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Una contribución de la Bioética de Intervención a la relectura del concepto de “principio”

Resumen

El vocablo “principio” fue adquiriendo una creciente carga semántica a lo largo de los siglos y hoy sigue siendo utilizado en la búsqueda de la resolución de conflictos morales. El presente estudio comienza por el análisis de los diferentes conceptos de principio trabajados en filosofía y derecho. Con la inclusión de los principios en el contexto de la bioética, la investigación procuró estudiar la interpretación que se les atribuye en ese campo, especialmente en el caso del principialismo. Se observó que la noción básica de principio ha sido utilizada, en los tres campos analizados – filosofía, derecho y bioética – de modo verticalizado. Presentados los diferentes conceptos de principio (relativos y absolutos), son discutidos en el sentido crítico comparativo con la noción supuestamente universal de moralidad común. Finalmente, el texto aborda la posibilidad de construir un abordaje horizontal de los principios, teniendo como referencia el respeto al pluralismo moral, en la línea teórico-aplicada propuesta por la Bioética de Intervención.

Fundamentos; Principios Morales; Filosofía; Pluralismo; Bioética

Resumo

O vocábulo “princípio” adquiriu crescente carga semântica durante os séculos, e hoje é utilizado na busca de solução para conflitos morais. Este estudo se inicia com a análise de diferentes conceitos de princípio na filosofia e no direito. Além desses campos, a pesquisa buscou estudar a interpretação da bioética sobre a ideia de princípio, especialmente no caso do principialismo. Observou-se que a noção básica de princípio tem sido utilizada nos três campos de modo verticalizado. Depois de apresentados, esses diferentes conceitos (relativos e absolutos) são discutidos a partir de perspectiva crítico-comparativa e cotejados com a noção presumivelmente universal de moralidade comum. Finalmente, explora-se a possibilidade de estabelecer abordagem horizontal dos princípios, tendo como referência o respeito ao pluralismo moral, na linha teórico-aplicada proposta pela bioética de intervenção.

Fundamentos; Princípios morais; Filosofia; Pluralismo; Bioética

Abstract

The word “principle” has acquired an increasing semantic range over the centuries and continues to be used today in the search for the solution of moral conflicts. The present study begins by analyzing the different concepts of principle in Philosophy and Law. In addition to these fields, the research sought to study the interpretation of bioethics about the idea of principle, especially in the case of principlism. It was observed that the basic notion of principle has been used in the three fields analyzed - philosophy, law and bioethics - in a vertical way. Having presented the different concepts of principle (relative and absolute), these are discussed in a critical comparative way, and compared with the presumably universal notion of common morality. Finally, the text discusses the possibility of constructing a horizontal approach to these principles, using as reference the respect for moral pluralism, in the theoretical-applied line proposed by the Bioethics of Intervention.

Foundation; Morals; Philosophy; Pluralism; Bioethics

La palabra “principio” es constantemente invocada para solucionar dilemas morales en diferentes esferas, especialmente en la filosofía, en el derecho y, más recientemente, en la bioética. Es oportuno, por lo tanto, analizar su real significado y los sentidos que le son atribuidos en estos campos distintos pero interrelacionados, especialmente en la bioética.

Desde la Antigüedad, el pensamiento occidental buscó leyes naturales o divinas para orientarse. Fue así con los griegos, como señala Mckirahan 11. Mckirahan RD. A filosofia antes de Sócrates. São Paulo: Paulus; 2013., y con los cristianos, más específicamente en la cristiandad medieval 22. Aquino T. Suma teológica. 3ª ed. São Paulo: Loyola; 2010. v. 1.. Durante toda la Edad Media, por casi mil años, uno de los pensamientos centrales fue la cosmovisión asentada en principios metafísicos 33. Hauser A. História social da arte e da literatura. 2ª ed. São Paulo: Martins Fontes; 2010.. No es sin razón que Engelhardt 44. Engelhardt Jr HT. Fundamentos da bioética. 2ª ed. São Paulo: Loyola; 1998. considera que muchas personas sienten nostalgia de la Edad Media, principalmente cuando buscan principios estables para sustentar el actuar bioético. Esta concepción metafísica será interpretada aquí como una visión verticalizada del principio.

En oposición a tal perspectiva, el propósito de este ensayo es presentar una interpretación horizontal del principio, de acuerdo con una bioética basada en el respeto al pluralismo moral, además de cuestionar la adopción de principios predefinidos para la solución de conflictos morales en diferentes contextos socioculturales. Para ello, el estudio parte de las raíces de la concepción vertical, desde la Antigüedad hasta la bioética principialista, pasando por los campos de la filosofía y del derecho.

El método utilizado fue la revisión bibliográfica, con análisis de obras de Aristóteles 55. Aristóteles. Ética a Nicômaco. São Paulo: Atlas; 2009. v. 2.,66. Aristóteles. Metafísica. São Paulo: Loyola; 2012. v. 3. y Kant 77. Kant I. Crítica da razão pura. Petrópolis: Vozes; 2015.

8. Kant I. Fundamentação da metafísica dos costumes. São Paulo: Barcarolla; 2010.
-99. Kant I. Princípios metafísicos da doutrina do direito. São Paulo: Martins Fontes; 2014. para profundizar el estudio de la filosofía, Dworkin 1010. Dworkin R. Los derechos en serio. Barcelona: Ariel; 1984. y Alexy 1111. Alexy R. Sistema jurídico, principios jurídicos y razón práctica. Doxa Cuad Filos Derecho [Internet]. 1988 [acesso 4 maio 2017];(5):139-51. Disponível: https://bit.ly/2QoljKY
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,1212. Alexy R. A estrutura das normas de direitos fundamentais. In: Alexy R. Teoria dos direitos fundamentais. 2ª ed. São Paulo: Malheiros; 2017. p. 85-179. para temáticas de derecho; Beauchamp y Childress 1313. Beauchamp TL. Standing on principles: collected essays. 2ª ed. Oxford: Oxford University Press; 2010.

14. Beauchamp TL, Childress JF. Principles of biomedical ethics. 7ª ed. New York: Oxford University Press; 2013.
-1515. Beauchamp TL, Rauprich O. Principlism. In: Ten Have H, organizador. Encyclopaedia of global bioethics. Zurique: Springer; 2016. p. 2282-93. y Gert 1616. Gert B. Common morality: deciding what to do. New York: Oxford University Press; 2004. para el campo de la bioética; y Garrafa 1717. Garrafa V. Da bioética de princípios a uma bioética interventiva. Bioética [Internet]. 2005 [acesso 26 maio 2017];13(1):125-34. Disponível: https://bit.ly/2fRTUPF
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,1818. Garrafa V, Porto D. Intervention bioethics: epistemology for peripheral countries. J Int Bioethique. 2008;19(1-2):87-102., Schramm 1919. Schramm FR. ¿Bioética sin universalidad? Justificación de una bioética latinoamericana y caribeña de protección. In: Garrafa V, Kottow M, Saada A, coordenadores. Estatuto epistemológico de la bioética. Ciudad de México: Unam/Instituto de Investigaciones Jurídicas; 2005. p. 165-85.,2020. Schramm FR. Bioética: a terceira margem da saúde. Brasília: Editora UnB; 1996. y Kottow 2121. Kottow M. Bioética prescriptiva: la falacia naturalista: el concepto de principios en bioética. In: Garrafa V, Kottow M, Saada A, coordenadores. p. 1-28. para abordar la bioética de intervención. Se consultaron también obras de otros autores con el fin de enriquecer la discusión.

El análisis de los diferentes conceptos de principio a partir de la filosofía es indispensable por ser dicha disciplina la base de la búsqueda de la comprensión del pensamiento y de la realidad. La misma importancia reside en la esfera del derecho, dado que gran parte de las decisiones jurídicas es resuelta aplicándose tales presupuestos. Finalmente, el estudio debe ser profundizado también en el contexto contemporáneo de la bioética, pues los principios son constantemente invocados para solucionar conflictos morales relacionados con la ética de la vida, además de ser esta la rama de la ética aplicada que más se viene desarrollando en los últimos años.

Este estudio contrapone la teoría principialista, que trata los principios jerárquica y verticalmente, y la llamada “bioética de intervención”, línea de pensamiento latinoamericana que trabaja la politización de conflictos morales y el respeto al pluralismo, con un enfoque contextualizado y horizontal. Debido a la extensión del tema, no se abordan cuestiones epistemológicas propiamente dichas 2222. Olivé L. Epistemología en la ética y en las éticas aplicadas. In: Garrafa V, Kottow M, Saada A, coordenadores. Bases conceituais da bioética: enfoque latino-americano. São Paulo: Gaia; 2006. p. 133-59., tampoco la polémica sobre los conceptos de moral y ética, y mucho menos la historia de la ética, pues ya existe vasta bibliografía sobre el tema 2323. Cortina A, Navarro EM. Ética. Madri: Akal; 1996.,2424. Vazquez AS. Ética. Rio de Janeiro: Civilização Brasileira; 1993..

Conceptos de “principio” en la filosofía

No es fácil precisar el concepto de principio, pues adquirió diferentes significados en la historia de la filosofía. Esto se refleja directa o indirectamente en los intentos de definir el término en los diversos diccionarios filosóficos, los cuales presentan definiens distintos: aquello de que derivan todas las cosas y la razón por la cual todas las cosas son lo que son 2525. Mora JF. Diccionario de filosofia. Madrid: Paidós; 2014.; punto de partida y fundamento 2626. Abbagnano N. Dizionario di filosofia. Torino: Utet; 1964.; comienzo teórico 2727. Comte-Sponville A. Dictionnaire philosophique. Paris: Puf; 2013.; origen, base y comienzo 2828. Regenbogen A, Meyer U. Wörterbuch der philosophischen Begriffe. Hamburg: Felix Meiner Verlag; 2013.. Otros diccionarios 2929. Blackburn S. The Oxford dictionary of philosophy. 3ª ed. Oxford: Oxford University Press; 2016.

30. Audi R. The Cambridge dictionary of philosophy. Cambridge: Cambridge University Press; 2015.
-3131. Borchert DM. Encyclopedia of philosophy. Michigan: Simon & Schester Macmillan; 2005. v. 10. se evaden de la conceptualización, diferenciando sólo los tipos de principios.

De cierto modo, la mayoría de estas definiciones ya se encontraba en Aristóteles 3232. Aristóteles. Op. cit. 2009. p. 28., que fue probablemente el primero en intentar explicar el vocablo. Para él, principio es: 1) parte de alguna cosa que se puede comenzar a mover; 2) punto de partida; 3) parte originaria a partir de la cual deriva; 4) causa primera, no inmanente; 5) aquello por cuya voluntad las cosas se mueven y cambian; 6) punto de partida del conocimiento, premisas. Estos principios, aplicados a la ciencia, no tienen demostración y no necesitan de ella, porque son fundación última del conocimiento. De esta forma, la teoría de la ciencia aristotélica se hizo conocida como “fundamentalista” 3333. Höffe O. Aristóteles: introdução. Porto Alegre: Artmed; 2008. o “fundacionista” 3434. Smith R. Lógica. In: Barnes J, organizador. Aristóteles. São Paulo: Ideias e Letras; 2009. p. 59-102..

Se debe, por lo tanto, resaltar que, para este filósofo el saber práctico, específicamente la ética, no tiene la precisión y la regularidad propias de la matemática y de la geometría 3535. Aristóteles. Ética a Nicômaco. São Paulo: Atlas; 2009. (Coleção Os pensadores vol. II) p. 124.; por el contrario, este saber debe ser flexible como la regla de Lesbos, que se adapta a las piedras a ser medidas. Así, el principio del actuar correcto no debe derivar de los teóricos, ni buscar una causa, sino situarse en el campo de la praxis: basta mostrar sólo de modo conveniente el hecho de que es así, tal como ocurre con respecto a los principios fundamentales3636. Aristóteles. Op. cit. (Coleção Os pensadores vol. II) p. 28-29..

Siguiendo la interpretación aristotélica en la Edad Media, Tomás de Aquino 22. Aquino T. Suma teológica. 3ª ed. São Paulo: Loyola; 2010. v. 1. usó la noción de principio con sentido de incipere (incipiente), es decir, relativo al inicio, comienzo. Sin embargo, esta idea se liga a la de primacía, prioridad, que presupone sucesión o conjunto ordenado. Así, para éste, el principio tiene prioridad cronológica, espacial, axiológica u ontológica.

Tal concepto también carga con la noción de procedencia, así como en el cristianismo el Padre es principio del Hijo, pues le comunica la divinidad. En el dominio de la lógica, los filósofos medievales entendían que principio suponía deducción. En la ética, los principios son imperativos deducidos de la conducta moral. Según Christian Wolff 3737. Wolff C. Erste Philosophie oder Ontologie. Hamburg: Felix Meiner Verlag; 2008., los escolásticos no se apartaron de las concepciones delineadas por la metafísica aristotélica. Al unir teología cristiana y filosofía aristotélica, Tomás de Aquino acentuó la verticalización de la noción de principio.

En el umbral entre filosofía moderna y contemporánea, Immanuel Kant también contribuyó con la idea de principio. En “Crítica de la razón pura” 77. Kant I. Crítica da razão pura. Petrópolis: Vozes; 2015., principio o conocimiento por principios (aus Prinzipien) es aquel que permite conocer lo particular en lo universal por medio de conceptos (Begriffe). Una vez establecido, el vocablo comienza a ser utilizado por Kant tanto en la teoría moral como en su teoría del derecho.

En la “Fundamentación de la metafísica de las costumbres” afirma que “fundamentación” no es más que la búsqueda y el establecimiento del principio supremo de la moralidad88. Kant I. Fundamentação da metafísica dos costumes. São Paulo: Barcarolla; 2010.. De forma similar, en los “Principios metafísicos de la doctrina del derecho” 99. Kant I. Princípios metafísicos da doutrina do direito. São Paulo: Martins Fontes; 2014., Kant busca crear un sistema jurídico que ligue todos los deberes a un principio. Así, tampoco escapa a la verticalización, ya sea por la deducción 3838. Höffe O. Kant: crítica da razão pura: os fundamentos da filosofia moderna. São Paulo: Loyola; 2013., o por la primacía de los imperativos.

Luego de Kant, la noción de principio permaneció semánticamente inalterada. La polémica entonces se abocó al tipo de principio que orientaría las decisiones, y el utilitarismo propuso la utilidad o la mayor felicidad. En este prisma, Jeremy Bentham 3939. Bentham J. The principles of morals and legislation. New York: Prometheus Books; 1988., afirma que el principio de la utilidad no es susceptible de demostración directa, la cual sería imposible y superflua. El también utilitarista John Stuart Mill 4040. Mill JS. On liberty, utilitarianism and other essays. 2ª ed. Oxford: Oxford University Press; 2015. se muestra a favor de la perspectiva según la cual los principios son necesarios para orientar la moralidad de los actos. Estos principios, para él, coinciden con la mayor felicidad.

La reflexión podría seguir por una infinidad de filósofos que defendieron diversos principios orientadores, como Hans Jonas, en el Principio de la Responsabilidad4141. Jonas H. O princípio responsabilidade: ensaio de uma ética para a civilização tecnologica. Rio de Janeiro: Ed. PUC Rio; 2006., y Hannah Arendt, en la Condición Humana4242. Arendt H. A condição humana. 13ª ed. São Paulo: Forense Universitária; 2010., no obstante, la extensión de este ensayo y su intención no permiten tamaña tarea. El objetivo aquí es investigar cómo la noción de principio originaria de la filosofía se desarrolló en el derecho y en la bioética, así como cuestionar la necesidad de invocar principios, de manera jerarquizada o verticalizada, como fundamento para tomar decisiones.

Conceptos de “principio” en el derecho

Como en la filosofía, el significado de la palabra “principio” en el derecho no es claro ni tangible, ni siquiera entre los grandes doctrinarios. Por esto, la aplicación del concepto ha sido objeto de discusión por largos años, y hay diversos estudios acerca de sus implicancias directas e indirectas en la vida de las personas, teniendo en cuenta las decisiones fundamentadas en bases principiológicas. Existen diferentes teorías en cuanto a la jerarquización y al modo de ponderación, que determinarán el empleo de un principio en detrimento de otro en un caso concreto, o su aplicación en mayor o menor grado.

Para delimitar un concepto de principio y el modo en que debe ser aplicado, es necesario distinguirlo de la regla. Dworkin 1010. Dworkin R. Los derechos en serio. Barcelona: Ariel; 1984. afirma que tales ideas difieren en la orientación dada, pues las reglas son aplicadas en carácter directo y concreto, traduciéndose en “hacer” o “dejar de hacer” determinada acción. Sin embargo, el principio enuncia una razón que desemboca en la única dirección a ser seguida. Así, según el autor, los principios están dotados de un peso e importancia que las reglas no tienen, pudiendo hasta superponerse a ellas, pues tienen carácter de imparcialidad, sirviendo a la justicia.

Dworkin sostiene además que la aplicación de los principios debe proporcionar una decisión justa, y su aplicador debe basarse en principios ya existentes, sin elegir libremente uno de su preferencia, para no lesionar la integridad del sistema jurídico. El autor sigue una corriente basada en el denominado “positivismo fuerte”, defendiendo que todos apliquen un principio ya definido, con el fin de garantizar una respuesta coherente para cada caso y, con esto, la integridad del sistema jurídico 4343. Galuppo MC. Os princípios jurídicos no estado democrático de direito: ensaio sobre o modo de sua aplicação. RIL [Internet]. 1999 [acesso 4 jun 2017];36(143):191-209. Disponível: https://bit.ly/2x55Ffw
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.

En otra vertiente, Alexy 1111. Alexy R. Sistema jurídico, principios jurídicos y razón práctica. Doxa Cuad Filos Derecho [Internet]. 1988 [acesso 4 maio 2017];(5):139-51. Disponível: https://bit.ly/2QoljKY
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afirma que las reglas son dispositivos reguladores a ser seguidos, al tiempo que los principios se asemejan a valores y, por esto, pueden organizarse jerárquicamente, dependiendo del contexto y de la comunidad en que son aplicados. Para determinar cuan fuerte es un principio, hay que tener en cuenta su semejanza con el valor.

También de acuerdo con este filósofo, la distinción entre reglas y principios es que, mientras que las primeras son determinaciones positivadas, materializadas en leyes, los últimos son normativos, direccionan la máxima realización de algo, de acuerdo con posibilidades jurídicas y fácticas. Así, los principios no servirían para orientar una decisión moral, sino para mejorar la aplicación de las normas en mayor o menor grado, dependiendo de un caso concreto 1111. Alexy R. Sistema jurídico, principios jurídicos y razón práctica. Doxa Cuad Filos Derecho [Internet]. 1988 [acesso 4 maio 2017];(5):139-51. Disponível: https://bit.ly/2QoljKY
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Es cierto que en la interpretación y aplicación de las reglas no se aceptan antinomias. Por su especialidad y positividad, las reglas son empleadas de acuerdo con el sistema todo o nada (all or notinhg), consistente con el mecanismo tradicional de la subsunción. Así, o se aplica una regla o no. Los principios, por el contrario, sólo enuncian motivos (más cercanos a las ideas de derecho y justicia que las reglas), y no constituyen imperativos categóricos; son imprecisos, genéricos y lógicamente abstractos 1212. Alexy R. A estrutura das normas de direitos fundamentais. In: Alexy R. Teoria dos direitos fundamentais. 2ª ed. São Paulo: Malheiros; 2017. p. 85-179..

En síntesis, la diferencia básica entre principios y reglas es que los primeros representan normas jurídicas compatibles con diversos grados de concretización, y las segundas establecen un permiso o prohibición de forma menos genérica. Las reglas describen aspectos facticos y jurídicos de situaciones y son enunciadas mediante leyes; los principios expresan valores y directrices y se fundamentan por las normas constitucionales.

Además, la relación entre principios antinómicos es conflictual, es decir, permite un equilibrio de valores e intereses, lo que no ocurre con las reglas antinómicas, pues se exige la aplicación exclusiva de una de ellas 4444. Espíndola RS. Conceito de princípios constitucionais. 2ª ed. São Paulo: Editora Revista dos Tribunais; 2002.. En este sentido, es importante destacar que Dworkin y Alexy difieren en cuanto a la solución de determinado caso en base a principios. Mientras que Dworkin cree que los principios tienen el mismo valor y que la aplicación de uno no excluye al otro, para Alexy estos pueden ser dispuestos jerárquicamente y, en caso de conflicto, deben ser ponderados con la intención de aplicar el de mayor valor con el fin de promover la justicia.

Estas dos teorías demuestran la dificultad de establecer un consenso sobre el concepto y aplicación de principios en la solución de conflictos. A pesar de la concordancia en cuanto a su carácter orientador en situaciones que surgen diariamente, el problema reside en responder si los principios son de hecho jerarquizados u ocupan el mismo nivel.

Muchos estudiosos del derecho tienden a elegir principios capaces de orientar la solución del máximo de problemas posibles, definiendo cuáles serían jerárquicamente superiores a los demás. No obstante, la dificultad de establecer prioridades entre estos principios pasa a estar, entonces, relacionada con la jerarquía de valores. Un impase aún mayor es saber a quién le incumbe determinar los valores preponderantes.

A primera vista, esa elección de principios parece una solución amigable para resolver el problema del disenso en cuanto a cuáles de estos deben ser priorizados. Por otro lado, surgen interrogantes aún más amplios: ¿qué principios deben ser colocados en la cúspide de la pirámide? ¿El mismo principio podría ser irrestrictamente aplicado en todo el mundo? Y, finalmente, ¿quién sería responsable de delimitar la importancia de algunos principios en detrimento de otros?

Se perciben aún resquicios de la metafísica aristotélica-tomista en este intento de jerarquizar/verticalizar principios en el campo del derecho. En la discusión aquí presentada, se cree que la bioética puede ser un instrumento mediador en la solución de conflictos. A partir del diálogo entre diversas teorías, se busca demostrar la importancia de la interacción entre diferentes enfoques morales.

Conceptos de “principio” en la bioética

La bioética es el campo de la ética aplicada que más ha avanzado en las últimas décadas. Por su carácter inter y transdisciplinario 4545. Callahan D. Bioethics as a discipline. Stud Hastings Cent [Internet]. 1973 [acesso 18 jun 2017];1(1):66-73. Disponível: https://bit.ly/2N5QkW0
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, recibe contribuciones de las más diversas disciplinas de las áreas biomédicas, humanas y sociales como filosofía, medicina, biología, derecho, antropología, sociología, teología, entre otras. En cuanto al vínculo con la idea de principio, es necesario registrar la relación umbilical de su corriente más tradicional – el principialismo.

“Principio” en la bioética principialista

En la ética la palabra “principio” sigue una variación semántica parecida a las que fueron analizadas hasta aquí. Algunos autores utilizan el vocablo con el sentido de enunciados indiscutibles, como los principios de la lógica. Se pueden citar, por ejemplo, los enfoques de la bioética basados en Kant 1414. Beauchamp TL, Childress JF. Principles of biomedical ethics. 7ª ed. New York: Oxford University Press; 2013. que se anclan fuertemente en el axioma del imperativo categórico.

La preocupación por establecer principios para investigaciones que involucran seres humanos aparece en la Declaración de Helsinki4646. World Medical Association. Declaration of Helsinki: ethical principles for medical research involving human subjects. Bull World Health Organ [Internet]. 2001 [acesso 8 maio 2017];79(4):373-4. Disponível: https://bit.ly/2rJdF3M
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y en el Informe Belmont4747. National Commission for the Protection of Human Subjects of Biomedical and Behavioral Research. The Belmont report: ethical principles and guidelines for the protection of human subjects of research [Internet]. 18 abr 1979 [acesso 14 maio 2017]. Disponível: https://bit.ly/1m4nLEE
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. Según Tom Beauchamp, antes de la década de 1970 no había un fundamento concreto, tampoco un compromiso con principios en que la ética biomédica pudiese enraizarse 1313. Beauchamp TL. Standing on principles: collected essays. 2ª ed. Oxford: Oxford University Press; 2010. (take root). Así, él y James Childress proponen en 1979 un framework con cuatro principios – respeto a la autonomía, no maleficencia, beneficencia y justicia 1515. Beauchamp TL, Rauprich O. Principlism. In: Ten Have H, organizador. Encyclopaedia of global bioethics. Zurique: Springer; 2016. p. 2282-93. –, explicando que son recomendaciones para guiar a los profesionales en las investigaciones biomédicas con seres humanos y en las relaciones con pacientes. Engelhardt 44. Engelhardt Jr HT. Fundamentos da bioética. 2ª ed. São Paulo: Loyola; 1998. también parece comprender así el término, a pesar de no desarrollarlo claramente.

El concepto delineado por el principialismo se aproxima al utilizado en los códigos profesionales, o en la “deontología”, palabra que posee por lo menos tres significados: 1) teoría kantiana del deber (deontos); 2) teoría ética de la moral en general, de Jeremy Bentham 4848. Bentham J. Déontologie ou science de la morale: theorie. Paris: Charpentier; 2016., 3) conjunto de deberes ligados a una profesión 4949. Simon M. Déontologie médicale ou des devoirs et des droits des médecins dans l’état actuel de la civilisation. Paris: J. B. Baillière; 1845.. No obstante, Beauchamp y Childress aseveran que los principios no pueden ser confundidos con códigos deontológicos, pues estos son incompletos y destituidos de una justificación adecuada, lo que puede causar conflicto con las reglas morales. Los principios, según los autores, son más universales, a pesar de no ser abstractos.

En el principialismo el término fue adquiriendo diversas formas de aplicación, dándose una divergencia en cuanto a la cantidad de principios fundamentales 2121. Kottow M. Bioética prescriptiva: la falacia naturalista: el concepto de principios en bioética. In: Garrafa V, Kottow M, Saada A, coordenadores. p. 1-28., aunque su concepto orientador continúe siendo básicamente el mismo. Por aceptar una pluralidad de principios, Beauchamp y Childress les atribuyeron una connotación prima facie1414. Beauchamp TL, Childress JF. Principles of biomedical ethics. 7ª ed. New York: Oxford University Press; 2013., es decir, comenzaron a interpretarlos como no absolutos. En otras palabras, para los autores, los principios expresan una obligación a ser cumplida hasta que haya conflicto con otro principio de importancia equivalente o mayor.

Frente a las críticas a la homogeneidad epistemológica del principialismo y a la no universalidad de los cuatro principios, Beauchamp y Childress introdujeron en la cuarta edición del libro “Principles of biomedical ethics” la teoría de la moralidad común, con el claro propósito de dar mayor sustento epistemológico al principialismo 5050. Azambuja LEO, Garrafa V. A teoria da moralidade comum na obra de Beauchamp e Childress. Rev. bioét. (Impr.) [Internet]. 2015 [acesso 8 maio 2017];23(3):634-44. Disponível: https://bit.ly/2Mo3OYf
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La teoría de la moralidad común está fundada en la naturaleza humana, a partir de la idea central de que la moral debe ser la misma para todas las personas. En otras palabras, el conjunto de principios propuestos carecía de fundamentación coherente en un sistema imparcial, universal, compartido por todos los seres racionales y capaces de lidiar con cuestiones morales. Incluir la idea de moralidad común en el principialismo fue la forma encontrada por Beauchamp y Childress para desprenderse de las críticas que comenzaron a recibir en el inicio de los años 1990.

Hasta los criterios más férreos del principialismo contribuyeron para fundamentar la idea de principio en el ámbito de la bioética. Fue el caso de Clouser y Gert 5151. Clouser KD, Gert B. A critique of principlism. J Med Philos [Internet]. 1990 [acesso 15 maio 2017];15(2):219-36. Disponível: https://bit.ly/2MpNnKR
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, para quien los principios son guías de acción que resumen una teoría y, así, ayudan al sujeto ético a tomar una decisión moral. Según los autores, la propuesta principialista difiere mucho de esa concepción, consistiendo únicamente en una especie de checklist de las cuestiones que valen la pena ser recordadas cuando se está decidiendo algo.

Así, Clouser y Gert afirman que los principios en la propuesta de Beauchamp y Childress no fueron un sistema moral articulado y, por eso, no son capaces de proveer orientación útil. Para los autores, un principio necesita de una teoría que lo fundamente, de lo contrario, estará destinado a fluctuar en medio de inseguridades. No se puede dejar de registrar, no obstante, que el propio Gert 1616. Gert B. Common morality: deciding what to do. New York: Oxford University Press; 2004. admite la idea de moralidades, en plural, conviviendo en la teoría de la moralidad común.

Guy Durant 5252. Durant G. A bioética: natureza, princípios e objetivos. São Paulo: Paulus; 1997. intentó salir de estas disputas presentando un nuevo concepto, en base a la afirmación de que los principios son imperativos necesarios para la investigación bioética. En otras palabras, Durant sostiene que los principios bioéticos no serían formas abstractas impuestas a la realidad y que pueden ser cuestionados a partir de los hechos.

De cualquier modo, en las diferentes vertientes y traducciones del principialismo, así como en sus justificativas y aplicaciones, permanece la visión vertical de principios, ya sea por las metáforas de la jerarquía o de la raíz. Si esta visión hace caer al agente moral en aporía, es importante pensar otra forma de ver e interpretar los principios. Con esa intención es que se propone, por ejemplo, su horizontalización.

“Principios” en las bioéticas no hegemónicas: bioética de intervención

Este estudio se basa en la línea de pensamiento que viene siendo trabajada hace casi dos décadas por las denominadas “bioéticas latinoamericanas”, en la estela de las denominadas “epistemologías del Sur” 5353. Nascimento WF, Garrafa V. Por uma vida não colonizada: diálogo entre bioética de intervenção e colonialidade. Saúde Soc [Internet]. 2011 [acesso 8 maio 2017];20(2):287-99. Disponível: https://bit.ly/2N99uKD
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,5454. Feitosa SP, Nascimento WF. A bioética de intervenção no contexto do pensamento latino-americano contemporâneo. Rev. bioét. (Impr.) [Internet]. 2015 [acesso 15 maio 2017];23(2):277-84. Disponível: https://bit.ly/2yZBY0e
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. Se escogió la bioética de intervención como referencia conceptual y práctica por las críticas que ha presentado al principialismo como corriente hegemónica del campo analizado, así como por su pionerismo y su amplia difusión 1717. Garrafa V. Da bioética de princípios a uma bioética interventiva. Bioética [Internet]. 2005 [acesso 26 maio 2017];13(1):125-34. Disponível: https://bit.ly/2fRTUPF
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,1818. Garrafa V, Porto D. Intervention bioethics: epistemology for peripheral countries. J Int Bioethique. 2008;19(1-2):87-102.. En este sentido, una bioética contrahegemónica debe filtrar críticamente reflexiones éticas, poniendo siempre a prueba sus presupuestos y rechazando tanto el absolutismo (“imperialismo moral”) como al relativismo nihilista.

El absolutismo ético intenta fundamentar los principios en un punto fijo. El problema se revela cuando este fundamento precisa ser demostrado, y tal demostración, por su parte, necesita de otra base, repitiendo, por lo tanto, todo el proceso. Como no podemos seguir ad finitum, o desconsideramos esa exigencia lógica, como lo hace Bentham 3939. Bentham J. The principles of morals and legislation. New York: Prometheus Books; 1988., o estaremos siempre buscando un argumento para el otro sucesivamente.

Algunos autores intentan respaldar su pensamiento en un principio último como, por ejemplo, la divinidad. En este caso, parece existir el anclaje perfecto para establecer principios, pero el contacto del fiel con la divinidad casi siempre es mediato, y no inmediato 44. Engelhardt Jr HT. Fundamentos da bioética. 2ª ed. São Paulo: Loyola; 1998.. En otras palabras, generalmente la divinidad habla por medio de representantes, lo que genera problemas de interpretación. Sin embargo, si la divinidad habla directamente a los fieles, estaremos frente a la pluralidad de interpretaciones de los que la oyen.

El diálogo también es presentado como base para establecer principios 2323. Cortina A, Navarro EM. Ética. Madri: Akal; 1996.,5555. Cortina A. Aliança e contrato: política, ética e religião. São Paulo: Loyola; 2008.. En este caso, la situación ideal de habla es la condición para considerar a los discursos auténticos, cuya exigencia principal es la igualdad de participación de los interlocutores. De esta forma, los resultados morales del diálogo son racionales y, por su parte, estos necesitan del uso de la racionalidad para fundamentarlos, o incluso, un discurso autentico sólo tiene lugar entre personas en situaciones iguales, luego éste debe ser igualitario. Se llega a un argumento circular, “p” por lo tanto “p”, en el cual se presupone una premisa “p” para llegar a una conclusión “p”.

La moralidad común, en tanto fundamento de la ética, tiene fragilidades. Una crítica contundente a esta teoría fue presentada por Karlsen y Solbakk 5656. Karlsen JR, Solbakk JH. A waste of time: the problem of common morality in Principles of Biomedical Ethics. J Med Ethics [Internet]. 2011 [acesso 26 maio 2017];37(10):588-91. Disponível: https://bit.ly/2NDAp0z
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, para quien ese discurso está aliado al de la normatividad moral, es decir, de la imposición de una moralidad sobre otra. Los autores indagan si el conjunto de principios morales en común no habría sido construido por una civilización hegemónica que oprimió los valores previos del pasado y de otros contextos culturales. Por estas y otras razones, algunos bioeticistas ven un relativismo intrínseco en esa expresión.

O’Neill 5757. O’Neill O. Practical principles & practical judgment. Hastings Cent Rep [Internet]. 2001 [acesso 26 maio 2017];31(4):15-23. Disponível: https://bit.ly/2CQ8G8P
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, por ejemplo, argumenta que el agente ético debe guiar sus acciones por principios múltiples, entre los cuales pocos son realmente éticos. Matti Häyry 5858. Häyry M. A defense of ethical relativism. Camb Q Healthc Ethics [Internet]. 2005 [acesso 2 jun 2017];14(1):7-12. Disponível: https://bit.ly/2COx8aB
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defiende el relativismo ético considerando la validez de normas y valores con relación a un fenómeno o a un punto de vista en transformación o diverso. Esta perspectiva no implica rechazar todas las nomas, pero se opone a la idea de principios absolutos. Según el autor, una variación del relativismo subjetivista recuerda que cada persona, cultura y nación tienen puntos de vista propios. Häyry concluye que el verdadero relativismo no es nihilista, por el contrario, deposita valor en todos los individuos y reconoce diferencias históricas y culturales de principios y normas.

Kottow 2121. Kottow M. Bioética prescriptiva: la falacia naturalista: el concepto de principios en bioética. In: Garrafa V, Kottow M, Saada A, coordenadores. p. 1-28., adepto del pensamiento bioético latinoamericano, afirma que tal pluralidad irrestricta retira de los principios toda fuerza prescriptiva, inviabilizando una bioética convincente. En este sentido, el autor propone que los principios enunciados insinúen la condicionalidad o la contextualidad de lo que está siendo aseverado. Para él, los enunciados imperativos deberían reflexionar sobre diversas situaciones y aspectos pertinentes.

En la misma línea y también contribuyendo con las ideas latinoamericanas, Schramm 1919. Schramm FR. ¿Bioética sin universalidad? Justificación de una bioética latinoamericana y caribeña de protección. In: Garrafa V, Kottow M, Saada A, coordenadores. Estatuto epistemológico de la bioética. Ciudad de México: Unam/Instituto de Investigaciones Jurídicas; 2005. p. 165-85. cree que la bioética tiene por lo menos dos funciones: normativa, de cuño práctico; y otra teórica y crítica, o analítica. La primera puede ser considerada una condición del acto ético. No obstante, el autor aclara que, a pesar de que la función normativa resuelva dilemas, no siempre puede dar soluciones concretas, dado que las normas pueden ser o no respetadas, de acuerdo con diferencias morales aplicadas a cada situación.

La bioética de intervención abandonó el relativismo nihilista por creer que el término es frágil y ambiguo. Frágil porque si “todo es relativo”, entonces la frase “todo es relativo” es relativa. De otra forma, se puede decir que “todo es relativo” corresponde a “nada es absoluto”. Ahora, si “todo es relativo” no admite excepción, entonces, se trata de un absoluto, lo que comprometería el argumento. Además, el término es ambiguo también por remitir a aquello que es relativo a alguna cosa, a una regla, por ejemplo.

También en contra del relativismo, Singer 5959. Singer P. Ética prática. 3ª ed. São Paulo: WMF Martins Fontes; 1994. explica que, en caso de que la ética fuese subjetiva, entonces, por ejemplo, la tortura podría ser considerada correcta e incorrecta al mismo tiempo – ambos adeptos de estas visiones estarían diciendo la verdad y sería imposible la discusión. Actualmente, la bioética de intervención prefiere sustituir la expresión “relativismo ético” por “pluralismo moral” 5454. Feitosa SP, Nascimento WF. A bioética de intervenção no contexto do pensamento latino-americano contemporâneo. Rev. bioét. (Impr.) [Internet]. 2015 [acesso 15 maio 2017];23(2):277-84. Disponível: https://bit.ly/2yZBY0e
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. No obstante, el pluralismo moral no es equivalente al panteísmo moral 5555. Cortina A. Aliança e contrato: política, ética e religião. São Paulo: Loyola; 2008. – especie de fe en una moralidad subjetiva, sin apertura al otro. Al contrario, el pluralismo moral es un espacio para el debate respetuoso, multilateral y basado en diversas opiniones y culturas 5454. Feitosa SP, Nascimento WF. A bioética de intervenção no contexto do pensamento latino-americano contemporâneo. Rev. bioét. (Impr.) [Internet]. 2015 [acesso 15 maio 2017];23(2):277-84. Disponível: https://bit.ly/2yZBY0e
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.

Por lo tanto, ¿cómo hablar de principios en el contexto del pluralismo moral? La tendencia es desconfiar cada vez más de la idea de agente moral como persona de principios. Esa visión errónea se basa en la herencia occidental de que las decisiones morales dependen de principios 6060. Dancy J. Defending particularism. Metaphilosophy [Internet]. 1999 [acesso 2 jun 2017];30(1/2):25-32. Disponível: https://bit.ly/2COxHkJ
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,6161. Dancy J. Ethics without principles. Oxford: Oxford University Press; 2004.. Casi nadie en Occidente quiere abandonar esa idea, pues cada sujeto construye principios para sí y juzga a otras personas a partir de ellos, de forma tal que toda decisión, para ser considerada correcta, debe someterse al mismo conjunto de principios creados por la subjetividad y arbitrariedad de algunos que poseen la pretensión de verdad y/o detentan poder de decisión 6161. Dancy J. Ethics without principles. Oxford: Oxford University Press; 2004..

Los principios no son verdades eternas e inmutables, tampoco pueden ser tenidos como categorías universales de orientación en todos los casos, pues no son flexibles o suficientes para abarcar a todas las situaciones éticas. Siempre que se intenta imponer principios a determinada cuestión o problema, se corre el riesgo de generar algún tipo de distorsión. La vida moral es muy compleja, y las situaciones pueden diferir sutil o radicalmente. Por lo tanto, ningún framework de principios jamás consiguió captar su completud. Por esto, muchas veces se toman diferentes caminos o, cuando un camino se agota, se busca otro.

Mientras que el principialismo usa la metáfora de la raíz y sigue una noción vertical de principios, este estudio privilegia la metáfora del camino. Tal vez sería mejor volver a la noción aristotélica de principio como punto de partida. No obstante, se debe hacer una salvedad: estos caminos no son los heideggerianos, que sólo los leñadores conocen 6262. Heidegger M. Holzwege. 8ª ed. Frankfurt am Main: Vittorio Klostermann; 2003., sino los del “Gran Sertón Veredas”, de Guimarães Rosa, que se cruzan sin chocarse, en un ir y venir lleno de riesgos, aciertos y encuentros 6363. Guimarães Rosa F. Grande sertão: veredas. Edição comemorativa. Rio de Janeiro: Nova Fronteira; 2015.; donde los ríos tienen tres márgenes 1919. Schramm FR. ¿Bioética sin universalidad? Justificación de una bioética latinoamericana y caribeña de protección. In: Garrafa V, Kottow M, Saada A, coordenadores. Estatuto epistemológico de la bioética. Ciudad de México: Unam/Instituto de Investigaciones Jurídicas; 2005. p. 165-85.,6464. Potter VR. Bioethics: bridge to the future. New Jersey: Prentice-Hall: Englewood Cliffs; 1971.. O incluso, recordando a Potter, donde se construyen puentes 6464. Potter VR. Bioethics: bridge to the future. New Jersey: Prentice-Hall: Englewood Cliffs; 1971..

Si el concepto de principio fuera entendido de ese modo, los puntos de partida y de llegada pueden coincidir. Deteniendo la mirada sobre escritos de bioeticistas que no forman parte de la corriente principialista, se constata que raramente usan el término “principio”. No están preocupados por conceptualizarlo, aunque discurran sobre el tema, fluyendo naturalmente en la caminata bioética como las aguas de un río. Berlinguer 6565. Berlinguer G. Health and equity as a primary global goal. Development [Internet]. 1999 [acesso 2 jun 2017];42(4):17-21. Disponível: https://bit.ly/2N5a505
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y Callahan 6666. Callahan D. The goals of medicine: setting new priorities. Hastings Cent Rep [Internet]. 1996 [acesso 2 jun 2017];26(6):S1-27. Disponível: https://bit.ly/2QqB7x1
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, por ejemplo, utilizan con frecuencia la palabra objetivo (goal), demostrando la mayor preocupación de la bioética: proyectarla hacia el futuro 6464. Potter VR. Bioethics: bridge to the future. New Jersey: Prentice-Hall: Englewood Cliffs; 1971..

Consideraciones finales

En la filosofía, la noción de principios remite a un punto de partida o parte originaria (Aristóteles) y al concepto universal (Kant). En el derecho, el principio tiene el sentido de una única dirección a ser seguida en la toma de decisiones (Dworkin), pero también puede significar un instrumento de aplicación de la norma, dependiendo del caso concreto (Alexy). En la bioética principialista, se trata de una recomendación universal que guía a los profesionales de salud en investigaciones biomédicas que involucran seres humanos (Beauchamp y Childress). Todas estas interpretaciones son operacionalizadas de forma vertical.

La bioética de intervención critica la viabilidad de hablar de principios relativos y absolutos, así como la intención de fundamentar los principios en la moralidad común 6767. Paranhos FRL. Crítica à teoria da moralidade comum como fundamentação do principialismo [tese] [Internet]. Brasília: UnB; 2015 [acesso 2 jun 2017]. Disponível: https://bit.ly/2QqRGZM
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. Frente a esto, se instala nuevamente la pregunta: ¿qué son los principios? Hay dos salidas: la primera sería aceptar que, después de tanta búsqueda, los principios no fueron encontrados porque no existen como se esperaba, es decir, como dogmas, valores inmutables, aplicables en todas las situaciones. Borges 6868. Borges JL. Siete noches. Madri: Alianza Editorial; 2003. narra la historia del discípulo de Bodhidharma que se mutiló en búsqueda de una respuesta. Cuando el maestro le pregunta: “¿qué quieres saber?”, él responde: “hace mucho tiempo que busco mi mente y no la encuentro”. Entonces el maestro replica: “no la encontraste porque ella no existe”.

Otra salida posible para conceptualizar los principios estaría en las ciencias matemáticas. En el siglo XIX tales disciplinas, frente a la geometría no euclidiana, entendieron que la palabra “principio” ya no era adecuada, pues encerraba nada más que la idea de comienzo, punto de partida 66. Aristóteles. Metafísica. São Paulo: Loyola; 2012. v. 3., es decir, se horizontalizó el concepto.

Antes de cerrar estas reflexiones, se agrega que en este camino los viajeros deben adoptar una mirada agudamente crítica frente a los principios importados verticalmente y sin cuestionamientos para América Latina – del Norte al Sur, en especial para Brasil – con el fin de solucionar problemas específicos, ponderando también el modo en que estos principios serán utilizados. Esta concepción rompe con el carácter unilateral de la dominación característica de la modernidad, en la cual “saber” y moralidad son impuestos por países desarrollados 6969. Rivas-Muñoz F, Garrafa V, Feitosa SF, Nascimento WF. Bioethics of intervention, inter-culturality and non-coloniality. Saúde Soc [Internet]. 2015 [acesso 4 maio 2017];24(Supl 1):137-46. Disponível: https://bit.ly/2NbSdAR
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.

Es en este contexto que la bioética de la intervención – construida en la Cátedra UNESCO de Bioética de la Universidad de Brasilia hace casi veinte años y con más de 60 trabajos publicados 7070. Martorell LB. Análise crítica da bioética de intervenção: um exercício de fundamentação epistemológica [tese] [Internet]. Brasília: UnB; 2015 [acesso 4 maio 2017]. Disponível: https://bit.ly/2ge1reY
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– se posiciona: como cruce, intersección de diversos caminos, en los cuales los principios fluyen naturalmente en base a la realidad, en la contextualización de los hechos y en el respeto a la pluralidad moral de sociedades y culturas, funcionando como espacio académico y biopolítico para el encuentro y discusión de diferencias.

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Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    Oct-Dec 2018

Histórico

  • Recibido
    15 Mar 2018
  • Revisado
    15 Jun 2018
  • Acepto
    19 Jun 2018
Conselho Federal de Medicina SGAS 915, lote 72, CEP 70390-150, Tel.: (55 61) 3445-5932, Fax: (55 61) 3346-7384 - Brasília - DF - Brazil
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