, Eduardo Míguez y a tres árbitros anónimos por los comentarios y las sugerencias recibidos, y asume entera responsabilidad por las ideas vertidas en el artículo. Asimismo, destaca la labor de Valentina Ayrolo como editora.

SIGN TO CONSOLIDATE: TRADE TREATIES DURING THE ARGENTINE NATIONAL STATE BUILDING, 1852-1885

Resumen

En esta investigación proponemos que, además de procurar la diversificación de los vínculos económicos, los acuerdos de comercio que firmó Argentina desde mediados del siglo XIX buscaron reafirmar su soberanía e independencia, establecer reglas claras acerca de la ciudadanía, los límites territoriales y la navegación, y respaldar un esquema internacional que teóricamente aseguraba la paz mediante los lazos mercantiles. En este sentido, consideramos que, por un lado, los tratados fueron rubricados para consolidar no solo el orden interno, sino también un lugar en el sistema internacional. Por otro lado, planteamos que su implementación dependió tanto de circunstancias ligadas estrictamente al intercambio como de cuestiones extraeconómicas sujetas al proceso de construcción nacional. Las fuentes principales estudiadas son los tratados, convenciones y protocolos comerciales, así como las Memorias del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto argentino.

Palabras clave:
Argentina; acuerdos comerciales; Estado nación; soberanía; casos

Abstract

In this research, we propose that, apart from the diversification of economic relations, trade agreements that Argentina signed since the mid-nineteenth century sought to reaffirm its sovereignty and independence, establish clear rules about citizenship, territorial limits, and navigation, and support an international scheme that theoretically ensured peace through commerce. In this sense, we consider that, on the one hand, they were endorsed to consolidate not only the internal order but also a place in the international system. On the other hand, we argue that their implementation depended both on circumstances strictly linked to trade and on extra-economic issues related to the process of national state building. The main sources studied are the treaties, conventions and commercial protocols, as well as the Annual Reports issued by the Argentine Ministry of Foreign Affairs and Worship.

Keywords:
Argentina; trade agreements; national state; sovereignty; cases

1. Introducción

Existe cierto consenso acerca de que durante el siglo XIX los acuerdos internacionales no solo generaron un tejido normativo que, con un alto grado de estandarización, terminaron configurando distintas instituciones de derecho comercial mundial, sino que también marcaron un momento particular en la historia de los estados europeos y latinoamericanos y en el sistema atlántico4 4 Duve, 2007a. . Desde esta perspectiva, además de ser un elemento de política comercial, la firma de tratados es un acto estrechamente ligado al ejercicio de la soberanía y, por lo tanto, fue relevante en la etapa de formación y construcción del Estado nación argentino que aquí abordamos. Durante aquel proceso, los tratados comerciales constituyeron algunos de los instrumentos jurídicos en los que se comprometió internacionalmente el país, ya que otros temas, como el reconocimiento de la independencia, el mantenimiento de la paz, la delimitación de las fronteras, el arbitraje como medio de resolución de disputas, la extradición, la indemnización a súbditos de otros países y la identificación de deudas, amortizaciones y pagos, implicaron también la rúbrica de convenciones, convenios, protocolos, etc.

La literatura dedicada al análisis de las relaciones internacionales, la política exterior o la diplomacia en perspectiva histórica ha reconocido que los tratados de comercio fueron elementos característicos de la manera en que Argentina se integró al sistema internacional5 5 Existe una extensa bibliografía sobre el asunto. En términos generales, cf. Cisneros; Escudé, 2000; Paradiso, 1993; Satas, 1987. durante la llamada Primera Globalización (c. 1850-1914)6 6 Desde fines del siglo pasado, la llamada nueva historia económica ha denominado Primera Globalización a la etapa circunscripta entre mediados del siglo XIX y el estallido de la Primera Guerra Mundial, caracterizada por la mayor integración de los mercados mundiales de materias primas y de bienes manufacturados, así como por el creciente intercambio entre regiones geográficamente distantes y la alta movilidad de capitales y mano de obra, gracias a la caída en los costos de comercio, en especial de transporte, y el patrón oro. Para más referencias, cf. (entre otros) O’Rourke; Williamson, 2007; Jacks; Meissner; Novy, 2010. . Ello no escapó a las tendencias en otros países occidentales que suscribieron crecientemente acuerdos a partir de la segunda mitad del siglo XIX7 7 Bairoch, 1993; Accominotti; Flandreau, 2008. . No obstante, por la propia naturaleza bilateral, así como por tratarse de hechos concretos y fácilmente fechables, suelen ser referidos fácticamente o a la luz de vínculos con ciertos socios y, en consecuencia, escasean estudios sistemáticos que puedan establecer comparaciones o generalizaciones e identificar particularidades o ciclos, u observarlos desde un prisma multilateral. En este vacío encuentra un lugar la investigación que aquí presentamos.

Nos hemos propuesto estudiar todos los acuerdos comerciales desde la separación de la Confederación Argentina de la provincia -devenida en estado- de Buenos Aires hasta 1885, cuando se firmaron los últimos instrumentos jurídicos antes del aluvión proteccionista que, si bien presente antes, recrudeció especialmente durante la última década del siglo XIX. Al revisitarlos, notamos que varios motivos estuvieron detrás de su firma. El más obvio, por consiguiente, el más referido en la historiografía, fue el de diversificar y/o potenciar vínculos económicos. Ello se explica, por un lado, por la necesidad de colocar los productos, especialmente ganaderos, que tenían posibilidades en los mercados externos -inicialmente cueros, tasajos y sebos, pero crecientemente lanas y ganado en pie, entre otros-8 8 El sector exportador en el periodo estudiado fue abordado en detalle, entre otros, por Sabato, 1987; Amaral, 1998; Rosal; Schmit, 1999; Rayes, 2015. , así como por la necesidad de comprar afuera mayormente bienes de consumo, aunque también materias primas y bienes intermedios o de capital. Y, por otro lado, por la alta dependencia fiscal de los gravámenes al comercio exterior9 9 Halperín Donghi, 1982; Bulmer Thomas, 2010. .

Sin embargo, en este artículo nos concentramos en otras intenciones, menos tangibles, que también formaron parte del entramado de acuerdos, como la reafirmación de la soberanía e independencia del país, el establecimiento de reglas y el respaldo a un esquema internacional que teóricamente aseguraba la paz mediante los lazos mercantiles, lo que explica, de alguna forma, que la mayoría de los tratados se rubricasen como “de amistad, comercio y navegación”. En efecto, consideramos que este tipo de pactos fue sellado para consolidar no solo el orden interno, sino también un lugar en el externo.

En esta investigación proponemos que, al menos desde la perspectiva argentina, las negociaciones, la firma y el acto más vinculante de ratificación de los tratados comerciales dependieron no solo de la conformidad de las partes acerca de asuntos ligados estrictamente al intercambio, como las discordancias en reglamentaciones sobre comercio terrestre o el alcance de la cláusula de nación más favorecida (en adelante NMF), sino también de coyunturas y circunstancias extra-económicas sujetas al propio proceso de construcción nacional, como los avances y retrocesos en la integración de las provincias a un proyecto centralizador, los conflictos territoriales con países limítrofes o el reaseguro de la independencia y el reconocimiento de la soberanía por parte de otros estados.

Las fuentes principales que usamos para desarrollar nuestra investigación son los tratados, convenciones y protocolos comerciales10 10 La documentación original y transcripta de todos los tratados, protocolos y convenciones referidos en este trabajo se encuentra disponible en la Biblioteca Digital de Tratados dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto argentino, consultada en el siguiente enlace: https://tratados.cancilleria.gob.ar/. , así como las Memorias que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (en adelante MREC) presentaba anualmente ante el Congreso nacional. En la siguiente sección, abordamos la etapa previa a la unificación del Estado nacional, centrando el análisis particularmente en los años de separación de la Confederación Argentina y Buenos Aires, a fin de establecer continuidades y rupturas. Luego, analizamos la firma de acuerdos comerciales a partir de la unión entre ambas unidades administrativas hasta mediados de la década de 1880.

2. Los acuerdos de comercio en la etapa previa a la unificación del Estado

Los acuerdos de comercio, rubricados en la época como “de comercio, amistad y navegación”, comenzaron a firmarse antes de la integración territorial y de la constitución del Estado nacional argentino. En este sentido, el primer tratado fue el que las Provincias Unidas del Río de la Plata suscribieron con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda en 182511 11 Acuerdo de Amistad, Comercio y Navegación entre las Provincias Unidas del Río de La Plata y Su Majestad británica, Buenos Aires, 2 de febrero de 1825. , trasluciendo no solo las gestiones que el gobierno de Buenos Aires llevaba adelante desde la década de 1810 para ganar credibilidad y aceptación internacional, sino también el contexto internacional favorable al liberalismo, el afianzamiento de los intereses comerciales británicos en Sudamérica12 12 Los tratados de amistad, comercio y navegación fueron un mecanismo usado por los británicos en Latinoamérica desde la segunda década del siglo XIX para expandir sus redes mercantiles en la región, incluso ignorando pragmáticamente el principio de soberanía monárquica. Cf. Carmagnani, 2004. y la simpatía de la opinión pública inglesa hacia las nacientes repúblicas en el decenio de 182013 13 Gallo, 2001. . Significativo para la parte latinoamericana, por cuanto consolidó la independencia de las provincias rioplatenses -ya reconocidas diplomáticamente por Portugal (1821) y Estados Unidos (1822)- fue incluso más esperanzador que la propia Doctrina Monroe que aseguraba el apoyo del país del norte ante la probable injerencia externa en asuntos de la región14 14 Idem, 2010. . También fue relevante para el costado europeo toda vez que protegió los intereses privados de sus ciudadanos15 15 Schlez, 2021. y manifestó su intención de rechazar la reconquista española. El instrumento abrazó el libre comercio y la navegación en los ríos y puertos abiertos al intercambio. Además, impulsó la cláusula de NMF sin restricciones mayores que beneficios mutuos en caso de que alguna de las partes negociara mejores condiciones con terceros. A este respecto cabe señalar dos cuestiones. Por un lado, esta fue la primera vez que se incorporó un principio que, según nuestra propia base de datos, constó en casi todos los 31 acuerdos de comercio firmados hasta un siglo después. Por el otro, su temprana incorporación, como en el resto de América Latina, propone una historia de integración a los mercados internacionales con contrastes en relación a la de los estados europeos, donde se ha sabido que la cláusula de NMF se expandió mayormente luego del conocido y, todavía revisitado, pacto Cobden-Chevalier 186016 16 El tratado que Inglaterra y Francia rubricaron en 1860 ha sido considerado un parteaguas en la historia económica occidental, por cuanto se ha supuesto que originó un periodo de liberalización comercial inédito hasta entonces. No obstante, la literatura especializada ha debatido acerca de los efectos potenciadores o debilitadores que el acuerdo tuvo en el intercambio internacional, así como en la periodización de los ciclos de apertura mercantil y en la existencia de otros factores explicativos de la mayor integración de las economías. Para más detalles, véanse las obras citadas en la nota número 5, así como: Tena-Junguito; Lampe; Tamega Fernandes, 2012. .

Por diversas vicisitudes, aquel acuerdo con Reino Unido fue el primero y el único que se ejecutó en materia comercial por varias décadas, puesto que otros proyectos fracasaron. Uno de ellos fue el tratado que se firmó con Chile en 182617 17 Tratado de Amistad, Alianza, Comercio y Navegación entre la República de las Provincias Unidas del Río de la Plata y Chile, Santiago de Chile, 20 de noviembre de 1826. , no ratificado por este último país con el pretexto de que era perjudicial la guerra entre las Provincias Unidas del Río de la Plata y Brasil por la Banda Oriental18 18 Pillado, 1915. . La iniciativa, que finalmente quedó trunca, no solo abordaba la cláusula de NMF; también aseguraba el libre intercambio terrestre siempre que los bienes fueran producidos por las partes involucradas. En este sentido, fue un antecedente de negociaciones que se replicaron en el futuro por las que el comercio por tierra con estados vecinos gozaba de condiciones preferenciales. Como tal, resulta un ejemplo interesante en dos sentidos. Primero, para graficar el interés temprano en desarrollar vínculos materiales con las unidades políticas limítrofes, a menudo asociadas fundamentalmente al conflicto por la literatura que estudia las relaciones externas. Segundo, para ilustrar que si el tratado no prosperó no se debió a desacuerdos en términos comerciales, sino al contexto de beligerancia imperante en el Cono Sur.

La fragmentación territorial, la existencia de distintas orientaciones productivas y mercantiles, el manejo de las relaciones externas del resto de las provincias por parte de Buenos Aires desde el Pacto Federal de 1831, cuyos objetivos no siempre coincidieron con los de los otros distritos, conflictos con otros estados e inestabilidad política19 19 Schmit, 2011. , entre otras cuestiones, imposibilitaron la concreción de nuevos tratados de comercio durante los decenios de 1830 y 1840. No obstante, no debemos omitir el prematuro interés en organizar la diplomacia20 20 En 1826 se discutió la Ley Diplomática que organizaba el servicio exterior. Aunque faltan estudios concretos, sabemos que entre 1824 y 1853 se ejecutaron más de treinta misiones al extranjero. Cf. Kloster, en prensa. ni los intentos de celebrar acuerdos que no prosperaron21 21 Alvarez, 1912. (por ejemplo, entre Mendoza y Chile)22 22 Tras concesiones recíprocas que tuvieron corta vida en las décadas de 1810 y 1820, en 1835 Mendoza y Chile firmaron un tratado para afianzar y ampliar los vínculos mercantiles. Prorrogado en 1838, fue anulado unilateralmente por el gobierno chileno por razones arancelarias y por la violación de derechos de sus ciudadanos en suelo mendocino. Cf. Bransboin, 2014. , así como las concesiones específicas que se hicieron a determinados gobiernos (por ejemplo, para favorecer el ingreso del ganado procedente de Salta en Bolivia) o los instrumentos efectivamente firmados (como el de la provincia de Corrientes con Paraguay en 1841).

A priori, y considerando la “larga espera” -por la que las independencias en América Latina significaron la ruptura del sistema colonial y el posterior desorden o demora en el surgimiento de un nuevo orden debido a la gravitación del poder militar, el recrudecimiento de la violencia, la inestabilidad política y la falta de dinamismo económico-, nuestro caso cuadra bien23 23 Halperín Donghi, 2005. . Es decir, la ausencia de acuerdos de comercio hasta comienzos del decenio de 1850 y su proliferación a partir de entonces parece explicarse por las razones antes expuestas. Sin embargo, al revisar una base de datos global sobre acuerdos comerciales24 24 Pahre, 2008. , identificamos que la región rioplatense se distanció de otros países latinoamericanos que también atravesaron años convulsos, en especial Perú y México25 25 Los tratados de comercio han sido considerados los componentes centrales de las relaciones diplomáticas mexicanas. Cf. Kuntz Ficker, 2010. , dado que entre mediados de la década de 1820 y la de 1850, participaron en al menos 110 instrumentos jurídicos vinculados al intercambio internacional. A su vez, los casos arquetípicos de estabilidad institucional, Chile y Brasil, tendieron a firmar más instrumentos que la región rioplatense, pero mucho menos que los gobiernos mexicano y peruano26 26 Los casos de Chile y Brasil, considerados como excepciones al fenómeno de “larga espera” por su temprana estabilización política e institucional (Cf. Collier, 1991; Fausto, 2003), sumaron poco más de una veintena de instrumentos relacionados al comercio internacional en el periodo mencionado. . Esto nos conduce a pensar que no existe una correlación exacta entre equilibrio político y tratados. Revisemos entonces qué aconteció en nuestro caso de interés a partir de mediados del siglo XIX.

Aunque las prácticas centralistas del gobernador bonaerense Juan Manuel de Rosas, quien manejó las relaciones exteriores de las provincias hasta su caída en 1852, fueron generando el hábito de un poder nacional, el mismo careció de sustento institucional27 27 Míguez, 2021. . Hasta 1853 existieron catorce provincias-estados cuasi independientes que, por medio de pactos, habían establecido su voluntad de conformar una Confederación28 28 Chiaramonte, 1993. . Con la separación de Buenos Aires -llamada estado desde 1854- del resto de las provincias, hubo dos proyectos enfrentados por los que ninguna de las partes aceptaba renunciar al rol de articuladora del destino de la nación. Por el acuerdo de San Nicolás de 1852, no ratificado por Buenos Aires, las trece provincias habían dispuesto la libre navegación de los ríos29 29 Cabe aclarar que Buenos Aires no solo no se opuso a la libre navegación, sino que, incluso, otorgó facilidades portuarias a las mercancías en tránsito a otras provincias. , medida crucial para su comercio exterior por cuanto hasta entonces el puerto bonaerense era la única entrada legal para las importaciones. Además, concertaron la eliminación de trabas comerciales y, en uso de la recuperada facultad de manejo de las relaciones exteriores, firmaron distintos acuerdos. Veremos, a continuación, que todos involucraron otros temas, además del intercambio, relacionados al proceso de organización política interna, así como a la constitución de reglas a fin de participar activamente del orden internacional.

El tratado con Paraguay, rubricado en 185230 30 Tratado de Navegación y Límites entre la Confederación Argentina y la República de Paraguay, Asunción, 15 de julio de 1852. , fue el primero ratificado que abordó explícitamente los límites terrestres y fluviales, acordando la posesión definitiva de las islas de Apipé y Yaciretá. Adicionalmente, se convino la libre navegación de los ríos, salvo que se detectaran actos de contrabando. Es decir, primó el espíritu de no imponer barreras al intercambio; sin embargo, las autoridades reconocieron la problemática de operaciones clandestinas que, asumimos, conspiraban contra la imagen de control sobre el territorio y, lo que tal vez fue más relevante aún, la necesaria recaudación en ambos estados.

El acuerdo con Portugal, celebrado también en 185231 31 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y Su Majestad Fidelísima la Reina de Portugal, Buenos Aires, 9 de agosto de 1852. , introdujo novedades. Aquí jugó un rol explícito la soberanía tanto por el tratado que se estaba firmando en el presente como en retrospectiva. Partiendo de que la Corona portuguesa había sido la primera en reconocer la independencia, se indicó que se respetaría la cláusula de NMF, precisándose adicionalmente que el comercio de cabotaje quedaba reservado a los buques nacionales. Como a los navíos de la Confederación Argentina se les permitía arribar y comerciar con los dominios portugueses de ultramar, a cambio, los vinos, licores y otros productos agrícolas de Portugal o de sus dominios tendrían los mismos impuestos y valoraciones oficiales que los españoles. En este punto, el acuerdo fue singular, ya que este tipo de especificaciones no fue la regla sino la excepción.

En julio de 1853, la Confederación Argentina firmó acuerdos específicos con Estados Unidos, Francia y Gran Bretaña, que regulaban la libre navegación de los ríos Paraná y Uruguay a fin de consolidar su política comercial y contrarrestar el poder de (la rebelde y secesionista) Buenos Aires32 32 Cavalieri, 2007. . Todos los tratados replicaron el mismo contenido. Se establecieron los lugares y puertos habilitados, las facilidades para la navegación, la recaudación de tributos, la posesión de la isla Martín García, el comportamiento en tiempos de guerra, la adhesión de otros gobiernos y la extensión de privilegios. Es destacable que ninguno incluyó la cláusula de NMF y que, como se puede advertir, versaron sobre aspectos sensibles al proceso de construcción del Estado nacional más allá de las cuestiones mercantiles puntuales.

También en julio de 1853 se firmó un tratado con Estados Unidos, similar al acordado en 1825 con Gran Bretaña, excepto por una distinción en la cláusula de NMF, ya que determinaba que: “cualquier favor, exención, privilegio o inmunidad, cualquiera que sea la materia de comercio o navegación, que alguna de las partes haya otorgado efectivamente, o pueda por lo tanto otorgarlo después, a los ciudadanos o súbditos, de cualquier otro gobierno, nación o estado, se extenderá, en iguales casos y circunstancias, a los ciudadanos de la otra parte contratante, gratuitamente, si la concesión en el favor de ese otro gobierno, nación o estado, ha sido gratuita o por una compensación equivalente, si la concesión fuera condicional33 33 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y los Estados Unidos, San José de Flores, 27 de julio de 1853, p. 2 . Al respecto, aclaramos algunos puntos. Por un lado, esta fue la primera vez que se hizo dicha diferenciación. Se trataba de un sello de la política comercial norteamericana34 34 American Society of International Law, 1909. y, por lo tanto, presumimos que fue una imposición de Estados Unidos; no obstante, según nuestras pesquisas se repitió en un tercio de los siguientes acuerdos firmados por Argentina hasta la década de 1930. Por otro lado, la distinción no fue inocua en las relaciones económicas internacionales por cuanto, cuando afloraron los conflictos mercantiles, su existencia (o no) sesgó el poder de negociación de las partes35 35 Fernández, 2004. .

La Confederación Argentina se preocupó por fomentar los vínculos comerciales con los países limítrofes. Pero no solo eso. A instancias de los acuerdos de comercio, los diplomáticos negociaron (o al menos identificaron) otros asuntos, como la demarcación de las fronteras, el respeto de la soberanía e independencia, el efectivo control del territorio y de la población, el ejercicio de la recaudación fiscal o la construcción de infraestructura de comunicación entre estados vecinos. Además del mencionado acuerdo con Paraguay, a mediados de 1855 uno con Chile36 36 Tratado de Paz, Amistad, Comercio y Navegación entre la República de Chile y la Confederación Argentina, Santiago de Chile, 30 de agosto de 1855. liberó el comercio terrestre siempre que los artículos comercializados fueran producidos internamente. Ello no regía para las tarifas de peaje impuestas para la conservación o mejora de carreteras y puentes. Tampoco se aplicaba al tabaco ni a los naipes. Se reglamentó el comercio de tránsito y la intervención consular para evitar el contrabando, especialmente en los pasos de la Cordillera de los Andes. Nuevamente, el intercambio clandestino preocupaba a ambos lados del cordón montañoso no solo por motivos económicos sino institucionales. Y aunque aquí no tratemos el impacto que los acuerdos tuvieron sobre la vida de las provincias, se sabe que, por ejemplo, el firmado con Chile generó tensiones y lesionó los intereses de San Juan37 37 Lanteri, 2019. .

Por su parte, el tratado con Brasil, firmado en 185638 38 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y el Emperador de Brasil, Paraná, 7 de marzo de 1856. , se basó en la Convención Preliminar para la Paz (agosto de 1828) y las Convenciones de Libre Navegación de los Ríos (mayo y noviembre de 1851). Además de garantizar la independencia de Uruguay y Paraguay, las partes contratantes se comprometieron a no fomentar directa o indirectamente la segregación en territorio extranjero. También respaldaron la cláusula de NMF gratuita o condicional y la libre navegación de los ríos (Paraná, Uruguay y Paraguay), en los mismos términos que los acuerdos con Francia, Estados Unidos y Gran Bretaña. En un tono muy similar, el mismo año se firmó el acuerdo con Paraguay39 39 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y la República de Paraguay, Asunción, 29 de julio de 1856. , en el cual se pospuso el arreglo de límites, estableciendo únicamente que la isla de Apipé pertenecía a Argentina, mientras la isla de Yaciretá era de Paraguay, tal como ya se había establecido en el instrumento de 1852. Finalmente, el tratado con Bolivia, firmado en 185840 40 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y Bolivia, Oruro, 7 de diciembre de1858. y aprobado por ambos gobiernos, pero no canjeado por conflictos fronterizos, fue similar al pactado previamente con Brasil. Se estableció la libertad de comercio terrestre, a excepción del intercambio de la plata (en barras, pasta, polvo o monedas) y de los impuestos municipales sobre las bebidas espirituosas. Asimismo, se reconoció la necesidad de reglamentar la navegación del río Bermejo.

Más allá de los lazos con los países con los que ya tenía cierta tradición comercial y con los vecinos, la Confederación Argentina procuró acordar con potenciales socios distantes. El tratado con el Reino de Cerdeña de 185541 41 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y Su Majestad el Rey de Cerdeña, Paraná, 21 de septiembre de1855. incluyó las directrices generales anteriores, aunque hizo la misma diferencia sobre la ejecución de la cláusula de NMF que se había introducido en el acuerdo con los Estados Unidos. Dos años después, la Confederación Argentina firmó un tratado con Prusia y otros estados del Zollverein alemán42 42 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y Prusia y otros estados del Zollverein alemán, Paraná, 19 de septiembre de1857. -unión aduanera con gran interés en potenciar relaciones comerciales a ultramar-43 43 Duve, 2007b, p. 106-146. por el cual también consideró la distinción entre la cláusula de NMF gratuita o condicional y repitió más o menos los mismos principios respetados en otros instrumentos. Como no fue denunciado por ninguna de las partes, este acuerdo se prolongó más allá de los ocho años previstos como periodo de vigencia. De hecho, aún regía cuando en 1932 se generó un reclamo por parte de Alemania debido a concesiones hechas por Argentina a Chile44 44 Torres Gigena, 1943. .

Desde luego, la dinámica política interna de la unificación del territorio argentino influyó en las relaciones externas. Un ejemplo de ello fue el tratado que, firmado por la Confederación Argentina con Bélgica en 186045 45 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y Bélgica, Paraná, 3 de marzo de1860. , no fue ratificado a tiempo, dadas las perturbaciones posteriores a la batalla de Cepeda, las negociaciones preliminares de la Convención de Santa Fe para reformar la Constitución y otros sucesos que impidieron que el Congreso lo considerara46 46 Pillado, Op. Cit. . Pese a que se aprobó el aplazamiento para el canje, este nunca se realizó47 47 En correspondencia diplomática se deja entrever que el reconocimiento de la nacionalidad pudo estar entre los puntos más polémicos en la época. Carta de la legación británica en Argentina al MREC, Buenos Aires, 28 de agosto de 1863, en Memoria del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (en adelante MMREC), 1864, p. 343. . Intentos posteriores de sellar un acuerdo con este partenaire no triunfaron, como en 1903, aunque esta vez el fracaso se debió a que el gobierno argentino temió que se aplicaran reservas sanitarias perjudiciales a la exportación de ganado vivo48 48 Pillado, Op. Cit. .

Bajo la idea de que la firma de tratados comerciales se entendía como una herramienta para diversificar los vínculos con otros países, en tiempos de alta dependencia del comercio exterior en materia de recaudación49 49 Se estima que la situación fiscal de las provincias rioplatenses era similar a la de otros estados latinoamericanos, como Uruguay, Brasil o Venezuela, cuyas entradas derivadas del comercio exterior representaban más de tres cuartas partes de la recaudación. De hecho, en 1859 más del 95% y del 85% de los ingresos de la Confederación Argentina y del estado de Buenos Aires, respectivamente, provino del intercambio con el extranjero. Cf. Garavaglia, 2014. , podemos argumentar que el comportamiento de la Confederación Argentina con diferentes socios americanos y europeos revela la necesidad de fortalecer vínculos mercantiles que naturalmente se concentraban en la principal ciudad-puerto50 50 Alvarez, Op. Cit. . A diferencia de la Confederación, Buenos Aires podía acceder a capitales europeos, tenía menos población y territorio bajo su égida para atender con los recursos disponibles, poseía una moneda instalada, así como un estado estructurado luego de décadas de experiencia, que frente a la crisis podía recurrir al banco bonaerense para la emisión monetaria51 51 Míguez, Op. Cit. . Hacia 1859 Buenos Aires fue el área con mayor captación fiscal per cápita de toda América Latina52 52 Garavaglia, Op. Cit. .

Posiblemente por estas razones, Buenos Aires no haya tenido durante aquella época disposición a la firma de acuerdos comerciales, amén de que no era reconocida internacionalmente. En efecto, quienes han rastreado el intercambio entre ambas unidades territoriales han concluido que la mayor parte de las naves de ultramar que arribaban al puerto bonaerense volvían al exterior sin dirigirse a los puertos de la Confederación porque no encontraban carga, de manera que las importaciones a la última llegaban generalmente por cabotaje fluvial vía la primera, incluso pese a las Leyes Diferenciales53 53 La Ley de Derechos Diferenciales, proyectada en 1854, se aprobó en 1856. Por la misma se duplicaron las tasas aduaneras de importación para algunos productos y se recargaron en 30% otros, siempre que procedieran de puertos de “cabos adentro” (Buenos Aires o Montevideo). En 1859 se ampliaron las tasas diferenciales a las exportaciones. Cf. Míguez, Op. Cit. , las cuales debieron defenderse frente a socios europeos con los que existían acuerdos vigentes54 54 Cavalieri, Op. Cit. . Es decir, más allá de los cambios políticos y administrativos, como la eliminación de las aduanas internas y de la mayor centralidad del puerto de Rosario, la configuración del comercio interprovincial no había variado significativamente en relación a la época de Rosas55 55 Barba, 1973. . No obstante estas aclaraciones cabe señalar que todavía no existen estudios detallados para evaluar la economía y las finanzas públicas en los planos nacional y provinciales y sus interrelaciones en la era confederal.56 56 Míguez, Op. Cit.

3. Los tratados de comercio luego de la unificación nacional

El proceso de construcción nacional se acentuó a partir de la década de 1860 cuando todas las provincias se unieron quedando bajo la égida de un proyecto centralizador. En este contexto, el MREC se encargó de la gestión diplomática tendiente a afirmar la soberanía y consolidar los vínculos para que el país se integre a los mercados mundiales57 57 Oszlak, 1982. . Entre las muchas tareas proyectadas para el servicio exterior, la de estrechar las relaciones económicas internacionales fue sin dudas de las más relevantes58 58 Solveira, 1997. . Entonces, el naciente estado no solo incorporó el acervo de tratados firmados y ratificados por la Confederación en el decenio previo, sino que continuó con las negociaciones ya iniciadas.

Así, el acuerdo firmado con España en 186359 59 Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad entre Su Majestad la Reina de las Españas y la República Argentina, Madrid, 21 de septiembre de 1863. fue el primero celebrado en la nueva era política y constituye uno de los ejemplos paradigmáticos de la influencia de la dinámica del proceso de construcción del Estado nacional en las transacciones de este tipo de instrumentos. El texto reconocía que había una historia previa de intercambios diplomáticos que habían llevado al fallido tratado de 185960 60 Figallo, 2012. . A este respecto, cabe comentar que hubo dos cuestiones problemáticas que surcaron aquellas negociaciones: las deudas contraídas durante el proceso independentista y la nacionalidad de los hijos de españoles nacidos en suelo argentino. Ambas cuestiones preocupaban a España porque sentaban precedentes para las relaciones con otros gobiernos latinoamericanos y, a su vez, condicionaban la formación del Estado nación en Argentina61 61 Detalles de las negociaciones desde finales de la década de 1850 se encuentran en: Bécker, 1922. . Naturalmente, este pacto tenía contenidos diferentes a otros instrumentos dado que reflejaba la antigua relación metrópoli-colonia. De hecho, una gran parte estuvo dedicada al reconocimiento de la independencia por parte de la Corona española y su renuncia a reclamar la soberanía sobre el territorio argentino, así como a delinear normas respecto a la nacionalidad. Su contenido fue motivo de vívidos debates e, incluso, se sancionaron leyes posteriores para hacer aclaraciones sobre el alcance de algunos artículos62 62 Por ejemplo, la Ley N.º 421 (Buenos Aires, 22 de septiembre de 1870) aprobó la inclusión de los préstamos forzosos exigidos a los súbditos españoles por los gobiernos rioplatenses durante el proceso de independencia al artículo 5.º (que preveía la restitución de bienes y propiedades oportunamente confiscados). . En términos comerciales, distinguió la cláusula NMF gratuita o condicional y aclaró la necesidad de establecer un tratado específico, que nunca se llevó adelante en el periodo en estudio.

Más allá del acuerdo con España que, como vimos, tenía sus antecedentes ya desde finales de la década de 1850, en el decenio de 1860 la unificación nacional coincidió con un clima internacional en el que el librecambio y los tratados fueron vistos como herramientas para alcanzar la paz en tanto propiciaban el comercio y, según sus defensores, este propendía a vínculos armoniosos por la existencia de intereses en común. En este contexto, bajo el entendimiento por parte del MREC de que las “relaciones fraternales” se sostenían con la sustanciación de acuerdos, desde la década de 1860 se trabajó para reemplazar los que, firmados en tiempos de la Confederación, estuvieran por caducar, como el que existía con Cerdeña63 63 MMREC, 1866, p. XIII. y que preveía un lapso de validez de doce años. Finalmente, se extinguió en 187164 64 El acuerdo se extinguió en 1871 pese a que este año el MREC había firmado un protocolo con el Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario italiano solicitando al Congreso autorización para prorrogar el tratado. Cf. MMREC, 1871, p. 336-338. , y aunque continuaron llegando pedidos de aplicación del principio de NMF65 65 Carta de legación argentina en Francia al MREC, París, 28 de febrero de 1872, en MMREC, 1872, p. 561. , no se logró constituir un nuevo instrumento. Recién en 1894 se firmó una convención específica de comercio que contuvo la cláusula de NMF66 66 Convención sobre Tratamiento de la Nación Más Favorecida entre la República Argentina y el Rey de Italia, Buenos Aires, 1 de junio de 1894. .

En la década de 1870 se sellaron instrumentos con otros países europeos que, sin embargo, no lograron implementarse. Con la premisa de “las buenas relaciones que felizmente ya existen entre los gobiernos”, en octubre de 1870 llegó una misión a Buenos Aires enviada por el emperador austrohúngaro para firmar un tratado67 67 Nota del Enviado del Imperio austrohúngaro al MREC, Buenos Aires, 12 de octubre de 1870, en MMREC, 1871, p. 237-240. , el que, además de observar los principios defendidos en otros acuerdos, y asegurar la cláusula NMF, promulgó el cabotaje reservado68 68 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y la monarquía austrohúngara, Buenos Aires, 27 de octubre de 1870. . Aunque el Congreso argentino lo aprobó, nunca fue canjeado por modificaciones solicitadas por Viena. A este respecto, sabemos que todavía en 1873 los derechos de los ciudadanos argentinos en Austria-Hungría y la autoridad para juzgar delitos y crímenes cometidos a bordo de buques mercantes eran puntos controversiales69 69 Nota del Encargado de Negocios de Austria-Hungría al MREC, Buenos Aires, 9 de diciembre de 1873, en MMREC, 1874, p. 1018-1019. y que en 1875 se sometió nuevamente para su consideración en el congreso argentino70 70 MMREC, 1875, p. XXXIV. . Cuando en 1879 el delegado austríaco se retiraba de Buenos Aires para seguir ejerciendo en Asia, se reconocía todo el empeño puesto por años en la, finalmente no lograda, implementación del acuerdo71 71 Nota del Encargado de Negocios de Austria-Hungría al MREC, Buenos Aires, 28 de abril de 1879, en MMREC, 1879, t. 1, p. 507. . Por su parte, desde el consulado argentino en Trieste se informaba en 1880 -posiblemente intentando resurgir el pacto- que, dado el aumento del proteccionismo, los austrohúngaros estaban negociando acuerdos con Italia y Alemania “bajo la influencia que tienen en la actualidad los tratados de comercio”72 72 Memoria del consulado argentino en Austria, Trieste, 21 de febrero de 1880, en MMREC, 1880, p. 428. . En 1881 el lado americano intentó, sin éxito, reanimar el debate a condición de que el gobierno austríaco aceptara quitar el artículo que lo habilitaba a autorizar la pena de muerte de personas entregadas por el gobierno argentino73 73 MMREC, 1882, t. 1, p. 381. . Más tarde, y fuera del periodo en estudio, en 1911 se llevaron adelante nuevas negociaciones que tampoco fructificaron74 74 Torres Gigena, Op. Cit. . El caso es una muestra de que tras los acuerdos comerciales había muchos otros temas que, posiblemente más sensibles por las implicancias en las leyes internas, ralentizaban las negociaciones e, incluso, las frenaban completamente.

Esto pasó también con el tratado de 1872 firmado con Suecia y Noruega75 75 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y los Reinos Unidos de Suecia y Noruega, París, 6 de junio de 1872. , el cual quedó sin ratificar. El acuerdo había sido negociado por el encargado de la legación argentina en París, y una de las mayores motivaciones fue la atracción de inmigración76 76 Memoria de la legación argentina en Francia, París, 26 de febrero de 1873, en MMREC, 1873, p. 659. , uno de los ejes principales de las agendas de las administraciones argentinas que actuaron durante la constitución del Estado nación. Entre las razones que explican la falta de ratificación, sabemos que la contraparte europea, por un lado, no admitió la modificación referente a la adquisición de bienes raíces de súbditos suecos o noruegos porque era contraria a sus leyes nacionales77 77 MMREC, 1873, p. XLVII. y, por el otro, adujo defensa de las libertades religiosa y cultural78 78 Carta de legación argentina en Austria al MREC, Francisco Ortíz, Viena, 11 de enero de 1885, en MMREC, 1885, p. 349-353. . En 1885 se firmó un nuevo convenio79 79 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y los Reinos Unidos de Suecia y Noruega, Viena, 17 de julio de 1885. , con la particularidad de que las ratificaciones se canjearon en 1896 debido a un retraso en el Congreso argentino para aprobarlo, aun cuando el MREC había solicitado al Parlamento que diera preferente atención80 80 MMREC, 1886, p. 192. . Posteriormente, hubo intentos, sin éxito, de modificar la cláusula NMF81 81 Declaración relativa a los artículos 2.º, 8.º y 9.º del Tratado de Amistad, Comercio y Navegación del 17 de julio de 1885, Buenos Aires, 14 de enero de1896. a instancias del mundo proteccionista que se alzaba.

Por su parte, el acuerdo con Portugal firmado por la Confederación vencía en julio de 1865. En vez de dejarlo vigente, como ocurrió con otros pactos, el gobierno argentino decidió denunciarlo a partir de 186682 82 MMREC, 1866, p. XIII. con la intención de sellar uno nuevo, más favorable. Así, el MREC expresaba al Encargado de Negocios portugués: “el gobierno argentino solo tiene en vista que el tratado sea modificado en adelante sobre bases más convenientes á los intereses comerciales de ambos países y á las relaciones cordiales de amistad que desea sinceramente mantener”83 83 Carta del MREC al Encargado de Negocios de Portugal, Buenos Aires, 18 de marzo de 1867, en MMREC, 1867, p. 253. . Sobre las directrices del de 1852, y tras la llegada de una misión extraordinaria que procuraba acordar tres instrumentos (uno sobre comercio y navegación, otro sobre extradición y otro sobre el sistema consular)84 84 Decreto de reconocimiento del Vizconde de San Januario como Enviado Extraordinario de Portugal a Argentina, Buenos Aires, 7 de octubre de 1878, en MMREC, 1879, t. 1, p. 787. , se firmó uno comercial en 1878. A diferencia del anterior, refirió expresamente a la distinción de la cláusula NMF y a la reserva de cabotaje. Sus beneficios se extendieron explícitamente a las posesiones portuguesas de la isla de Madeira, Puerto Santo y el archipiélago de las Azores85 85 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y Su Majestad Fidelísima el Rey de Portugal y “de los Algabes”, Buenos Aires, 24 de diciembre de 1878. . Aprobado por el Congreso argentino, no se canjeó por diferencias sobre dónde hacerlo.

Como señalamos previamente, los acuerdos mencionados se dieron en un clima de optimismo acerca de su efecto en el intercambio mercantil -aunque desde la década de 1870 en Argentina afloraron voces proteccionistas-86 86 Estas manifestaciones nacionalistas tuvieron intenciones relacionadas con la protección de sectores manufactureros, pero en muchos casos se trataba todavía de ideas apoyadas tenuemente y más por razones fiscales que productivas. Cf. Chiaramonte, 2012. y en un contexto internacional de auge del librecambio como principio en Europa, traccionado particularmente por Inglaterra87 87 Bairoch, Op. Cit. . Hacia mediados de la década de 1870, desde del MREC alertaban que “si tratados hubieran de celebrarse todavía, fuera de los postales, deberían ser solamente los de comercio, para afianzar mejor las relaciones de este género y garantirnos contra derechos opresivos”88 88 MMREC, 1874, p. XXIV. . No obstante, como hemos demostrado, los acuerdos de comercio incluían más que cuestiones mercantiles.

En el marco de la propensión a negociar acuerdos de comercio existió cierta división de tareas en el gobierno argentino. Así, el sistema consular89 89 Hacia finales de la década de 1870 se presentó un proyecto de organización y reglamento del cuerpo consular argentino que incluía: “Título 1. De los agentes consulares. Capítulo 1. Nombramiento, Clases, Sueldos y Prerrogativas de los agentes consulares. Art. 1. … y velarán por el cumplimiento de los tratados en que sea parte la República. Título 2. Deberes de los cónsules. Cap. 1. Protección al comercio y a la navegación. Art. 65. Los agentes consulares deben… velar por la puntual observancia de los privilegios, exenciones y derechos acordados por los Tratados de comercio”. Cf. MMREC, 1879, t. 2, p. 337 y 344. sirvió, por un lado, para informar acerca de la vigencia de tratados que socios de la Argentina tenían con otros países90 90 Carta de la legación argentina en Francia al MREC, París, 28 de febrero de 1872, en MMREC, 1872, p. 561; Memoria del consulado argentino en Austria, Trieste, 31 de enero de 1878, en MMREC, 1878, p. 330. , mostrando el sentido de formar parte de una red. Por el otro, alentó la firma de acuerdos con partenaires potenciales - y hasta entonces desconocidos -, como Turquía91 91 Carta de la legación argentina en Francia al MREC, París, 28 de febrero de 1872, en MMREC, 1872, p. 561; Memoria de la legación argentina en Francia, París, 26 de febrero de 1873, en MMREC, 1873, p. 659. y Dinamarca92 92 MMREC, 1885, p. XXVI. , o reales, como Bélgica93 93 Carta de Cónsul de Bélgica al MREC, Buenos Aires, 27 de octubre de 1879, en MMREC, 1880, t. 2, p. 366-367. . Por su parte, siempre que cabía, el MREC recordaba al Congreso que, en uso del rol asignado por la Constitución nacional, priorizara el tratamiento de los tratados presentados94 94 MMREC, 1878, p. VIII. .

Ahora, girando la atención sobre América Latina, sabemos que un cuarto de los acuerdos de comercio firmados por países latinoamericanos entre 1824 y 1914 fueron intrarregionales95 95 Pahre, Op. Cit. . Nuestro caso no escapó a la tendencia al firmar tratados con los países vecinos con los que existía una tradición mercantil. En este sentido, tuvo lugar el ya mencionado fallido instrumento con Chile en 1826, así como los otros también referidos, celebrados por la Confederación Argentina en tiempos de separación de Buenos Aires (con Paraguay [1852 y 1856], Chile [1855], Brasil [1856] y Bolivia [1858]).

Aunque generalmente la historiografía con enfoque nacional, dedicada a las relaciones exteriores durante la construcción del estado nacional, ha enfatizado en la conflictividad con los países limítrofes en contraste con vínculos pacíficos orientados a la promoción del comercio y las inversiones con las potencias occidentales, una parte de la literatura, sobre todo aquella con una perspectiva analítica regional, ha resaltado la cooperación en cuestiones económicas con los estados vecinos96 96 Para una revisión sobre esta literatura, cf. Rapoport, 2006. Por otra parte, un recorrido por la historiografía tradicional y las visiones alternativas que se han desarrollado en las últimas décadas acerca del vínculo con Chile, considerado más conflictivo en tiempo y espacio, puede seguirse en: Rayes, 2010. . A ello cabe sumar los estudios con perspectiva comparada que resaltan la existencia, nada desdeñable, del intercambio mercantil intrarregional antes de la Primera Guerra Mundial97 97 Girbal Blacha, 1982; Carreras-Marín; Badía-Miró; Peres-Cajías, 2013. . Además, no son infrecuentes en las fuentes de la época las referencias a que el comercio contribuía a mitigar o eliminar las hipótesis de conflicto98 98 Esta idea ha sido particularmente desarrollada en el vínculo entre Argentina y Brasil, y un ejemplo de ello fue el intercambio epistolar entre funcionarios de ambos países en los primeros años de la década de 1890. Cf. MMREC, 1892. . En efecto, las negociaciones con los países vecinos fueron no solo algunas a las que más páginas dedicaban las Memorias del MREC, sino las que sirvieron de presión para mejorar el sistema de información en un estado en construcción. Así, por ejemplo, se solicitaba al Congreso que se aprobara en el presupuesto la creación de una colección de tratados desde la independencia por cuanto las que existían eran incompletas, deficientes o con errores, sumado a que los empleados afectados a tal fin duraban poco en los cargos99 99 MMREC, 1874, p. XXVI-XXVIII. .

La historia de los tratados comerciales con los países vecinos es variopinta. Solo los que Argentina firmó con Brasil y Bolivia continuaban en ejecución en el siglo XX, puesto que los que se dieron con Paraguay caducaron o no lograron implementarse, mientras que los casos de Chile y Uruguay representan los mayores fracasos en términos diplomáticos dado que no alcanzaron siquiera a rubricarse. A continuación, revisaremos someramente estas trayectorias.

El acuerdo con Brasil, que se había firmado en tiempos de la Confederación, sin lapso de validez fue uno de los elementos empleados por los gobiernos para hacer reclamaciones. Aunque varias se dieron por cuestiones comerciales, en especial desde la década de 1880, en el periodo que estudiamos primaron otro tipo de asuntos. Así, a mediados de 1879 se apuntaba que “como los términos algo oscuros del artículo 9 del tratado de 1856, ofrecían en la práctica inconvenientes que era necesario subsanar, la legación argentina en Río de Janeiro recibió instrucciones para establecer, de común acuerdo, el alcance que las dos Partes Contratantes daban a las disposiciones de aquel artículo, en la parte que se refiere á la entrega de los desertores”100 100 MMREC, 1879, t. 1, p. X. . Esta cuestión sirve para graficar que otros temas no estrictamente ligados al intercambio, pero presentes en los acuerdos comerciales, tuvieron gran peso en la etapa de organización nacional.

Una vez producida la unificación de la Confederación con Buenos Aires, la primera negociación fue con Bolivia, cuyos centros mineros estuvieron conectados con redes mercantiles salteñas y jujeñas desde tiempos coloniales101 101 Langer; Conti, 1991. . En 1865 se firmó un tratado, en el que ambos gobiernos “(estaban) obligados a realizar las obras necesarias para facilitar las vías de comunicación terrestres y fluviales” (a definir en una convención especial). El acuerdo, al igual que con otros países vecinos, preveía el libre comercio terrestre de productos nacionales o extranjeros, mediante los puntos autorizados, salvo el pago de peajes para financiar obras de infraestructura. Además, se reconoció la necesidad de establecer límites fronterizos mediante una convención especial102 102 Tratado de Paz, Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y la República de Bolivia, Buenos Aires, 2 de mayo de 1865. . El Congreso argentino aprobó el tratado, pero no fue ratificado por el boliviano. Durante años, la legación de Bolivia se comunicó con el MREC argentino para expresar las dificultades que entorpecían la ratificación del acuerdo. En 1866 solicitó un año más103 103 MMREC, 1866, p. II. y se firmó un protocolo de prórroga de canje104 104 Protocolo de canje de ratificaciones del Tratado entre Argentina y Bolivia, Buenos Aires, 10 de abril de 1866. , hasta que finalmente en 1868 se decidió negociar uno nuevo, bajo el entendimiento de que “los tratados han de influir poderosamente para afianzar más las fraternales e importantes relaciones de ambas repúblicas”105 105 MMREC, 1868, p. X-XI. . Aquel año se aprobó un acuerdo a principios de julio, sobre la base del de 1865. Sin embargo, no prosperó porque el representante boliviano insistía en un comercio terrestre sin restricciones106 106 Pillado, Op. Cit. . Unos días después, se firmó el tratado que continuó más allá del periodo de vigencia, previsto en doce años. Intercambiado en 1869107 107 Acto de canje de ratificaciones entre el MREC y el cónsul boliviano, Buenos Aires, 24 de septiembre de 1869, en MMREC, 1870, p. 13. , fue acompañado por un protocolo que establecía que los asuntos fronterizos pendientes serían resueltos por una convención especial después de que terminara la contienda con Paraguay. El acuerdo sirvió, por ejemplo, para que en contexto de la Guerra del Pacífico (1879-1883), la legación boliviana presionara al MREC a declarar que el comercio de tránsito no tenía prohibición ni restricción alguna108 108 Carta de legación boliviana al MREC, Buenos Aires, 10 de agosto de 1880, en MMREC, 1881, t. 1, p. 3. , así como para que un viceconsulado argentino en Perú reclamara por restricciones de Bolivia para el pago de transacciones109 109 Memoria de Viceconsulado en Perú al Cónsul General, Arequipa, 16 de noviembre de 1878, en MMREC, 1879, t. 2, p. 112-115. .

También luego de la Guerra de la Triple Alianza (1865-1870), además de celebrar un instrumento jurídico de paz definitivo, comprometiéndose a uno simultáneo para definir límites, Argentina suscribió con Paraguay un tratado comercial. Firmado en 1876110 110 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y la República de Paraguay, Buenos Aires, 3 de febrero de 1876. , recuperó algunos principios ya presentes en el acuerdo sellado veinte años antes. También consignó la cláusula de NMF gratuita o condicional y el cabotaje reservado. El tratado fue denunciado por Paraguay en 1881 para introducir modificaciones111 111 MMREC, 1881, t. 1, p. 272. . En ese entonces, desde el MREC argentino se expresó: “respetamos las razones que puedan haber aconsejado esa resolución… (Sin embargo) A primera vista ella no está en armonía con la tendencia de aquel país a estrechar sus relaciones comerciales”112 112 MMREC, 1881, t. 1, p. XI. . En 1885 se celebró uno nuevo113 113 Este acuerdo tiene la particularidad de haber sido omitido, seguramente por error involuntario, de la lista de tratados analizados por: Pillado, Op. Cit. cuyas negociaciones empezaron mucho antes114 114 MMREC, 1882, t. 1, p. XXXIX. , para el que se pidió pronto despacho en el Congreso argentino115 115 MMREC, 1886, p. 68. y que, no obstante, no entró en vigor. En vistas de que los vínculos se desarrollaban con convenciones especiales, entre 1906 y 1907 se iniciaron negociaciones para arreglar tarifas, el librecambio de la producción nacional y la defensa del comercio honrado contra el contrabando, las que cristalizaron en la firma de un tratado en 1916116 116 Solveira, 1995. .

Con Chile, el tratado de 1855, que preveía una vigencia de hasta doce años y que, como muestra del proceso de construcción de los estados a ambos lados de la Cordillera, contuvo un artículo que aplazaba las cuestiones limítrofes pacíficamente117 117 MMREC, 1882, t. 1, p. XIV. , fue denunciado por el gobierno de aquel país118 118 Carta de la legación chilena al MREC, Buenos Aires, 25 de octubre de 1866, en MMREC, 1867, p. 87. . La negociación de uno nuevo y la definición de las fronteras fueron los ejes por los que se creó originalmente la legación argentina en Santiago119 119 MMREC, 1867, p. VI; MMREC, 1869, p. 100. . En misión de reanudar las relaciones sobre la base de tratados recíprocamente ventajosos, a mediados de 1870 se explicaba que la causa principal que había obstaculizado la firma de un nuevo acuerdo comercial era que “el gobierno chileno pretendía que las Aduanas Marítimas de la República se abrieran como las terrestres á la aplicación del principio de librecambio de los productos de los dos países”120 120 MMREC, 1870, p. V. . Pese a estas cuestiones, se advertían como promisorios algunos pasos, como la eliminación del visado de los cónsules chilenos en las guías de introductores de ganado, la inversión en caminos transcordilleranos y la cooperación para mitigar el tráfico ilícito de animales vivos121 121 Carta de la legación argentina en Chile al MREC, Mariano Varela, Santiago de Chile, 14 de marzo de 1870, en MMREC, 1870, p. 67-76. . Finalmente, las dificultades de entenderse sobre un acuerdo comercial se extendieron más allá de la década de 1870122 122 MMREC, 1874, p. XVIII-XIX. . Entre 1905 y 1910 se negoció un tratado que reivindicaba el principio de “cordillera libre” por el que se suprimían los aranceles para productos comerciados entre los países. Este principio ya había sido propuesto en 1855, solo que el contexto de principios del siglo XX era más favorable en términos sociales, económicos, políticos y diplomáticos. No obstante, las tratativas no prosperaron por los intereses ganaderos chilenos y, fundamentalmente, por las presiones del sector vitivinícola argentino123 123 Lacoste, 2004. .

Con Uruguay apenas se firmaron protocolos y convenciones. Las explicaciones sobre la falta de un pacto comercial han buceado en la existencia de una diplomacia pendular uruguaya que se inclinó más hacia Brasil para contrarrestar la influencia argentina en la cuenca del Plata124 124 Clemente Batalla, 2005. . Ello no quiere decir que no hubo intentos. En efecto, por ejemplo, hacia 1873 “los fraudes por Concordia alertaron sobre la necesidad de un arreglo aduanero en guarda de los intereses comerciales”125 125 MMREC, 1873, p. XLVIII. . Quienes trabajaban en los consulados afirmaban que los acuerdos darían garantías favorables al comercio legítimo y al progreso material de los países126 126 Informe de viceconsulado en Uruguay, Carmelo, 12 de enero de 1878. Cf. MMREC, 1878, p. 527. . Incluso, hubo un proyecto de tratado a mediados de 1877127 127 MMREC, 1879, t. 2, p. 8. . Y hay testimonios de arreglos para una convención aduanera entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay en 1882, cuyas negociaciones habían avanzado en todos los países menos en el último128 128 MMREC, 1882, t. 1, p. 380. . También, ante reclamos por puertos de cabotaje, se recomendó un tratado aduanero129 129 Carta del Inspector General de Aduanas al MREC, Buenos Aires, 13 de noviembre de 1883, en MMREC, 1884, p. 272-273. .

Al margen de los vecinos, se firmó un tratado comercial con Perú en 1874130 130 Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y la República del Perú, Buenos Aires, 9 de marzo de 1874. . En este acuerdo que se suscribió y se ratificó, el gobierno peruano enfrentó un levantamiento interno, lo que constituyó una prueba de la inestabilidad política en la que se negociaban y tramitaban este tipo de pactos. Y también sufrió delaciones por modificaciones que introducían los congresos de ambos países, en cuyos casos intervenían los representantes de cada país para hacer las aclaraciones necesarias y asegurar el éxito del proceso de ratificación131 131 Informe de la legación argentina en Perú, Lima, 28 de septiembre de 1874, en MMREC, 1875, p. 337-338. . Además de ser uno de los más extensos, por contener varios artículos sobre la marina mercante y la guerra, promovió la cláusula de NMF gratuita o condicional y el cabotaje reservado. Una vez implementado, hubo esperanzas de que el acuerdo aumentara el intercambio132 132 Memoria de consulado en Perú, Mollendo, 8 de febrero de 1879, en MMREC, 1879, t. 2, p. 115-116. .

Finalmente, hubo otras negociaciones con gobiernos latinoamericanos para sellar instrumentos jurídicos comerciales, ligados a la paz y la amistad. El de República Dominicana invitó al argentino a celebrar uno, aduciendo “una carencia total de acuerdos con las Naciones que, por su identidad de origen, raza y de historia, por su situación en el continente del Sur y en el Centro de América, constituyen la vecindad natural de Santo Domingo”133 133 Carta del ministro de Relaciones Exteriores de República Dominicana al MREC, Santo Domingo, 15 de junio de 1876, en MMREC, 1877, t. 1, p. 824-825. . La propuesta fue bienvenida por el MREC, aunque el tratado no fue efectivamente suscrito. Por su parte, las legaciones argentinas en Colombia y Venezuela trabajaron para negociar tratados de comercio134 134 MMREC, 1883, p. XXX, XXXIX y XLIV. . En cambio, se consideraba que un acuerdo con México era prematuro dado el escaso movimiento naviero entre ambos países135 135 Carta del MREC al Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario argentino en Estados Unidos, Buenos Aires, 28 de diciembre de 1886, en MMREC, 1887, p. 279. .

4. A modo de recapitulación

A lo largo de las páginas precedentes, estudiamos los acuerdos de comercio desde una mirada comparada y multilateral. Hemos mostrado que fueron elementos de la integración de los países latinoamericanos al sistema internacional luego de la independencia. El caso argentino no escapó a esta tendencia, solo que, tras el tratado con el Reino Unido en 1825, la región rioplatense de manera conjunta no firmó nuevos instrumentos jurídicos hasta mediados del siglo XIX. La etapa de separación de la Confederación Argentina de la provincia de Buenos Aires fue el periodo, en términos relativos, más prolífico, puesto que en nueve años se firmaron diez acuerdos -sin contar los tres sobre libre navegación que indirectamente atañían al intercambio mercantil. Los ratificados continuaron en ejecución en tiempos de la unificación nacional y, de hecho, desde una perspectiva de largo plazo, hubo un primer pico en la cantidad de pactos vigentes en la primera mitad de la década de 1860 como reflejo de la conducta rubricadora de la Confederación. El estado unificado a partir de 1862 procuró mantener e intensificar aquel patrón, aunque no siempre se lograron las firmas o las ratificaciones.

Como señalamos previamente, un motivo evidente de la firma de acuerdos comerciales fue diversificar las relaciones económicas internacionales, bajo las premisas de que las reglas definidas aceitaban los flujos mercantiles y que la aceptación de la cláusula de NMF facilitaba el acceso a una red informal multilateral en una época en que no existían entidades internacionales que actuaran para garantizar la baja de aranceles o la eliminación de medidas paraarancelarias u otros obstáculos al comercio. En este sentido, con las fuentes analizadas, hemos visto que el sistema diplomático y consular procuró sellar acuerdos con socios ya reconocidos o ampliar a potenciales, no solo participando en las negociaciones, sino también interviniendo ante quejas o consultas de los sectores público y privado.

No obstante, entendemos que los tratados no solo deben leerse en una escala mayor e internacional, explicada por la creciente importancia del comercio, sino también en clave del contexto regional y doméstico, caracterizado por la construcción de Estados nación. En este artículo hemos reparado especialmente en estas dinámicas, aunque reconocemos que quedan puntos pendientes en la agenda de investigación, como explorar las tensiones interprovinciales en torno a la firma de acuerdos e indagar en los debates parlamentarios para su ratificación o denuncia.

Hasta aquí mostramos cómo tallaron los elementos constitutivos de los estados centrales (territorio, población, gobierno y nación) para la concreción de instrumentos jurídicos que abordaron otros temas a instancias del intercambio, como el comportamiento esperado en tiempos bélicos, la extradición de extranjeros, la deserción, la herencia, la propiedad y la nacionalidad de los habitantes del suelo argentino, etc. En efecto, el procedimiento por el que los tratados se sustanciaron (o no) estuvo supeditado, en muchos casos, al reconocimiento de la soberanía e independencia de los estados y la no injerencia en sus asuntos internos, al establecimiento de límites territoriales, a la definición de las condiciones de ciudadanía, a la promoción de la inmigración, a la resolución de contiendas -como la Guerra de la Triple Alianza-, a la mitigación del contrabando y a la compatibilización de los artículos con las leyes nacionales. Estas cuestiones fueron relevantes para consolidar no solo el orden interno, sino también para proyectar una imagen internacional.

Tanto fue así que las fuentes consultadas revelan que, hasta el final de este periodo, las principales reclamaciones sobre la aplicación de los acuerdos comerciales se debieron a temas ajenos al intercambio, lo que cambió claramente desde la última década decimonónica. Desde luego, ello no niega que no existieran discusiones sobre la aplicabilidad de la cláusula NMF o quejas sobre ello, pero es evidente que, tal como retomaremos en otra publicación, fueron más frecuentes a partir del momento en que cerramos el presente análisis.

Fuentes primarias

  • ARGENTINA. Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Biblioteca Digital de Tratados Disponible en: Disponible en: https://tratados.cancilleria.gob.ar/ Acceso en: abril 2022.
    » https://tratados.cancilleria.gob.ar/
  • ARGENTINA. Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Memorias del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Buenos Aires, diversas editoriales, 1860-1885.

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  • TORRES GIGENA, Carlos. Tratados de comercio concluidos por la República Argentina, 1812-1942. Buenos Aires: Centurión, 1943.
  • 1
    Agradecimientos. Investigación financiada por el PICT 2020- SERIEA-02205 del Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica de Argentina y el PDI2022-138431-ND-100 del Ministerio de Ciencia e Innovación de España. La autora agradece a los integrantes del Área de Estudios Internacionales de la Universidad Nacional de San Martín, así como a Thomas Duve, Mariano Kloster, Eduardo Míguez y a tres árbitros anónimos por los comentarios y las sugerencias recibidos, y asume entera responsabilidad por las ideas vertidas en el artículo. Asimismo, destaca la labor de Valentina Ayrolo como editora.
  • 4
    Duve, 2007a.
  • 5
    Existe una extensa bibliografía sobre el asunto. En términos generales, cf. Cisneros; Escudé, 2000; Paradiso, 1993; Satas, 1987.
  • 6
    Desde fines del siglo pasado, la llamada nueva historia económica ha denominado Primera Globalización a la etapa circunscripta entre mediados del siglo XIX y el estallido de la Primera Guerra Mundial, caracterizada por la mayor integración de los mercados mundiales de materias primas y de bienes manufacturados, así como por el creciente intercambio entre regiones geográficamente distantes y la alta movilidad de capitales y mano de obra, gracias a la caída en los costos de comercio, en especial de transporte, y el patrón oro. Para más referencias, cf. (entre otros) O’Rourke; Williamson, 2007; Jacks; Meissner; Novy, 2010.
  • 7
    Bairoch, 1993; Accominotti; Flandreau, 2008ARGENTINA. Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Memorias del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Buenos Aires, diversas editoriales, 1860-1885..
  • 8
    El sector exportador en el periodo estudiado fue abordado en detalle, entre otros, por Sabato, 1987; Amaral, 1998; Rosal; Schmit, 1999; Rayes, 2015.
  • 9
    Halperín Donghi, 1982; Bulmer Thomas, 2010.
  • 10
    La documentación original y transcripta de todos los tratados, protocolos y convenciones referidos en este trabajo se encuentra disponible en la Biblioteca Digital de Tratados dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto argentino, consultada en el siguiente enlace: https://tratados.cancilleria.gob.ar/.
  • 11
    Acuerdo de Amistad, Comercio y Navegación entre las Provincias Unidas del Río de La Plata y Su Majestad británica, Buenos Aires, 2 de febrero de 1825.
  • 12
    Los tratados de amistad, comercio y navegación fueron un mecanismo usado por los británicos en Latinoamérica desde la segunda década del siglo XIX para expandir sus redes mercantiles en la región, incluso ignorando pragmáticamente el principio de soberanía monárquica. Cf. Carmagnani, 2004.
  • 13
    Gallo, 2001.
  • 14
    Idem, 2010.
  • 15
    Schlez, 2021.
  • 16
    El tratado que Inglaterra y Francia rubricaron en 1860 ha sido considerado un parteaguas en la historia económica occidental, por cuanto se ha supuesto que originó un periodo de liberalización comercial inédito hasta entonces. No obstante, la literatura especializada ha debatido acerca de los efectos potenciadores o debilitadores que el acuerdo tuvo en el intercambio internacional, así como en la periodización de los ciclos de apertura mercantil y en la existencia de otros factores explicativos de la mayor integración de las economías. Para más detalles, véanse las obras citadas en la nota número 5, así como: Tena-Junguito; Lampe; Tamega Fernandes, 2012.
  • 17
    Tratado de Amistad, Alianza, Comercio y Navegación entre la República de las Provincias Unidas del Río de la Plata y Chile, Santiago de Chile, 20 de noviembre de 1826.
  • 18
    Pillado, 1915.
  • 19
    Schmit, 2011.
  • 20
    En 1826 se discutió la Ley Diplomática que organizaba el servicio exterior. Aunque faltan estudios concretos, sabemos que entre 1824 y 1853 se ejecutaron más de treinta misiones al extranjero. Cf. Kloster, en prensa.
  • 21
    Alvarez, 1912.
  • 22
    Tras concesiones recíprocas que tuvieron corta vida en las décadas de 1810 y 1820, en 1835 Mendoza y Chile firmaron un tratado para afianzar y ampliar los vínculos mercantiles. Prorrogado en 1838, fue anulado unilateralmente por el gobierno chileno por razones arancelarias y por la violación de derechos de sus ciudadanos en suelo mendocino. Cf. Bransboin, 2014.
  • 23
    Halperín Donghi, 2005.
  • 24
    Pahre, 2008.
  • 25
    Los tratados de comercio han sido considerados los componentes centrales de las relaciones diplomáticas mexicanas. Cf. Kuntz Ficker, 2010.
  • 26
    Los casos de Chile y Brasil, considerados como excepciones al fenómeno de “larga espera” por su temprana estabilización política e institucional (Cf. Collier, 1991; Fausto, 2003), sumaron poco más de una veintena de instrumentos relacionados al comercio internacional en el periodo mencionado.
  • 27
    Míguez, 2021.
  • 28
    Chiaramonte, 1993.
  • 29
    Cabe aclarar que Buenos Aires no solo no se opuso a la libre navegación, sino que, incluso, otorgó facilidades portuarias a las mercancías en tránsito a otras provincias.
  • 30
    Tratado de Navegación y Límites entre la Confederación Argentina y la República de Paraguay, Asunción, 15 de julio de 1852.
  • 31
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y Su Majestad Fidelísima la Reina de Portugal, Buenos Aires, 9 de agosto de 1852.
  • 32
    Cavalieri, 2007.
  • 33
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y los Estados Unidos, San José de Flores, 27 de julio de 1853, p. 2
  • 34
    American Society of International Law, 1909.
  • 35
    Fernández, 2004.
  • 36
    Tratado de Paz, Amistad, Comercio y Navegación entre la República de Chile y la Confederación Argentina, Santiago de Chile, 30 de agosto de 1855.
  • 37
    Lanteri, 2019.
  • 38
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y el Emperador de Brasil, Paraná, 7 de marzo de 1856.
  • 39
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y la República de Paraguay, Asunción, 29 de julio de 1856.
  • 40
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y Bolivia, Oruro, 7 de diciembre de1858.
  • 41
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y Su Majestad el Rey de Cerdeña, Paraná, 21 de septiembre de1855.
  • 42
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y Prusia y otros estados del Zollverein alemán, Paraná, 19 de septiembre de1857.
  • 43
    Duve, 2007b, p. 106-146.
  • 44
    Torres Gigena, 1943.
  • 45
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y Bélgica, Paraná, 3 de marzo de1860.
  • 46
    Pillado, Op. Cit.
  • 47
    En correspondencia diplomática se deja entrever que el reconocimiento de la nacionalidad pudo estar entre los puntos más polémicos en la época. Carta de la legación británica en Argentina al MREC, Buenos Aires, 28 de agosto de 1863, en Memoria del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (en adelante MMREC), 1864, p. 343.
  • 48
    Pillado, Op. Cit.
  • 49
    Se estima que la situación fiscal de las provincias rioplatenses era similar a la de otros estados latinoamericanos, como Uruguay, Brasil o Venezuela, cuyas entradas derivadas del comercio exterior representaban más de tres cuartas partes de la recaudación. De hecho, en 1859 más del 95% y del 85% de los ingresos de la Confederación Argentina y del estado de Buenos Aires, respectivamente, provino del intercambio con el extranjero. Cf. Garavaglia, 2014.
  • 50
    Alvarez, Op. Cit.
  • 51
    Míguez, Op. Cit.
  • 52
    Garavaglia, Op. Cit.
  • 53
    La Ley de Derechos Diferenciales, proyectada en 1854, se aprobó en 1856. Por la misma se duplicaron las tasas aduaneras de importación para algunos productos y se recargaron en 30% otros, siempre que procedieran de puertos de “cabos adentro” (Buenos Aires o Montevideo). En 1859 se ampliaron las tasas diferenciales a las exportaciones. Cf. Míguez, Op. Cit.
  • 54
    Cavalieri, Op. Cit.
  • 55
    Barba, 1973.
  • 56
    Míguez, Op. Cit.
  • 57
    Oszlak, 1982.
  • 58
    Solveira, 1997.
  • 59
    Tratado de Reconocimiento, Paz y Amistad entre Su Majestad la Reina de las Españas y la República Argentina, Madrid, 21 de septiembre de 1863.
  • 60
    Figallo, 2012.
  • 61
    Detalles de las negociaciones desde finales de la década de 1850 se encuentran en: Bécker, 1922.
  • 62
    Por ejemplo, la Ley N.º 421 (Buenos Aires, 22 de septiembre de 1870) aprobó la inclusión de los préstamos forzosos exigidos a los súbditos españoles por los gobiernos rioplatenses durante el proceso de independencia al artículo 5.º (que preveía la restitución de bienes y propiedades oportunamente confiscados).
  • 63
    MMREC, 1866, p. XIII.
  • 64
    El acuerdo se extinguió en 1871 pese a que este año el MREC había firmado un protocolo con el Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario italiano solicitando al Congreso autorización para prorrogar el tratado. Cf. MMREC, 1871, p. 336-338.
  • 65
    Carta de legación argentina en Francia al MREC, París, 28 de febrero de 1872, en MMREC, 1872, p. 561.
  • 66
    Convención sobre Tratamiento de la Nación Más Favorecida entre la República Argentina y el Rey de Italia, Buenos Aires, 1 de junio de 1894.
  • 67
    Nota del Enviado del Imperio austrohúngaro al MREC, Buenos Aires, 12 de octubre de 1870, en MMREC, 1871, p. 237-240.
  • 68
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y la monarquía austrohúngara, Buenos Aires, 27 de octubre de 1870.
  • 69
    Nota del Encargado de Negocios de Austria-Hungría al MREC, Buenos Aires, 9 de diciembre de 1873, en MMREC, 1874, p. 1018-1019.
  • 70
    MMREC, 1875, p. XXXIV.
  • 71
    Nota del Encargado de Negocios de Austria-Hungría al MREC, Buenos Aires, 28 de abril de 1879, en MMREC, 1879, t. 1, p. 507.
  • 72
    Memoria del consulado argentino en Austria, Trieste, 21 de febrero de 1880, en MMREC, 1880, p. 428.
  • 73
    MMREC, 1882, t. 1, p. 381.
  • 74
    Torres Gigena, Op. Cit.
  • 75
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y los Reinos Unidos de Suecia y Noruega, París, 6 de junio de 1872.
  • 76
    Memoria de la legación argentina en Francia, París, 26 de febrero de 1873, en MMREC, 1873, p. 659.
  • 77
    MMREC, 1873, p. XLVII.
  • 78
    Carta de legación argentina en Austria al MREC, Francisco Ortíz, Viena, 11 de enero de 1885, en MMREC, 1885, p. 349-353.
  • 79
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y los Reinos Unidos de Suecia y Noruega, Viena, 17 de julio de 1885.
  • 80
    MMREC, 1886, p. 192.
  • 81
    Declaración relativa a los artículos 2.º, 8.º y 9.º del Tratado de Amistad, Comercio y Navegación del 17 de julio de 1885, Buenos Aires, 14 de enero de1896.
  • 82
    MMREC, 1866, p. XIII.
  • 83
    Carta del MREC al Encargado de Negocios de Portugal, Buenos Aires, 18 de marzo de 1867, en MMREC, 1867, p. 253.
  • 84
    Decreto de reconocimiento del Vizconde de San Januario como Enviado Extraordinario de Portugal a Argentina, Buenos Aires, 7 de octubre de 1878, en MMREC, 1879, t. 1, p. 787.
  • 85
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y Su Majestad Fidelísima el Rey de Portugal y “de los Algabes”, Buenos Aires, 24 de diciembre de 1878.
  • 86
    Estas manifestaciones nacionalistas tuvieron intenciones relacionadas con la protección de sectores manufactureros, pero en muchos casos se trataba todavía de ideas apoyadas tenuemente y más por razones fiscales que productivas. Cf. Chiaramonte, 2012.
  • 87
    Bairoch, Op. Cit.
  • 88
    MMREC, 1874, p. XXIV.
  • 89
    Hacia finales de la década de 1870 se presentó un proyecto de organización y reglamento del cuerpo consular argentino que incluía: “Título 1. De los agentes consulares. Capítulo 1. Nombramiento, Clases, Sueldos y Prerrogativas de los agentes consulares. Art. 1. … y velarán por el cumplimiento de los tratados en que sea parte la República. Título 2. Deberes de los cónsules. Cap. 1. Protección al comercio y a la navegación. Art. 65. Los agentes consulares deben… velar por la puntual observancia de los privilegios, exenciones y derechos acordados por los Tratados de comercio”. Cf. MMREC, 1879, t. 2, p. 337 y 344.
  • 90
    Carta de la legación argentina en Francia al MREC, París, 28 de febrero de 1872, en MMREC, 1872, p. 561; Memoria del consulado argentino en Austria, Trieste, 31 de enero de 1878, en MMREC, 1878, p. 330.
  • 91
    Carta de la legación argentina en Francia al MREC, París, 28 de febrero de 1872, en MMREC, 1872, p. 561; Memoria de la legación argentina en Francia, París, 26 de febrero de 1873, en MMREC, 1873, p. 659.
  • 92
    MMREC, 1885, p. XXVI.
  • 93
    Carta de Cónsul de Bélgica al MREC, Buenos Aires, 27 de octubre de 1879, en MMREC, 1880, t. 2, p. 366-367.
  • 94
    MMREC, 1878, p. VIII.
  • 95
    Pahre, Op. Cit.
  • 96
    Para una revisión sobre esta literatura, cf. Rapoport, 2006. Por otra parte, un recorrido por la historiografía tradicional y las visiones alternativas que se han desarrollado en las últimas décadas acerca del vínculo con Chile, considerado más conflictivo en tiempo y espacio, puede seguirse en: Rayes, 2010.
  • 97
    Girbal Blacha, 1982; Carreras-Marín; Badía-Miró; Peres-Cajías, 2013.
  • 98
    Esta idea ha sido particularmente desarrollada en el vínculo entre Argentina y Brasil, y un ejemplo de ello fue el intercambio epistolar entre funcionarios de ambos países en los primeros años de la década de 1890. Cf. MMREC, 1892.
  • 99
    MMREC, 1874, p. XXVI-XXVIII.
  • 100
    MMREC, 1879, t. 1, p. X.
  • 101
    Langer; Conti, 1991.
  • 102
    Tratado de Paz, Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y la República de Bolivia, Buenos Aires, 2 de mayo de 1865.
  • 103
    MMREC, 1866, p. II.
  • 104
    Protocolo de canje de ratificaciones del Tratado entre Argentina y Bolivia, Buenos Aires, 10 de abril de 1866.
  • 105
    MMREC, 1868, p. X-XI.
  • 106
    Pillado, Op. Cit.
  • 107
    Acto de canje de ratificaciones entre el MREC y el cónsul boliviano, Buenos Aires, 24 de septiembre de 1869, en MMREC, 1870, p. 13.
  • 108
    Carta de legación boliviana al MREC, Buenos Aires, 10 de agosto de 1880, en MMREC, 1881, t. 1, p. 3.
  • 109
    Memoria de Viceconsulado en Perú al Cónsul General, Arequipa, 16 de noviembre de 1878, en MMREC, 1879, t. 2, p. 112-115.
  • 110
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y la República de Paraguay, Buenos Aires, 3 de febrero de 1876.
  • 111
    MMREC, 1881, t. 1, p. 272.
  • 112
    MMREC, 1881, t. 1, p. XI.
  • 113
    Este acuerdo tiene la particularidad de haber sido omitido, seguramente por error involuntario, de la lista de tratados analizados por: Pillado, Op. Cit.
  • 114
    MMREC, 1882, t. 1, p. XXXIX.
  • 115
    MMREC, 1886, p. 68.
  • 116
    Solveira, 1995.
  • 117
    MMREC, 1882, t. 1, p. XIV.
  • 118
    Carta de la legación chilena al MREC, Buenos Aires, 25 de octubre de 1866, en MMREC, 1867, p. 87.
  • 119
    MMREC, 1867, p. VI; MMREC, 1869, p. 100.
  • 120
    MMREC, 1870, p. V.
  • 121
    Carta de la legación argentina en Chile al MREC, Mariano Varela, Santiago de Chile, 14 de marzo de 1870, en MMREC, 1870, p. 67-76.
  • 122
    MMREC, 1874, p. XVIII-XIX.
  • 123
    Lacoste, 2004.
  • 124
    Clemente Batalla, 2005.
  • 125
    MMREC, 1873, p. XLVIII.
  • 126
    Informe de viceconsulado en Uruguay, Carmelo, 12 de enero de 1878. Cf. MMREC, 1878, p. 527.
  • 127
    MMREC, 1879, t. 2, p. 8.
  • 128
    MMREC, 1882, t. 1, p. 380.
  • 129
    Carta del Inspector General de Aduanas al MREC, Buenos Aires, 13 de noviembre de 1883, en MMREC, 1884, p. 272-273.
  • 130
    Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República Argentina y la República del Perú, Buenos Aires, 9 de marzo de 1874.
  • 131
    Informe de la legación argentina en Perú, Lima, 28 de septiembre de 1874, en MMREC, 1875, p. 337-338.
  • 132
    Memoria de consulado en Perú, Mollendo, 8 de febrero de 1879, en MMREC, 1879, t. 2, p. 115-116.
  • 133
    Carta del ministro de Relaciones Exteriores de República Dominicana al MREC, Santo Domingo, 15 de junio de 1876, en MMREC, 1877, t. 1, p. 824-825.
  • 134
    MMREC, 1883, p. XXX, XXXIX y XLIV.
  • 135
    Carta del MREC al Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario argentino en Estados Unidos, Buenos Aires, 28 de diciembre de 1886, en MMREC, 1887, p. 279.

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    18 Dic 2023
  • Fecha del número
    2023

Histórico

  • Recibido
    05 Jun 2023
  • Acepto
    06 Set 2023
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