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Nadie puede juzgar qué es bueno y qué es malo. Sexualidad masculina y sexo entre varones en los delitos contra el honor militar en la Armada Argentina, 1960-1980.

Ninguém pode julgar o que é bom e o que é ruim. Sexualidade masculina e sexo entre homens em crimes contra a honra militar na Marinha Argentina, 1960-1980

No one can judge what is right or wrong. Male sexuality and sex between men in the crimes against military honor in the Argentine Navy, 1960-1980

Resumen:

Este artículo analiza la producción de sentidos y saberes sobre el sexo entre varones y la sexualidad masculina durante los juicios por delitos contra el honor militar en la Armada Argentina (1960-1980), en un contexto de ascenso del autoritarismo. Sostengo que, en contraste con la escalada represiva del período, el éxito de las Fuerzas Armadas en la construcción de una masculinidad hegemónica distaba mucho de ser una realidad en las décadas de 1960 y 1970. Lejos de un discurso o dispositivo bien articulado, los saberes producidos en los juicios militares no llegaban a constituirse en un conocimiento autoritativo (Jordan, 1991) sobre la sexualidad masculina. En términos metodológicos, me hago eco de Guinzburg (1991GUINZBURG, Carlo. 1991. “El inquisidor como antropólogo”. Historias. México. Abril-septiembre de 1991. Vol. 26, p. 15-24.) quien sostiene que los “archivos de la represión” pueden servir tanto para realizar una historia de la represión como un estudio de la agencia subjetiva.

Palabras claves:
sexualidad masculina; sexo entre varones; conocimiento autoritativo; Armada Argentina; masculinidad

Resumo:

Este artigo analisa a produção de sentidos e saberes sobre o sexo entre homens e a sexualidade masculina durante julgamentos por crimes contra a honra militar na Marinha argentina (1960-1980) em um contexto de crescente autoritarismo. Argumenta que, em contraste com a escalada repressiva do período, o sucesso das forças armadas na construção de uma masculinidade hegemônica distava de ser uma realidade nas décadas de 1960 e 1970. O conhecimento produzido em julgamentos militares não chegou a constituir um conhecimento autoritativo (Jordan, 1991) sobre a sexualidade masculina. Em termos metodológicos, o artigo retoma a Guinzburg (1991), que argumenta que os “arquivos da repressão” podem servir tanto para fazer uma história de repressão quanto para um estudo da agência subjetiva.

Palavras-chave:
sexualidade masculina; sexo entre homens; conhecimento autoritativo; Marinha Argentina; masculinidade

Abstract:

This article analyzes the construction of meaning and knowledge about sex between men and male sexuality in crimes against military honor in the Armada Argentina (1960-1980) in a context of increasing authoritarianism. In contrast to the escalating repression of the period, the success of the armed forces in building a hegemonic masculinity was far from being a reality in the decades of 1960s and 1970s. Instead of a well articulated discourse or device, the notions produced during military trials did not constitute an authoritative knowledge (Jordan, 1991) on male sexuality. In methodological terms, the article echoes Guinzburg (1991), who argues that the “archives of repression” can serve both to build a history of repression and a study of subjective agency.

Key words:
male sexuality; sex between men, authoritative knowledge, Armada Argentina, masculinity

Introducción

A partir de un fondo documental1 1 Se trata del siguiente fondo documental: Archivo General de la Nación (AGN) - Archivo Intermedio, Fondo Armada de la República Argentina, Sección Archivo, Serie Sumarios por infracción al Código de Justicia Militar (Fechas extremas 1900-2009). Se analizaron en profundidad 25 expedientes sobre un total de 48 consignados como “honor militar” que se encontraban en el fondo. Aunque fueron consultados la totalidad de los expedientes, decidí enfocar el análisis en torno a los 25 expedientes seleccionados por la reiteración de temas, categorías, situaciones que se iba manifestando conforme el avance de la consulta. que contiene los juicios militares por los delitos contra el honor militar de la Armada Argentina, este artículo analiza la construcción de sentidos sobre el sexo entre varones y la sexualidad masculina en un contexto de ascenso del autoritarismo y de la represión política. Desde el año 1951, la incorporación de los “actos entre personas del mismo sexo” dentro de la figura del honor militar del Código de Justicia Militar se convirtió en una herramienta de las Fuerzas Armadas para sancionar la “desviación” sexual masculina. A partir de ese momento, el sexo entre varones comenzaría a ser explícitamente juzgado.

Los procesos judiciales militares eran instancias de juzgamiento de delitos que, según el Código de Justicia Militar, caían bajo la órbita de las Fuerzas Armadas. Los juicios remedaban los procesos penales de la esfera civil. A partir de una denuncia o una sospecha, se iniciaba una investigación interna que incluía las declaraciones de posibles testigos.2 2 Es posible identificar dos razones por las cuales un marinero realizaba la denuncia. En ocasiones, se trataba de una acción de tono revanchista por algún tipo de conflicto previo con el denunciado. Muchas veces, la denuncia estaba motivada por la obligación de denunciar prevista en el Código de Justicia Militar. Es difícil identificar si se trataba de una condena moral del denunciante al sexo entre varones. Es probable que las dos primeras razones tuvieran un mayor peso. Un dato que permite forzar esta interpretación es que reiteradamente los denunciantes no incluían en su denuncia a la totalidad de los integrantes de una red de intercambios sexuales, sino que particularizaban en el individuo con el que tenían un conflicto. Algunas veces, cuando la denuncia inicial terminaba recayendo en alguien cercano, el denunciante pedía que se desestimara su declaración. Con posteridad se nombraba al fiscal de la causa que, a partir de la instancia de producción de pruebas, decidía sobre la continuidad del proceso militar. Si la respuesta era positiva, se conformaban los tribunales militares, se designaban defensores y se comunicaba a los imputados y testigos. Las etapas finales del proceso incluían el voto de los integrantes del tribunal y la sentencia final. En este artículo sostengo que, en contraste con la escalada represiva del periodo, el éxito de las Fuerzas Armadas en la construcción de una masculinidad hegemónica distaba mucho de ser una realidad en las décadas de 1960 y 1970. Antes que un discurso articulado o un dispositivo bien engranado, el análisis de los sumarios militares por los juicios contra el honor militar devuelve una imagen más equívoca y difusa sobre el control de la sexualidad masculina. Argumento, entonces, que los saberes producidos durante los juicios militares no llegaban a constituirse en un conocimiento autoritativo (Jordan, 1991JORDAN, Brigitte. 1991. “Technology and Social Interaction in Complex Settings: Notes of the Achievement of Authoritative Knowledge”. Talent, Development and Excellence. Vol. 6 (1), p. 95-132.) sobre la sexualidad masculina y la homosexualidad.

Desde un enfoque interaccionista, Brigitte Jordan propuso la noción de conocimiento autoritativo para el análisis de aquellas situaciones sociales en las que un tipo de saber deviene en el conocimiento “oficial” y socialmente aceptado, en un grupo social particular. La autora utiliza la categoría en el análisis de dos situaciones particulares, una sala de partos de un hospital y una sala de operaciones de vuelos aéreos; aunque la noción puede extenderse a situaciones en las que distintos saberes disputan el lugar del conocimiento reconocido y legítimo. El proceso por el cual un saber se transforma en conocimiento autoritativo no necesariamente está vinculado a escenarios sociales marcados por relaciones desiguales, aunque el modelo de análisis también aplica a esas situaciones. Jordan señala que un saber configura un conocimiento autoritativo si es más eficaz en explicar un estado del mundo aunque ese saber no sea siempre el más correcto. En el caso que analizo, los distintos actores judiciales militares oscilan entre dos formas de ver la sexualidad masculina, aunque ninguna parece constituirse en conocimiento autoritativo como tal. Por un lado, la homosexualidad masculina es definida en función del rol sexual ocupado en el encuentro sexual. La posición insertiva o activa no cuestiona la identidad masculina del sujeto, mientras que el rol receptivo o pasivo constituye la auténtica “desviación” sexual. Por el otro, la homosexualidad masculina es definida por la elección de objeto sexual, con independencia del rol sexual ocupado. Con distintas variaciones, estos dos modos de entender el sexo entre varones eran puestos en acción durante los juicios militares.

Complementariamente, la otra noción en disputa era el carácter normal o patológico de los actos sexuales entre personas del mismo sexo. En ocasiones, los varones que ocupaban el rol insertivo o activo aducían que la anormalidad estaba encarnada en aquellos que aceptaban ser penetrados, las maricas, aunque éstas tampoco aceptaban pasivamente que se les adosara el rasgo patológico. Quizás menos previsible es la ambigüedad de la oficialidad militar a este respecto. El rechazo al sexo homosexual era tajante pero, en ocasiones, el posicionamiento se hacía eco de algunos sentidos novedosos para la época. A ellos nos referimos en la segunda sección, pero lo que quisiera enfatizar aquí es que las disputas entre lo normal y lo patológico tampoco permiten dar cuenta de un conocimiento autoritativo sobre la sexualidad masculina “desviada”.

Esta imposibilidad de constituir un conocimiento articulado o un dispositivo bien engranado en torno a la sexualidad contrasta con la articulación creciente del aparato represivo estatal y el creciente protagonismo de las Fuerzas Armadas en ese momento de la Argentina. Desde la década de 1950, las Fuerzas Armadas comenzaron a ejercer una mayor injerencia en distintos ámbitos del Estado y la sociedad civil. Una hipótesis de conflicto, que identificó al enemigo en el espacio interno, se tradujo en una creciente militarización del Estado. En la segunda mitad del siglo XX, las Fuerzas Armadas eran interpeladas por los sectores dominantes como la garantía del orden social; y hacia el golpe de Estado de 1976, habían configurado un aparato represivo que tenía un alto grado de autonomía de los sectores políticos y la sociedad civil (Eidelman, 2010EIDELMAN, Ariel. 2010. El desarrollo de los aparatos represivos del Estado argentino durante la “Revolución Argentina, 1966-1973. Tesis (Doctorado en Historia). Buenos Aires: Universidad Buenos Aires, Facultad de Filosofía y Letras.). En contraposición, los sumarios de los juicios militares que castigaban el sexo entre varones no pueden entenderse cabalmente a la luz de esta escalada represiva. Más bien, los sentidos sobre la sexualidad masculina “desviada” componen una estructura fragmentaria y dispersa en las voces de los actores judiciales militares antes que un discurso monolítico.

Me interesa señalar el modo en que esta dificultad para articular un único discurso, entre la oficialidad militar, sobre la sexualidad masculina “desviada”, contrasta con la injerencia que la Fuerzas Armadas tuvieron en la sociedad civil y el Estado durante el mismo periodo. D’Antonio (2016D’ANTONIO, Débora. 2016. “Los Consejos de Guerra durante la última dictadura militar argentina (1976-1983)”. Ibero-Americana; Nordic Journal of Latin American and Caribbean Studies. Vol. 45, n° 1, p. 19-36.) analizó los modos en que los consejos de guerra militares contribuyeron a la judicialización de la represión política; es decir, al juzgamiento de civiles en manos de los tribunales militares. En nuestro caso, los tribunales militares no intentaban extender el juzgamiento de civiles en aquellos casos de sexo entre varones en los que aparecían involucrados.

La apuesta, en definitiva, es problematizar una traslación directa de la represión política a la represión sexual o en clave de género. Las dictaduras militares argentinas de la postguerra declamaron la necesidad de reestablecer un orden social que veían en franca decadencia. Los jerarcas de las Fuerzas Armadas se expresaron en contra de un conjunto de transformaciones que, en el campo del género y la sexualidad, atentaban contra “la familia” y, en consecuencia, la sociedad argentina toda. Sin embargo, estas expresiones no se tradujeron necesariamente en una política que tuviera cierta sistematicidad. Algunas intentos esporádicos, como las “campañas de moralización” en la ciudad de Buenos Aires, durante el gobierno de facto del general Juan Carlos Onganía, representaban explosiones que no llegaron a conformar una práctica estatal sostenida en el tiempo (Manzano, 2005MANZANO, Valeria. 2005. “Sexualizing youth: morality campaings and representation of youth in early 1960s Buenos Aires”. Journal of the History of Sexuality. Vol. 14, n° 4, p. 433-461.). El género y la sexualidad vehiculizaron, de modos diversos, las formas de la represión política (D’Antonio, 2016), aunque difícilmente se pueda afirmar que la diversidad sexual fue objeto de una política represiva sistemática. De cualquier modo, la investigación sobre las tramas y los vasos comunicantes entre la represión política y la represión sexual o de género es un campo que se encuentra en construcción (D’Antonio, 2014D’ANTONIO, Débora. 2014. “Introducción”. En: D’ANTONIO, Débora (comp). Deseo y represión. Sexualidad, género y Estado en la historia reciente. 1° ed. Buenos Aires: Imago Mundi.).3 3 A mi entender, esta aparente contradicción ilumina un argumento similar desarrollado en Insausti (2014). El autor argumenta contra la existencia de un plan sistemático de persecución de homosexuales en el contexto represivo de la dictadura militar en Argentina. En adición a este argumento, el carácter desarticulado de los discursos de la oficialidad militar, en un momento en que la articulación de la represión política era la norma, puede ser entendido como un aspecto adyacente al proceso analizado por el autor.

Para llevar adelante el objetivo de este artículo, organizo la exposición en tres secciones. En primer lugar, analizo los sentidos de los médicos psiquiatrías que intervenían en el rol de peritos. La perspectiva de la medicina parecía encarnar el caso de un sistema bien articulado sobre la sexualidad masculina, pero no constituía de hecho una posición dominante en los juicios militares. Esto no significa que los saberes médicos no fueran referidos en las instancias decisivas de los juicios -las sentencias- sino que aparecían en las voces de los actores judiciales militares como una fuente de saber, entre otras. En segundo lugar, me ocupo de la perspectiva de la oficialidad y la suboficialidad militar, que participaban en calidad de tribunales, fiscales, defensores, imputados y testigos. Por un lado, la oficialidad militar recurría a fuentes de saberes sobre la sexualidad masculina que no siempre estaban en consonancia con el saber de las pericias médicas. Por el otro, los sentidos y saberes de los imputados y los testigos tampoco se ajustaban a ellas. En la tercera sección, ensayo algunas conclusiones posibles que pueden desprenderse de este trabajo.

En términos metodológicos, me hago eco de la analogía que Guinzburg realiza entre la figura de los inquisidores y los antropólogos. En “El inquisidor como antropólogo” (Guinzburg, 1991), el autor argumenta a favor de la posibilidad de reconstruir “creencias” a partir de las actas de los juicios inquisitoriales, un conjunto de textos escritos que fueron producidos desde una perspectiva represiva. Guinzburg sostiene que los pasajes en los que se producen malentendidos, confusiones o sentidos que deben ser aclarados permiten la emergencia de las visiones sobre el mundo de los sujetos. En ese sentido, los “archivos de la represión” pueden servir tanto para realizar una historia de la represión como un estudio de la agencia de los sujetos. Este encuadre metodológico puede extenderse al análisis de los sumarios militares que realizo en este artículo.

Por último, este trabajo intenta ser una aporte a una perspectiva crítica sobre la historiografía del control social que, en los últimos años, viene ponderando la relación entre los discursos estatales y los efectos concretos de los mismos (Di Liscia & Bohoslavsky, 2005DI LISCIA, María Silvia & BOHOSLAVSKY, Ernesto (eds). 2005. Instituciones y formas de control social en América Latina 1840-1940. Una revisión. Buenos Aires: Prometeo Libros/Universidad Nacional de General Sarmiento/Universidad Nacional de La Pampa.), entre el poder normalizador encarnado en el Estado y la eficacia práctica de sus discursos (Ablard, 2008ABLARD, Jonathan. 2008. Madness in Buenos Aires. Patients, Psychiatrist and the Argentine state 1880-1983. 1° ed. Ohio: University of Calgary Press.; Armus, 2016ARMUS, Diego. 2016. “Eugenesia en Buenos Aires: discursos, prácticas, historiografía”. História, Ciências, Saúde - Manguinhos, v.23, p. 149-169.; Caimari, 2009CAIMARI, Lila. 2009. “Entre el panóptico y el pantano: avatares de una historia de la prisión argentina”. Politica y Sociedad. Vol. 46, p.135-147.; Ben, 2014BEN, Pablo. 2014. “La ciudad del pecado: la moral sexual de las clases populares en la Buenos Aires del 900”. En: BARRANCOS, D., GUY, D.; VALOBRA, A. (comps.). Moralidades y comportamientos sexuales Argentina, 1880-2011. 1° ed. Buenos Aires: Editorial Biblos.); o, en otros términos, entre las dinámicas represivas y las agencias subjetivas (D’Antonio, 2014). Tal como lo señala Bohoslavsky, se trata de habilitar una pregunta por la “eficiencia” del proyecto normalizador del Estado finisecular en su caso (Liscia & Bohoslavsky, 2005), o en tiempos de posguerra como en el nuestro.

Pericias médicas y médicos psiquiatras: la homosexualidad es una sola

A fines del siglo XIX y principios del siglo XX, la “desviación” sexual masculina era interpretada bajo la perspectiva de la inversión sexual (Salessi, 1995SALESSI, Jorge. 1995. Médicos maleantes y maricas. Higiene, criminología y homosexualidad en la construcción de la nación Argentina. 1° ed. Rosario: Beatriz Viterbo Editora.). Dicha noción conformaba un entramado de sentidos en el que el deseo sexual y la identidad de género se presentaban de un modo imbricado. En el caso argentino, esta noción dominaría el momento inicial de las “ciencias sexuales argentinas” (Salessi, 1995) que, por su parte, conformarían un saber medianamente articulado sobre la diversidad sexual.

Los discursos de la medicina legal, la criminología y el higienismo habrían de producir un conjunto de saberes referentes a la sexualidad desviada en el campo local y regional durante ese período. Los “cientistas” argentinos retomaron los trabajos de aquellos autores europeos que durante el siglo XIX establecieron la noción moderna de sexualidad, especialmente los trabajos del psiquiatra Richard von Krafft-Ebing y del neurólogo Albert Moll (Oosterhuis, 2012OOSTERHUIS, Harry. 2012. “Sexual Modernity in the Works of Richard von Krafft-Ebing and Albert Moll”. Medical History. Vol. 56, n° 2, p. 133-155.), a la vez que incorporaron las ‘vertientes biopolíticas italiana y española’ en las voces de Nicolas Pende y Antonio Vallejo Nágera (Miranda, 2011MIRANDA, Marisa. 2011. Controlar lo incontrolable. Una historia de la sexualidad en la Argentina. Buenos Aires: Biblos.).

De esta última línea se hizo eco el desarrollo local en la distinción entre homosexualidad congénita y homosexualidad adquirida. Si para la sexología de Krafft-Ebing la homosexualidad adquirida era una modalidad de la desviación congénita, los médicos y criminólogos locales pusieron el acento en la anormalidad que se podía incorporar como efecto de la acción del medio ambiente. La importancia del medio ambiente como elemento corruptor fue central para los cientistas argentinos, que veían en esta noción una vía para legitimar tanto sus discursos como sus prácticas de intervención (Salessi, 1995SALESSI, Jorge. 1995. Médicos maleantes y maricas. Higiene, criminología y homosexualidad en la construcción de la nación Argentina. 1° ed. Rosario: Beatriz Viterbo Editora.). A tono con un proceso de psicologización de la sexualidad (Talak et al., 2008TALAK, Ana María et al. 2008. “La psicologización de la sexualidad en Argentina (1900-1970)”. XVI Anuario de Investigaciones, Facultad de Psicología, UBA. Vol. 25, p. 169-197.),4 4 Retomo la noción de psicologización de la sexualidad aunque con ciertas reservas sobre el modo en que es entendida por los/as autores/as. Enmarcado en una historia de las ideas y con una lectura que abreva en Michel Foucault, el trabajo postula un proceso de disciplinarización de la psicología que refiere tanto a la institucionalización de la disciplina como a la contribución en el “modelado de las subjetividades humanas”. Me interesa retomar el primer sentido de disciplina mientras que el segundo, más cercano a la literatura sobre el control social, es el que estamos poniendo en discusión aquí. durante la segunda mitad del siglo XX, la matriz interpretativa de los médicos peritos estaba marcada fuertemente por una idea que entendía la homosexualidad como elección de objeto de deseo con independencia del rol sexual. Es el caso de Emilio Pablo Federico Bonnet,5 5 Resulta sugestivo para este trabajo que Bonnet ingresó a la Armada Argentina en el año 1930 y llegó a dirigir el Hospital Naval de Buenos Aires entre los años 1953 y 1957. No es aventurado suponer que su marca estuviera presente en los informes médico-legales de los juicios analizados aquí. un médico legista y psiquiatra que marcó el campo de la medicina legal local durante las primeras décadas de la segunda mitad del siglo XX. Bonnet sostenía que la homosexualidad es la “tendencia erótica hacia sujetos del mismo sexo” (1980BONNET, Emilio Federico Pablo. 1980. Medicina legal. 2° ed. Buenos Aires: López Libreros Editores.:1589). Una clave de análisis lo constituye esta noción de “tendencia erótica”. Para el momento en el que Bonnet edita por primera vez su manual, en el año 1967, el campo psiquiátrico llevaba un acercamiento, más o menos sostenido, a los desarrollos del psicoanálisis. El autor reserva la noción de instinto para el reino animal y adopta la noción freudiana de pulsión (trieb) aunque en una relectura singular.6 6 En líneas muy generales, la noción de pulsión (trieb) le otorga un sentido indeterminado o no teleológico al “empuje” libidinal. Por el contrario, el instinto es un impulso que tiene un carácter prefijado e inmodificable y, en ese sentido, se encuentra en el ámbito de la naturaleza (Laplanche & Pontalis, 1996) La pulsión, en sus palabras, se diferencia del “impulso ciego” del animal porque “el hombre, dotado de pensamiento y de juicio posee la aptitud para saber cuál es el fin de su impulso” (1980:1515). Por ello, “se hace referencia en determinado ser humano a sus ‘instintos’ y no a sus ‘tendencias’ (…) cuando sus impulsos, tendientes a satisfacer sus instintos, son tan ciegos como los del animal” (1980:1515). En definitiva, la noción de “tendencia erótica” se entiende al calor de la impronta psicoanalítica en la psiquiatría que, a su vez, es central para esta redefinición de la desviación sexual masculina.

Bonnet se hacía eco de los aportes de Henry Ey, un médico psiquiatra y psicoanalista francés, que editaría su “Tratado de psiquiatría”, por primera vez, en el año 1960. En relación a las perversiones sexuales, Ey sostenía que “la homosexualidad es una desviación adquirida de la pulsión sexual, que expresa un fracaso de la apariencia edipiana y una regresión a pulsiones y fantasmas pregenitales” (1996EY, Henry. 1996. Tratado de psiquiatría. Barcelona: Masson S.A.:345). En línea con el psicoanálisis, se identifican tres modalidades o posiciones de la homosexualidad. Se habla de perversión si la homosexualidad se manifiesta en el comportamiento sexual y el sujeto acepta completamente su tendencia. La posición neurótica estaría encuadrada en el sujeto que experimenta su tendencia sexual en el plano inconsciente pero que no lleva a la práctica su deseo erótico. Por último, la noción de homosexualidad latente expresa ya no un carácter congénito sino un componente de la sexualidad normal. Es aquella que es sublimada y, por ello, constituye “el resorte libidinal de la camaradería y de la amistad” (1996:344). En cualquier caso, la homosexualidad es una misma constelación que se presenta bajo estas tres modalidades.

Para enlazar con lo anterior, los médicos peritos se esforzaban en clarificar la idea de que la homosexualidad era un mismo “desvío” con independencia del rol sexual. En los fragmentos que siguen dos peritos médicos afirmaban que:

Creo que una persona que tiene personalidad psicopática homosexual tiene que tener experiencia homosexual, es decir puede no haber actos homosexuales, pero puede ser una personalidad homosexual. En este caso, hay una personalidad homosexual y actos homosexuales. (ARA.a.scjm. Paquete 14, Carpeta 5196, Expediente 38517). Tanto el homosexual “activo” como el “pasivo” ambos son homosexuales. Se le llama “activo” al que adopta el rol masculino y “pasivo” al que adopta el rol femenino; ahora, ambos configuran el mismo problema de fondo” (ARA.a.scjm. Paquete 14, Carpeta 5213, Expediente 38565. La itálica me pertenece).

Como señalé arriba, la distinción entre actos y personalidad homosexualidad se hacía eco de las distintas posiciones que esta práctica podía adoptar en términos de Ey. En el caso en cuestión, la concurrencia de actos y personalidad determinó que el sujeto sea considerado un homosexual perverso. Pero más importante es el hecho de que la homosexualidad haya sido diagnosticada con independencia del acto. En las pericias, esto significaba que el rol sexual no tenía un peso para determinar el desvío del imputado, tal como se muestra en el último fragmento. Aunque la diferenciación entre “activo” y “pasivo” persiste, la homosexualidad constituye “el mismo problema de fondo”.

La distinción entre homosexualidad y afeminamiento es clave para comprender esta especificación del deseo sexual hacia personas del mismo sexo. Un intercambio entre un defensor y un perito refleja esta separación:

D (Defensor): Y relacionado con la frase que sigue “Hay conflicto en el área sexual, con algún grado de inversión en ese aspecto”… P (Perito): Correcto, en algunas situaciones de test este individuo se vive femeninamente pero lo que pasa que para yo explicarle todo esto tendríamos que ir a las raíces y los fundamentos de los test psicológicos pero las conclusiones serían que en algunas situaciones se vive femeninamente. D: Pero esa satisfacción a que él llega… P: Perdón, el hecho de vivirse femeninamente no significa que el individuo sea un invertido, que sea un homosexual activo o pasivo. (…) D: Dígame Doctor, el homosexual puede ser reversible, es decir, puede ser activo y pasivo P: La homosexualidad es una sola. El ser activo o pasivo son características circunstanciales. (ARA.a.scjm. Paquete 40, Carpeta 5253, Expediente 38665. Las itálicas me pertenecen).

Este fragmento refleja la confrontación de dos epistemes (Foucault, 1985FOUCAULT, Michel. 1985 [1966]. Las palabras y las cosas. Barcelona: Paidós.) distintas. En la voz del defensor, la feminización es un signo de homosexualidad al sugerir que la feminidad del imputado lo llevaría a satisfacer su deseo mediante relaciones sexuales con otros varones. Por el contrario, la intervención del médico psiquiatra hace evidente lo disímil de los puntos de partida. La feminización del varón, en su perspectiva, no necesariamente conlleva una tendencia homosexual. Es significativo que los términos usados por el psiquiatra se mantengan en el lenguaje de la inversión pero, con todo, el marco interpretativo sea ya otro. La confrontación queda aún más clara hacia el final, cuando insiste que la “homosexualidad es una sola”, independiente del rol ocupado en la relación sexual.

Por otro lado, el diagnóstico de la homosexualidad en las pericias médicas refleja la injerencia de las ciencias psi en el modo de conceptualizar el comportamiento sexual. En la cita de arriba, la referencia a los “tests psicológicos” remite a la batería de test proyectivos y de psicodiagnósticos que, en ya en la década de 1960, tenían una fuente impronta psicoanalítica. Las pericias médicas estaban conformadas mayormente por estos “estudios psicológicos” que constituían un síntoma de la declinación del paradigma de la inversión sexual. Conjuntamente, el examen proctológico tenía un lugar marginal en la pericia clínica que determinaba la existencia de homosexualidad. El rol sexual que ocupaban los examinados no parecía constituir, en principio, información relevante para el caso. Sin embargo, hay que notar que dicho examen todavía tenía un peso de importancia en el imaginario de los integrantes de las Fuerzas Armadas, y no sólo de los conscriptos y aspirantes. Una muestra de ello es la circulación de rumores sobre historias de bajas médicas que se daban a partir del examen de ingreso a las fuerzas.

En este apartado, analicé brevemente el marco interpretativo de las pericias médicas de los juicios militares. Hacia mediados del siglo XX, el paradigma de la inversión sexual que había dominado la perspectiva médica de principios de siglo estaba en franco retroceso. Desde allí, el enfoque que primaría sería el de la noción de la homosexualidad entendida como elección de objeto de deseo. En esa línea, los informes médico-legales de los casos de delitos contra el honor militar reflejaban la primacía de este último enfoque.

Ahora bien, la perspectiva médica no se constituía en este momento en la perspectiva dominante sobre la sexualidad masculina. En términos de Jordan (1991JORDAN, Brigitte. 1991. “Technology and Social Interaction in Complex Settings: Notes of the Achievement of Authoritative Knowledge”. Talent, Development and Excellence. Vol. 6 (1), p. 95-132.) la noción de la homosexualidad como tendencia erótica no configuraba un conocimiento autoritativo. Más que una reproducción de ese enfoque, los distintos actores judiciales reproducían y producían otros sentidos acerca del sexo entre varones y la (homo)sexualidad masculina. A ellos nos referimos en el próximo apartado.

Sexo entre varones y (homo)sexualidad masculina en la mirada de la oficialidad y la suboficialidad en la Armada Argentina

La mirada sobre la (homo)sexualidad masculina desde la oficialidad militar

En este apartado, analizo los sentidos sobre la sexualidad masculina en las voces de quienes constituían la oficialidad militar. Ésta integraba el cuerpo de los distintos actores judiciales involucrados, aunque los defensores, los tribunales y los fiscales tenían una mayor participación en el desarrollo de los juicios. Excepcionalmente, una figura de peso podía ser el auditor que señalaba el correcto encuadramiento del delito militar.

Una parte de estos sentidos puede reconstruirse a partir de la jurisprudencia militar. El artículo 765 es incluido en el año 1951 con la sanción de la ley 14.029 que, a su vez, instituye un nuevo Código de Justicia Militar:

Art. 765. - El militar que practicare actos deshonestos con persona del mismo sexo dentro o fuera de lugar militar, será degradado y condenado a prisión, si fuere oficial; reprimido con prisión menor y destituido, si fuere suboficial o clase; y si fuere soldado será condenado a prisión menor.

El artículo incluía un segundo párrafo que contemplaba las situaciones en las que el delito concurría con violencia o abuso de autoridad. Lo que interesa señalar es que el artículo 765 viene a especificar los actos sexuales entre personas del mismo sexo como una figura específica entre los actos deshonestos. En concordancia, el Boletín Jurídico Militar N°8 del año 1956 señala que los artículos 765 y 766 desagregan el delito contemplado en el artículo 658 del código anterior. El código 766 penaba “cualquier otro de los actos deshonestos” por lo que “ese desdoblamiento permite deslindar con mayor propiedad la homosexualidad consentida o violenta de la comisión de otros actos deshonestos de menor gravedad”7 7 La cita se extrae del Boletín Jurídico Militar. N° 8, Julio-Diciembre de 1956, Buenos Aires: Auditoría General de las Fuerzas Armadas. Los boletines jurídicos militares contienen la jurisprudencia y el estado de la doctrina militar judicial en un momento dado. .

Ahora bien, ¿qué delitos efectivamente constituían homosexualidad? Con seguridad, los actos sexuales que conllevaban la penetración anal caían en la órbita del artículo 765. Las situaciones que generaban confusión eran aquellas que no implicaban la penetración pero que, sin embargo, eran detallados como actos sexuales: masturbaciones mutuas, sexo oral, toqueteos, caricias, entre otros. Los defensores solían interpretar que estos actos quedaban contemplados en el artículo 766 pero, en general, los fiscales y los tribunales militares expresaban que el artículo 765 no exigía el “acto sexual completo”. En otras palabras, la posición de estos últimos parecía acordar con la noción de que la homosexualidad era una misma cuestión, independientemente de la práctica llevada a cabo.

Ahora bien, una mirada a las sentencias muestra que esta intención de penar los actos homosexuales de un modo homogéneo no era una realidad. En algunas ocasiones, las penas mayores eran para las maricas, aunque los varones heterosexuales fueran también castigados. Esto se explica por el hecho de que las maricas solían ser el centro de una red de encuentros sexuales entre varones por lo que se veían implicadas en una mayor cantidad de situaciones. En otras ocasiones, la pena mayor recaía sobre los varones activos o se repartía de un modo equivalente entre activos y pasivos. En definitiva, me interesa señalar que las sentencias no permiten dilucidar un índice claro de la noción de desvío sexual que primaba.

En sus intervenciones, la mirada de la oficialidad militar parecía estar más cercana al paradigma de la inversión sexual que al de la homosexualidad como elección de objeto. Cuando los distintos actores judiciales de la oficialidad debían ensayar una explicación del comportamiento de los imputados, la noción de un instinto sexual masculino incontenible era prevaleciente. Haciéndose eco del campo médico-legal de principios de siglo, tanto los defensores como los fiscales señalaban la importancia del medio ambiente para la comisión del delito. La abstinencia del medio militar, la falta de dinero para acceder al sexo con prostitutas8 8 El sexo con prostitutas tenía una valoración ambigua entre la oficialidad militar. A veces, se señalaba que el sexo aceptable con mujeres era el que se daba en el ámbito de relaciones que no estaban mediadas por el dinero, pero las declaraciones frecuentes de los imputados sobre sus experiencias con prostitutas, en ninguna ocasión, producían la apertura de una investigación de la justicia militar. Algo que perfectamente podía caer dentro de los “otros actos deshonestos” que penaba el artículo 766. y la forzada cercanía e intimidad entre varones eran un caldo de cultivo para el sexo entre varones. Los defensores señalaban sin ambages que el contexto justificaba los actos sexuales de sus defendidos, aunque este argumento no fuera tenido en cuenta en las sentencias.

La identificación de un comportamiento como normal o patológico constituía un asunto sobre el cual tampoco se podía especificar un conocimiento autoritativo particular. Si los médicos peritos solían patologizar una parte de las conductas sexuales masculinas, la oficialidad militar no siempre se expresaba en esta línea de un modo tajante. Para graficar lo anterior, en un caso que corresponde a un oficial (Comandante) y un civil, el juez de instrucción se expresaba sobre un hecho ocurrido en una base antártica en el año 1969:

Debe admitirse, sin lugar a dudas, que la suposición de relaciones que no se pueden considerar normales entre los actores, dadas las condiciones de ambos en la orgánica del Destacamento y aun considerando las particularidades del servicio en la región antártica, estaban plenamente justificadas, no así que esa relación llegara hasta la comisión de actos reñidos con la moral (ARA.a.scjm. Paquete 33, Carpeta 5284, Expediente 33312).

Es interesante enfatizar esta ambigüedad. Si bien un acto reñido con la moral no queda justificado, el juez admite el desarrollo de relaciones que “no se pueden considerar normales entre los actores” en determinados contextos. Es decir que si existen actos reñidos con la moral que no pueden ser justificados, cabe preguntarse cuáles serían las relaciones “no normales” que sí pueden ser excusadas. El juez no avanza en mayores precisiones, pero la ambigüedad, al menos, había quedado asentada. Podría suponerse que este intento de justificación ocurría en instancias del juzgamiento de un oficial, pero esto no debe ser exagerado, ya que el argumento del medio ambiente privativo emergía en la totalidad de los sumarios.

En otro orden de cosas, las fuentes de argumentos de los alegatos y las sentencias recurrían a los saberes de la medicina legal, pero también a publicaciones masivas que no siempre estaban en consonancia con el saber médico pericial. Un tipo de fuente recurrida eran los semanarios culturales o de tono amarillista, que solían producir artículos sobre el “problema de la homosexualidad” (Insausti, 2016INSAUSTI, Joaquín. 2016. De maricas, travestis y gays: derivas identitarias en Buenos Aires (1966-1989). Tesis (Doctorado de Ciencias Sociales). Buenos Aires: Universidad de Buenos Aires, Facultad de Ciencias Sociales.; Fernández, 2014FERNÁNDEZ, Máximo Javier. 2014. “Sociabilidad homoerótica en la ciudad de Buenos Aires: maricas y marineros durante los sesenta y los setenta”. D’ANTONIO, D. (comp). 2014. Deseo y represión. Sexualidad, género y Estado en la historia reciente . 1° ed. Buenos Aires: Imago Mundi.). En un caso de 1971, un oficial defensor iniciaba su alegato de la siguiente manera:

Antes de iniciar la defensa que me compete, voy a leer una carta que dirige un homosexual a una revista de actualidad. Dice así: ‘Me compele a escribir la desesperación e impotencia en que vivo. Desde pequeño aprendí a disimular mi homosexualidad, obligado por la hostilidad social. Yo (y muchos otros) deseamos que la discriminación hacia nosotros, cese, para que los miles de argentinos homosexuales que habrán de nacer, no sufran gratuitamente como nosotros’” (ARA.a.scjm. Paquete 63, Carpeta 5329, Expediente 33424).

La carta citada del homosexual se engarza en el discurso de una homosexualidad experimentada de un modo sufriente. A su vez, la referencia a una “revista de actualidad” no era excepcional. En el año 1979, otro defensor había construido parte de su alegato con referencias a artículos sobre homosexualidad aparecidos en semanarios de tirada masiva como Life, Panorama y O Cruceiro.9 9 ARA.a.scjm; paquete 14, carpeta 5.199, expediente 38.528. Si bien denuncia que los artículos constituían “propaganda”, me interesa enfatizar que el alegato en cuestión no abunda en referencias a los saberes médico-legales. En el mismo sumario, un Capitán ,que declara como testigo en el caso de un subalterno imputado, refiere a una publicación de la Editorial Herder “que han hecho un sociólogo, un psiquiatra, un médico y un sacerdote, un libro altamente valioso sobre este tema”.10 10 ARA.a.scjm; paquete 14, carpeta 5.199, expediente 38.528. Las publicaciones sobre sexualidad que incluían testimonios de actores variados constituían todo un género en sí mismo en ese momento (Cosse, 2010COSSE, Isabella. 2010. Pareja, sexualidad y familia en los años sesenta. 1° ed. Buenos Aires: Siglo XXI Editores.).

Del mismo modo, la esfera militar no estaba inmune a los discursos novedosos de la época. En el año 1964, la sexta resolución del 9º Congreso Internacional de Derecho Penal en La Haya había establecido que el comportamiento homosexual masculino o femenino entre adultos “no debería estar prohibido por la ley penal” (De la Cuesta & Blanco Cordero, 2015DE LA CUESTA, José Luis & BLANCO CORDERO, Isidoro (eds). 2015. “Resoluciones de los Congresos de la Asociación Internacional de Derecho Penal (1926-2014)”. Revista Internacional de Derecho Penal. Vol 86, p. 459-680.:509). Los congresos internacionales de Derecho Penal eran organizados por la Asociación Internacional de Derecho Penal, que desde el año 1948 tenía estatuto consultivo en la Organización de Naciones Unidas (ONU). Las resoluciones de 1964 se expresaban a favor de la despenalización del aborto, del adulterio y de la inseminación artificial en aquellos países que todavía penaban estas prácticas. Años más tarde, las resoluciones del Congreso de 1964 son referidas en el alegato de un defensor:

En 1964, se realizó en la HAYA el 9no. Congreso Internacional de Derecho Penal, donde asistieron representantes de todos los países civilizados de la tierra, incluyendo dentro de ellos el nuestro. En él se trataron varios temas, uno de ellos fue la homosexualidad y con respecto a esto se aprobó por unanimidad, como recomendación, para aquellos países que todavía la incriminaban como un delito en sus Códigos que no se lo hiciese así en adelante. Sin embargo, en nuestro Código de Justicia Militar (art. 765) la homosexualidad está penalmente reprimida. Estimo que en el estado actual de nuestra civilización y en nuestro país esto no debería ser, pero lo cierto, real y positivo es que la práctica de actos de esa naturaleza constituyen un delito específicamente militar (ARA.a.scjm. Paquete 74, Carpeta 5293, Expediente 33333).

Nuevamente, la apreciación tenía cierta ambivalencia. Es cierto que el defensor señalaba la competencia militar del delito que figuraba el sexo entre varones pero, al mismo tiempo, los sentidos de la oficialidad militar no eran indiferentes a las novedades que se estaban produciendo en el campo del derecho.

Finalmente, existía un tono, entre la frustración y la resignación, que recorría el discurso de la oficialidad. Cuando los superiores de los imputados eran llamados a declarar, los tribunales militares señalaban el esfuerzo insuficiente de los oficiales en moralizar la sexualidad del personal subalterno a cargo. Este mismo argumento era utilizado por los defensores como causa atenuante:

Creo, señores Miembros del Honorable Consejo, que en lo referente a Delitos Contra el Honor Militar y en particular, lo concerniente a los actos de homosexualidad o deshonestos, lo asimilado en la instrucción recibida a bordo por mi defendido es escaso. Es más, y doy esto como un elemento de juicio adicional; la Cartilla Militar para el Personal Subalterno de la Armada Argentina, publicación que se provee sin cargo a nuestro personal y que desarrolla los conocimientos básicos para su formación en la parte “Justicia Militar”, que abarca 18 páginas, al tratar los delitos contra el honor militar sólo expresa refiriéndose a los actos deshonestos, lo siguiente: ‘Comete delito el militar que realice cualquiera de los actos deshonestos que afrentan a un hombre o rebajan su dignidad’. Queda claro pues que la cartilla Militar, usada muchas veces para impartir clases a bordo, tampoco amplía los conocimientos del personal en lo referente a estos específicos delitos contra el honor militar. Con esto, estimo probada la causa de atenuación invocada” (ARA.a.scjm. Paquete 74, Carpeta 5293 Expediente 33333. Las itálicas me pertenecen.)

Esto no significa que la condena moral y judicial hacia la sexualidad masculina “desviada” estuviera ausente en la agenda de la institución sino que, en la perspectiva de los actores, el juicio militar llegaba tarde. Los ingresantes a las fuerzas firmaban un formulario (“el 1925”) que contenía una síntesis del Código de Justicia Militar. La firma suponía que el aspirante conocía la reglamentación en cuestión; pero, en palabras de un defensor, constituía “una mecánica similar a otras de tipo rutinario y sin que aquél asimile realmente, lo fundamental de su contenido” (ARA.a.scjm. Paquete 74, Carpeta 5293 Expediente 33333). Lo que se cuestionaba aquí, en síntesis, era que la Armada no encaraba un proyecto sistemático de moralización de la sexualidad masculina.

Personal subalterno: imputados y testigos

Los sentidos del personal subalterno que formaba parte de los procesos judiciales en calidad de testigos o imputados se acercaban más a la noción de masculinidad que sostenía la oficialidad, aunque con un cariz distinto. Los varones que ocupaban el rol sexual activo en el hecho juzgado, con frecuencia, no sentían que el sexo con otros varones cuestionara su virilidad. El rol insertivo en la relación sexual con otro varón no convertía en homosexual al sujeto que penetraba. Por el contrario, podía ser una instancia de afirmación de la propia masculinidad. En el fragmento que sigue, un imputado que había hecho las veces de activo narra lo que sigue:

En otra ocasión estando en el 1h10.10, con varias personas que no recuerdo alguien me dijo que no era capaz de bajarle los pantalones a U. Entonces por amor propio o machismo lo tomé de un brazo, lo metí al pañol y le bajé los pantalones (…) En varias oportunidades, por mandarme la parte por machismo y para mostrar una imagen dominadora, hice cosas como decirle a A. que me lo había cojido a U., o a otros. (ARA.a.scjm. Paquete 74, Carpeta 5293, Expediente 33333. Mi énfasis.)

En el mismo sumario, otro imputado afirma que “yo considero que el que se la da a un puto es muy macho”. En concordancia, uno de los defensores asiente que “luego de escuchar la mayoría de las declaraciones prejudiciales, me ha quedado claro que todos los homosexuales activos de este proceso creen que sus relaciones han sido actos de machismo del cual se jactan en su medio ambiente”11 11 ARA.a.scjm. Paquete 74, Carpeta 5293, Expediente 33333. . Las expresiones del personal subalterno estaban a tono con una modalidad de vinculación que marcó las relaciones homoeróticas a nivel regional. Distintos autores lo refieren como el modelo loca-chongo (Rapisardi & Modarelli, 2001RAPISARDI, Flavio & MODARELLI, Alejandro. 2001. Fiestas, baños y exilios: los gays porteños en la última dictadura. 1° ed. Buenos Aires: Sudamericana.; Sívori, 2005SÍVORI, Horacio. 2005. Locas, chongos y gays. Sociabilidad homosexual masculina durante la década de 1990. 1° ed. Buenos Aires: Antropofagia.; Perlongher, 1999PERLONGHER, Néstor. 1999. El negocio del deseo: la prostitución masculina en San Pablo. Buenos Aires: Paidós.); otros, de relaciones jerárquicas o modelo jerárquico (Fry,1982FRY, Peter. 1982. Da hierarquia à igualdade: a construção histórica da homossexualidade no Brasil. In: FRY, Peter.Para inglês ver. Identidade e política na cultura brasileira. p.87-115. Rio de Janeiro: Zahar. ; Green, 1999GREEN, James. 1999. Beyond Carnival. Male homosexuality in twentieth-century Brazil. Chicago: University of Chicago Press.); y finalmente hay quienes hablan de identidades tradicionales (Motta, 2001MOTTA, Angélica. 2001. “Entre lo tradicional y lo moderno: La construcción de identidades homosexuales en Lima”. En BRACAMONTE ALLAÍN, J. (comp.). De amores y luchas. Diversidad sexual, derechos humanos y ciudadania. 1° ed. Lima: Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán.).

El mismo uso de las nominaciones (marcha atrás, puto, bufarrón) por parte del personal subalterno antes que la aséptica categoría homosexual constituye una muestra posible del (bajo) grado de eficacia del discurso médico para constituirse en el saber dominante sobre la sexualidad masculina y la homosexualidad. En ocasiones, algunos de ellos afirmaban que desconocían a qué refería el término “homosexualidad” antes de la sustanciación de los juicios, aunque esto, por supuesto, no significaba que fueran ajenos a las prácticas sexuales entre varones.

En el caso de las maricas, el discurso patologizante de la medicina no era asumido sin mediaciones. En principio, un discurso aparentemente autoincriminatorio surgía entre algunos acusados. Éstos solían afirmar que deseaban “curarse”. Hasta aquí, podría aventurarse que la eficacia del discurso médico era absoluta. Sin embargo, habría que considerar que el discurso de la enfermedad emergía como una causa posible de atenuación de la pena eventual. En un caso del año 1970, un cabo da a conocer una relación de larga data con otro cabo a sus superiores. En un fragmento de su declaración, el cabo denunciante relata el sentir del otro cabo sobre las prácticas sexuales que realizaban:

Cuando volví en mí me desperté estábamos en EZEIZA; él me empezó a decir que por favor lo dejara succionar mi órgano sexual. Textualmente me dijo “Dejame hacerlo pues me hará mucho bien, me hará sentir más seguro de mí mismo”. Me decía que no pensara en nada, que eso no era malo, yo le decía que por favor no lo hiciera, que era una porquería y él respondía que eso lo habían inventado los hombres, que nadie puede juzgar qué es bueno y qué es malo (ARA.a.scjm Paquete 14, Carpeta 5196, Expediente 38157. Las itálicas me pertenecen).

Los defensores solían retomar el argumento de la enfermedad, tal como lo hacía uno de ellos en un juicio del año 1979:

Solo quiero que el Honorable Consejo antes de dictar sentencia repase las circunstancias que llevaron al cabo G. a la situación de “enfermedad” por la que atraviesa. Nacido en un hogar mal constituido, a los 7 años, se hace cargo de la crianza de sus dos hermanos menores, situación que dura hasta que ingresa a la Marina para aumentar sus ingresos y así mejorar las condiciones de vida de su hogar (ARA.a.scjm. Paquete 14, Carpeta 5199, Expediente 38526).

El argumento de la “enfermedad” estaba entre las primeras causales de atenuación invocadas por los defensores. La recurrencia de los imputados al mismo argumento permite suponer que era un discurso invocado estratégicamente por la defensa12 12 El uso estratégico de la homosexualidad como enfermedad aparecía también en las voces de los militantes de la primera organización de homosexuales en Buenos Aires (Ben & Insausti, 2017; Insausti, 2016). . Por ejemplo, un imputado formula la narración del hecho en los términos de este argumento de la “enfermedad”:

Después de mi invitación, que el Marinero G aceptó sin reparo alguno, concurrió a mi casa a la cual le dije que no podíamos pasar porque había visitas y con la excusa que iba a buscar a un compañero que estaba en un edificio de enfrente fuimos los dos, pero como en ese departamento no vivía nadie, aproveché y le expliqué mi problema contestándome G que él tenía la misma enfermedad que yo (…) Al coincidir en las enfermedades nos pusimos de acuerdo para ir al taquillero “A” en donde yo le ayudaba en los trabajos a unos vecinos, estos tenían la misma enfermedad que tengo yo en la actualidad; de ellos fui tomando ejemplo y más aún porque decían que era una cosa muy común (ARA.a.scjm. Paquete 14, Carpeta 5213, Expediente 38565).

Lo que resulta irrisorio es que la “coincidencia en enfermedades” no decanta en un esfuerzo por curarse sino que, en este caso, deriva en una seguidilla de encuentros sexuales entre los supuestos “enfermos”. Al mismo tiempo, el imputado declara que tenía una referencia previa en sus vecinos que señalaban que era “una cosa muy común”. En otro lugar (Fernández, 2014FERNÁNDEZ, Máximo Javier. 2014. “Sociabilidad homoerótica en la ciudad de Buenos Aires: maricas y marineros durante los sesenta y los setenta”. D’ANTONIO, D. (comp). 2014. Deseo y represión. Sexualidad, género y Estado en la historia reciente . 1° ed. Buenos Aires: Imago Mundi.), argumenté que el discurso patologizante de la homosexualidad tenía una llegada muy tenue entre los varones (homosexuales o no) que conformaban el cuerpo subalterno de la Armada Argentina. En esa línea, el rumor sobre la sexualidad “desviada” de algún individuo en particular no siempre generaba la exclusión del círculo de sociabilidad viril. Las actitudes iban desde la indiferencia hasta la advertencia de que había que “cuidarse” del sujeto en cuestión. Aunque el rumor no siempre derivaba en la expulsión de la marica del círculo amistoso. Un ejemplo de esta actitud cercana a la indiferencia se denota en la declaración de un testigo:

Llegó P. al baño con el toallón en el hombro y yo le pregunté donde se había metido y él me contestó “¿Sabés lo que hice?”. “Me cojí a uno”. Yo me reí, entonces él fue a bañarse (ARA.a.scjm. Paquete 90, Carpeta 6238, Expediente 38513).

Si los conceptos de lo normal y lo patológico del saber médico tenían un alcance casi nulo, ¿cuáles eran las fuentes de saberes del personal subalterno? Un recurso posible eran las publicaciones de bolsillo, la prensa gráfica de tirada masiva y las revistas pornográficas. Algunos sentidos que circulaban en esas publicaciones retomaban los desarrollos contemporáneos de la sexología, el psicoanálisis y, en menor medida, de la sociología, y los convertían en digeribles para el gran público. Otros trabajos revelaron la existencia de una “tradición” de publicaciones de carácter popular que interesaron al público masivo de la ciudad de Buenos Aires. Por ejemplo, Ben (2007) ha documentado la existencia de publicaciones populares que reflejaban la moral sexual de las clases populares viriles a principios del siglo XX. En concordancia, Vezzetti (1996VEZZETTI, Hugo. 1996. Aventuras de Freud en el país de los argentinos. De José Ingenieros a Enrique Pichón-Rivière. 1° ed. Buenos Aires: Paidós) afirma que “la sexualidad era promovida como un espacio de prácticas (a la vez sociales, médicas y afectivo-amorosas) y por su necesaria referencia a indicaciones y consejos daba lugar a una incipiente literatura de ‘autoayuda’” (1996:101).

En relación a la homosexualidad, estos sentidos no eran precisamente celebratorios pero no es exagerado imputar este impulso hacia la experimentación que expresaban las publicaciones populares, incluso en el ámbito de las relaciones sexuales entre varones. Por ejemplo, en alguna ocasión, un imputado declaraba haberse sentido estimulado a encarar una relación homosexual a partir de la lectura de algún libro de bolsillo que había comprado en el puesto de diario de la estación de tren. En otro caso, se secuestran en el domicilio de un imputado durante una inspección ocular:

1) Un folletín con 20 fotografías de diversas posturas sexuales entre dos hombres y una mujer, nueve (9) fotos sueltas con diversas posturas sexuales entre dos hombres y una mujer, un (1) folletín con quince (15) fotos de diversas posturas sexuales entre varios hombres y mujeres, Un (1) folletín con treinta y seis (36) fotos de diversas posturas sexuales entre varios hombres y mujeres, un libro titulado “Declaraciones de amor y el arte de enamorar”, un libro titulado “Cartas de amor”, un libro titulado “El amor, sus placeres y sus entretelones”, un libro titulado “Las enfermedades sexuales femeninas”, un libro titulado “Guía y conocimiento de los placeres” (ARA.a.scjm. Paquete 74, Carpeta 5293, Expediente 33333).

En este caso, los varones heterosexuales señalaban que la marica utilizaba el material pornográfico para despertar el deseo sexual de los mismos. Probablemente, este argumento intentaba ocultar la responsabilidad de aquellos en el hecho, pero la práctica de seducción era relatada en otros sumarios judiciales. En consonancia, otras fuentes documentales también permiten reponer esta práctica de seducción entre maricas y varones heterosexuales.

En este apartado, analicé los sentidos y saberes sobre el sexo entre varones y la sexualidad masculina en las voces de la oficialidad y la suboficialidad militar. Como espero haber mostrado, este conjunto de saberes establecía una relación compleja con el conocimiento médico disponible. En ocasiones, la oficialidad militar realizaba referencias a los manuales de medicina legal, pero este conocimiento era relativizado con otras fuentes de saberes. Algo similar ocurría con el personal subalterno de la Armada Argentina. Por otro lado, los sentidos producidos no conformaban un cuerpo articulado y coherente, capaz de constituirse en un conocimiento autoritativo. Antes bien, el análisis muestra que configuraban un conjunto heterogéneo y diversificado de sentidos sobre la sexualidad masculina.

Consideraciones finales

Los juicios militares eran instancias tanto de circulación como de producción de sentidos. Los involucrados retomaban saberes que circulaban en espacios como las familias, los grupos homosociales de pares o la prensa gráfica. Por otro lado, la judicialización de la experiencia homoerótica forzaba a los sujetos a volver la mirada sobre sí y (el ejercicio de) su sexualidad. Esta práctica reflexiva era excepcional, en un contexto en el que la masculinidad históricamente ha ocupado el lugar de lo universal y, por lo tanto, de aquello que no merece mayores argumentos que la legitimen. Los procesos judiciales alentaban tanto la reproducción como la producción de representaciones sobre la sexualidad masculina.

En este artículo, argumenté que el sexo entre varones y la sexualidad masculina conformaban un campo sobre el que se articuló un conjunto de saberes y sentidos heterogéneos en los juicios militares de la Armada Argentina durante los sesenta y los setenta. Esta impronta contrasta con el clima represivo más amplio de un momento histórico en el que la persecución política promovió el desarrollo de un conjunto de prácticas que tenía un alto grado de articulación y sistematización. En los últimos años, algunos trabajos han señalado la existencia de una dimensión represiva en torno a la sexualidad y el género que no estaba presente en los primeros análisis sobre la represión política del período, aunque los vínculos entre ambas todavía están siendo investigados y ponderados. Sitúo este trabajo en línea con esas contribuciones.

En otro orden, el análisis del conocimiento médico y los saberes de los distintos actores judiciales puede ser un contrapunto en donde visualizar esa dinámica en el presente trabajo. En la literatura local sobre el control social, el discurso médico apareció frecuentemente como el locus por antonomasia del poder normalizador. Esta bibliografía, que fue alimentada por los aportes de Michel Foucault, analizó el entramado discursivo entre el saber y el poder pero, a menudo, dejó intacta la pregunta por sus efectos y alcances. En ese sentido, este artículo pretende ser un aporte al análisis empírico de los modos en que funciona el Estado y el poder, pero también de los efectos y prácticas concretas del mismo.

Un aspecto que subyace a lo largo de este texto es el modo en que la dimensión de clase pudo haber intervenido en la producción de sentidos sobre la sexualidad masculina. En el fondo documental analizado, el juzgamiento frecuentemente imputaba a sujetos que integraban el cuerpo subalterno de la Armada Argentina; es decir, a un grupo social conformado por varones provenientes de las clases populares. En general, el personal subalterno explicitaba haber ingresado a la Armada por la oportunidad de un salario seguro y con continuidad en el tiempo mientras que las adscripciones identitarias a la Armada o a “la Patria” no eran la norma. A lo largo de los juicios, las expresiones de la oficialidad solían condenar aquellos comportamientos y acciones del personal subalterno que eran atribuidos a la moralidad popular. Sin embargo, la masculinidad hegemónica era un sustrato que estaba presente en los sentidos de la casi totalidad de los actores judiciales. Con algunos matices, la noción de una masculinidad sexualmente agresiva e incontrolable constituía un fondo que actuaba como hilo conductor de las distintas posiciones. Efectivamente, la oficialidad militar sancionaba moralmente la falta de control del instinto viril, pero nadie ponía en cuestión su existencia. En definitiva, quería señalar que este (activo) telón de fondo pudo haber atemperado las diferencias de clase inherentes a la oficialidad, la suboficialidad militar y el personal subalterno.

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  • SÍVORI, Horacio. 2005. Locas, chongos y gays. Sociabilidad homosexual masculina durante la década de 1990 1° ed. Buenos Aires: Antropofagia.
  • TALAK, Ana María et al. 2008. “La psicologización de la sexualidad en Argentina (1900-1970)”. XVI Anuario de Investigaciones, Facultad de Psicología, UBA. Vol. 25, p. 169-197.
  • VEZZETTI, Hugo. 1996. Aventuras de Freud en el país de los argentinos. De José Ingenieros a Enrique Pichón-Rivière 1° ed. Buenos Aires: Paidós
  • 1
    Se trata del siguiente fondo documental: Archivo General de la Nación (AGN) - Archivo Intermedio, Fondo Armada de la República Argentina, Sección Archivo, Serie Sumarios por infracción al Código de Justicia Militar (Fechas extremas 1900-2009). Se analizaron en profundidad 25 expedientes sobre un total de 48 consignados como “honor militar” que se encontraban en el fondo. Aunque fueron consultados la totalidad de los expedientes, decidí enfocar el análisis en torno a los 25 expedientes seleccionados por la reiteración de temas, categorías, situaciones que se iba manifestando conforme el avance de la consulta.
  • 2
    Es posible identificar dos razones por las cuales un marinero realizaba la denuncia. En ocasiones, se trataba de una acción de tono revanchista por algún tipo de conflicto previo con el denunciado. Muchas veces, la denuncia estaba motivada por la obligación de denunciar prevista en el Código de Justicia Militar. Es difícil identificar si se trataba de una condena moral del denunciante al sexo entre varones. Es probable que las dos primeras razones tuvieran un mayor peso. Un dato que permite forzar esta interpretación es que reiteradamente los denunciantes no incluían en su denuncia a la totalidad de los integrantes de una red de intercambios sexuales, sino que particularizaban en el individuo con el que tenían un conflicto. Algunas veces, cuando la denuncia inicial terminaba recayendo en alguien cercano, el denunciante pedía que se desestimara su declaración.
  • 3
    A mi entender, esta aparente contradicción ilumina un argumento similar desarrollado en Insausti (2014INSAUSTI, Joaquín. 2014. “Los cuatrocientos homosexuales desaparecidos: memorias de la represión estatal a las sexualidades disidentes en Argentina”. En: D’ANTONIO, D. (comp) Deseo y represión Sexualidad, género y Estado en la historia reciente. Buenos Aires: Imago Mundi.). El autor argumenta contra la existencia de un plan sistemático de persecución de homosexuales en el contexto represivo de la dictadura militar en Argentina. En adición a este argumento, el carácter desarticulado de los discursos de la oficialidad militar, en un momento en que la articulación de la represión política era la norma, puede ser entendido como un aspecto adyacente al proceso analizado por el autor.
  • 4
    Retomo la noción de psicologización de la sexualidad aunque con ciertas reservas sobre el modo en que es entendida por los/as autores/as. Enmarcado en una historia de las ideas y con una lectura que abreva en Michel Foucault, el trabajo postula un proceso de disciplinarización de la psicología que refiere tanto a la institucionalización de la disciplina como a la contribución en el “modelado de las subjetividades humanas”. Me interesa retomar el primer sentido de disciplina mientras que el segundo, más cercano a la literatura sobre el control social, es el que estamos poniendo en discusión aquí.
  • 5
    Resulta sugestivo para este trabajo que Bonnet ingresó a la Armada Argentina en el año 1930 y llegó a dirigir el Hospital Naval de Buenos Aires entre los años 1953 y 1957. No es aventurado suponer que su marca estuviera presente en los informes médico-legales de los juicios analizados aquí.
  • 6
    En líneas muy generales, la noción de pulsión (trieb) le otorga un sentido indeterminado o no teleológico al “empuje” libidinal. Por el contrario, el instinto es un impulso que tiene un carácter prefijado e inmodificable y, en ese sentido, se encuentra en el ámbito de la naturaleza (Laplanche & Pontalis, 1996LAPLANCHE, Jean & PONTALIS, Jean-Bertrand. 1996. Diccionario de Psicoanálisis. Buenos Aires, Paidós.)
  • 7
    La cita se extrae del Boletín Jurídico Militar. N° 8, Julio-Diciembre de 1956, Buenos Aires: Auditoría General de las Fuerzas Armadas. Los boletines jurídicos militares contienen la jurisprudencia y el estado de la doctrina militar judicial en un momento dado.
  • 8
    El sexo con prostitutas tenía una valoración ambigua entre la oficialidad militar. A veces, se señalaba que el sexo aceptable con mujeres era el que se daba en el ámbito de relaciones que no estaban mediadas por el dinero, pero las declaraciones frecuentes de los imputados sobre sus experiencias con prostitutas, en ninguna ocasión, producían la apertura de una investigación de la justicia militar. Algo que perfectamente podía caer dentro de los “otros actos deshonestos” que penaba el artículo 766.
  • 9
    ARA.a.scjm; paquete 14, carpeta 5.199, expediente 38.528.
  • 10
    ARA.a.scjm; paquete 14, carpeta 5.199, expediente 38.528.
  • 11
    ARA.a.scjm. Paquete 74, Carpeta 5293, Expediente 33333.
  • 12
    El uso estratégico de la homosexualidad como enfermedad aparecía también en las voces de los militantes de la primera organización de homosexuales en Buenos Aires (Ben & Insausti, 2017BEN, Pablo & INSAUSTI, Joaquín. 2017. “Dictatorial Rule and Sexual Politics in Argentina: The Case of the Frente de Liberación Homosexual, 1967-1976”, Hispanic American Historical Review. Vol. 97, n° 2.; Insausti, 2016INSAUSTI, Joaquín. 2016. De maricas, travestis y gays: derivas identitarias en Buenos Aires (1966-1989). Tesis (Doctorado de Ciencias Sociales). Buenos Aires: Universidad de Buenos Aires, Facultad de Ciencias Sociales.).

Fechas de Publicación

  • Publicación en esta colección
    May-Aug 2018
  • Fecha del número
    Ago 2018

Histórico

  • Recibido
    11 Feb 2017
  • Acepto
    17 Mayo 2018
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