Open-access La neutralidad normativa como dispositivo de alteridad: Gobernanza migratoria, el Pacto Mundial y la construcción de la “extranjería” colombiana en México

Normative Neutrality as a Device of Alterity: Migration Governance, the Global Compact, and the Construction of Colombian Alienage in Mexico

Resumen

El objetivo de este artículo es analizar las dinámicas de la migración colombiana en México durante el siglo XXI. La propuesta parte de la revisión de los discursos de gobernanza migratoria y del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular, identificando cómo han influenciado una narrativa institucional aparentemente neutral que, en la práctica, funciona como un dispositivo de exclusión en México. A través de una estrategia metodológica mixta, que integra estadística descriptiva de datos oficiales, análisis documental de instrumentos legales y medios de comunicación, así como técnicas cualitativas derivadas del trabajo de campo en Colombia y México, se identifica un nuevo escenario de movilidad caracterizado por la diversificación de perfiles y condiciones de estancia. El estudio sostiene que dicha neutralidad normativa se construye a la par de la militarización de la política migratoria, lo que favorece el retorno de una discriminación institucional por nacionalidad que, amparada en la dicotomía extranjería-ciudadanía, condiciona las posibilidades de permanencia de la población colombiana.

Palabras clave:
migración; Colombia; gobernanza migratoria; documentación; política migratoria; México

Abstract

The objective of this article is to analyze the dynamics of Colombian migration to Mexico during the 21st century. The proposal begins with a review of discourses on migration governance and the Global Compact for Safe, Orderly and Regular Migration, identifying how they have influenced a seemingly neutral institutional narrative that, in practice, functions as a mechanism of exclusion in Mexico. Through a mixed-methods approach, integrating descriptive statistics of official data, documentary analysis of legal instruments and media, as well as qualitative techniques derived from fieldwork in Colombia and Mexico, a new mobility scenario is identified, characterized by the diversification of profiles and conditions of stay. The study argues that this normative neutrality is constructed alongside the militarization of migration policy, which fosters the return of institutional discrimination based on nationality. This discrimination, based on the dichotomy of alienage versus citizenship, conditions the possibilities of remaining in Mexico for the Colombian population.

Keywords:
Migration; Colombia; migration governance; documentation; migration policy; Mexico

Introducción

El objetivo de este artículo es analizar las dinámicas de la migración colombiana en México, a partir de los principales registros que ofrecen las instancias oficiales y la relación de ello con los cambios de política en México y los marcos normativos internacionales. Desde la segunda década del siglo XXI se identifica: 1. una mayor clasificación y diferenciación de la población que se da por la creación y diversificación de tipos de documentación y formas de vigilancia (Basok; Rojas, 2018; Gandini, 2026; Rojas, Basok, 2020), 2. Una diversificación de rutas migratorias distintas a las que habían sido reconocidas “históricamente”. Y, 3. cambios en la política migratoria y exterior entre México y Colombia influenciados, a su vez, por los marcos de gobernanza migratoria y de la política exterior con Estados Unidos (Domenech, 2025; Gandini, 2026; Miranda, 2023).

En este artículo busco abonar a los análisis en torno al efecto del discurso centrado en “lo regular” de Naciones Unidas en las Américas (Domenech, 2025), expandido a través del intento por instaurar un paradigma de gobernanza migratoria, y la forma en que ello se vincula con la política migratoria mexicana, tomando como referencia el caso de la migración colombiana en dicho país. Este trabajo es un aporte al campo de los estudios críticos de las migraciones internacionales y de fronteras en las Américas, particularmente en México y Colombia, así como al que conforman los estudios de ciudadanía y del Estado, en los que dialogan la perspectiva internacionalista, la sociología del Estado, la economía política, entre otras.

El artículo se organiza en cinco apartados. El primero incluye la nota metodológica; el segundo traza el panorama histórico de la migración colombiana en México desde los años ochenta hasta el primer cuarto del siglo XXI; y el tercero analiza los datos oficiales sobre su documentación y dinámicas. El cuarto apartado propone una discusión multiescalar sobre la construcción de la neutralidad normativa y el uso binario de "regular-irregular". En este bloque se evalúa el impacto de la gobernanza migratoria regional, el escenario pospandemia y su articulación con la discrecionalidad administrativa y la militarización estatal. Finalmente, el quinto apartado ofrece reflexiones críticas en torno a la dicotomía ciudadanía-extranjería como un renovado criterio de alteridad en el contexto mexicano.

Nota metodológica

La estrategia metodológica se basa en un diseño mixto. El componente cuantitativo recurre al análisis de estadística descriptiva de los datos oficiales de la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas (UPMRIP) de la Secretaría de Gobernación de México (SEGOB). En este componente se contó con el apoyo de la plataforma movimiento (www.nmovimiento.org). Estos registros se contrastan con un análisis documental y de contenido de marcos normativos, instrumentos legales nacionales e internacionales, y registros de medios de comunicación.

El núcleo argumentativo y cualitativo surge de un trabajo de campo multisituado y procesual desarrollado en puntos clave entre Colombia y México. Este comenzó con una aproximación etnográfica en la frontera colombo-venezolana (2020-2021) y visitas anuales posteriores, y continuó con estancias de investigación en la frontera sur de México y en la región central del país (Ciudad de México y Estado de México) entre 2023 y 2026. La exploración incluyó visitas de observación en puntos nodales como Necoclí y Acandí (región del Darién), y la isla de San Andrés, en Colombia. A este proceso se suma el seguimiento etnográfico y la recolección de testimonios derivados de la participación en espacios de la diáspora científica colombiana en México a partir de 2022.

Estas indagaciones se condensan en una propuesta epistemológica que denomino biografías fronterizas multisituadas, orientada a comprender cómo las trayectorias vitales son situadas en múltiples espacios y tiempos por las políticas contemporáneas de control. La observación de este carácter multisituado implica incorporar la línea biográfica de quien investiga como parte del tejido observado, asumiendo que cada trayectoria es pieza de un conjunto estructural mayor (Pinillos, 2025b). El diseño recupera técnicas cualitativas del método biográfico y etnográfico, tales como el diario de campo, la observación participante en aeropuertos y las historias de vida. Este andamiaje cualitativo provee la evidencia empírica que nutre la discusión sobre la discrecionalidad burocrática y la militarización presentadas en las secciones analíticas finales.

Migración colombiana en México: contexto histórico y caracterización

Desde finales del siglo pasado y principios del siglo XXI, la migración colombiana hacia México ha sido destacada (Mejía, 2012). En México, la población colombiana ocupaba el tercer país con mayor número de extranjeros residentes, de acuerdo con el Censo 2020. Resaltaba ser una población compuesta mayoritariamente por mujeres (56%).

Bermúdez (2012) describió la migración colombiana hacia México en tres etapas diferenciadas así: 1. de la década de los 70 hasta inicios de los años 80; 2. desde mediados de los años 80 hasta mediados de los años 90, y; 3. desde mediados de los años noventa hasta 2012. En cada uno de los períodos sugeridos predominó un tipo de migración, aunque sin ser excluyente de otros perfiles migratorios. “En el primero, una élite intelectual y de clase que se moviliza a México a consagrarse en el ámbito artístico y cultural. En el segundo, una élite política de izquierda que optó por México como país de asilo político a la que se suman activistas y militantes políticos de izquierda que salieron del país en exilio. En tercer lugar, una más reciente ola de migración altamente calificada que se moviliza a México por razones laborales y de estudio, principalmente” (Bermúdez, 2012, p. 96).

Las características y perfiles de las personas migrantes provenientes de Colombia, aunque de ninguna manera homogéneas (Bermúdez, 2014), habían estado asociadas a una figura que se podría plantear como “favorable”. Representaban el porcentaje de población extranjera en México con mayor proporción en cuanto al nivel de escolaridad superior (gráfica 1). Desde finales del siglo XX y sobre todo a inicios del siglo XXI, México comenzó a destacar como lugar de destino de la migración colombiana por motivos de estudios y de trabajo.

Gráfica 1 -
Distribución de escolaridad de los primeros 10 países latinoamericanos con mayor población en México en 2020 en los censos 1990, 2000, 2010, y 2020

A partir del periodo “pospandemia”1 (año 2023), las dinámicas migratorias de la población colombiana en México parecen señalar nuevas tendencias, en principio porque los registros oficiales en México así lo señalan, y porque las organizaciones defensoras de Derechos Humanos han comenzado a llamar la atención sobre un aumento de casos de vulnerabilización de derechos e irregularidades en el trato hacia la población colombiana en este país (Migrante 33, 2024). En el siguiente apartado, presento una revisión general de las tendencias históricas en cuanto a acceso de documentación como personas extranjeras en México de la población colombiana y las dinámicas en torno a las condiciones migratorias de esta población en México con base en los registros oficiales para ofrecer una mirada general de los cambios que señalo.

Tipos de documentación en México para población extranjera: quiebre en las tendencias históricas para la migración colombiana

En México, las políticas de documentación para la estancia de personas extranjeras se han ido afinando con el establecimiento de nuevas leyes (Basok, Rojas, 2018; Calleros, 2019). La Ley de Migración (LDM) de 2011 introdujo tres condiciones de estancia: visitantes, residentes temporales y residentes permanentes, pasando a una evaluación individual (Calleros, 2019). No obstante, la ley prohíbe que la mayoría de las y los visitantes cambien su condición migratoria dentro del país, salvo en casos humanitarios o de vínculo familiar.

Tabla 1
Comparativo de Documentos Migratorios en México

Es pertinente distinguir, según la UPMRIP-SEGOB, entre condición de estancia y situación migratoria (Calleros, 2019). La primera refiere al estatus regular asignado a una persona extranjera según su intención de residencia, actividades o criterios humanitarios; la segunda alude al cumplimiento o incumplimiento de las disposiciones migratorias, determinando si su estancia es regular o irregular.2

De esa manera, los registros de las Tarjetas de Residencia (TR) otorgadas establecen lo que administrativamente se conoce como el segmento de población extranjera con permiso de residencia “legal” ya sea temporal o permanente. Las Tarjetas de Visitante (TV) tienen su particularidad específica, para este análisis resultan importantes también las TVRH, por el uso que ha tenido este instrumento en lo que va del siglo XXI.

- Tarjetas de residencia temporal y permanentes para población colombiana

Según datos de la UPMRIP-SEGOB, la población colombiana ocupaba el segundo lugar con tarjetas de residencia temporal otorgadas en México, solo por debajo de Estados Unidos desde 2010 al segundo trimestre de 2025 (gráfica 2) y el sexto lugar con tarjetas de residencia permanente otorgadas (gráfica 3).

Gráfica 2 -
Tarjetas de Residencia Temporal emitidas por autoridades migratorias por país acumuladas entre 2010-2025

La suma de las TRP y TRT, desde 2010 al segundo trimestre de 2025, ponía a Colombia como el tercer país con mayor número de personas que recibieron dichas tarjetas con 125,402, por debajo de Estados Unidos y de Venezuela (gráfica 4). No obstante, la proporción de las TRT es significativamente más alta que las de TRP a diferencia de Venezuela, por ejemplo.

Gráfica 3 -
Tarjetas de Residencia Permanente emitidas por autoridades migratorias por país acumuladas entre 2010-2025
Gráfica 4 -
Top 10 países con mayor número de tarjetas de residencias emitidas por autoridades migratorias (2010-2025)

En cuanto a las TVRH estas no representaban un recurso relevante en términos numéricos para el caso colombiano en México hasta el año 2022, cuando comienza a notarse el incremento en los registros (gráfica 5). Hay que decir que esta condición fue creada con la LDM para personas en situación de vulnerablidad (víctimas o testigos de delitos, solicitantes de asilo, menores no acompañados o personas en riesgo) y consiste en la definición de una estancia legal hasta por un año, mediante la emisión de una tarjeta gratuita, renovable, con acceso a trabajo, estudio y salud (Torre, 2021). También es necesario tomar en cuenta que en México existen familias mixtas compuestas por personas nacidas en Venezuela con hijas e hijos nacidos en Colombia.

Es entre el bienio 2022 y 2023 que se registra el incremento más notable en el número de TVRH emitidas para personas colombianas respecto a los años anteriores y los subsiguientes. Reconozco la necesidad de complementar el análisis estadístico de este tema con una indagación más profunda en campo, pero en todo caso, para efectos de este trabajo considero que el dato ofrece unas primeras pistas de un escenario cambiante, o por lo menos inédito, en las dinámicas y las rutas de la migración colombiana hacia México en el siglo XXI, en particular respecto a las vías de acceso para llegar al país durante estos años. Vale la pena mencionar que a partir del año 2024 se ha reducido significativamente la emisión de las TVRH3 en general.

En todo caso, el uso que en México se ha dado a las TVRH es un ejemplo clave para ilustrar la manera en que la ley ha difuminado los límites entre la situación migratoria “regular” y la “irregular”, en tanto que con su uso se ha implantado una suerte de “estado de incertidumbre” para la permanencia en el país debido a la vigencia de un año de la TVRH. La posibilidad de pasar de una situación migratoria regular a una irregular, que establecen estas de las condiciones de estancia en el primer cuarto del siglo XXI, produce un estado de “precariedad legal”, tal como lo analizaron para el caso de los países centroamericanos Rojas & Basok (2020).

Ahora bien, en la siguiente gráfica (5) no pretendo hacer un comparativo entre el otorgamiento de las condiciones de estancia migratoria en México y lo que implican, reconozco que para ello hace falta un análisis detallado de cada una de ellas. Lo que intentaré con ello es presentarlo como un recurso gráfico para mostrar de manera general el panorama respecto a las “condiciones de estancia” de la migración colombiana en México. Un escenario complejo que antes del año 2015 no se había observado y que se ha hecho relevante en el año 2023 para el caso colombiano.

Gráfica 5 -
Tarjetas de Residencia Temporal, Tarjetas de Residente Permanente y Tarjetas de Visitantes por Razones Humanitarias otorgadas para población colombiana en México (2010-2025)

Más allá de las cifras respecto a condiciones migratorias, existen otros datos que permiten dimensionar la complejidad de la dinámica migratoria de la población colombiana en México. Se trata de los registros de personas “inadmitidas” o “rechazadas” en puertos aéreos del país y los “eventos de personas en situación migratoria irregular” de la UPMRIP. En lo que sigue, presento un análisis de la evolución y características de cada uno de estos registros para el caso específico de la población colombiana.

Del turismo sin visa a las restricciones administrativas y la migración sin documentos

Por una parte, la migración entre Colombia y México ha estado influenciada por el vaivén de la política exterior. Hasta 2012 México solicitaba visa de turismo a Colombia, su eliminación, resultado de la Alianza Pacífico, buscaba facilitar la movilidad. Sin embargo, si se revisan las inadmisiones o “Eventos de personas rechazadas” (EPR) vía aérea, este objetivo queda reducido frente al aumento significativo de rechazos de personas colombianas entre 2022 y 2024 (gráfica 6). El incremento de rechazos (de 38% en 2023 a más de 50% en 2024-2025)4 sugiere el endurecimiento de mecanismos de control, en línea con la securitización y externalización de fronteras (Gandini, 2026; Miranda, 2023; Rojas, 2025).

Gráfica 6 -
Eventos de personas rechazadas colombianas y no colombianas por la autoridad migratoria mexicana y el porcentaje de población colombiana, vía aérea por año (2010-2025)

Frente a esto, el escenario documentado por medios de comunicación y organizaciones civiles evidenciaba irregularidades administrativas y detenciones recurrentes en aeropuertos, lo que condujo a diálogos del cuerpo diplomático de Colombia con autoridades mexicanas entre 2023 y 20245. En 2023 se sugirió una disminución en las inadmisiones6, lo que pudo deberse al temor a los rechazos que redujo los viajes, o a que algunas poblaciones optaron por la vía terrestre a través de la frontera con Panamá.

Por otra parte, los Eventos de Personas en Situation Migratoria Irregular (EPSMI) muestran la tendencia en las vías de acceso y las condiciones de vulnerabilización (Pinillos, 2026). Los EPSMI registran cada detección de personas extranjeras sin estancia legal sujetas a un Procedimiento Administrativo Migratorio (PAM). Dos cambios de la LDM son clave: primero, en 2011 se sustituyó la noción de “aseguramientos” por “eventos” vinculados a procedimientos de presentación; segundo, desde 2021 se distingue entre “presentados” y “canalizados” (cuadro 2), incorporando a quienes son enviados a albergues del DIF, en parte por ajustes en la legislación sobre niñez y adolescencia.7

Para la población colombiana en México, estos eventos muestran un incremento significativo, de 1,262 en 2021 se incrementaron a 28,096 en 2022 y a 85,211 en 2024 (gráfica 7), incorporando a Colombia en el grupo de los cinco países con mayor número de estos eventos (gráfica 8)

Gráfica 7 -
Eventos de personas colombianas en situación migratoria irregular en México y eventos de personas colombianas devueltas por la autoridad migratoria por año (2010-2025)

Sostengo la idea de una “época pospandemia” como referente temporal de estos puntos de inflexión. Durante estos años se legitimó la criminalización y las políticas de exclusión bajo filtros de entrada y controles securitistas (Castillo, 2023; Zapata et al., 2022). Además, la pausa y la reapertura de fronteras trajo “dinámicas migratorias renovadas” producto de diversas causas, entre otras las que destaca también Gandini (2026) respecto a “la intensificación de la circulación de mensajes que promovían la migración en redes sociales y plataformas digitales (WhatsApp, TikTok, Instagram), que incentivaban la migración, en particular al presentar el Tapón del Darién como una ruta viable hacia el norte” (Gandini, 2026; Gandini et al., 2024). Con base en los datos anteriormente presentados y en fuentes primarias sostengo que, de ese incentivo, no fue ajena la población colombiana.

Considero también en ese marco mencionar dos puntos adicionales: 1. el encuentro con las poblaciones migrantes venezolanas, cuyo vínculo transnacional y transfronterizo ha sido relevante históricamente, lo que corresponde a un análisis del proyecto PAPIIT del que forma parte este artículo y sobre el cual ahondaré en otros documentos; y 2. el ambiente político y mediático que se vivió en el país durante el cambio de gobierno de Iván Duque a Gustavo Petro (2022-2023) que implicó un escenario incertidumbre e inestabilidad entre la población.

En las entrevistas informales realizadas en Cúcuta, Norte de Santander, entre noviembre de 2022 y enero de 2023 con jóvenes con intención de emprender su proyecto migratorio hacia Estados Unidos, destacaba la idea de que Colombia podría, “ahora sí, convertirse en Venezuela” con la llegada del nuevo gobierno en el primer país:

…Sí, mi hermana está en Estados Unidos, a ellos los dejaron entrar por el problema que han tenido con Maduro en Venezuela. Para allá vamos nosotros con el gobierno de ahora en Colombia. (Susana & Francisco, comunicación personal, Enero de 2023)

Gráfica 8 -
Top 5 países por año con eventos de personas en situación migratoria irregular en México y total (2015-2025)

La UPMRIP registra también los eventos de personas devuelvas (EPD), usa el término “devuelto” para hacer referencia a la acción de regresar a personas extranjeras en situación migratoria irregular a su país de origen ya sea por una resolución administrativa de deportación, expulsión o retorno asistido, el cual incluye a adultos y/o niñas, niños y adolescentes. Como se observa en la gráfica 7 estos registros son significativamente más bajos respecto a los de los EPSMI, lo que puede estar vinculado con lo que autores como Gandini (2026) han explicado como estrategias de contención y de “externalización flexible”.

Con lo mencionado hasta este punto, ofrezco una aproximación del panorama migratorio en México para la población colombiana, reconociendo las limitantes de los datos, entre otras por el tema de subregistro en México, las dificultades de medir la situación migratoria en el país, la necesidad de profundizar en las particularidades de cada una de las condiciones migratorias posibles en México, así como los alcances de los datos sobre inadmisiones y rechazos, entre otras. La gráfica 9, que incluye las tendencias en el otorgamiento de tarjetas, en los rechazos e inadmisiones, de los eventos de situación migratoria irregular que involucran a la población colombiana, me permite ilustrar el punto de inflexión que experimenta la migración colombiana en México respecto a las épocas anteriores, particularmente la tercera época que se pensó como “favorable” (Bermúdez, 2012). Un escenario con una mayor diversificación de perfiles y de condiciones de estancia, ya sea si se concibe como periodo coyuntural, de transición o ajuste, pero en todo caso, un proceso al que habrá que dar seguimiento8.

Gráfica 9 -
Indicadores migratorios de población colombiana en México (2010–2025)

Si se analizan todos estos datos con los cambios en las políticas nacionales y los marcos internacionales y el establecimiento de mecanismos de atención, recepción y documentación, a través del tiempo, es posible identificar cómo ese escenario de cambio o transición que experimenta la migración colombiana en México tiene un vínculo con los efectos del sistema internacional que algunos denominan como “Gobierno de las migraciones” (Domenech, 2025) y que, siguiendo a Walters (2002), lo entiendo como “la política internacional de la población extranjera” en donde la noción hegemónica de ciudadanía es su sustento. El incremento en las inadmisiones en 2024 y 2025 (aún con la disminución en el total de este tipo de procedimientos que muestran los datos oficiales para 2025) (gráfica 6) y los hechos que han documentado organizaciones defensoras de Derechos Humanos9, pudiera estar evidenciando lo que yo llamaría una emergente reactivación de la discriminación por nacionalidad en el país, lo que la LDM y el discurso político había querido eliminar.

Del Gobierno internacional de las poblaciones al paradigma de Gobernanza Migratoria y su vinculación con la política migratoria en México

La legislación nacional mexicana toma de los marcos internacionales sus lineamientos (tabla 2). El sistema federalista que da autonomía a las entidades estatales resulta un aspecto ambivalente, a veces como posibilidad y otras como limitante para definir políticas eficaces (Pinillos, 2025c).

Tabla 2
Marco jurídico Unidad de Política Migratoria

Un aspecto común entre la normativa internacional y los reglamentos nacionales tiene que ver con el uso del lenguaje. El empeño de los organismos internacionales por neutralizar e incluso “despolitizar” la migración (Pécoud, 2017) ha construido un “paradigma de gobernanza migratoria” que sostiene “lo regular” como lo deseado, y que viene implantándose desde la Conferencia Regional sobre Migración (Domenech, 2025; Rojas, Basok, 2020) hasta el Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular (PMMSOR).

4.1 De la “ilegalización” a la “irregularización” en México: Semántica y eufemismos desde el multilateralismo hasta las burocracias al nivel de calle

Con base únicamente en el Glosario de la OIM sobre Migración, el análisis semántico de los conceptos "irregular" e "ilegal" revela un esfuerzo deliberado de la comunidad internacional por desvincular la movilidad humana del lenguaje criminal. La preferencia de un término sobre el otro se sostiene en la idea de que un ser humano nunca puede ser "ilegal"; solo su situación administrativa puede estar fuera de la norma. Se plantea, así como un término neutral que busca dar forma a una percepción equilibrada de las migraciones internacionales.

En el nivel internacional (el sistema de Naciones Unidas), lo regular se entiende como el movimiento de personas que se produce de conformidad con las leyes vigentes. El objetivo global discursivo, plasmado en el PMMSOR, es que esta movilidad sea no solo regular, sino también segura y ordenada, preservando la dignidad humana y mitigando riesgos. En el nivel nacional de México, se define jurídicamente como la "situación migratoria regular", la cual ocurre cuando una persona extranjera cumple con las disposiciones de internación y estancia en el país. Con la LDM, como se dijo, se establece la "Condición de estancia" como categoría emergente.

Lo regular está vinculado a la autorización específica que el Estado mexicano concede para visitar o residir (temporal o definitivamente) en el territorio. Lo "no autorizado" es un término usado frecuentemente en el discurso político y administrativo, especialmente en relación con las medidas de control en Estados Unidos para referirse a personas migrantes sin permiso de ingreso. Por lo que prevalece al final la soberanía del Estado y en ella recae la posibilidad o la no posibilidad del movimiento.

En ambos niveles existe la lógica de que el estatus migratorio no es estático; una persona puede entrar regularmente al país y luego pasar a tener una condición migratoria irregular frente al Estado al superar su periodo de estancia permitido. Pero mientras que la normativa internacional se centra en la protección de derechos independientemente del estatus, la normativa nacional mexicana desarrolla un aparato administrativo detallado para procesar la irregularidad.

Todo ello, se ha descrito como una dicotomía "regular"-"irregular" (Boivin, 2024; Rojas, 2025). La literatura da cuenta de que el “tema de la irregularidad es mucho más complejo que aludir a migrantes con estatus irregular” (Rojas, 2025, p. 41), en este trabajo no intento profundizar en el análisis de esa producción, me interesa resaltar cómo el cambio de uso en el lenguaje de legal por regular, y de sus contrarios “ilegal” e “irregular, ha derivado en un lenguaje tecnocrático, que traslada los principios de la administración pública a un proceso social y de acción humana, lo que por consecuencia se vuelve en otro modo de incompatibilidad y de revés político.

El intento de “despolitizar” o de “neutralizar” la carga legal que se producía en México para unas poblaciones migrantes antes de la LDM y con la implementación de lineamientos en esa dirección desde Naciones Unidas, ha conducido a una expansión del discurso nacionalista del Estado que pone en disputa y tensión los derechos humanos con los derechos de ciudadanía, cerrar las fronteras nacionales y volver el derecho a la movilidad humana como un recurso transnacional del mercado, hecho que deviene de la mirada desarrollista de la migración y que reproduce discursos que se repiten continuamente sin pensar en la condicionalidad y la subordinación detrás del eslogan: “la migración produce desarrollo”.

El uso del lenguaje políticamente correcto de la migración en todos los niveles que coincide en la centralidad de la noción “regular” y por tanto en la preocupación insistente por la “migración irregular”, diversos autores lo refieren como parte de un contexto de producción de la “crisis”, de construcción de la migración en tránsito como una categoría de intervención (Domenech, 2025), de mecanismos de externalización flexible (Gandini, 2026). Desde 2016 todo ello ha sido afianzado con el discurso normativo de gobernanza migratoria de Naciones Unidas, en el que prevalece un condicionamiento de la movilidad deseada y aceptada, expandido en todo el continente americano, del norte hacia el sur, dirigido y legitimado hacia ciertas poblaciones como por ejemplo la venezolana, la haitiana y la cubana, pero que ha permeado también y se ha expandido hacia la migración colombiana hacia y en México.

La noción de gobernanza migratoria se fue expandiendo en todos los ámbitos y en todos los sectores desde 2020 hasta el año 2024. En distintos foros sobre migraciones con diferentes actores se hizo permanente la mención a los marcos de gobernanza migratoria tanto en México como en Colombia, y con ello también la referencia al PMMSOR, como la ruta a seguir para abordar el tema, “al respecto véase el Decreto 216 de 2021, por el cual se adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migración venezolana en Colombia y las conferencias de prensa del entonces director de la Oficina de Migración Colombia. Así como los documentos de Indicadores de Gobernanza Migratoria con perfiles nacionales y de algunos estados en México” (Pinillos, 2025a, p. 26)

Autores como Boivin (2024) y Domenech (2025), coinciden en destacar “el papel central del PMMSOR en esa forma de control para que la migración logre ser “regulada” en su totalidad, y en las intenciones subyacentes e implicaciones sociales “más allá de su lenguaje aparentemente “neutral”, “tecnócrata” y “despolitizado”” (Domenech, 2025).

Considero que el uso, en América Latina y en México, de lo regular e irregular se ha convertido en un eufemismo de la noción de “ilegal” e “ilegalidad”, es decir, la carga simbólica que criminaliza se mantiene de fondo. Aunque sea menos sancionado políticamente entre la sociedad involucrada e interesada en el tema hablar de “migración irregular” que “migración ilegal”, considero que la difusión en los límites entre lo regular o “irregular”, remite a la misma difusión entre las categorías “legal e ilegal”, más desarrolladas desde el norte global (De Genova, 2002; Menjívar, 2006; Pinillos, 2025b). Todas ellas categorías jurídicas con efectos sociales profundos.

El discurso desde el multilateralismo en las Américas y en la legislación mexicana parece producir o reproducir una mayor inestabilidad en las posibilidades de permanencia en México para las poblaciones migrantes, al tiempo que demuestra ser incapaz de contener los impulsos que el sistema capitalista contemporáneo trae consigo, en los términos de Josiah Heyman, cuya consecuencia es una exacerbación de las desigualdades sociales, incluyendo la movilidad desigual (Heyman, 2012). La definición de la ley, en consecuencia con la supuesta neutralidad normativa, ha conducido al riesgo de pasar de una a otra situación migratoria y, por tanto, a una fragilidad de toda condición migratoria, pues ninguna termina por ser suficiente para garantizar la permanencia definitiva a ninguna persona que sea considerada como extranjera en el país.

4.2 Inestabilidad de la condición migratoria, discrecionalidad y militarización en México

La inestabilidad que parece constituir la condición migratoria en México, como categoría emergente, tiene efectos ya no solo en las poblaciones que carecen de documentos para demostrar su situación administrativa en el país, sino también sobre quienes sí los poseen. La categoría de “Residente Permanente”, por ejemplo, ante el reforzamiento de los filtros y permisos de entrada al país, puede estar sujeta de igual forma a la vigilancia. Se trata del reforzamiento y la reafirmación de la frontera entre quién es ciudadano y quién es extranjero en México; así, la función dicotómica “extranjería-ciudadanía” se reactiva y se erige superior a cualquier otra posibilidad ante el fracaso del paradigma de gobernanza migratoria y el ascenso de los nacionalismos contemporáneos. Es allí en donde la discrecionalidad se traduce como el mecanismo por excelencia de intervención biopolítica de los agentes del Estado.

En México, esta discrecionalidad se manifiesta de múltiples formas. Las organizaciones defensoras de derechos humanos han denunciado que su uso dejó de ser un asunto administrativo para convertirse en un mecanismo de control excepcional (García, 2024). Entre 2025 y 2026 se han documentado cada vez más casos de personas con Tarjeta de Residencia Permanente (TRP) que han sido sujetas a sospecha en los puertos de entrada. Aunque no se trata de una situación exclusiva de la nacionalidad colombiana, estos casos resaltan dentro de las denuncias, por lo que se convierten en un dato que merece atención y que suma elementos de análisis junto a las cifras sobre rechazos, inadmisiones y los EPSMI de dicha población en México. Pese a la dificultad de registro con datos estadísticos, la aproximación cualitativa resulta necesaria (seguimiento a medios de comunicación y observación directa en aeropuertos y recolección de testimonios). Vigilar cualquier condición migratoria regular y poner bajo sospecha su origen o naturaleza permite cuestionar la legitimidad de las trayectorias y la efectividad de los sistemas de control anteriores, justificando la sofisticación y eficiencia de las tecnologías actuales que las constituyen.

La discrecionalidad, que ha sido analizada con mayor frecuencia en los estudios sobre deportaciones y detenciones en distintos espacios (Menjívar, 2006; Rojas, 2020; Pinillos, 2025), así como por Moncada y Rojas (2025) y García (2024) en lo que respecta a los procesos de militarización en el país, deja de ser una medida administrativa orientada a brindar garantías individuales según la naturaleza de los casos. En su lugar, toma la forma de un dispositivo de control y dominación sobre las poblaciones migrantes, particularmente cuando quienes la ejercen resultan ser miembros de la fuerza pública. García Alanís (2024) señala al respecto el uso de eufemismos y el control de la narrativa en la política migratoria frente a la exacerbación de la militarización en los procesos administrativos e institucionales del Estado.

Moncada y Rojas (2025), García (2024) y Bazán y Padilla (2023) han analizado la militarización en México como un proceso multifactorial que comienza alrededor de los eventos y programas de los gobiernos desde finales del siglo XX y que ha transformado la gestión civil en un aparato de seguridad nacional, afectando el respeto de los derechos y la integridad de las personas en movilidad. Estos autores destacan el rol de la Guardia Nacional (GN), cuya intervención excede cada vez más las facultades de la antigua Policía Federal, asumiendo tareas de vigilancia, revisión y detención de migrantes. La participación directa del personal de la Secretaría de Defensa Nacional (SEDENA) y la Secretaría de Marina (SEMAR) en operativos de control migratorio, lo cual contraviene los estándares internacionales que exigen que estas tareas sean realizadas exclusivamente por cuerpos civiles. Los agentes de migración entonces son personas que reciben adiestramiento en cuarteles de la SEDENA para adquirir habilidades de combate y disciplina de guerra, en lugar de formación en asistencia humanitaria.

Además, las fuerzas de seguridad utilizan criterios raciales (color de piel, origen étnico, acento) para detener a personas, afectando desproporcionadamente a poblaciones afrodescendientes e indígenas, así como a ciertas nacionalidades en específico. Estas acciones se traducen en una discrecionalidad aplicada por los agentes migratorios en los puntos o puertos de entrada en México, dinámicas descritas por las personas migrantes colombianas principalmente en las entrevistas informales realizadas en los aeropuertos durante 2025 y 2026, al igual que en el encuentro biográfico multisituado entre sujeto e investigadora mencionado con anterioridad.

La discrecionalidad dirigida a la población colombiana y ejercida desde los criterios de las fuerzas de seguridad en México también se expresa de forma diferenciada en términos espaciales (por puntos de salida, entrada o internación), temporales (por horarios de vuelos) y de clase (de acuerdo con el tipo de empresas aéreas). A partir del acercamiento en campo, la observación directa y el seguimiento de casos, destaca de manera particular lo ocurrido en el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), inaugurado el 21 de marzo de 2022, espacio hacia donde se han ido canalizando en mayor medida los vuelos con personas repatriadas desde Estados Unidos (UMPRIP). Allí, la presencia de agentes militares en las labores de filtrado y atención de pasajeros resulta determinante, convierte la discrecionalidad en un asunto de hostilidad directa e incluso de amenaza.

Esta realidad contrasta con la del Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México, donde la militarización de las funciones migratorias ha incrementado moderadamente y se revela más hostil dependiendo de la terminal, el horario y la aerolínea de llegada. Por ejemplo, el paso por los filtros de los vuelos más económicos procedentes de Colombia suele ocurrir en horas de la madrugada por la Terminal 1, a través de aerolíneas de bajo costo como Viva Aerobus y Volaris. Esta misma lógica opera en el Aeropuerto de Cancún, el cual, debido a su alto flujo turístico, se ha convertido en un nodo de alta vigilancia para la migración colombiana. De igual modo, se identifica al aeropuerto de Monterrey como un espacio de control y riesgo, aunque este último no ha sido objeto del alcance de la presente investigación. Otro criterio discrecional reproducido dentro de la comunidad colombiana consiste en la posesión de la visa estadounidense, quien cuenta con ella se reconoce a sí mismo como menos sujeto de sospecha, lo que se vincula de manera directa con el papel de México en las lógicas de externalización de fronteras.

Si la labor de los agentes de migración, las llamadas burocracias a nivel de calle, está atravesada por el adoctrinamiento militar en lugar de una formación administrativa con perspectiva de derechos humanos, su discrecionalidad queda condicionada por una lógica de seguridad y defensa. Así, la supuesta neutralidad administrativa que las leyes nacionales retoman del discurso multilateral se convierte en un instrumento hueco, cuyo sentido y aplicación real terminan siendo moldeados por criterios racistas, clasistas, de género, xenófobos y, en última instancia, excluyentes y discriminatorios.

Reflexiones finales

En México, los procesos y dinámicas que experimenta la población colombiana están cambiando. De acuerdo con los registros oficiales, pero también con lo que las organizaciones sociales y defensoras de Derechos Humanos han documentado, se puede decir que aquella tercera fase de la migración colombiana que Bermúdez (2012) identificó hasta el año 2014 como un proceso “favorable” se está transformando, los perfiles se están diversificando, las condiciones de estancia y la situación migratoria ponen en cuestionamiento la permanencia, limitan el derecho a la libre movilidad de una parte de las poblaciones y alertan sobre el posible retroceso de formas de discriminación por nacionalidad con prácticas xenófobas y excluyentes que terminan por afectar negativamente tanto a las poblaciones sobre las que se dirigen esas prácticas de manera directa como a toda la sociedad alrededor de ellas.

Este proceso de transformación y diversificación que atraviesa la migración colombiana, podría decirse, es producto de la centralidad en “lo regular” que ha fijado la política en México, permeada y expandida a través del discurso internacional de Naciones Unidas, y todos sus instrumentos regionales y globales, desde la CRM hasta el PMMSOR. Cada vez más parecen difuminarse los límites entre lo regular-irregular, porque mientras los discursos usan el lenguaje políticamente correcto, las vías administrativas se cierran para algunas poblaciones, se abren liminalmente (Menjívar, 2006), precariamente (Basok, Rojas, 2018) o con “grietas” (Pinillos, 2022) para otras en la práctica. Lo regular deja de ser una posibilidad para muchas poblaciones y la alternativa que queda para la movilidad es la que se define “irregular”, lo que sale de la ley; convirtiendo todo lo no regular en un eufemismo de lo “ilegal”.

Ante eso, cualquier condición es motivo de sospecha, la permanencia se pone en cuestionamiento. La línea difusa entre la situación migratoria regular e irregular que se produce con los marcos legales en México, con una estructura estatal militarizada, constituida en respuesta a las exigencias del sistema de orden internacional, hacen que la discrecionalidad pase a ser una “moderna arma de guerra”, que se dirige particularmente como forma de poder y de violencia del Estado sobre los cuerpos, contra la otra o el otro, extranjero, extraño. Esa discrecionalidad en México se sostiene mediante una relación dicotómica mayor: la ciudadanía-extranjería.

En última instancia, cabe mencionar que con este análisis no se pretende negar la importancia del papel de los organismos multilaterales, sobre todo en un escenario como el que se presencia en lo que va del siglo XXI, lo que se cuestiona son las lógicas persistentes del Estado y las grandes tensiones que, desde ese marco, se ponen de manifiesto. Dar seguimiento a estas dinámicas y documentarlas es preciso, sobre todo, frente a procesos de deterioro de la “confianza social” (Mora, 2022; Valencia, 2025) y de quiebre de los principales preceptos del derecho internacional promovidos por acciones unilaterales de países del “Norte Global” y de la reconfiguración de un sistema económico, como lo comienzan a señalar en el año 2026, distintos especialistas en el área10 y ante la reconfiguración geopolítica en América Latina y el Caribe.

Declaración de Disponibilidad de Datos

Los datos de la investigación están disponibles en el cuerpo del artículo

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1

En este trabajo defino el tiempo “pospandemia” a partir del año 2023, reconociendo la ambigüedad para definir este periodo. Tomo como referencia de inicio de este periodo el momento en que se la pandemia por Covid19 pasó de ser considerada como una enfermedad epidémica a una endémica; “Fue el 09 de mayo de 2023 cuando México puso fin a la emergencia sanitaria por Covid-19, tras considerar que cumplió las características que establece la Organización Mundial de la Salud (OMS) para suspenderla”. https://www.eleconomista.com.mx/arteseideas/covid-19-duro-pandemia-mexico-20250201-744589.html

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8

En febrero de 2026 el gobierno federal anunció la iniciativa en curso de transición del Instituto Nacional de Migración a Instituto de la Movilidad Humana https://heraldodemexico.com.mx/nacional/2026/2/19/alistan-iniciativa-para-crear-el-instituto-de-movilidad-humana-que-va-pasar-con-el-instituto-nacional-de-migracion-771218.html

9

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Editores de Sección

Barbara Marciano Marqueshttps://orcid.org/0000-0003-0835-2441

Conflictos de intereses

La autora declara no tener conflictos de intereses relacionados con este artículo

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    31 Ago 2026
  • Fecha del número
    2026

Histórico

  • Recibido
    07 Abr 2026
  • Revisado
    25 Jun 2026
  • Acepto
    21 Ago 2026
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