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La importancia social del trabajo en el México del siglo XIX

Social importance of work in the 19th century Mexico

Resúmenes

Durante el siglo XIX la sociedad mexicana emprendió la constitución de un nuevo modelo de nación que incorporó el valor moral por el trabajo. La modernización y el progreso figuraron como elementos configuradores y se estimó al individuo según su grado de capacidades de contribución nacional. La imagen de ciudadano se vincula estrechamente con el trabajo y, por este motivo, las personas ociosas, jugadoras o sin oficio pertenecían al rango de los inútiles.

trabajo; progreso; utilidad


During the nineteenth century Mexican society began the constitution of a new model of Nation which has incorporated the moral value related to work. Modernization and progress were pivotal elements for that, and the individual has started to be considered for his capacity of contributing with the Nation. The citizen image was closely related to work. In consequence, idlers, gamblers, and unemployed were classified as useless.

work; progress; utility


DOSSIÊ: TRABALHO E SOCIEDADE NAS AMÉRICAS

La importancia social del trabajo en el México del siglo XIX

Social importance of work in the 19th century Mexico

Dr. Pedro Miranda Ojeda* * Dr. Pedro Miranda Ojeda. Facultad de Ciencias Antropológicas-Universidad Autónoma de Yucatán (UADY), Km. 1 Carretera Mérida-Tizimín Cholul, C.P. 97305, Mérida, Yucatán, México.

RESUMEN

Durante el siglo XIX la sociedad mexicana emprendió la constitución de un nuevo modelo de nación que incorporó el valor moral por el trabajo. La modernización y el progreso figuraron como elementos configuradores y se estimó al individuo según su grado de capacidades de contribución nacional. La imagen de ciudadano se vincula estrechamente con el trabajo y, por este motivo, las personas ociosas, jugadoras o sin oficio pertenecían al rango de los inútiles.

Palabras clave: trabajo, progreso, utilidad.

ABSTRACT

During the nineteenth century Mexican society began the constitution of a new model of Nation which has incorporated the moral value related to work. Modernization and progress were pivotal elements for that, and the individual has started to be considered for his capacity of contributing with the Nation. The citizen image was closely related to work. In consequence, idlers, gamblers, and unemployed were classified as useless.

Keywords: work, progress, utility.

Durante el siglo XIX el modelo moral de instrumentación económica confirió un énfasis destacado al trabajo. En el mundo europeo el éxito personal definía la capacidad de construir una compensación económica a través de una actitud positiva frente al trabajo.1 1 La Revista de Mérida, Mérida, 18 de marzo de 1875; PÉREZ GARZÓN, J.S. La trayectoria de la filosofía y la cristalización de las ideologías de la modernidad. En: El mundo contemporáneo: Historia y problemas. Barcelona: Biblos, Crítica, 2001, p. 239; PÉREZ-RAYÓN ELIZUNDIA, N. México 1900. Percepciones y valores en la gran prensa capitalina. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 279. Esta es una representación de la idealización de la vida racional y metódica.2 2 HOBSBAWM, E.J. La era de la revolución, 1789-1848. Buenos Aires: Crítica, 1997, p. 240; KOCKA, J. Burguesía y sociedad burguesa en el siglo XIX. Modelos europeos y peculiaridades alemanas. En: Las burguesías europeas del siglo XIX. Sociedad civil, política y cultura. Madrid: Biblioteca Nueva, Universidat de València, 2000, p. 36. Aún así, la satisfacción de los intereses personales necesita ciertas relaciones (contratos) determinantes para el provecho social.3 3 HOBSBAWM, La era de 1997, pp. 239-240; PÉREZ GARZÓN, La trayectoria 2001, p. 239. Estas ideas no eran novedosas sino que habían surgido desde los planteamientos de John Locke acerca del derecho natural por la propiedad y por el trabajo individuales.4 4 HALE, Ch. A. El liberalismo mexicano en la época de Mora, 1821-1853. México: Siglo XXI, 1982, pp. 50-51, 180. Véase también PÉREZ GARZÓN, La trayectoria 2001, p. 239.

A pesar de que desde la época colonial lo moral había sido una tarea exclusiva de la Iglesia, como institución reguladora de conciencias y de comportamientos, en el siglo xix el Estado asumió el compromiso de conformar una moral social asociada con la ética por el trabajo.5 5 Cfr. LANGEWIESCHE, D. Liberalismo y burguesía en Europa. En: Las burguesías europeas del siglo XIX. Sociedad civil, política y cultura. Madrid: Biblioteca Nueva, Universidat de València, 2000, p. 200. La plataforma ética capitalizaría en el nuevo ciudadano: un individuo afianzado en los valores del progreso y dedicado a una empresa productiva. En la Inglaterra de la primera mitad del siglo xix estos sentimientos florecieron desde los primeros intentos por incorporar al mercado laboral a los pobres, mediante el aprendizaje de ser trabajador, y la insistencia del divorcio de la aristocracia, de su conducta indolente y licenciosa.6 6 6 HALL, C. Sweet Home. En: Historia de la vida privada. De la Revolución Francesa a la Primera Guerra Mundial. Madrid: Taurus, 2001, p 77. En la Europa burguesa, la formación del individuo – exenta de la influencia religiosa – adquirió un primer plano porque tiende a enfatizar "la visión del mundo y de sí mismos de los burgueses".7 7 KOCKA, Burguesía y sociedad 2000, p. 36; PÉREZ GARZÓN, La trayectoria 2001, p. 239. No obstante, esta tendencia sólo se materializaría en México hasta después de las leyes de desamortización de mediados del siglo xix. En palabras de Eguiarte Sakar, aquel individuo con los conocimientos primordiales para desempeñarse en algún trabajo solía ser el llamado buen ciudadano y el hombre civilizado.8 8 8 En atención al mundo de los valores morales y de las conductas sociales, secularizadas, el término buen cristiano fue reemplazado por el de buen ciudadano para identificar a los individuos, cuyas virtudes más apreciadas de la nueva moral eran la preservación y la promoción del bien público, el decoro por la vida civil, el orden y la paz social (VILLACORTA BAÑOS, F., RACCOLIN, T. Ciencia, arte y mentalidades en el siglo XIX. En: El mundo contemporáneo: Historia y problemas. Barcelona: Biblos, Crítica, 2001, p. 309). La modernidad y el progreso, sinónimos de capacidades que obraban en la explotación de los recursos naturales y en la invención de los recursos técnicos,9 9 El perfeccionamiento técnico coincide con el desarrollo progresivo del bienestar general (DROZ, J. Europa: Restauración y Revolución, 1815-1848. México: Siglo XXI, 1981, p. 45). convenían en una buena preparación para el trabajo. Los hombres trabajadores y honestos y los ciudadanos aptos constituían la base del sistema moral. Por este motivo, la moralización nacía de una mezcla de conocimientos y de hábitos por el trabajo.10 10 EGUIARTE SAKAR, M.E. Historia de una utopía fabril: la educación para el trabajo en el siglo XIX. EN: La participación del Estado en la vida económica y social mexicana, 1767-1910. México: INAH, 1993, pp. 284-285; PÉREZ-RAYÓN ELIZUNDIA, México 1900 2001, p. 187.

La tarea del Estado, entonces, consistió en el montaje de una ciudadanía trabajadora dedicada a cubrir sus necesidades y, al mismo tiempo, con la capacidad de proporcionar excedentes. Así, una ley firmada el 27 de septiembre de 1879 aprobó la excepción del servicio de las armas a los jóvenes de 16 a 21 años que asistieran a algún taller.11 11 El Mensajero, Mérida, 29 de septiembre de 1876. Ciudadano, sinónimo de trabajador y viceversa; ciudadano, sinónimo de propietario y viceversa. Por razones obvias, los vagos, ociosos y jugadores son incluidos en el sistema de calificación de la inutilidad social.12 12 ARANGUREN, J. L. Moral y sociedad. Introducción a la moral pública española del siglo XIX. Madrid: Taurus, 1982, pp. 12-15; IMHOF, U. La Europa de la Ilustración. Barcelona: Crítica, 1993, pp. 181-182; RIBERA CARBÓ, E. Herencia colonial y modernidad burguesa en un espacio urbano. El caso de Orizaba en el siglo XIX. México: Instituto Mora, 2002, p. 232. La idea del inútil social es medular porque expresa los valores que deben rubricarse en la formación de hombres nuevos y mejores. El hombre debía guiarse por una conciencia ceñida a las reglas éticas de comportamiento, a la honorabilidad y a las virtudes individuales del trabajo.13 13 El Siglo Diez y Nueve, Mérida, 28 de mayo de 1851; Las Garantías Sociales, Mérida, 24 de febrero de 1858; PÉREZ TOLEDO, S. Trabajadores urbanos, empleo y control en la ciudad de México. En: Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 179. Sobre la apreciación europea del siglo XIX cerca de la ética por el trabajo véase LANGEWIESCHE, Liberalismo 2000, p. 200. Según José María Luis Mora, "el trabajo, la industria y la riqueza [...] hacen a los hombres verdaderamente virtuosos".14 14 Citado en HALE, El liberalismo 1982, p. 165.

Las prácticas moralistas recomendaban el correcto comportamiento del hombre en la sociedad. La premisa social aducía que la mesura en el proceder constituía el camino ideal para la permanencia de las buenas costumbres y que la supresión de las emociones perjudiciales precavía la alteración del orden público. El trabajo, visto desde esta perspectiva, representa la desobediencia a la ociosidad.15 15 "El hombre que consagra su vida al trabajo, ya sea para atender á sus necesidades, ya sea para dedicarse al bien de sus semejantes, pasa la vida alegre y tranquilo [...] El trabajo principia para el hombre desde sus primeros años. Trabajar no es solo ejercer un oficio como el sastre, el carpintero, el agricultor, ó una profesión científica como el médico, el abogado ó el ingeniero; el trabajo es la constante dedicación que se necesita para vencer la ociosidad y estar siempre ocupado" ( El Diario Popular, Mérida, 14 de abril de 1908). Acerca de los mismos principios véase Mosaico, Mérida, 1850. De ahí que se enfatizara que los "ocios juveniles conducen al vicio y al abismo".16 16 El Diario Popular, Mérida, 27 de febrero de 1908. La prensa oficial afirmaba incansable que lo moral era un elemento determinante para lograr la prosperidad, "llegar á ser un pueblo floreciente y dichoso, pues debe á la sábia naturaleza grandes veneros de riqueza pública, que explorará en sus buenos tiempos, porque se halla animado al deseo de hacerlo, porque ya ama por convencimiento el trabajo".17 17 Las Garantías Sociales, Mérida, 24 de febrero de 1858. Al respecto véase también Mosaico, Mérida, 1850; PÉREZ-RAYÓN ELIZUNDIA, México 1900 2001, p. 301.

La influencia de las corrientes ideológicas europeas está presente desde Locke hasta Juan J. Rousseau.18 18 PÉREZ GARZÓN, La trayectoria 2001, pp. 228-232. Este último distingue la "libertad natural" y la "libertad civil" porque corresponden a los principios del hombre que actúa por instinto y del que actúa justamente. En otras palabras, no había un derecho natural de propiedad ni de trabajo sino una responsabilidad individual de obrar conforme a sus necesidades. De otra manera, el hombre tendría la oportunidad de inclinarse por una cuasi responsabilidad compartida en este derecho natural, a diferencia de la responsabilidad civil que implica legitimidad, moralidad y justicia por reconocer las reglas del pacto social.19 19 HALE, El liberalismo 1982, p. 53; THOMPSON, E.P. La formación de la clase obrera en Inglaterra. Barcelona: Crítica, 1989, v. I, pp. 95-96. De ahí que la moral, identificada con un orden progresista, se fortaleciera como una premisa social fundamental: trabajo y prosperidad. Esta es la razón de la importancia concedida a fomentar el orden y paz públicas. En este sentido, la moralidad adquirió un papel relevante como herramienta hacedora de una conciencia por el trabajo y por la disciplina, aspectos decisivos en la conformación del carácter del hombre progresista.

En la esfera económica, el buen gobierno se sintetizó en las buenas costumbres del trabajo. La ciudadanía debía asumir el compromiso de la laboriosidad definida en el nuevo modelo. El ciudadano debía ejercer sus facultades constitucionalmente establecidas. El actor social tenía la obligación de contribuir a la construcción de un Estado progresista: aquel individuo sin una definición propia de su capacidad laboral, intelectual o exenta de virtudes industriosas se desprendía de la idea de que el trabajo constituía el factor central que favorecería el desarrollo social.20 20 Cfr. ARANGUREN, Moral y sociedad 1982, pp. 12-15. En las bases de este liberalismo de influencia europea se observa, asimismo, la tendencia por el ideario de la llamada sociedad de ciudadanos,21 21 LANGEWIESCHE, Liberalismo 2000, pp. 195, 197. aunque ésta sólo aplicaba para un determinado círculo de personas pertenecientes a la elite.

El trabajo constituyó la médula estructural que definía los valores colectivos. La formación del nuevo ciudadano implicó la asociación de una serie de intereses sociales y morales. El trabajo, a pesar de la existencia de códigos culturales diferenciados, forja hombres con potencialidades que deben aprovecharse en el marco de una sociedad conjunta. La antigua brecha social de las castas, teóricamente, sufrió un resquebrajamiento en virtud de que todos debían participar por igual en la edificación de un Estado fuerte.22 22 Aun cuando constitucionalmente en el México independiente no existía una distinción de clases o de castas, los expedientes de la época son muy elocuentes al respecto. Los indios formaban parte de una clase diferente, no eran ciudadanos. En los documentos únicamente aparece el nominal "c". o ciudadano signado a un individuo con apellidos de origen español o europeo. El tratamiento que aplicaba a los de este origen sólo se refería a las autoridades de los pueblos y/o algunos indios poseedores de fortunas importantes. En términos generales, el indio o una persona con apellidos no españoles estaba exento de los derechos de ciudadanía y, en consecuencia, podía ser sujeto a la expoliación. Según las leyes constitucionales, la ciudadanía sólo se perdía cuando una persona no tenía un oficio ni un modo honesto de vivir, el consagrado a la embriaguez, a los juegos u otros vicios, el acusado en un proceso judicial, el vagabundo, etc., pero indistintamente los indios fueron excluidos de esta distinción nacional. Quizá la respuesta de este problema haya sido la codicia que despertaron sus tierras. La privación de los derechos ciudadanos implica, al mismo tiempo, la pérdida de su derecho para exigir justicia. Por lo tanto, las oportunidades para apropiarse o de expropiar sus propiedades solían ser una tarea menos arriesgada. Aunque esta es una interpretación aventurada que es necesario discutir y analizar con mucho detalle. La desaparición de castas, sustituida por la ciudadanía, obligaba a todos los individuos a involucrarse en pleno en el proceso de conformación del Estado y de la economía. En esta medida, para el buen desempeño en la sociedad toda, la colaboración del ciudadano era significativa.

Las tendencias europeas nuevamente son recogidas en el escaparate laboral. En el temprano siglo xix está vigente la idea de libertad, especialización, calidad en el trabajo y disciplina en ciertos roles de la actividad productiva. En los términos de la burguesía, la ausencia de estas condiciones obstaculizaba la formación de la burguesía.23 23 KOCKA, Burguesía y sociedad 2000, pp. 37-38, 59; LANGEWIESCHE, Liberalismo 2000, p. 195. Según E. P. Thompson, las presiones afectivas de la disciplina y el orden se extienden hacia la fábrica, la escuela y los fundamentos de la vida: ocio, relaciones personales, formas de hablar, modales, etc. En este sentido, la ley y las instituciones tienen el empeño y la función de tratar de reforzar una conducta moral ordenada.24 24 THOMPSON, La formación 1989, p. 448. El orden tiene la impronta del progreso, el verdadero indicador del éxito del modelo de ciudadano está precisamente en una sociedad con orden. El progreso, por lo tanto, describe una situación dinamizada por un movimiento ordenado, racional y constante. En el modelo mexicano, la libertad obedecía a la manera de enfrentar los retos y asumir una disposición individual por determinados trabajos. La capacidad incide en la decisión de las preferencias laborales.25 25 "La constitución ha querido establecer la libertad del trabajo, la de industria, la de comercio, y hacer cesar aquella guerra fiscal que en otra época hicieron los Estados" ( Las Garantías Sociales, Mérida, 20 de marzo de 1857). El Estado tiene la potestad de salvaguardar la libertad mediante la protección de los intereses individuales (DROZ, Europa 1981, p. 45). Este racionalismo parte del supuesto de que los hombres poseen la capacidad para comprender cualquier vicisitud y resolver todos los problemas mediante la razón.26 26 HOBSBAWM, La era de 1997, p. 239. Dichas proclamas tampoco eran novedosas porque desde la segunda mitad del siglo xviii los fisiócratas franceses y el inglés Adam Smith habían descubierto la existencia de un orden natural de las relaciones económicas entre los hombres, presentes en las leyes universales, que manifiestan el esfuerzo cotidiano por mejorar las condiciones individuales.27 27 HALE, El liberalismo 1982, pp. 154-155. Ahí mismo está presente la especialización y la calidad en el trabajo porque la libre inclinación del trabajo remite a su capacidad en una actividad. La idea del trabajo, al mismo tiempo, es un definidor de la disciplina y del orden. La disciplina, asumida como el fortalecimiento del espíritu, representó el origen del trabajo debido a que sólo aquel individuo con la dedicación y el esmero suficiente sería capaz de labrar un campo difícil, solucionar los problemas, librar los obstáculos y vicisitudes propias de cualquier empresa. El progreso de la nación y de los hombres, entonces, se asoció con la capitalización del trabajo, el laborioso con el descanso de sus beneficios adquiridos y el ocioso con el disfrute de sus vacilaciones.

El trabajo del espíritu eleva la inteligencia y corrobora la voluntad. La ociosidad rinde el cuerpo mas tal vez que un trabajo moderado; enerva el alma, roba el carácter su vigor; a la mente su penetracion y al corazon su primitiva frescura: da al cuerpo y al alma una vejez prematura y los reduce á una completa impotencia. Pero el hombre eminentemente activo por su naturaleza, no puede permanecer mucho tiempo desocupado, y la ociosidad se diferencia del trabajo en que el hombre ocioso se ocupa en cosas frívolas é inútiles, al paso que el hombre laborioso se ocupa séria y útilmente. Hay en la sociedad una multitud de fruslerías y de miserias en que se ceba con lastimoso ahinco la inteligencia de los hombres ociosos, y que sirve de pasto á su corazon; su alma se llena fácilmente con aquel alimento ligero y sin consistencia, porque es estrecha y no puede á causa de esto, contener mas que poca cosa, y muchas veces dan mas importancia á esas pequeñeces, que los hombres inteligentes á las cosas grandes y principales que los ocupan [...] Si la ociosidad enseña muchos vicios, el trabajo enseña por el contrario muchas virtudes [...] No hay vicio que no enseñe la ociosidad. El que no está ocupado piensa en hacer algo malo, y lo hace cuando se le presenta la ocasion para ello. La inaccion entrega al espíritu desórden de los pensamientos mas incoherentes, y abre el corazon como una plaza pública a los mas culpables deseos. Para distraerse del fastidio que nunca deja de traer en pos de sí el hombre va á pedir consuelos y goces á lo que no puede darle mas que penas y remordimientos, conviértese una carga para sí mismo y una descarga sobre el primer objeto que encuentra agradable el peso de las desazones que lo abruman. Hállase indefenso contra los ataques del vicio y contra las seducciones del placer.28 28 El Siglo Diez y Nueve, Mérida, 28 de mayo de 1851. En 1875, las ideas son semejantes: "El móvil que vigoriza al hombre, apartándole de la indolencia, y que le hace adquirir el medio mas noble de vivir con beneplácito de la generalidad, es indisputablemente aquel que trajimos invívitos en nuestro sér, y ser vió marcado en nuestra frente desde la arborada de nuestros dias. [...]" El trabajo trae consigo la paz del alma, que es el encanto de la vida. La ociosidad es el fastidio de ella, que arrastra males de funestas consecuencia. El contento, es el resultado inmediato de las buenas acciones: el tedio es el resultado del desenfreno y de las malas costumbres." El que se entrega á la holganza, se expone á vicisitudes de grave trascendencia. El hombre, como consecuencia precisa de la envoltura de su sér, es propenso á contentar sus deseos y si en el acto de querer realizar cualquiera de aquellos á que puede lícitamente aspirar, pero que requieren la intervencion fisica para alcanzarlos, se muestra indiferente á todo y olvida aun el libre exámen, fuera de sí, rompe los vínculos sagrados que le unen á la sociedad, y se precipita en el abismo, por que vé en su sima la persecusion de lo que pretende y de lo que no puede prescindir: le falta aquel supremo esfuerzo del espíritu para triunfar en la lucha" ( El Pensamiento, Mérida, 16 de mayo de 1875).

La preocupación, sin lugar a dudas, se centró en la producción. El derecho de ciudadanía adquirida con la Constitución, sin embargo, no representó la igualdad para todos.29 29 La codicia de los nuevos grupos de poder emergentes, pronto despertó el interés de la propiedad indígena y, desde 1825, una serie de legislaciones desangraron gradualmente la propiedad indígena, recrudecida en los años venideros hasta su virtual expropiación. La relativa prosperidad de algunos empresarios meridanos, a expensas de una sociedad menos favorecida, dedicados a la caña de azúcar en el sur y oriente de Yucatán o las incipientes haciendas del noroeste, no implicó el despliegue económico ni el ideal de progreso. A los pocos años, estos logros estaban en el olvido y se había agravado con los continuos conflictos bélicos de la época. Aunque una nueva etapa de recuperación y posterior auge económico comenzaría a partir del último tercio del siglo XIX. El desarrollo de las haciendas, consecuencia de la explotación y comercialización de la fibra del henequén, cristalizaría los tiempos de bonanza más importantes en la historia de Yucatán. El progreso, aunque considerada una empresa colectiva con la participación de toda la sociedad, fue exclusivo de un selecto grupo: los hacendados. Las últimas décadas del siglo XIX y los inicios del siglo XX son la expresión histórica más destacada del florecimiento de economía yucateca. La fortaleza en este sector también repercutió en el mejoramiento urbano de la ciudad, en la prosperidad del comercio, las artes y la cultura. También hubo un notorio avance en la actividad industrial. El Estado, sin embargo, privilegió a ciertos grupos en beneficio de caros intereses político-económicos y, con una legislación diferenciada, las distinciones y la heterogeneidad de las relaciones económicas y sociales cada día se hicieron más distantes. El pueblo trabajador sufrió los desgarres sociales que implicó una política de esta naturaleza. GONZÁLEZ NAVARRO, M. ( Sociedad y cultura en el porfiriato. México: CONACULTA, 1994, pp. 64-97) registra de manera puntual la situació n laboral, social y económica que los trabajadores del campo yucateco padecían en las haciendas. Los pormenores relativos a las élites económicas y políticas de Yucatán se analizan en SABIDO MÉNDEZ, A. Los hombres del poder: monopolios, oligarquía y riqueza en Yucatán, 1880-1990. Mérida: UADY, 1995; PÉREZ DE SARMIENTO, M., SAVARINO ROGGERO, F. El cultivo de las élites. Grupos económicos y políticos en Yucatán en los siglos XIX y XX. México: CONACULTA, 2001. El porfiriato se caracterizó por la conciliación de la economía con las grandes propiedades y, al mismo tiempo, de las inversiones extranjeras. La consideración de que la frágil economía nacional carecía de los recursos financieros obligó a la concesión de importantes sectores a los capitalistas foráneos. Estas inversiones brindaron los recursos que no existían después de que las continuas guerras y conflictos políticos habían debilitado y llevado casi a la bancarrota nacional. Las críticas de la política de Porfirio Díaz tienen fundamento en la medida que en el ánimo de consolidar el progreso rehusó mirar hacia las clases más desprotegidas, privilegiando a las tradicionales familias del poder económico. Durante su gestión, se tendieron las primeras vías férreas y la empresa ferrocarrilera se desarrolló de manera espectacular. Aparecieron las primeras formaciones industriales y a lo largo de todo el país se introdujeron los modernos sistemas de comunicación. Esta etapa de fortalecimiento y progreso nacionales significó la ruptura del ancestral México rural para convertirlo en una nación progresista y moderna, pero también el sacrificio de los socialmente menos favorecidos. Los detalles de la política progresista y segregacionista del porfiriato pueden verse en GUERRA, F.X. México: del Antiguo Régimen a la Revolución. México: FCE, vol. I, 1988, pp. 286-375. El discurso moral del progreso colectivo sufrió su mayor contradicción durante el porfiriato. Las consecuencias sociales de la política de orden y progreso defenestraron de éste a la clase trabajadora y a los indios, privilegiando a una pequeña representación nacional.

Durante el siglo xix, el buen gobierno y las buenas costumbres pretendieron ser los pilares fundamentales del modelo social. El Estado se dedicó a la tarea de conformar un ciudadano impregnado del valor ético por el trabajo y la producción, como bastiones necesarios para el progreso. El buen gobierno se entendía como un modelo moral que involucraba todos los renglones de la vivencia colectiva – político, económico, social – con el propósito de capitalizar el funcionamiento eficaz del sistema. Esto quiere decir que el aparato político, como órgano rector de la sociedad, brindaría las bases fundamentales (régimen legal y administrativo: orden), las herramientas (educación y costumbres: preparación) y los valores (disciplina y conciencia: trabajo), definitivos para garantizar que el esfuerzo social contribuiría al progreso.

Las buenas costumbres tenían el mismo papel porque definían una conducta correcta y de respeto con las reglas del orden público, además de ser un ingrediente decisivo para la adquisición de la disciplina necesaria para emprender un trabajo o actividad económica. Aquí también está presente una educación hacedora de hombres capaces e instruidos en una moral ceñida a los principios del progreso. Por este motivo, la prensa de 1908 criticaba con intensidad el valor que a menudo se dedica al dinero.

Se habla con frecuencia censurándose la época por la que atravesamos, que todo se compra con oro. –"Tanto tienes tanto vales." Esa es la lógica de estos tiempos de civilización y de progreso. El corazón metalizado y el pensamiento encerrado en el estuche del cálculo. Malos principios y desastrosos finales. Estimulemos el amor al trabajo, muera la inercia, pero perduren siempre y por siempre los sentimientos, que conducen á los ideales de los bello y lo bueno. La sana moral debe ser la ley del universo y es inmutable por los siglos de los siglos.30 30 El Diario Popular, Mérida, 19 de marzo de 1908.

La moral arropó las buenas costumbres y las buenas costumbres implicaban el correcto comportamiento en el ejercicio privado y público. Por lo tanto, el modelo de ciudadano debía precisarse en estos términos y responder, a su vez, a los principios operativos del buen gobierno porque constituían la base funcional del sistema, pero la impotencia del Estado en la preservación del orden, en la formación de una conciencia y en la aplicación del discurso, determinó la quiebra de la instrumentación de este modelo de largo plazo. Sus bases funcionales se desgajaron gradualmente desde los movimientos de 1829, 1834, 1840 y 1846, colapsando desde los inicios del levantamiento armado de 1847. El panorama que Yucatán padecería en los años siguientes sería desolador.31 31 "Exposición que el H. Congreso del estado hace al Soberano Nacional y la dirige por conducto del gobierno", (Mérida, 4 de abril de 1851), copias.

Sin orden no había moral, sin moral no había disciplina, sin disciplina no había trabajo, sin trabajo no había progreso. El trabajo constituyó la pieza fundamental de esta clase de política. Este énfasis adquirió muy pronto mucha importancia entre las autoridades, pues si se deseaba combatir al ciudadano deshonesto y aplaudir al honorable era necesario formarlo en las escuelas, para que posteriormente fuera útil a la patria, en otras palabras crear el llamado patriota benemérito y virtuoso ciudadano.32 32 DEL CASTILLO, P. Principios de urbanidad para el uso de la juventud arreglados a los progresos de la actual civilización, seguidas de una colección de máximas y fábulas en verso. Mérida: s/ed., 1865, Primera parte, cap. II, Del amor á la patria, p. 8. Las necesidades técnicas y el desarrollo de la industria también ocuparon un lugar importante en el siglo xix. En este ámbito, la prensa y las publicaciones periódicas fueron importantes porque a menudo copiaron y publicaron los más significativos avances científicos y técnicos de Europa y Estados Unidos. Por su importancia, destaca Las Mejoras Materiales. "Periódico especialmente consagrado a la agricultura, industria, comercio, colonización, estadística y administración pública", un rotativo publicado en la ciudad de Campeche durante 1858 y 1859. En las páginas del "Repertorio pintoresco o Miscelánea instructiva y amena consagrada a la religión, la historia del país, la filosofía, la industria y las bellas artes" también se copiaron numerosos artículos de distinta naturaleza científica y técnica. La Revista de Mérida, El Eco del Comercio, El Correo Literario, El Monitor Peninsular, La Aurora, El Palenque Literario, La Razón Social, Álbum Literario, El Alba, Instrucción Recreo y La Gaceta fueron otras publicaciones importantes donde la comunidad meridana podía adquirir conocimientos de distinta índole.33 33 En un artículo José María Spinola escribió: "Yá no es un sueño quimérico el pensar que un labrador debe entender los principios de su arte: que debe comprender los procedimientos que conducen á la perfeccion de su profesion, y que no ha de trabajar como un automato, sino uniendo el arado al poder de su entendimiento" ( El Registro Yucateco, vol. II, Mérida, 1846, pp. 282, 283).

La utilidad social

Un autor anónimo, en 1820, escribió

el fomento de las poblaciones no sólo es y debe ser útil á cualquiera provincia; si no que también es necesario. Las ciudades principales y otros lugares de consideración, abundan por lo regular la gente ociosa, de gente llena de necesidades y miserias, y de consiguiente dispuesta á emplear para su subsistencia cuantos medios encuentran justos ó injustos roban, engañan, matan y cometen cualquier violencia causando al mismo tiempo la peste y corrupción de las costumbres públicas. Algo más, de esta clase de gente sin destino nacen aquellos genios inquietos, amigos de toda novedad, enemigos del sosiego, prontos a perturbar el orden público y á causar sediciones en el estado, como que ellas solamente pueden mudar su situación.34 34 ANÓNIMO. El americano. México: Oficina de D. Alejandro Valdés, 1820.

Desde los primeros decenios del siglo xix, las autoridades trataron de solucionar el grave problema de la vagancia. El bando de buen gobierno de 1 de enero de 1819, publicado el 29 de mayo del mismo año en Yucatán, disponía que en un término improrrogable de cuarenta días los vagos, ociosos y malentretenidos debían salir voluntariamente del territorio. A pesar de que su incumplimiento implicaba el destino a las armas, los efectos de la orden fueron muy pobres. Ante la escasa respuesta, el 11 de septiembre de 1820, los jefes políticos, alcaldes y ayuntamientos recibieron la instrucción de perseguir y encarcelar a los vagos y a las personas sin ocupación útil para consignarlos en las casas de corrección, hospicios o lugares donde podían realizar alguna labor u obras de beneficio público.35 35 RODRÍGUEZ DE SAN MIGUEL, J. N. Pandectas hispano-megicanas. México: UNAM, 1980, pp. 558- 599.

El nuevo orden político instaurado en la tercera década del siglo xix pretendía evitar que los malos ejemplos se divulgaran en la sociedad. La política moralista decimonónica consideraba que la gran cantidad de vagos, ociosos y jugadores era una de las causas del relajamiento de las costumbres. Los reglamentos de policía advertían sobre esta práctica de manera insistente.36 36 "Toda persona desconocida y sospechosa [ ] que se hallare en las calles a deshoras de la noche, será detenida en los bajos de la casa consistorial, para que al día siguiente de razón de su persona ó en el momento mismo de su aprehension, ante la autoridad competente" ("Reglamento de policía, ornato y buen gobierno de la ciudad de Valladolid" (1870), Centro de Apoyo a la Investigación Histórica de Yucatán (en adelante CAIHY), Impresos hojas sueltas, s/clasif). Véase también Periódico Oficial del Departamento de Yucatán, 13 de enero de 1865. En la ciudad de México, la corrección de la vagancia también se convirtió en una premisa fundamental de los gobiernos surgidos de la Independencia (TEITELBAUM, V. La corrección de la vagancia. Trabajo, honor y solidaridades en la ciudad de México, 1845-1853. En: Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 116; RIBERA CARBÓ, Herencia colonial 2002, pp. 230-234). Las autoridades se concentraron en las personas asiduas a los juegos y a los entretenimientos inmorales. Los vagos fueron a lo largo de este siglo un grupo asociado con el juego, la holgazanería y los vicios. De ahí el interés por controlarlos. La legislación sobre vagos del 5 de octubre de 1827, reimpresa en 1842, consideró vago a todo individuo aficionado al juego y la embriaguez.37 37 PEÓN, J. M., GONDRA, I. Colección de leyes, decretos y ordenes del Augusto Congreso del Estado de Yucatán. Mérida: Tipografía de G. Canto, vol. II, 1896, p. 187. Un análisis detallado acerca de las categorías de vagos puede verse en AILLÓN SORIA, E. Moralizar por la fuerza. El decreto de reformulación del Tribunal de vagos de la ciudad de México, 1845. En: Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, pp. 89-96; TEITELBAUM, La corrección 2001, pp. 122-123. El decreto del 15 de septiembre de 1835 distinguió en esta clase tanto a la persona que tenía la responsabilidad de un patrimonio como a la que recibía con cierta regularidad un salario, pero que a menudo visitaba las casas de juego, se rodeaba de personas conocidas por su mala reputación o frecuentaba parajes sospechosos. El vago no reconocía una ocupación provechosa. El decreto también se aplicaba a los hijos de familia y demás que tenían predilección por el juego o la embriaguez habitual.38 38 AZNAR PÉREZ, A. Colección de leyes, decretos y ordenes o acuerdos de tendencia general del poder legislativo del Estado Libre y Soberano de Estado de Yucatán. Mérida: Imprenta del Editor, vol. I, 1849, p. 236. Los códigos penales de 1872, 1896 y 1905 también condenaron la embriaguez habitual con arrestos y multas. En un periodo relativamente corto se formaron varias leyes contra la vagancia. El reglamento del 7 de julio de 1842 era una reproducción del formado en 1835.39 39 "Copia del decreto sobre la ley de vagos o sin ocupación útil" (Mérida, 7 de julio de 1842), Archivo General del estado de Yucatán (en adelante AGEY), Poder Ejecutivo, Decretos y Leyes, caja 4, vol. 1, exp. 2. Ante la trascendencia del problema de los vagos, un poeta anónimo escribió en 1847: "No tienen oficio ni modo de poder mantener..."40 40 Don Bullebulle, Mérida, 1847, II, p. 78. Entretanto, en 1857, en el partido meridano se estableció una institución dependiente del ramo policía del ayuntamiento que perseguiría y limitaría los derechos de las personas descritas como vagos. En efecto, el Tribunal de vagos calificaría a las personas arrestadas según los estatutos relativos a la vagancia.41 41 Las Garantías Sociales, Mérida, 11 de marzo de 1857; CAIHY, Actas de cabildo de Mérida, Libro 33, ff. 28-28v. Acerca del funcionamiento del Tribunal de vagos véase CAIHY, Actas de cabildo de Mérida, Libros 33-34, 37-38. La vigencia de la ley de vagos de 1853 concluyó con la redacción de la "Ley para corregir la vagancia", decretada el 1 de marzo de 1865. Esta última ley incluso fue retomaba para la elaboración de la Ley sobre Policía General. Se calificaron como vagos a todos los que no tenían un domicilio fijo, bienes o rentas para su subsistencia, oficio o profesión lícita y lucrativa. El término vago incorporó once categorías para distinguirlos.42 42 En 1864, la esfera de la vagancia incluye a los que frecuentan asiduamente las casas de juegos, de prostitución, cafés, tabernas y otros lugares sospechosos. Los mendigos que con facultades para un trabajo no lo ejercen. Los jornaleros o artesanos que, sin razón alguna, sólo trabajan la mitad de los días útiles de la semana. Los que suelen andar por las calles o vagando de pueblo en pueblo sin otra ocupación que los juegos de damas, dados y otros de suerte y azar. Los músicos con arpas, vihuelas u otros instrumentos que se dedican a visitar vinaterías, bodegones o pulquerías. Los limosneros con imágenes o alcancías sin la correspondiente licencia de la autoridad. Los jóvenes forasteros prófugos sin destino u ocupación honesta. Los huérfanos abandonados sin otro ejercicio que la mendicidad. Los tahúres de profesión, etc. La ley también comprende que los vagos menores de dieciséis años serían destinados a establecimientos de corrección, casas de misericordia, fábricas, talleres, obrajes o haciendas de labor, bajo la responsabilidad del dueño o administrador del lugar. Los mayores de dieciséis años, en cambio, serían remitidos a talleres públicos o a la composición de caminos, según fuera su clase, condición o estado de salud ( La Nueva Época, Mérida, 1 de abril de 1864). En los códigos penales de 1872, 1896 y 1905, en cambio, sólo circunscriben en la lista de vagos a aquellos "que careciendo de bienes y rentas no ejerce[n] alguna industria, arte ú oficio honesto para subsistir, sin tener para ello impedimento legítimo".43 43 CÓDIGO PENAL DEL ESTADO. Mérida: s/edit., 1896, Libro III, Título VIII, Delitos contra el orden público, cap. I. Vagancia – Mendicidad, pp. 140-141; CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE YUCATÁN. Mérida de Yucatán: Imprenta de la Lotería del Estado, 1905, Título Cuarto, Delitos contra el orden público, cap. I. Vagância – Mendicidad, p. 66.

La persecución de los vagos, ociosos y malentretenidos inició desde los primeros años independientes. El ayuntamiento meridano, a partir de 1822, asumió la responsabilidad de controlar la proliferación de la gente sin oficio y dedicada a actividades poco dignas de un ciudadano

Que por cuanto el M. Y. Ayuntamiento de esta ciudad adoptó el medio saludable de aprehender á los vagos, ociosos y malentretenidos que públicamente se conocen como brazos corrompidos de la sociedad, por indicación que hizo el Sr. Jefe Superior Político, de resultar de los continuos desórdenes que se están experimentando.44 44 "Sumaria instruida contra José Sosa y José Antonio Coronado por vagancia" (Mérida, 6 de julio de 1822), AGEY, Justicia, Penal, vol. 1, exp. 5, f. 1.

La condición del bien social estaba presente en los círculos administrativos y políticos. El orden social también constituyó una de las condiciones necesarias para la instauración de un bien público, un bien más allá de los intereses privados:45 45 ESCALANTE GONZALBO, F. Ciudadanos imaginarios. Memorial de los afanes y desventuras de la virtud y apología del vicio triunfante en la República Mexicana –Tratado de moral pública. México: El Colegio de México, 1998, pp. 129, 130. un Estado con el compromiso de crear una conciencia de obligaciones morales que favoreciesen la aceptación intrínseca del sistema normativo. La moral pública fue la materialización del cómo se hacen las cosas.46 46 ESCALANTE GONZALBO, Ciudadanos imaginarios 1998, p. 42.

El trabajo, principio primario de la producción y del progreso, constituía la oposición de la sociedad ociosa y la médula prístina de las buenas costumbres. El compromiso social residía en un papel recíproco: por un lado, una autoridad dedicada a combatir cualquier inquietud y perturbación de la paz pública y, por el otro, un trabajador consagrado a sus operaciones individuales. Las medidas de control social procuraron el orden.

Un primer modelo consistió en la represión mediante la creación de cuerpos de vigilancia dedicados a la aprehensión y encarcelamiento de los perturbadores del orden público. Cuando las autoridades del nuevo orden político se instalaron en el poder, a finales de 1821, encontraron las calles meridanas abarrotadas de ociosos y malentretenidos. Por doquier deambulaban sujetos mendigando mendrugos de pan y unos pocos reales. Los ebrios también eran comunes en el ambiente urbano. Una multitud de infantes, mujeres, ancianos, tullidos y cualesquier tipo de quejumbrosos conformaba el conjunto social que habitaban en las calles y en las plazas de la ciudad. La cantidad de personas ociosas y sin trabajo era un grave problema que desde el principio requirió atención inmediata.47 47 Los primeros vagos procesados de la época independiente fueron dos mestizos oriundos del barrio de la Mejorada, José y Antonio Coronado, culpables de "la clase de vagos, holgazanes y malentretenidos", aunque todavía calificados bajo este tenor según la real orden del 30 de abril de 1745 y el decreto real del 7 de mayo de 1775. La condena los confinó dos años en el presidio de Bacalar ("Sumaria instruida contra José Sosa y José Antonio Coronado por vagancia" [Mérida, 6 de julio de 1822], AGEY, Justicia, Penal, vol. 1, exp. 5, ff. 7v, 9v). El ayuntamiento cada día tenía más problemas para controlar la vagancia y a los malentretenidos. Muchos lugares públicos se convirtieron en escenarios nocturnos utilizados como enormes dormitorios de vagos. Este era el panorama que se presentaba en Mérida durante la primera mitad del siglo xix. En la década de 1840, por ejemplo, la superioridad política de Yucatán reconocía que

En el mercado de esta capital se perpetran, principalmente en las primeras horas de la noche, escandalosos excesos, ofensivos á la moral y decencia pública, á mas de estar siempre plagada dicha plaza de holgazanes que incomodan y perjudican á las venteras y concurrentes, cometiendo toda clase de maldades.48 48 CAIHY, Copiador de oficios del Gobierno y copiador de decretos del Congreso Estatal (Mérida, 18 de noviembre de 1840), Libro 142, ff. 154-154v.

La prensa de mediados del siglo xix advertía casi en los mismos términos

La inmoralidad se va extendiendo rápidamente, y si con oportunidad no se enfrenta y se pone un dique fuerte á sus fatales consecuencias, es probable que el país [Yucatán] cambie totalmente de aspecto, pasando á ser una mansion inhabitable por la frecuencia de los crímenes [...] aun se puede combatir la inmoralidad que tiende á propagarse; aun es tiempo de preservar á nuestra sociedad de los terribles efectos; aun no se ha perdido la oportunidad de lograr que Yucatan vuelva á ser lo que fue respecto de seguridad individual y de otras ventajas sociales.49 49 El Siglo Diez y Nueve, Mérida, 5 de septiembre de 1851. No obstante Molina Solís difería de ambos puntos de vista: "El nivel de moralidad en las costumbres se conservaba bastante elevado, aunque como en todo el país, no faltasen escándalos ni perversas enseñanzas, ni ejemplos malsanos; algunas gentes amaban la liviandad y los juegos prohibidos; alguna parte del clero se dejó corroer por el vicio de la incontinencia; pero otra parte brillaba por el espíritu de pureza y el celo con que pugnaban por conservar los principios evangélicos" (MOLINA SOLÍS, J. F. Historia de Yucatán desde la Independencia de España, hasta la época actual. Mérida: Talleres Gráficos de "La Revista de Yucatán", vol. I, 1921, p. 307).

La preocupación de las autoridades se centró en esta vorágine de vagos. El dilema de la vagancia era un malestar desde la época española, pues pese a los constantes intentos por socavar la creciente propagación de los vagabundos los esfuerzos habían sido insuficientes. Las primeras medidas se dispusieron de inmediato. Desde 1822 inició la encarnizada cruzada contra los ociosos. La persecución y encarcelamiento de las personas consideradas perniciosas a la sociedad fue una de las características que distinguió el período 1822-1827.

En el centro y en los barrios de Mejorada, Santa Ana, San Cristóbal, Santiago y Santa Ana se organizaron brigadas de vigilancia. Los vagos, acusados de cometer robos frecuentes y desórdenes públicos, solían ser aprehendidos y, después, desterrados del estado. Debido a los exiguos resultados logrados, en agosto de 1822 duplicaron el número de miembros de las cuadrillas de vigilancia nocturna.50 50 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 6 de agosto de 1822), Libro 17, ff. 85v-86. No obstante, los esfuerzos eran inútiles para controlar la vagancia, pues muchas cuadrillas no cubrían sus respectivos turnos – desde el toque de queda hasta la una y de esta hora hasta las cuatro. Por este motivo, ocho soldados de la 3ª Compañía de Cívicos y más tarde, en 1826, miembros de la 6ª Compañía del Batallón n° 7, fueron incorporados en este servicio.51 51 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, mayo-julio de 1823), Libro 18, ff. 49v, 75, 77. En mayo de 1834 los desordenes públicos habían cesado de intensidad, aparentemente. Los dos piquetes de vigilancia nocturna fueron reducidos a la mitad. Aún así, desde julio fueron incluidos a la tarea grupos de ciudadanos honrados y, después, diez hombres del cuartel de la tropa armada.52 52 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, mayo-julio de 1834), Libro 25, ff. 64-64v, 80, 109. La respuesta de las autoridades municipales orizabeñas también consistió en la confinación de los vagos en la milicia (RIBERA CARBÓ, Herencia colonial 2002, p. 232). Con la intención de recuperar el dominio de las calles, a partir de 1858 se formó el primer cuerpo permanente de vigilancia: los agentes de policía y los comisarios de manzana.53 53 La procuración de la paz pública constituía una de las premisas más importantes de las ciudades mexicanas. El sistema de los comisionados de manzana también fue utilizado en otras ciudades. Ante la consideración de lograr una cobertura más cercana de la ciudadanía, desde 1858 el ayuntamiento de Orizaba nombró jefes de manzana. Las comisiones anuales tenían la obligación de formar un censo exacto, actualizado cada seis meses, con los nombres de los moradores de las manzanas, insistiendo en el sexo, edad, estado, ocupación, ejercicio y modo de vivir. No obstante cada mes debía informar acerca de los nuevos vecinos establecidos y de los desplazamientos de los mismos, haciendo hincapié en aquellos con ciertos vicios y entretenimientos desviados del orden sancionado. De ahí la importancia de inscribir las sospechas de que algún vecino abrigara criminales, desertores o jugadores. Los avisos a la autoridad servían para tener un mejor control de los delitos ocurridos en la manzana. La eficacia de sus acciones puede explicarse a partir de las facultades concedidas para aprehender a los delincuentes (RIBERA CARBÓ, Herencia colonial 2002, pp. 227-228). Además, en 1860, apareció otra corporación policíaca, los llamados serenos.54 54 "Reglamento para el gobierno del cuerpo de serenos de esta capital. Mérida, Imprenta de Rafael Pedrera", CAIHY, Folletos, caja XIII. 1860, 27. Un análisis detallado sobre los problemas del orden público en la ciudad de Orizaba durante el siglo XIX puede verse en RIBERA CARBÓ, Herencia colonial 2002, pp. 223-230.

Una medida orientada a disminuir la embriaguez obligó a los alcaldes auxiliares a detener y enviar a la cárcel pública a los ebrios que se encontraran en las calles durante los domingos y días de fiesta. En cambio, los infantes que vagaban en las calles serían recogidos por los regidores para entregarlos, para su educación, a familias de reputación.55 55 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 24 de enero de 1823), Libro 17, ff. 161v-162v. En 1841 se estableció que "siendo muy reprobable salgan a las calles las niñas doncellas desde la edad de siete años a hacer mandados y otras diligencias caseras, se reencarga particularmente a las madres de éstas no lo verifiquen, en el concepto que la que contrabiniere se le quitará de su poder a la niña poniéndose en casa honrada y ella será reprendida como corresponde".56 56 "Certificación de un bando de buen gobierno para el régimen interior de los pueblos, hecho por Juan de Dios Mucel, alcalde y jefe político de villa del Carmen" (Carmen, 17 de enero de 1841), AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, vol. 5, exp. 127. Con estas últimas medidas, se pretendía liberar a la ciudad de otro de los vicios emergentes de la época colonial.

La impronta de los comerciantes y hacendados, grupo de enorme poder político y económico, fue cada vez más evidente. Los reclamos contra los vagos, a los que se responsabilizaba de causar graves perjuicios a sus propiedades, empezaron a ejercer mayor presión al ayuntamiento para que garantizara la seguridad de todos los "ramos de que depende la felicidad de la provincia". En sesión de cabildo de junio de 1823 se aprobó la construcción de un presidio correccional. El capital para la construcción y manutención de la cárcel correccional se obtuvo del fondo de propios del municipio y de una contribución extraordinaria del gremio de hacendados y comerciantes. El arbitrio consistía en un impuesto mensual pagado por los hacendados con una propiedad mayor de veinte cabezas de ganado, mientras que los comerciantes y tenderos contribuían con cuatro reales cuando su negocio tuviera un giro mayor de cien pesos.57 57 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, junio-julio de 1823), Libro 18, ff. 65-65v, 67-68, 73-73v. Las mismas impresiones pueden observarse entre los comerciantes de la ciudad de Puebla. Ante el clima de inseguridad que se respiraba en las propiedades los capitalistas establecieron, a principios de 1822, un regimiento de milicianos destinados a contrarrestar la fuerza de los levantamientos y a proteger dichas propiedades (THOMSON, G. P. C. Puebla de los Ángeles. Industria y sociedad en una ciudad mexicana, 1700-1825. México: BUAP, UI, Gobierno de Puebla, Instituto Mora, 2002, p. 287).

El 5 de agosto de 1823 inició la feroz persecución de los vagos. El ayuntamiento meridano justificó la empresa aduciendo

Hallándose amenasada la tranquilidad y seguridad con los robos y muertes tan repetidas que se advierten y siendo la causa de estos males la multitud de vagos, ociosos y malentretenidos que infestan el estado, acordó este M. Y. Ayuntamiento recojerlos en la cárcel pública esta noche, nombrando al efecto al ciudadano alcalde 2 y cinco regidores para que tomando los cuarteles de milicias la fuerza competente lo verifiquen, a cuyo efecto se implorará el auxilio del Comandante General de las Armas.58 58 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 5 de agosto de 1823), Libro 17, f. 81v.

Los vagos, ociosos y malentretenidos de la ciudad trataron por todos los medio de evitar las patrullas que merodeaban el centro y los barrios de la ciudad. Algunos huyeron de la ciudad o pidieron la ayuda de amigos para escabullirse de las constantes rondas; otros, en cambio, para fugarse contaron con el favor de los miembros de la milicia. El artillero Jacinto Acosta, por ejemplo, escondió en su casa a dos vagos que eran perseguidos por una patrulla.59 59 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 8 de agosto de 1823), Libro 18, f. 84.

El presidio correccional fue inaugurado a fines de 1823. Muy pronto concentró a un número importante de vagos. Sin embargo, las escasas celdas resultaban insuficientes para albergar a los nuevos inquilinos que llegaban día a día. Las condiciones de salubridad tampoco eran las adecuadas y en breve las autoridades carcelarias informaron del fallecimiento de dos presos. Ante la falta de espacio, bajo la vigilancia del cuerpo de guardias tiradores, algunos recluidos fueron trasladados al antiguo convento de religiosos.60 60 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 22 y 25 de agosto de 1823), Libro 18, ff. 90-90v, 92v. Aun cuando en los años siguientes este procedimiento intentó ser sustituido por otros, éste permaneció inmutable.

El segundo modelo, diseñado desde 1826, fue la formación de los llamados bandos de buen gobierno con el propósito de regular los estándares colectivos de convivencia. Los bandos de buen gobierno consistían en reglamentaciones de orden y control social. Desde los primeros años de vida independiente los distintos gobiernos promovieron una serie de bandos, reglamentos de policía, leyes y decretos con la intención de establecer las instrucciones relativas a la prevención del orden público. No obstante, ambos modelos preventivos poco hicieron para solucionar la problemática social.

El tercer modelo de prevención, el correctivo, según el principio de que las buenas costumbres que conciliaban los intereses del Estado, se vinculaba con la idea de que el trabajo – en todos los niveles – constituía la base fundamental del progreso. Este modelo, fijado en la compulsión en el trabajo, quizá fue el más exitoso. En la primera medida, los alcaldes auxiliares de los barrios reclutaron hombres sin modo honesto de vivir para obligarlos a cultivar, al menos, veinte mecates de milpa.61 61 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 12 de julio de 1822), Libro 17, fols. 77v-78. Esta fue una práctica reconocida por las autoridades coloniales. En 1813, por ejemplo, la Diputación Provincial ordenó que "según su aptitud e inclinación, bien sea a la labranza u otro oficio que sepa o quiera, pagándose por su justo precio los respectivos trabajos y teniéndose particular cuidado de que los jóbenes desde catorce años de edad se les ocupe y emplee, como va expresado, si sus padres o tutores no lo hacen para evitar desde sus tempranos años se habitúen a la ociosidad, madre de todos los vicios que trastornan el orden" ("De la Diputación Provincial sobre ocupaciones y oficios de los habitantes" [Mérida, 30 de junio de 1813], AGEY, Colonial, Diputación Provincial, Ocupaciones, vol. 1, exp. 2). Véase también "Circular a los ayuntamientos sobre la obligación de los habitantes de tener un oficio u ocupación" (Mérida, 1813), AGEY, Colonial, Diputación Provincial, Ocupaciones, vol. 1, exp. 3. Este mismo modelo fue recuperado cuatro décadas más tarde, durante el Segundo Imperio. La semejanza de la idea imperialista respecto el concepto original se matizaba incluso en la importancia concedida a la prevención antes de que las acciones negativas contaminaran a la sociedad. La conformación de este proyecto social trataba de prevenir el posible incremento de los vagos y ociosos. Ante la advertencia de gente con este perfil, el "Reglamento para el gobierno interior del Departamento de Yucatán", recordaba la obligación de evitar la vagancia y la ociosidad. La obligación de los prefectos intentaba procurar el cultivo anual de sesenta mecates de milpa de maíz.62 62 La Nueva Época, Mérida, 4 de marzo de 1864. En tales términos, este modelo pretendió la definición de personas capaces de contribuir a la producción, aunque por medios compulsivos. El Estado imperialista, consciente del escollo que representaban vagos, haraganes, viciosos y jugadores a propósito de los desórdenes y el desequilibrio de la paz pública, también consideró prudente involucrarlos en el proyecto social.

El virtual debilitamiento de las fuentes de degeneración del trabajo – la ociosidad – definió y estructuró los estatutos de buen gobierno, convirtiendo a las buenas costumbres en piedra angular del modelo. El modelo de control del orden social construido de esta manera no siempre fue efectivo, pero sí importante en la incubación de un nuevo discurso correctivo. Asimismo, rubricó la materialización de una sociedad consagrada al afianzamiento del bien público, donde era imprescindible que los individuos estuvieran inmersos en el proceso de recuperación económica. En los principios de las buenas maneras, el trabajo solidificó los valores cultivados en la sociedad.

En este modelo se ciñeron los métodos de justicia decimonónica, aunque éstos ya habían sido practicados durante el episodio hispánico. Efectivamente, el programa de justicia defendió la idea de una sociedad justa donde todos, incluso los criminales, tenían la oportunidad de ser útiles a la sociedad. Este modelo positivista asumió que los hombres, sin excepción, tenían la capacidad de brindar beneficios a la sociedad y, en esta medida, era necesario redimensionar el modelo de castigo. El castigo por sí mismo no constituía la solución de los problemas sociales, pero sí proporcionaba recursos humanos útiles de canalizar en provecho de la sociedad. Durante el siglo xix hubo tres métodos de justicia asociados con la idea de utilidad social de la criminalidad.

La sociedad decimonónica estaba siendo testigo del nacimiento de una forma de justicia orientada en el provecho social. Las autoridades meridanas emprendieron el proyecto desde 1822 con la ruptura del patrón castigo-punición y la emergencia del castigo-corrección-utilidad social. El despliegue de un nuevo sistema argüía que las penas carcelarias constituían los más agudos centros de criminalidad y, por lo tanto, no sólo era crucial despojarlas de su papel de instrumento de castigo sino también de impulsarlas como firmas dedicadas a la consolidación y a la formación de nuevos individuos. Hombres educados en las buenas costumbres, en la disciplina y en el adiestramiento de un oficio que los facultaran para servir en la sociedad.63 63 "Proyecto del presidio correccional para dar ocupación a los presos. Aprobado y mandado observar por la Honorable Junta Provisional, en decreto del 18 de julio de 1823. Mérida, Oficina Republicana del Sol, á cargo del ciudadano M. Seguí", CAIHY, Folletos, caja I. 1814, 11. Algunas ideas semejantes las comparte PÉREZ TOLEDO, Trabajadores urbanos 2001, pp. 158, 170, 178.

La cruzada contra los vagos y viciosos tuvo precisamente el objetivo de encauzarlos en un presidio correccional que respondiera a las necesidades sociales: enseñanza de oficios con el propósito de regenerar sus modelos de vida e incorporarlos en el programa colectivo de progreso. El fracaso de este primer ensayo correctivo sólo puede justificarse por la falta de recursos económicos. Las dañadas finanzas del fondo de propios del ayuntamiento carecían de los recursos suficientes para apoyar una empresa que, después de su instalación, no contó con la participación de los capitalistas. La campaña de captura de vagos durante la primera incursión, para extirparlos de las calles y plazas de Mérida, envió un número importante de estas personas a las cárceles. La cárcel correccional fue el primer modelo meridano que pretendía la incorporación de los vagos a la vida productiva. Esta política procedía de las ideas de la Ilustración que trataba de evitar las penas carcelarias como exclusivos instrumentos de castigo, éstas debían servir como escaparates para que el individuo fuera adiestrado en determinadas tareas que más tarde le serían útiles en la sociedad. Sin embargo, la casi absoluta falta de recursos mermó los intentos para tal objetivo y las prisiones continuaron siendo las mismas instituciones sin servicios y atenciones para los infractores. El primer intento de establecer un presidio correccional fracasó a finales de la década de 1820.64 64 CAIHY, Manuscritos hojas sueltas, caja XX.1825, ½, 006; "Cuenta de cargos y data de los fondos pertenecientes al presidio correccional y cárcel pública de la ciudad de Mérida en el año 1826" (Mérida, diciembre de 1826), AGEY, Poder Ejecutivo, Ayuntamientos, caja 2, vol. 2. Acerca de la humanización de la justicia en la Nueva España véase SAGASTUME PAIZ, T. De la Ilustración al liberalismo. Los discursos sobre los gremios, el trabajo y la vagancia en Guatemala. En: Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 57. En la década siguiente apareció una nueva cárcel, aunque sin el carácter correctivo de su antecesora.65 65 "Cuentas de la cárcel" (1832), CAIHY, Manuscritos hojas sueltas, caja XXIV. 1832. 2/2, 009; "Reparación de la cárcel pública" (Mérida, 1840), CAIHY, Manuscritos hojas sueltas, caja XXXIV. 1840. 2/2, 015; CAIHY, Manuscritos hojas sueltas, caja XXXIV. 1840. 2/2, 017. Véase también "Proyecto para el arreglo de talleres y establecimiento de una casa de correccion en la capital del estado, presentado á la Academia de ciencias y literatura por su sócio nato D. Antonio Garcia Rejon", en Mosaico, Mérida, 1849. En el terreno nacional, en 1833, la Secretaría de Justicia promulgó un reglamento que inauguraba el establecimiento de talleres de artes y de oficios en la cárcel nacional. Los presos recluidos en este recinto tenían la obligación de ejercer un oficio en los talleres o bien de aprender los rudimentos alguno de los que ahí se enseñaban (DROZ, Europa 1981, p. 290). No obstante, las medidas arregladas tendieron un nuevo puente decisivo en la corrección de la criminalidad que se recuperaría durante los años del Segundo Imperio66 66 Uno de los artículos del Reglamento para el gobierno interior del Departamento de Yucatán de 1864 advertía a los prefectos sobre la urgente necesidad de consignar a los vagos, ociosos y gente sin oficio a los establecimientos de corrección ("Reglamento para el gobierno interior del Departamento de Yucatán", en La Nueva Época, Mérida, 4 marzo de 1864). y la República Restaurada.67 67 No obstante, a finales de 1874 las autoridades reconocieron que el notorio aumento de la criminalidad urbana había ocasionado el incremento de los robos en las casas ( La Revista de Mérida, Mérida, 19 de septiembre de 1874). Ver también La Revista de Mérida, Mérida, 2 de septiembre de 1877. En efecto, en esta última época la política contra la vagancia de nuevo implantó un modelo correctivo asociado con "un establecimiento municipal creado para mejorar la condición moral y material de los individuos que se destinan á ella".68 68 "Reglamento de la casa de corrección" (Mérida, 18 abril de 1871), en ANCONA, E. Colección de leyes, decretos, ordenes y demas disposiciones de tendencia general, expedidas por el gobierno legislativo del Estado de Yucatan. Mérida: Imprenta de "El Eco del Comercio", vol. IV, 1882-1883, p. 264. En esta correccional, los presos tenían la posibilidad de adquirir conocimientos en instrucción primaria, que ofrecía enseñanzas de moral, caligrafía, lectura, aritmética, gramática y dibujo lineal, además de aprender en los talleres de artes y oficios con maestros especialistas.69 69 "Reglamento de la casa de corrección" (Mérida, 18 de abril de 1871), en ANCONA, Colección de leyes, decretos vol. IV, 1882-1883, p. 271. Estos talleres eran de carpintería, herrería, platería, sastrería y zapatería. La continuidad de este modelo permaneció a lo largo del siglo xix. La tendencia se mantuvo en la instauración, en 1866, de la primera Casa de Corrección para menores que hubo en Yucatán. El 5 de mayo de 1876, al inaugurarse las nuevas prisiones de Mérida, Tekax, Valladolid e Izamal, los establecimientos contaban con un Reglamento de Artes y Oficios.70 70 ANCONA, E. Coleccion de leyes, decretos, ordenes y demas disposiciones de tendencia general, expedidas por el poder legislativo del Estado de Yucatan desde 1851 hasta la presente época. Mérida: Tipografía de Gil Canto, vol. V, 1886-1889, p. 87. Lo mismo ocurrió cuando el gobernador Carlos Peón inauguró, en 1895, la Penitenciaría "Juárez", una de las grandes obras del porfiriato yucateco.71 71 "Reglamento para las cárceles de procesados en la Penitenciaria 'Juárez'" (Mérida, 31 de diciembre de 1908), AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, Reglamentos, caja 502.

El segundo método correccional fue el destino a las armas.72 72 Sobre el origen colonial de esta práctica, consúltese SERRANO ORTEGA, J. A. El contingente de sangre. Los gobiernos estatales y departamentales y los métodos de reclutamiento del ejército permanente mexicano, 1824-1844. México: INAH, 1993, pp. 45-46; PRIETO HERNÁNDEZ, A. M. Acerca de la pendenciera e indisciplinada vida de los léperos capitalinos. México: CONACULTA, 2001, pp. 189-190. El origen de este sistema data del 24 de agosto de 1824, cuando la Comisión de Guerra de la Cámara de Diputados redactó el método de reemplazos del ejército y que, de inmediato, fue sancionado por las legislaturas de los estados de Oaxaca, Michoacán, Zacatecas, Puebla, Estado de México, Veracruz, Guanajuato y Jalisco con la firma de sendos decretos para que los sujetos más improductivos y peligrosos formaran parte del ejército.73 73 SERRANO ORTEGA, El contingente 1993, pp. 43-50. No obstante, dos años después, el mismo Ministerio de Guerra se oponía a este método de reemplazos porque se reconoció que la reunión de vagos y viciosos en las filas militares sólo había contribuido a enviciar, desmoralizar y a favorecer las deserciones. Aun con esta advertencia, los estados no estaban convencidos de recurrir al nuevo método de los sorteos.74 74 Un análisis detallado acerca del método de reclutamiento a través de los sorteos puede verse en SERRANO ORTEGA, El contingente 1993, pp. 43-50. Así, en Querétaro y Yucatán se formó, en 1826, la legislación pertinente para incorporar a los vagos en las listas de reemplazos. La circular del 6 de julio de 1826, la ley de vagos del 5 de octubre de 1827, el decreto sobre el enganchamiento de hombres para el ejército y la marina del 5 de julio de 1828, el Reglamento para el gobierno interior de los pueblos del 21 de noviembre de 1829, el decreto del 15 de septiembre de 1835, el decreto sobre la ley de vagos o sin ocupación útil del 7 de julio de 1842 y el Reglamento para el gobierno interior del Departamento de Yucatán de 1864 fueron las bases jurídicas fundamentales que aprobaron sucesivamente la inserción de los vagos y ociosos en el servicio de las armas.75 75 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 21 y 28 de julio de 1826), libro 20, fols. 119v, 122; PEÓN, J.M., GONDRA I. Colección de leyes, decretos y órdenes del augusto congreso del estado libre de Yucatán. Mérida: Imprenta de Lorenzo Seguí, vol. I, 1832, pp. 81-82; CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 11 de mayo de 1827), libro 21, fols. 69-69v; "Decreto del Congreso sobre el enganchamiento de hombres para el ejército y la marina" (Mérida, 5 de julio de 1828), AGEY, Poder Ejecutivo, Decretos y Leyes, caja 11, vol. 1; "Copia del decreto sobre la ley de vagos o sin ocupación útil" (Mérida, 7 de julio de 1842), AGEY, Poder Ejecutivo, Decretos y Leyes, caja 4, vol. 1, exp. 2; AZNAR PÉREZ, A. Colección de leyes, decretos, órdenes o acuerdos de tendencia general del poder legislativo del estado libre y soberano de Yucatán. Mérida: Imprenta del Editor, vol. I, 1850, pp. 236-239. El artículo 22, De los prefectos, correspondiente al Reglamento para el gobierno interior del Departamento de Yucatán de 1864 establecía "consignar con anuencia del gobernador a los vagos, ociosos y gente sin oficio al servicio de las armas o a los establecimientos de corrección, obrajes o haciendas de labor" ("Reglamento para el gobierno interior del Departamento de Yucatán", en La Nueva Época, Mérida, 4 marzo de 1864). Sobre los destinos a las armas véase "Representación de varias personas que por vagos fueron destinados al servicio de las armas, con arreglo al Reglamento para el gobierno interior de los pueblos" (Mérida, 1831), AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, vol. 3, exp. 7; "Lista de los declarados vagos por la prefectura en el distrito de Mérida para cubrir las bajas en los cuerpos permanentes" (Mérida, 5 de noviembre de 1835), AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, vol. 11, exp. 5. Desde 1826, un oficio del gobernador ordenó que los vagos reemplazaran a 45 hombres de la Milicia Cívica y a los 40 que el partido de Mérida debía proporcionar al servicio de la Marina Nacional.76 76 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 21 y 28 de julio de 1826), Libro 20, ff. 119v, 122. Sin embargo, tales cantidades a veces resultaban difíciles de reunir porque los individuos capturados no siempre eran sentenciados y, casi un año después de promoverse la enmienda, sólo se habían cubierto 34 plazas del batallón permanente n° 13, sin entregar reo alguno a la Marina Nacional.77 77 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 11 de mayo de 1827), Libro 21, ff. 69-69v. Entre 1822 y 1846 existen evidencias de que los juzgados levantaron por lo menos 94 causas por vagancia, número muy corto considerando que sólo en 1838, en el distrito de Mérida, 42 vagos fueron reservados a cubrir las bajas de los cuerpos permanentes de la milicia.78 78 "Lista de los declarados vagos por la prefectura en el distrito de Mérida para cubrir bajas en los cuerpos permanentes" (Mérida, 5 de noviembre de 1838), AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, vol. 11, exp. 5. La disposición instalaba a la aprehensión de vagos para enlistarlos en el llamado batallón Galeana, aunque existen indicios que presumen la resistencia de los alcaldes. En algunos casos, las autoridades de las municipalidades dudaban informar acerca de la existencia de los vagos en sus respectivas jurisdicciones.79 79 Cfr. GÜÉMEZ PINEDA, A. Liberalismo en las tierras del caminante. Yucatán, 1812-1840. Zamora: El Colegio de Michoacán, UADY, 1994, pp. 242-249.

A pesar de sus críticos, la envergadura de esta política radicó en que correspondía con los intereses nacionales de proporcionar reemplazo a los hombres caídos en batalla o para cubrir las bajas en la deserción. La leva apareció como un mecanismo que defendía el compromiso del Estado de remediar la falta de hombres dispuestos a garantizar la seguridad y la estabilidad de la nación. La expulsión de los vagos y criminales como sujetos improductivos e inútiles de la sociedad significaba, al mismo tiempo, su contribución al servicio armado y su conversión en sujetos útiles. Es decir, con esta regla, el Estado se congratulaba del doble papel de cumplir con la protección de los ciudadanos y de suprimir de la sociedad a los sujetos inútiles.

El tercer método, igualmente originario de la herencia española, aunque sin claros tintes correctivos, también persiguió el objetivo de la utilidad social. El castigo-corrección, sinónimo de utilidad social, se aplicó en las sentencias judiciales. Las reducidas arcas municipales muchas veces no poseían fondos para emprender obras públicas y a menudo se auxiliaba de las fajinas de los ciudadanos. El reo sería un nuevo actor laboral. La necesidad de una contribución social, en remisión a sus culpas y de sus ofensas a la sociedad, fue el papel preponderante conferido a los reos de esta época. La remuneración en servicios a la comunidad fue, entonces, el sistema genérico empleado para subsanar la falta de personal permanente dedicado a la construcción y composición de caminos, a la reparación de los edificios públicos, a la limpieza de las calles, etc.80 80 Sobre el origen colonial de este método véase PRIETO HERNÁNDEZ, Acerca de la 2001, pp. 183, 186-187. En la misma obra se analizan las consecuencias de utilizar vagos en los trabajos públicos (pp. 184-185). El decreto del 25 marzo de 1871 todavía facultaba a las autoridades la utilización de los presos en los servicios urbanos; no obstante, este sistema fue abolido por el decreto del 4 de octubre de 1875 (ANCONA, Coleccion de leyes, decretos, ordenes vol. V, 1886-1889, p. 87), aun cuando algunos ejemplos de la permanencia de este régimen todavía están presentes varios años después ( La Revista de Mérida, Mérida, 13 de junio de 1878). El derecho de ciudadanía, arruinado por las faltas incurridas contra la sociedad, únicamente podía legitimarse después de recompensarla con servicios comunitarios y de bien común. La delincuencia urbana se transformó en el nuevo polo de beneficencia social explotada, además de las penas carcelarias, multas u otras sanciones. El mayor inconveniente fue, sin duda alguna, la frecuencia con que los reos solían fugarse de la vigilancia de los gendarmes.

El problema de la vagancia fue una de las preocupaciones más tangibles de los gobiernos decimonónicos, principalmente en la ciudad de Mérida. La moral social del siglo xix distinguió a los pobres de los vagos, ociosos y jugadores. Aunque es cierta la afirmación de que a menudo las autoridades confundían a los desempleados con alguno de estos últimos.81 81 Por ejemplo, puede verse, La Revista de Mérida, Mérida, 13 de junio de 1878. En muchos testimonios presentados, el acusado defendía su causa argumentando que las pruebas en su contra eran circunstanciales pues poseía los medios necesarios de subsistencia y un modo honesto de vivir, pero aun así eran condenados. Por ejemplo, en 1831, pese a sus alegatos de inocencia y a las justificaciones presentadas, once individuos procesados por vagos fueron consignados al servicio de las armas durante cinco años.82 82 "Representaciones de varias personas que por vagos fueron destinados al servicio de las armas, con arreglo al Reglamento para el Gobierno Interior de los Pueblos" (Mérida, 1831), AGEY, Poder Ejecutivo, vol. 3, exp. 7, caja 24.

La posición del Estado se concentró en el aprovechamiento de la sociedad productora. La moral social respecto a la pobreza pretendía establecerse en la regla secular, sin embargo en muchos momentos aparecen indicios de la religión, de la caridad cristiana. En efecto, los llamados pobres de solemnidad fueron protegidos estatales porque a pesar de su inutilidad social no podían ser juzgados como criminales ni destinados a las armas. Los documentos de la época son bastante elocuentes al respecto. Las condiciones para adquirir este estatus podían ser la edad avanzada de personas sin el apoyo de sus familiares, probar el padecimiento de alguna enfermedad, de algún defecto físico de nacimiento o de una lesión grave que impidieran su incorporación en el mercado laboral.83 83 Durante el periodo 1876-1890, en la ciudad de Mérida hubo innumerables solicitudes para solicitar la declaración de pobreza de solemnidad. "Diligencias de amparo de pobreza por Feliciana Ná" (Mérida, 26 de junio-14 de agosto de 1876), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias de amparo de pobreza por Pastora Gil" (Mérida, 16-26 de agosto de 1876), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias de amparo de pobreza por Santiago Cetina" (Mérida, 26-29 de agosto de 1878), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias de amparo de pobreza por José Andrade" (Mérida, 27 de noviembre-2 de diciembre de 1878), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por Altagracia Gómez para que se le habilite como pobre de solemnidad" (Mérida, 20 de diciembre de 1878-25 de agosto de 1879), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por Justo Pastor y Porfirio Anguas para acreditar su pobreza" (Mérida, 27 de junio-14 de julio de 1879), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por doña Francisca Romana Pérez para acreditar su pobreza" (Mérida, 8 de julio-2 de agosto de 1880), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias de amparo de pobreza promovidas por José Cárdenas Peón" (Mérida, 12 de junio de 1881), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por Bernarda Ortiz para que se le ampare como pobre" (Mérida, 16 de agosto-20 de septiembre de 1881), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias por Jacinto Manzano para que se le ampare como pobre" (Mérida, 29 de agosto-19 de septiembre de 1881), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por el c. Francisco Solís paso para que se le ampare como pobre de solemnidad" (Mérida, 16 de junio-15 de julio de 1882), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por Manuel Jesús Cámara para que se le amare como pobre de solemnidad" (Mérida, 19 de septiembre – 16 de octubre de 1882), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por la Sra. Matilde Aragón para que se le ampare como pobre de solemnidad" (Mérida, 22 de septiembre-21 de noviembre de 1882), albergados en el AGEY, Justicia, Civil. El Estado, en su carácter de protector de esta clase, advirtió las graves consecuencias de la debilidad económica.84 84 "Para mantener la paz pública, pára mantener la unidad nacional, para fomentar el desarrollo de la riqueza pública y hacer gozar algún bienestar à las clases menesterosas, es indispensable que el principio de libertad comercial encuentre un decidido apoyo en los poderes de los Estados. Las prohibiciones, las medidas que se han llamado protectoras, son ya insostenibles, y es de esperarse que en nuestro país no haya espíritus vulgares y tímidos que necesiten que se les demuestre que la abundancia es preferible à la escasez, última y sencilla fórmula à que es preciso reducir esta cuestion económica" ( Las Garantías Sociales, Mérida, 20 de marzo de 1857). Incluso procuró el establecimiento de refugios de beneficencia pública e incentivó los de carácter privado. Así, en el siglo xx en la ciudad existía la "Casa de Beneficencia", la Casa de beneficencia "Brunnet" (fundada en 1792) y el Asilo de mendigos "José María Celarain" (fundado hacia 1890), así como la institución privada "Leandro León Ayala". Esta política, además del desprendimiento de los pordioseros y mendigos de la categoría de vagos, asociándolos a la caridad, fecundó el desarrollo de esta práctica y la aparición de un nuevo problema social.

A finales del siglo xix, la prensa advertía acerca de estos nuevos actores sociales.

Llama ya la atención el número de mendigos que pululan por nuestras calles implorando la caridad pública. Los hay de todos sexos, edades y condiciones, y así os tropezáis con un ciego de veinte años, como con un octagenario trémulo y encorvado; así con una chiquilla haraposa y desgreñada como con una provecta valetudinaria de cabello blanco y rugosa piel. Dejad abierta la puerta de vuestra casa algunas horas y veréis desfilar á vuestra presencia toda una procesión de mendigos, en cuyos gestos y cataduras no siempre se dibuja la verdadera necesidad.

La mendiguez pordiosera es hoy para muchos un oficio lucrativo que encuentran cómodo y sencillo, porque para dedicarse á su ejercicio basta tener piés listos y bien andadores para poder recorrer la ciudad por sus cuatro cuarteles. Mendigos hemos visto á la puerta de las casas, á la puerta de los templos esperando la salida de la gente que acude á las prácticas religiosas, á la puerta de los teatros, en las serenatas de la Plaza principal, en las escaleras del Palacio de Justicia y donde quiera que hay reunión ó concurso de personas; y hemos conocido algunos que, sabedores del tiempo en que se verifican las fiestas de las poblaciones del interior, toman oportunamente los trenes de ferrocarril para aprovechar las ocasiones, viajando con comodidad por todo el Estado.

De un ciego hemos sabido que habiendo sido observado por un facultativo oculista y habiéndole éste afirmado que su mal tenía remedio y que lo operaría gratuitamente, se negó repetidas veces porque se le iba á dejar en la miseria devolviéndole la vista, mientras que sin esta comía bien sin trabajar.

Conocemos á una anciana que tiene dos hijas casadas con hombres industriosos y trabajadores que con insistencia la han instado para vivir con ellos, pero la anciana se resiste y continúa implorando la caridad pública con cuyo ejercicio de más de treinta años se muestra encariñada.85 85 La Revista de Mérida, Mérida, 22 de diciembre de 1896.

La mendicidad y los pordioseros inundaron las calles de la ciudad en el momento que los vagos casi habían desaparecido del escenario urbano.86 86 La Revista de Mérida, Mérida, 23 de marzo de 1881. En 1875, el cuerpo de policía formó un "Registro de insolventes y mendigos" para mejorar el control sobre esta gente. A través del registro se conocía el nombre y domicilio de los menesterosos con licencia para pedir limosna,87 87 CÓDIGO PENAL 1896, Libro III, Título VIII, Delitos contra el orden público, cap. I. Vagancia.- Mendicidad, p. 141. además de que con él "se podrán lograr algunas mejoras en la condición de esta clase. Se evitaría, además, que el vago se aproveche de las limosnas del pobre y que el verdadero pobre no reciba las atenciones y auxilios que merece".88 88 La Revista de Mérida, Mérida, 28 de octubre de 1875. Véase también CÓDIGO PENAL PARA 1905, Título Cuarto, Delitos contra el orden público, cap. I. Vagancia – Mendicidad, p. 66. No obstante, la gravedad de la situación obligó al jefe político de Mérida a proponer en la década de 1880 que las personas con los méritos y la justificación suficiente de "su notoria pobreza recibirían una medalla que llevarían al cuello, de ese modo el pueblo no sería sorprendido con falsos pobres".89 89 La Revista de Mérida, Mérida, 23 de marzo de 1881. Una nueva problemática nacía con el siglo xx.

Artigo recebido em 09/2006. Aprovado em 10/2006.

NOTAS

  • 1La Revista de Mérida, Mérida, 18 de marzo de 1875;
  • PÉREZ GARZÓN, J.S. La trayectoria de la filosofía y la cristalización de las ideologías de la modernidad. En: El mundo contemporáneo: Historia y problemas Barcelona: Biblos, Crítica, 2001, p. 239;
  • PÉREZ-RAYÓN ELIZUNDIA, N. México 1900. Percepciones y valores en la gran prensa capitalina México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 279.
  • 2 HOBSBAWM, E.J. La era de la revolución, 1789-1848. Buenos Aires: Crítica, 1997, p. 240;
  • KOCKA, J. Burguesía y sociedad burguesa en el siglo XIX. Modelos europeos y peculiaridades alemanas. En: Las burguesías europeas del siglo XIX. Sociedad civil, política y cultura Madrid: Biblioteca Nueva, Universidat de València, 2000, p. 36.
  • 3 HOBSBAWM, La era de 1997, pp. 239-240;
  • PÉREZ GARZÓN, La trayectoria 2001, p. 239.
  • 4 HALE, Ch. A. El liberalismo mexicano en la época de Mora, 1821-1853. México: Siglo XXI, 1982, pp. 50-51, 180.
  • 5Cfr. LANGEWIESCHE, D. Liberalismo y burguesía en Europa. En: Las burguesías europeas del siglo XIX. Sociedad civil, política y cultura. Madrid: Biblioteca Nueva, Universidat de València, 2000, p. 200.
  • 6 6 HALL, C. Sweet Home. En: Historia de la vida privada. De la Revolución Francesa a la Primera Guerra Mundial. Madrid: Taurus, 2001, p 77.
  • 7 KOCKA, Burguesía y sociedad 2000, p. 36;
  • PÉREZ GARZÓN, La trayectoria 2001, p. 239.
  • 8 8 En atención al mundo de los valores morales y de las conductas sociales, secularizadas, el término buen cristiano fue reemplazado por el de buen ciudadano para identificar a los individuos, cuyas virtudes más apreciadas de la nueva moral eran la preservación y la promoción del bien público, el decoro por la vida civil, el orden y la paz social (VILLACORTA BAÑOS, F., RACCOLIN, T. Ciencia, arte y mentalidades en el siglo XIX. En: El mundo contemporáneo: Historia y problemas. Barcelona: Biblos, Crítica, 2001, p. 309).
  • 9 El perfeccionamiento técnico coincide con el desarrollo progresivo del bienestar general (DROZ, J. Europa: Restauración y Revolución, 1815-1848. México: Siglo XXI, 1981, p. 45).
  • 10 EGUIARTE SAKAR, M.E. Historia de una utopía fabril: la educación para el trabajo en el siglo XIX. EN: La participación del Estado en la vida económica y social mexicana, 1767-1910. México: INAH, 1993, pp. 284-285;
  • PÉREZ-RAYÓN ELIZUNDIA, México 1900 2001, p. 187.
  • 12 ARANGUREN, J. L. Moral y sociedad. Introducción a la moral pública española del siglo XIX. Madrid: Taurus, 1982, pp. 12-15;
  • IMHOF, U. La Europa de la Ilustración Barcelona: Crítica, 1993, pp. 181-182;
  • RIBERA CARBÓ, E. Herencia colonial y modernidad burguesa en un espacio urbano. El caso de Orizaba en el siglo XIX México: Instituto Mora, 2002, p. 232.
  • 13El Siglo Diez y Nueve, Mérida, 28 de mayo de 1851; Las Garantías Sociales, Mérida, 24 de febrero de 1858; PÉREZ TOLEDO, S. Trabajadores urbanos, empleo y control en la ciudad de México. En: Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 179.
  • Sobre la apreciación europea del siglo XIX cerca de la ética por el trabajo véase LANGEWIESCHE, Liberalismo 2000, p. 200.
  • 16El Diario Popular, Mérida, 27 de febrero de 1908.
  • 17Las Garantías Sociales, Mérida, 24 de febrero de 1858. Al respecto véase también Mosaico, Mérida, 1850; PÉREZ-RAYÓN ELIZUNDIA, México 1900 2001, p. 301.
  • 18 PÉREZ GARZÓN, La trayectoria 2001, pp. 228-232.
  • 19 HALE, El liberalismo 1982, p. 53;
  • THOMPSON, E.P. La formación de la clase obrera en Inglaterra. Barcelona: Crítica, 1989, v. I, pp. 95-96.
  • 20Cfr. ARANGUREN, Moral y sociedad 1982, pp. 12-15.
  • 21 LANGEWIESCHE, Liberalismo 2000, pp. 195, 197.
  • 23 KOCKA, Burguesía y sociedad 2000, pp. 37-38, 59;
  • LANGEWIESCHE, Liberalismo 2000, p. 195.
  • 29 La codicia de los nuevos grupos de poder emergentes, pronto despertó el interés de la propiedad indígena y, desde 1825, una serie de legislaciones desangraron gradualmente la propiedad indígena, recrudecida en los años venideros hasta su virtual expropiación. La relativa prosperidad de algunos empresarios meridanos, a expensas de una sociedad menos favorecida, dedicados a la caña de azúcar en el sur y oriente de Yucatán o las incipientes haciendas del noroeste, no implicó el despliegue económico ni el ideal de progreso. A los pocos años, estos logros estaban en el olvido y se había agravado con los continuos conflictos bélicos de la época. Aunque una nueva etapa de recuperación y posterior auge económico comenzaría a partir del último tercio del siglo XIX. El desarrollo de las haciendas, consecuencia de la explotación y comercialización de la fibra del henequén, cristalizaría los tiempos de bonanza más importantes en la historia de Yucatán. El progreso, aunque considerada una empresa colectiva con la participación de toda la sociedad, fue exclusivo de un selecto grupo: los hacendados. Las últimas décadas del siglo XIX y los inicios del siglo XX son la expresión histórica más destacada del florecimiento de economía yucateca. La fortaleza en este sector también repercutió en el mejoramiento urbano de la ciudad, en la prosperidad del comercio, las artes y la cultura. También hubo un notorio avance en la actividad industrial. El Estado, sin embargo, privilegió a ciertos grupos en beneficio de caros intereses político-económicos y, con una legislación diferenciada, las distinciones y la heterogeneidad de las relaciones económicas y sociales cada día se hicieron más distantes. El pueblo trabajador sufrió los desgarres sociales que implicó una política de esta naturaleza. GONZÁLEZ NAVARRO, M. (Sociedad y cultura en el porfiriato. México: CONACULTA, 1994, pp. 64-97) registra de manera puntual la situació
  • n laboral, social y económica que los trabajadores del campo yucateco padecían en las haciendas. Los pormenores relativos a las élites económicas y políticas de Yucatán se analizan en SABIDO MÉNDEZ, A. Los hombres del poder: monopolios, oligarquía y riqueza en Yucatán, 1880-1990 Mérida: UADY, 1995;
  • PÉREZ DE SARMIENTO, M., SAVARINO ROGGERO, F. El cultivo de las élites. Grupos económicos y políticos en Yucatán en los siglos XIX y XX México: CONACULTA, 2001.
  • El porfiriato se caracterizó por la conciliación de la economía con las grandes propiedades y, al mismo tiempo, de las inversiones extranjeras. La consideración de que la frágil economía nacional carecía de los recursos financieros obligó a la concesión de importantes sectores a los capitalistas foráneos. Estas inversiones brindaron los recursos que no existían después de que las continuas guerras y conflictos políticos habían debilitado y llevado casi a la bancarrota nacional. Las críticas de la política de Porfirio Díaz tienen fundamento en la medida que en el ánimo de consolidar el progreso rehusó mirar hacia las clases más desprotegidas, privilegiando a las tradicionales familias del poder económico. Durante su gestión, se tendieron las primeras vías férreas y la empresa ferrocarrilera se desarrolló de manera espectacular. Aparecieron las primeras formaciones industriales y a lo largo de todo el país se introdujeron los modernos sistemas de comunicación. Esta etapa de fortalecimiento y progreso nacionales significó la ruptura del ancestral México rural para convertirlo en una nación progresista y moderna, pero también el sacrificio de los socialmente menos favorecidos. Los detalles de la política progresista y segregacionista del porfiriato pueden verse en GUERRA, F.X. México: del Antiguo Régimen a la Revolución. México: FCE, vol. I, 1988, pp. 286-375.
  • 32 DEL CASTILLO, P. Principios de urbanidad para el uso de la juventud arreglados a los progresos de la actual civilización, seguidas de una colección de máximas y fábulas en verso. Mérida: s/ed., 1865, Primera parte, cap. II, Del amor á la patria, p. 8.
  • 33 En un artículo José María Spinola escribió: "Yá no es un sueño quimérico el pensar que un labrador debe entender los principios de su arte: que debe comprender los procedimientos que conducen á la perfeccion de su profesion, y que no ha de trabajar como un automato, sino uniendo el arado al poder de su entendimiento" (El Registro Yucateco, vol. II, Mérida, 1846, pp. 282, 283).
  • 34 ANÓNIMO. El americano. México: Oficina de D. Alejandro Valdés, 1820.
  • 35 RODRÍGUEZ DE SAN MIGUEL, J. N. Pandectas hispano-megicanas. México: UNAM, 1980, pp. 558- 599.
  • 36 "Toda persona desconocida y sospechosa [] que se hallare en las calles a deshoras de la noche, será detenida en los bajos de la casa consistorial, para que al día siguiente de razón de su persona ó en el momento mismo de su aprehension, ante la autoridad competente" ("Reglamento de policía, ornato y buen gobierno de la ciudad de Valladolid" (1870), Centro de Apoyo a la Investigación Histórica de Yucatán (en adelante CAIHY), Impresos hojas sueltas, s/clasif). Véase también Periódico Oficial del Departamento de Yucatán, 13 de enero de 1865. En la ciudad de México, la corrección de la vagancia también se convirtió en una premisa fundamental de los gobiernos surgidos de la Independencia (TEITELBAUM, V. La corrección de la vagancia. Trabajo, honor y solidaridades en la ciudad de México, 1845-1853. En: Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 116;
  • RIBERA CARBÓ, Herencia colonial 2002, pp. 230-234).
  • 37 PEÓN, J. M., GONDRA, I. Colección de leyes, decretos y ordenes del Augusto Congreso del Estado de Yucatán. Mérida: Tipografía de G. Canto, vol. II, 1896, p. 187.
  • Un análisis detallado acerca de las categorías de vagos puede verse en AILLÓN SORIA, E. Moralizar por la fuerza. El decreto de reformulación del Tribunal de vagos de la ciudad de México, 1845. En: Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, pp. 89-96;
  • TEITELBAUM, La corrección 2001, pp. 122-123.
  • 38 AZNAR PÉREZ, A. Colección de leyes, decretos y ordenes o acuerdos de tendencia general del poder legislativo del Estado Libre y Soberano de Estado de Yucatán. Mérida: Imprenta del Editor, vol. I, 1849, p. 236.
  • 40Don Bullebulle, Mérida, 1847, II, p. 78.
  • 42 En 1864, la esfera de la vagancia incluye a los que frecuentan asiduamente las casas de juegos, de prostitución, cafés, tabernas y otros lugares sospechosos. Los mendigos que con facultades para un trabajo no lo ejercen. Los jornaleros o artesanos que, sin razón alguna, sólo trabajan la mitad de los días útiles de la semana. Los que suelen andar por las calles o vagando de pueblo en pueblo sin otra ocupación que los juegos de damas, dados y otros de suerte y azar. Los músicos con arpas, vihuelas u otros instrumentos que se dedican a visitar vinaterías, bodegones o pulquerías. Los limosneros con imágenes o alcancías sin la correspondiente licencia de la autoridad. Los jóvenes forasteros prófugos sin destino u ocupación honesta. Los huérfanos abandonados sin otro ejercicio que la mendicidad. Los tahúres de profesión, etc. La ley también comprende que los vagos menores de dieciséis años serían destinados a establecimientos de corrección, casas de misericordia, fábricas, talleres, obrajes o haciendas de labor, bajo la responsabilidad del dueño o administrador del lugar. Los mayores de dieciséis años, en cambio, serían remitidos a talleres públicos o a la composición de caminos, según fuera su clase, condición o estado de salud (La Nueva Época, Mérida, 1 de abril de 1864).
  • 43 CÓDIGO PENAL DEL ESTADO. Mérida: s/edit., 1896, Libro III, Título VIII, Delitos contra el orden público, cap. I. Vagancia Mendicidad, pp. 140-141;
  • CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE YUCATÁN. Mérida de Yucatán: Imprenta de la Lotería del Estado, 1905, Título Cuarto, Delitos contra el orden público, cap. I. Vagância û Mendicidad, p. 66.
  • 45 ESCALANTE GONZALBO, F. Ciudadanos imaginarios. Memorial de los afanes y desventuras de la virtud y apología del vicio triunfante en la República Mexicana Tratado de moral pública. México: El Colegio de México, 1998, pp. 129, 130.
  • 49El Siglo Diez y Nueve, Mérida, 5 de septiembre de 1851. No obstante Molina Solís difería de ambos puntos de vista: "El nivel de moralidad en las costumbres se conservaba bastante elevado, aunque como en todo el país, no faltasen escándalos ni perversas enseñanzas, ni ejemplos malsanos; algunas gentes amaban la liviandad y los juegos prohibidos; alguna parte del clero se dejó corroer por el vicio de la incontinencia; pero otra parte brillaba por el espíritu de pureza y el celo con que pugnaban por conservar los principios evangélicos" (MOLINA SOLÍS, J. F. Historia de Yucatán desde la Independencia de España, hasta la época actual. Mérida: Talleres Gráficos de "La Revista de Yucatán", vol. I, 1921, p. 307).
  • 50 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 6 de agosto de 1822), Libro 17, ff. 85v-86.
  • 51 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, mayo-julio de 1823), Libro 18, ff. 49v, 75, 77.
  • 52 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, mayo-julio de 1834), Libro 25, ff. 64-64v, 80, 109.
  • 55 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 24 de enero de 1823), Libro 17, ff. 161v-162v.
  • 57 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, junio-julio de 1823), Libro 18, ff. 65-65v, 67-68, 73-73v.
  • Las mismas impresiones pueden observarse entre los comerciantes de la ciudad de Puebla. Ante el clima de inseguridad que se respiraba en las propiedades los capitalistas establecieron, a principios de 1822, un regimiento de milicianos destinados a contrarrestar la fuerza de los levantamientos y a proteger dichas propiedades (THOMSON, G. P. C. Puebla de los Ángeles. Industria y sociedad en una ciudad mexicana, 1700-1825 México: BUAP, UI, Gobierno de Puebla, Instituto Mora, 2002, p. 287).
  • 58 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 5 de agosto de 1823), Libro 17, f. 81v.
  • 59 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 8 de agosto de 1823), Libro 18, f. 84.
  • 64 CAIHY, Manuscritos hojas sueltas, caja XX.1825, ½, 006; "Cuenta de cargos y data de los fondos pertenecientes al presidio correccional y cárcel pública de la ciudad de Mérida en el año 1826" (Mérida, diciembre de 1826), AGEY, Poder Ejecutivo, Ayuntamientos, caja 2, vol. 2. Acerca de la humanización de la justicia en la Nueva España véase SAGASTUME PAIZ, T. De la Ilustración al liberalismo. Los discursos sobre los gremios, el trabajo y la vagancia en Guatemala. En: Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 57.
  • 72 Sobre el origen colonial de esta práctica, consúltese SERRANO ORTEGA, J. A. El contingente de sangre. Los gobiernos estatales y departamentales y los métodos de reclutamiento del ejército permanente mexicano, 1824-1844. México: INAH, 1993, pp. 45-46;
  • PRIETO HERNÁNDEZ, A. M. Acerca de la pendenciera e indisciplinada vida de los léperos capitalinos México: CONACULTA, 2001, pp. 189-190.
  • 75 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 21 y 28 de julio de 1826), libro 20, fols. 119v, 122;
  • PEÓN, J.M., GONDRA I. Colección de leyes, decretos y órdenes del augusto congreso del estado libre de Yucatán Mérida: Imprenta de Lorenzo Seguí, vol. I, 1832, pp. 81-82;
  • CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 11 de mayo de 1827), libro 21, fols. 69-69v;
  • 76 CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 21 y 28 de julio de 1826), Libro 20, ff. 119v, 122.
  • 79Cfr. GÜÉMEZ PINEDA, A. Liberalismo en las tierras del caminante. Yucatán, 1812-1840. Zamora: El Colegio de Michoacán, UADY, 1994, pp. 242-249.
  • 80 Sobre el origen colonial de este método véase PRIETO HERNÁNDEZ, Acerca de laà 2001, pp. 183, 186-187. En la misma obra se analizan las consecuencias de utilizar vagos en los trabajos públicos (pp. 184-185). El decreto del 25 marzo de 1871 todavía facultaba a las autoridades la utilización de los presos en los servicios urbanos; no obstante, este sistema fue abolido por el decreto del 4 de octubre de 1875 (ANCONA, Coleccion de leyes, decretos, ordenesà vol. V, 1886-1889, p. 87), aun cuando algunos ejemplos de la permanencia de este régimen todavía están presentes varios años después (La Revista de Mérida, Mérida, 13 de junio de 1878).
  • 84 "Para mantener la paz pública, pára mantener la unidad nacional, para fomentar el desarrollo de la riqueza pública y hacer gozar algún bienestar à las clases menesterosas, es indispensable que el principio de libertad comercial encuentre un decidido apoyo en los poderes de los Estados. Las prohibiciones, las medidas que se han llamado protectoras, son ya insostenibles, y es de esperarse que en nuestro país no haya espíritus vulgares y tímidos que necesiten que se les demuestre que la abundancia es preferible à la escasez, última y sencilla fórmula à que es preciso reducir esta cuestion económica" (Las Garantías Sociales, Mérida, 20 de marzo de 1857).
  • 85La Revista de Mérida, Mérida, 22 de diciembre de 1896.
  • 86La Revista de Mérida, Mérida, 23 de marzo de 1881.
  • 88La Revista de Mérida, Mérida, 28 de octubre de 1875.
  • 89La Revista de Mérida, Mérida, 23 de marzo de 1881.
  • *
    Dr. Pedro Miranda Ojeda. Facultad de Ciencias Antropológicas-Universidad Autónoma de Yucatán (UADY), Km. 1 Carretera Mérida-Tizimín Cholul, C.P. 97305, Mérida, Yucatán, México.
  • 1
    La Revista de Mérida, Mérida, 18 de marzo de 1875; PÉREZ GARZÓN, J.S. La trayectoria de la filosofía y la cristalización de las ideologías de la modernidad. En:
    El mundo contemporáneo: Historia y problemas. Barcelona: Biblos, Crítica, 2001, p. 239; PÉREZ-RAYÓN ELIZUNDIA, N.
    México 1900. Percepciones y valores en la gran prensa capitalina. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 279.
  • 2
    HOBSBAWM, E.J.
    La era de la revolución, 1789-1848. Buenos Aires: Crítica, 1997, p. 240; KOCKA, J. Burguesía y sociedad burguesa en el siglo XIX. Modelos europeos y peculiaridades alemanas. En:
    Las burguesías europeas del siglo XIX. Sociedad civil, política y cultura. Madrid: Biblioteca Nueva, Universidat de València, 2000, p. 36.
  • 3
    HOBSBAWM,
    La era de 1997, pp. 239-240; PÉREZ GARZÓN, La trayectoria 2001, p. 239.
  • 4
    HALE, Ch. A.
    El liberalismo mexicano en la época de Mora, 1821-1853. México: Siglo XXI, 1982, pp. 50-51, 180. Véase también PÉREZ GARZÓN, La trayectoria 2001, p. 239.
  • 5
    Cfr. LANGEWIESCHE, D. Liberalismo y burguesía en Europa. En:
    Las burguesías europeas del siglo XIX. Sociedad civil, política y cultura. Madrid: Biblioteca Nueva, Universidat de València, 2000, p. 200.
  • 6
    6 HALL, C. Sweet Home. En:
    Historia de la vida privada. De la Revolución Francesa a la Primera Guerra Mundial. Madrid: Taurus, 2001, p 77.
  • 7
    KOCKA, Burguesía y sociedad 2000, p. 36; PÉREZ GARZÓN, La trayectoria 2001, p. 239.
  • 8
    8 En atención al mundo de los valores morales y de las conductas sociales, secularizadas, el término buen cristiano fue reemplazado por el de buen ciudadano para identificar a los individuos, cuyas virtudes más apreciadas de la nueva moral eran la preservación y la promoción del bien público, el decoro por la vida civil, el orden y la paz social (VILLACORTA BAÑOS, F., RACCOLIN, T. Ciencia, arte y mentalidades en el siglo XIX. En:
    El mundo contemporáneo: Historia y problemas. Barcelona: Biblos, Crítica, 2001, p. 309).
  • 9
    El perfeccionamiento técnico coincide con el desarrollo progresivo del bienestar general (DROZ, J.
    Europa: Restauración y Revolución, 1815-1848. México: Siglo XXI, 1981, p. 45).
  • 10
    EGUIARTE SAKAR, M.E. Historia de una utopía fabril: la educación para el trabajo en el siglo XIX. EN:
    La participación del Estado en la vida económica y social mexicana, 1767-1910. México: INAH, 1993, pp. 284-285; PÉREZ-RAYÓN ELIZUNDIA,
    México 1900 2001, p. 187.
  • 11
    El Mensajero, Mérida, 29 de septiembre de 1876.
  • 12
    ARANGUREN, J. L.
    Moral y sociedad. Introducción a la moral pública española del siglo XIX. Madrid: Taurus, 1982, pp. 12-15; IMHOF, U.
    La Europa de la Ilustración. Barcelona: Crítica, 1993, pp. 181-182; RIBERA CARBÓ, E.
    Herencia colonial y modernidad burguesa en un espacio urbano. El caso de Orizaba en el siglo XIX. México: Instituto Mora, 2002, p. 232.
  • 13
    El Siglo Diez y Nueve, Mérida, 28 de mayo de 1851;
    Las Garantías Sociales, Mérida, 24 de febrero de 1858; PÉREZ TOLEDO, S. Trabajadores urbanos, empleo y control en la ciudad de México. En:
    Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 179. Sobre la apreciación europea del siglo XIX cerca de la ética por el trabajo véase LANGEWIESCHE, Liberalismo 2000, p. 200.
  • 14
    Citado en HALE,
    El liberalismo 1982, p. 165.
  • 15
    "El hombre que consagra su vida al trabajo, ya sea para atender á sus necesidades, ya sea para dedicarse al bien de sus semejantes, pasa la vida alegre y tranquilo [...] El trabajo principia para el hombre desde sus primeros años. Trabajar no es solo ejercer un oficio como el sastre, el carpintero, el agricultor, ó una profesión científica como el médico, el abogado ó el ingeniero; el trabajo es la constante dedicación que se necesita para vencer la ociosidad y estar siempre ocupado" (
    El Diario Popular, Mérida, 14 de abril de 1908). Acerca de los mismos principios véase
    Mosaico, Mérida, 1850.
  • 16
    El Diario Popular, Mérida, 27 de febrero de 1908.
  • 17
    Las Garantías Sociales, Mérida, 24 de febrero de 1858. Al respecto véase también
    Mosaico, Mérida, 1850; PÉREZ-RAYÓN ELIZUNDIA,
    México 1900 2001, p. 301.
  • 18
    PÉREZ GARZÓN,
    La trayectoria 2001, pp. 228-232.
  • 19
    HALE,
    El liberalismo 1982, p. 53; THOMPSON, E.P. La formación de la clase obrera en Inglaterra. Barcelona: Crítica, 1989, v. I, pp. 95-96.
  • 20
    Cfr. ARANGUREN,
    Moral y sociedad 1982, pp. 12-15.
  • 21
    LANGEWIESCHE, Liberalismo 2000, pp. 195, 197.
  • 22
    Aun cuando constitucionalmente en el México independiente no existía una distinción de clases o de castas, los expedientes de la época son muy elocuentes al respecto. Los indios formaban parte de una clase diferente, no eran ciudadanos. En los documentos únicamente aparece el nominal "c". o ciudadano signado a un individuo con apellidos de origen español o europeo. El tratamiento que aplicaba a los de este origen sólo se refería a las autoridades de los pueblos y/o algunos indios poseedores de fortunas importantes. En términos generales, el indio o una persona con apellidos no españoles estaba exento de los derechos de ciudadanía y, en consecuencia, podía ser sujeto a la expoliación. Según las leyes constitucionales, la ciudadanía sólo se perdía cuando una persona no tenía un oficio ni un modo honesto de vivir, el consagrado a la embriaguez, a los juegos u otros vicios, el acusado en un proceso judicial, el vagabundo, etc., pero indistintamente los indios fueron excluidos de esta distinción nacional. Quizá la respuesta de este problema haya sido la codicia que despertaron sus tierras. La privación de los derechos ciudadanos implica, al mismo tiempo, la pérdida de su derecho para exigir justicia. Por lo tanto, las oportunidades para apropiarse o de expropiar sus propiedades solían ser una tarea menos arriesgada. Aunque esta es una interpretación aventurada que es necesario discutir y analizar con mucho detalle.
  • 23
    KOCKA, Burguesía y sociedad 2000, pp. 37-38, 59; LANGEWIESCHE, Liberalismo 2000, p. 195.
  • 24
    THOMPSON,
    La formación 1989, p. 448.
  • 25
    "La constitución ha querido establecer la libertad del trabajo, la de industria, la de comercio, y hacer cesar aquella guerra fiscal que en otra época hicieron los Estados" (
    Las Garantías Sociales, Mérida, 20 de marzo de 1857). El Estado tiene la potestad de salvaguardar la libertad mediante la protección de los intereses individuales (DROZ,
    Europa 1981, p. 45).
  • 26
    HOBSBAWM,
    La era de 1997, p. 239.
  • 27
    HALE,
    El liberalismo 1982, pp. 154-155.
  • 28
    El Siglo Diez y Nueve, Mérida, 28 de mayo de 1851. En 1875, las ideas son semejantes: "El móvil que vigoriza al hombre, apartándole de la indolencia, y que le hace adquirir el medio mas noble de vivir con beneplácito de la generalidad, es indisputablemente aquel que trajimos invívitos en nuestro sér, y ser vió marcado en nuestra frente desde la arborada de nuestros dias. [...]"
    El trabajo trae consigo la paz del alma, que es el encanto de la vida. La ociosidad es el fastidio de ella, que arrastra males de funestas consecuencia. El contento, es el resultado inmediato de las buenas acciones: el tedio es el resultado del desenfreno y de las malas costumbres."
    El que se entrega á la holganza, se expone á vicisitudes de grave trascendencia. El hombre, como consecuencia precisa de la envoltura de su sér, es propenso á contentar sus deseos y si en el acto de querer realizar cualquiera de aquellos á que puede lícitamente aspirar, pero que requieren la intervencion fisica para alcanzarlos, se muestra indiferente á todo y olvida aun el libre exámen, fuera de sí, rompe los vínculos sagrados que le unen á la sociedad, y se precipita en el abismo, por que vé en su sima la persecusion de lo que pretende y de lo que no puede prescindir: le falta aquel supremo esfuerzo del espíritu para triunfar en la lucha" (
    El Pensamiento, Mérida, 16 de mayo de 1875).
  • 29
    La codicia de los nuevos grupos de poder emergentes, pronto despertó el interés de la propiedad indígena y, desde 1825, una serie de legislaciones desangraron gradualmente la propiedad indígena, recrudecida en los años venideros hasta su virtual expropiación. La relativa prosperidad de algunos empresarios meridanos, a expensas de una sociedad menos favorecida, dedicados a la caña de azúcar en el sur y oriente de Yucatán o las incipientes haciendas del noroeste, no implicó el despliegue económico ni el ideal de progreso. A los pocos años, estos logros estaban en el olvido y se había agravado con los continuos conflictos bélicos de la época. Aunque una nueva etapa de recuperación y posterior auge económico comenzaría a partir del último tercio del siglo XIX. El desarrollo de las haciendas, consecuencia de la explotación y comercialización de la fibra del henequén, cristalizaría los tiempos de bonanza más importantes en la historia de Yucatán. El progreso, aunque considerada una empresa colectiva con la participación de toda la sociedad, fue exclusivo de un selecto grupo: los hacendados. Las últimas décadas del siglo XIX y los inicios del siglo XX son la expresión histórica más destacada del florecimiento de economía yucateca. La fortaleza en este sector también repercutió en el mejoramiento urbano de la ciudad, en la prosperidad del comercio, las artes y la cultura. También hubo un notorio avance en la actividad industrial. El Estado, sin embargo, privilegió a ciertos grupos en beneficio de caros intereses político-económicos y, con una legislación diferenciada, las distinciones y la heterogeneidad de las relaciones económicas y sociales cada día se hicieron más distantes. El pueblo trabajador sufrió los desgarres sociales que implicó una política de esta naturaleza. GONZÁLEZ NAVARRO, M. (
    Sociedad y cultura en el porfiriato. México: CONACULTA, 1994, pp. 64-97) registra de manera puntual la situació n laboral, social y económica que los trabajadores del campo yucateco padecían en las haciendas. Los pormenores relativos a las élites económicas y políticas de Yucatán se analizan en SABIDO MÉNDEZ, A.
    Los hombres del poder: monopolios, oligarquía y riqueza en Yucatán, 1880-1990. Mérida: UADY, 1995; PÉREZ DE SARMIENTO, M., SAVARINO ROGGERO, F.
    El cultivo de las élites. Grupos económicos y políticos en Yucatán en los siglos XIX y XX. México: CONACULTA, 2001.
    El porfiriato se caracterizó por la conciliación de la economía con las grandes propiedades y, al mismo tiempo, de las inversiones extranjeras. La consideración de que la frágil economía nacional carecía de los recursos financieros obligó a la concesión de importantes sectores a los capitalistas foráneos. Estas inversiones brindaron los recursos que no existían después de que las continuas guerras y conflictos políticos habían debilitado y llevado casi a la bancarrota nacional. Las críticas de la política de Porfirio Díaz tienen fundamento en la medida que en el ánimo de consolidar el progreso rehusó mirar hacia las clases más desprotegidas, privilegiando a las tradicionales familias del poder económico. Durante su gestión, se tendieron las primeras vías férreas y la empresa ferrocarrilera se desarrolló de manera espectacular. Aparecieron las primeras formaciones industriales y a lo largo de todo el país se introdujeron los modernos sistemas de comunicación. Esta etapa de fortalecimiento y progreso nacionales significó la ruptura del ancestral México rural para convertirlo en una nación progresista y moderna, pero también el sacrificio de los socialmente menos favorecidos. Los detalles de la política progresista y segregacionista del porfiriato pueden verse en GUERRA, F.X. México:
    del Antiguo Régimen a la Revolución. México: FCE, vol. I, 1988, pp. 286-375.
  • 30
    El Diario Popular, Mérida, 19 de marzo de 1908.
  • 31
    "Exposición que el H. Congreso del estado hace al Soberano Nacional y la dirige por conducto del gobierno", (Mérida, 4 de abril de 1851), copias.
  • 32
    DEL CASTILLO, P.
    Principios de urbanidad para el uso de la juventud arreglados a los progresos de la actual civilización, seguidas de una colección de máximas y fábulas en verso. Mérida: s/ed., 1865, Primera parte, cap. II, Del amor á la patria, p. 8.
  • 33
    En un artículo José María Spinola escribió: "Yá no es un sueño quimérico el pensar que un labrador debe entender los principios de su arte: que debe comprender los procedimientos que conducen á la perfeccion de su profesion, y que no ha de trabajar como un automato, sino uniendo el arado al poder de su entendimiento" (
    El Registro Yucateco, vol. II, Mérida, 1846, pp. 282, 283).
  • 34
    ANÓNIMO.
    El americano. México: Oficina de D. Alejandro Valdés, 1820.
  • 35
    RODRÍGUEZ DE SAN MIGUEL, J. N.
    Pandectas hispano-megicanas. México: UNAM, 1980, pp. 558- 599.
  • 36
    "Toda persona desconocida y sospechosa [ ] que se hallare en las calles a deshoras de la noche, será detenida en los bajos de la casa consistorial, para que al día siguiente de razón de su persona ó en el momento mismo de su aprehension, ante la autoridad competente" ("Reglamento de policía, ornato y buen gobierno de la ciudad de Valladolid" (1870), Centro de Apoyo a la Investigación Histórica de Yucatán (en adelante CAIHY), Impresos hojas sueltas, s/clasif). Véase también Periódico Oficial del Departamento de Yucatán, 13 de enero de 1865. En la ciudad de México, la corrección de la vagancia también se convirtió en una premisa fundamental de los gobiernos surgidos de la Independencia (TEITELBAUM, V. La corrección de la vagancia. Trabajo, honor y solidaridades en la ciudad de México, 1845-1853. En:
    Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 116; RIBERA CARBÓ,
    Herencia colonial 2002, pp. 230-234).
  • 37
    PEÓN, J. M., GONDRA, I.
    Colección de leyes, decretos y ordenes del Augusto Congreso del Estado de Yucatán. Mérida: Tipografía de G. Canto, vol. II, 1896, p. 187. Un análisis detallado acerca de las categorías de vagos puede verse en AILLÓN SORIA, E. Moralizar por la fuerza. El decreto de reformulación del Tribunal de vagos de la ciudad de México, 1845. En:
    Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, pp. 89-96; TEITELBAUM, La corrección 2001, pp. 122-123.
  • 38
    AZNAR PÉREZ, A.
    Colección de leyes, decretos y ordenes o acuerdos de tendencia general del poder legislativo del Estado Libre y Soberano de Estado de Yucatán. Mérida: Imprenta del Editor, vol. I, 1849, p. 236. Los códigos penales de 1872, 1896 y 1905 también condenaron la embriaguez habitual con arrestos y multas.
  • 39
    "Copia del decreto sobre la ley de vagos o sin ocupación útil" (Mérida, 7 de julio de 1842), Archivo General del estado de Yucatán (en adelante AGEY), Poder Ejecutivo, Decretos y Leyes, caja 4, vol. 1, exp. 2.
  • 40
    Don Bullebulle, Mérida, 1847, II, p. 78.
  • 41
    Las Garantías Sociales, Mérida, 11 de marzo de 1857; CAIHY, Actas de cabildo de Mérida, Libro 33, ff. 28-28v. Acerca del funcionamiento del Tribunal de vagos véase CAIHY, Actas de cabildo de Mérida, Libros 33-34, 37-38.
  • 42
    En 1864, la esfera de la vagancia incluye a los que frecuentan asiduamente las casas de juegos, de prostitución, cafés, tabernas y otros lugares sospechosos. Los mendigos que con facultades para un trabajo no lo ejercen. Los jornaleros o artesanos que, sin razón alguna, sólo trabajan la mitad de los días útiles de la semana. Los que suelen andar por las calles o vagando de pueblo en pueblo sin otra ocupación que los juegos de damas, dados y otros de suerte y azar. Los músicos con arpas, vihuelas u otros instrumentos que se dedican a visitar vinaterías, bodegones o pulquerías. Los limosneros con imágenes o alcancías sin la correspondiente licencia de la autoridad. Los jóvenes forasteros prófugos sin destino u ocupación honesta. Los huérfanos abandonados sin otro ejercicio que la mendicidad. Los tahúres de profesión, etc. La ley también comprende que los vagos menores de dieciséis años serían destinados a establecimientos de corrección, casas de misericordia, fábricas, talleres, obrajes o haciendas de labor, bajo la responsabilidad del dueño o administrador del lugar. Los mayores de dieciséis años, en cambio, serían remitidos a talleres públicos o a la composición de caminos, según fuera su clase, condición o estado de salud (
    La Nueva Época, Mérida, 1 de abril de 1864).
  • 43
    CÓDIGO PENAL DEL ESTADO. Mérida: s/edit., 1896, Libro III, Título VIII, Delitos contra el orden público, cap. I. Vagancia – Mendicidad, pp. 140-141; CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO DE YUCATÁN. Mérida de Yucatán: Imprenta de la Lotería del Estado, 1905, Título Cuarto, Delitos contra el orden público, cap. I. Vagância – Mendicidad, p. 66.
  • 44
    "Sumaria instruida contra José Sosa y José Antonio Coronado por vagancia" (Mérida, 6 de julio de 1822), AGEY, Justicia, Penal, vol. 1, exp. 5, f. 1.
  • 45
    ESCALANTE GONZALBO, F.
    Ciudadanos imaginarios. Memorial de los afanes y desventuras de la virtud y apología del vicio triunfante en la República Mexicana –Tratado de moral pública. México: El Colegio de México, 1998, pp. 129, 130.
  • 46
    ESCALANTE GONZALBO,
    Ciudadanos imaginarios 1998, p. 42.
  • 47
    Los primeros vagos procesados de la época independiente fueron dos mestizos oriundos del barrio de la Mejorada, José y Antonio Coronado, culpables de "la clase de vagos, holgazanes y malentretenidos", aunque todavía calificados bajo este tenor según la real orden del 30 de abril de 1745 y el decreto real del 7 de mayo de 1775. La condena los confinó dos años en el presidio de Bacalar ("Sumaria instruida contra José Sosa y José Antonio Coronado por vagancia" [Mérida, 6 de julio de 1822], AGEY, Justicia, Penal, vol. 1, exp. 5, ff. 7v, 9v).
  • 48
    CAIHY, Copiador de oficios del Gobierno y copiador de decretos del Congreso Estatal (Mérida, 18 de noviembre de 1840), Libro 142, ff. 154-154v.
  • 49
    El Siglo Diez y Nueve, Mérida, 5 de septiembre de 1851. No obstante Molina Solís difería de ambos puntos de vista: "El nivel de moralidad en las costumbres se conservaba bastante elevado, aunque como en todo el país, no faltasen escándalos ni perversas enseñanzas, ni ejemplos malsanos; algunas gentes amaban la liviandad y los juegos prohibidos; alguna parte del clero se dejó corroer por el vicio de la incontinencia; pero otra parte brillaba por el espíritu de pureza y el celo con que pugnaban por conservar los principios evangélicos" (MOLINA SOLÍS, J. F.
    Historia de Yucatán desde la Independencia de España, hasta la época actual. Mérida: Talleres Gráficos de "La Revista de Yucatán", vol. I, 1921, p. 307).
  • 50
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 6 de agosto de 1822), Libro 17, ff. 85v-86.
  • 51
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, mayo-julio de 1823), Libro 18, ff. 49v, 75, 77.
  • 52
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, mayo-julio de 1834), Libro 25, ff. 64-64v, 80, 109. La respuesta de las autoridades municipales orizabeñas también consistió en la confinación de los vagos en la milicia (RIBERA CARBÓ,
    Herencia colonial 2002, p. 232).
  • 53
    La procuración de la paz pública constituía una de las premisas más importantes de las ciudades mexicanas. El sistema de los comisionados de manzana también fue utilizado en otras ciudades. Ante la
    consideración de lograr una cobertura más cercana de la ciudadanía, desde 1858 el ayuntamiento de Orizaba nombró jefes de manzana. Las comisiones anuales tenían la obligación de formar un censo exacto, actualizado cada seis meses, con los nombres de los moradores de las manzanas, insistiendo en el sexo, edad, estado, ocupación, ejercicio y modo de vivir. No obstante cada mes debía informar acerca de los nuevos vecinos establecidos y de los desplazamientos de los mismos, haciendo hincapié en aquellos con ciertos vicios y entretenimientos desviados del orden sancionado. De ahí la importancia de inscribir las sospechas de que algún vecino abrigara criminales, desertores o jugadores. Los avisos a la autoridad servían para tener un mejor control de los delitos ocurridos en la manzana. La eficacia de sus acciones puede explicarse a partir de las facultades concedidas para aprehender a los delincuentes (RIBERA CARBÓ,
    Herencia colonial 2002, pp. 227-228).
  • 54
    "Reglamento para el gobierno del cuerpo de serenos de esta capital. Mérida, Imprenta de Rafael Pedrera", CAIHY, Folletos, caja XIII. 1860, 27. Un análisis detallado sobre los problemas del orden público en la ciudad de Orizaba durante el siglo XIX puede verse en RIBERA CARBÓ,
    Herencia colonial 2002, pp. 223-230.
  • 55
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 24 de enero de 1823), Libro 17, ff. 161v-162v.
  • 56
    "Certificación de un bando de buen gobierno para el régimen interior de los pueblos, hecho por Juan de Dios Mucel, alcalde y jefe político de villa del Carmen" (Carmen, 17 de enero de 1841), AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, vol. 5, exp. 127.
  • 57
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, junio-julio de 1823), Libro 18, ff. 65-65v, 67-68, 73-73v. Las mismas impresiones pueden observarse entre los comerciantes de la ciudad de Puebla. Ante el clima de inseguridad que se respiraba en las propiedades los capitalistas establecieron, a principios de 1822, un regimiento de milicianos destinados a contrarrestar la fuerza de los levantamientos y a proteger dichas propiedades (THOMSON, G. P. C.
    Puebla de los Ángeles. Industria y sociedad en una ciudad mexicana, 1700-1825. México: BUAP, UI, Gobierno de Puebla, Instituto Mora, 2002, p. 287).
  • 58
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 5 de agosto de 1823), Libro 17, f. 81v.
  • 59
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 8 de agosto de 1823), Libro 18, f. 84.
  • 60
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 22 y 25 de agosto de 1823), Libro 18, ff. 90-90v, 92v.
  • 61
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 12 de julio de 1822), Libro 17, fols. 77v-78. Esta fue una práctica reconocida por las autoridades coloniales. En 1813, por ejemplo, la Diputación Provincial ordenó que "según su aptitud e inclinación, bien sea a la labranza u otro oficio que sepa o quiera, pagándose por su justo precio los respectivos trabajos y teniéndose particular cuidado de que los jóbenes desde catorce años de edad se les ocupe y emplee, como va expresado, si sus padres o tutores no lo hacen para evitar desde sus tempranos años se habitúen a la ociosidad, madre de todos los vicios que trastornan el orden" ("De la Diputación Provincial sobre ocupaciones y oficios de los habitantes" [Mérida, 30 de junio de 1813], AGEY, Colonial, Diputación Provincial, Ocupaciones, vol. 1, exp. 2). Véase también "Circular a los ayuntamientos sobre la obligación de los habitantes de tener un oficio u ocupación" (Mérida, 1813), AGEY, Colonial, Diputación Provincial, Ocupaciones, vol. 1, exp. 3.
  • 62
    La Nueva Época, Mérida, 4 de marzo de 1864.
  • 63
    "Proyecto del presidio correccional para dar ocupación a los presos. Aprobado y mandado observar por la Honorable Junta Provisional, en decreto del 18 de julio de 1823. Mérida, Oficina Republicana del Sol, á cargo del ciudadano M. Seguí", CAIHY, Folletos, caja I. 1814, 11. Algunas ideas semejantes las comparte PÉREZ TOLEDO, Trabajadores urbanos 2001, pp. 158, 170, 178.
  • 64
    CAIHY, Manuscritos hojas sueltas, caja XX.1825, ½, 006; "Cuenta de cargos y data de los fondos pertenecientes al presidio correccional y cárcel pública de la ciudad de Mérida en el año 1826" (Mérida, diciembre de 1826), AGEY, Poder Ejecutivo, Ayuntamientos, caja 2, vol. 2. Acerca de la humanización de la justicia en la Nueva España véase SAGASTUME PAIZ, T. De la Ilustración al liberalismo. Los discursos sobre los gremios, el trabajo y la vagancia en Guatemala. En:
    Trabajo, ocio y coacción. Trabajadores urbanos en México y Guatemala en el siglo XIX. México: UAM, Miguel Ángel Porrúa, 2001, p. 57.
  • 65
    "Cuentas de la cárcel" (1832), CAIHY, Manuscritos hojas sueltas, caja XXIV. 1832. 2/2, 009; "Reparación de la cárcel pública" (Mérida, 1840), CAIHY, Manuscritos hojas sueltas, caja XXXIV. 1840. 2/2, 015; CAIHY, Manuscritos hojas sueltas, caja XXXIV. 1840. 2/2, 017. Véase también "Proyecto para el arreglo de talleres y establecimiento de una casa de correccion en la capital del estado, presentado á la Academia de ciencias y literatura por su sócio nato D. Antonio Garcia Rejon", en
    Mosaico, Mérida, 1849. En el terreno nacional, en 1833, la Secretaría de Justicia promulgó un reglamento que inauguraba el establecimiento de talleres de artes y de oficios en la cárcel nacional. Los presos recluidos en este recinto tenían la obligación de ejercer un oficio en los talleres o bien de aprender los rudimentos alguno de los que ahí se enseñaban (DROZ,
    Europa 1981, p. 290).
  • 66
    Uno de los artículos del Reglamento para el gobierno interior del Departamento de Yucatán de 1864 advertía a los prefectos sobre la urgente necesidad de consignar a los vagos, ociosos y gente sin oficio a los establecimientos de corrección ("Reglamento para el gobierno interior del Departamento de Yucatán", en
    La Nueva Época, Mérida, 4 marzo de 1864).
  • 67
    No obstante, a finales de 1874 las autoridades reconocieron que el notorio aumento de la criminalidad urbana había ocasionado el incremento de los robos en las casas (
    La Revista de Mérida, Mérida, 19 de septiembre de 1874). Ver también
    La Revista de Mérida, Mérida, 2 de septiembre de 1877.
  • 68
    "Reglamento de la casa de corrección" (Mérida, 18 abril de 1871), en ANCONA, E.
    Colección de leyes, decretos, ordenes y demas disposiciones de tendencia general, expedidas por el gobierno legislativo del Estado de Yucatan. Mérida: Imprenta de "El Eco del Comercio", vol. IV, 1882-1883, p. 264.
  • 69
    "Reglamento de la casa de corrección" (Mérida, 18 de abril de 1871), en ANCONA,
    Colección de leyes, decretos vol. IV, 1882-1883, p. 271.
  • 70
    ANCONA, E.
    Coleccion de leyes, decretos, ordenes y demas disposiciones de tendencia general, expedidas por el poder legislativo del Estado de Yucatan desde 1851 hasta la presente época. Mérida: Tipografía de Gil Canto, vol. V, 1886-1889, p. 87.
  • 71
    "Reglamento para las cárceles de procesados en la Penitenciaria 'Juárez'" (Mérida, 31 de diciembre de 1908), AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, Reglamentos, caja 502.
  • 72
    Sobre el origen colonial de esta práctica, consúltese SERRANO ORTEGA, J. A.
    El contingente de sangre. Los gobiernos estatales y departamentales y los métodos de reclutamiento del ejército permanente mexicano, 1824-1844. México: INAH, 1993, pp. 45-46; PRIETO HERNÁNDEZ, A. M.
    Acerca de la pendenciera e indisciplinada vida de los léperos capitalinos. México: CONACULTA, 2001, pp. 189-190.
  • 73
    SERRANO ORTEGA,
    El contingente 1993, pp. 43-50.
  • 74
    Un análisis detallado acerca del método de reclutamiento a través de los sorteos puede verse en SERRANO ORTEGA,
    El contingente 1993, pp. 43-50.
  • 75
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 21 y 28 de julio de 1826), libro 20, fols. 119v, 122; PEÓN, J.M., GONDRA I.
    Colección de leyes, decretos y órdenes del augusto congreso del estado libre de Yucatán. Mérida: Imprenta de Lorenzo Seguí, vol. I, 1832, pp. 81-82; CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 11 de mayo de 1827), libro 21, fols. 69-69v; "Decreto del Congreso sobre el enganchamiento de hombres para el ejército y la marina" (Mérida, 5 de julio de 1828), AGEY, Poder Ejecutivo, Decretos y Leyes, caja 11, vol. 1; "Copia del decreto sobre la ley de vagos o sin ocupación útil" (Mérida, 7 de julio de 1842), AGEY, Poder Ejecutivo, Decretos y Leyes, caja 4, vol. 1, exp. 2; AZNAR PÉREZ, A.
    Colección de leyes, decretos, órdenes o acuerdos de tendencia general del poder legislativo del estado libre y soberano de Yucatán. Mérida: Imprenta del Editor, vol. I, 1850, pp. 236-239. El artículo 22, De los prefectos, correspondiente al Reglamento para el gobierno interior del Departamento de Yucatán de 1864 establecía "consignar con anuencia del gobernador a los vagos, ociosos y gente sin oficio al servicio de las armas o a los establecimientos de corrección, obrajes o haciendas de labor" ("Reglamento para el gobierno interior del Departamento de Yucatán", en
    La Nueva Época, Mérida, 4 marzo de 1864). Sobre los destinos a las armas véase "Representación de varias personas que por vagos fueron destinados al servicio de las armas, con arreglo al Reglamento para el gobierno interior de los pueblos" (Mérida, 1831), AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, vol. 3, exp. 7; "Lista de los declarados vagos por la prefectura en el distrito de Mérida para cubrir las bajas en los cuerpos permanentes" (Mérida, 5 de noviembre de 1835), AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, vol. 11, exp. 5.
  • 76
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 21 y 28 de julio de 1826), Libro 20, ff. 119v, 122.
  • 77
    CAIHY, Actas de cabildo de Mérida (Mérida, 11 de mayo de 1827), Libro 21, ff. 69-69v.
  • 78
    "Lista de los declarados vagos por la prefectura en el distrito de Mérida para cubrir bajas en los cuerpos permanentes" (Mérida, 5 de noviembre de 1838), AGEY, Poder Ejecutivo, Gobernación, vol. 11, exp. 5.
  • 79
    Cfr. GÜÉMEZ PINEDA, A.
    Liberalismo en las tierras del caminante. Yucatán, 1812-1840. Zamora: El Colegio de Michoacán, UADY, 1994, pp. 242-249.
  • 80
    Sobre el origen colonial de este método véase PRIETO HERNÁNDEZ,
    Acerca de la 2001, pp. 183, 186-187. En la misma obra se analizan las consecuencias de utilizar vagos en los trabajos públicos (pp. 184-185). El decreto del 25 marzo de 1871 todavía facultaba a las autoridades la utilización de los presos en los servicios urbanos; no obstante, este sistema fue abolido por el decreto del 4 de octubre de 1875 (ANCONA,
    Coleccion de leyes, decretos, ordenes vol. V, 1886-1889, p. 87), aun cuando algunos ejemplos de la permanencia de este régimen todavía están presentes varios años después (
    La Revista de Mérida, Mérida, 13 de junio de 1878).
  • 81
    Por ejemplo, puede verse,
    La Revista de Mérida, Mérida, 13 de junio de 1878.
  • 82
    "Representaciones de varias personas que por vagos fueron destinados al servicio de las armas, con arreglo al Reglamento para el Gobierno Interior de los Pueblos" (Mérida, 1831), AGEY, Poder Ejecutivo, vol. 3, exp. 7, caja 24.
  • 83
    Durante el periodo 1876-1890, en la ciudad de Mérida hubo innumerables solicitudes para solicitar la declaración de pobreza de solemnidad. "Diligencias de amparo de pobreza por Feliciana Ná" (Mérida, 26 de junio-14 de agosto de 1876), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias de amparo de pobreza por Pastora Gil" (Mérida, 16-26 de agosto de 1876), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias de amparo de pobreza por Santiago Cetina" (Mérida, 26-29 de agosto de 1878), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias de amparo de pobreza por José Andrade" (Mérida, 27 de noviembre-2 de diciembre de 1878), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por Altagracia Gómez para que se le habilite como pobre de solemnidad" (Mérida, 20 de diciembre de 1878-25 de agosto de 1879), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por Justo Pastor y Porfirio Anguas para acreditar su pobreza" (Mérida, 27 de junio-14 de julio de 1879), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por doña Francisca Romana Pérez para acreditar su pobreza" (Mérida, 8 de julio-2 de agosto de 1880), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias de amparo de pobreza promovidas por José Cárdenas Peón" (Mérida, 12 de junio de 1881), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por Bernarda Ortiz para que se le ampare como pobre" (Mérida, 16 de agosto-20 de septiembre de 1881), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias por Jacinto Manzano para que se le ampare como pobre" (Mérida, 29 de agosto-19 de septiembre de 1881), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por el c. Francisco Solís paso para que se le ampare como pobre de solemnidad" (Mérida, 16 de junio-15 de julio de 1882), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por Manuel Jesús Cámara para que se le amare como pobre de solemnidad" (Mérida, 19 de septiembre – 16 de octubre de 1882), AGEY, Justicia, Civil; "Diligencias promovidas por la Sra. Matilde Aragón para que se le ampare como pobre de solemnidad" (Mérida, 22 de septiembre-21 de noviembre de 1882), albergados en el AGEY, Justicia, Civil.
  • 84
    "Para mantener la paz pública, pára mantener la unidad nacional, para fomentar el desarrollo de la riqueza pública y hacer gozar algún bienestar à las clases menesterosas, es indispensable que el principio de libertad comercial encuentre un decidido apoyo en los poderes de los Estados. Las prohibiciones, las medidas que se han llamado protectoras, son ya insostenibles, y es de esperarse que en nuestro país no haya espíritus vulgares y tímidos que necesiten que se les demuestre que la abundancia es preferible à la escasez, última y sencilla fórmula à que es preciso reducir esta cuestion económica" (
    Las Garantías Sociales, Mérida, 20 de marzo de 1857).
  • 85
    La Revista de Mérida, Mérida, 22 de diciembre de 1896.
  • 86
    La Revista de Mérida, Mérida, 23 de marzo de 1881.
  • 87
    CÓDIGO PENAL 1896, Libro III, Título VIII, Delitos contra el orden público, cap. I. Vagancia.- Mendicidad, p. 141.
  • 88
    La Revista de Mérida, Mérida, 28 de octubre de 1875. Véase también CÓDIGO PENAL PARA 1905, Título Cuarto, Delitos contra el orden público, cap. I. Vagancia – Mendicidad, p. 66.
  • 89
    La Revista de Mérida, Mérida, 23 de marzo de 1881.
  • Fechas de Publicación

    • Publicación en esta colección
      23 Set 2010
    • Fecha del número
      2006

    Histórico

    • Acepto
      Oct 2006
    • Recibido
      Set 2006
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