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Luces y sombras del nuevo Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas

El Consejo DH nació bajo el signo de la provisionalidad, pues en el plazo de un año deberá decidir sobre el futuro del sistema de relatores especiales, del procedimiento de quejas individuales ante los mecanismos extra-convencionales de protección, así como de la Subcomisión para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos. El previsto "mecanismo universal de revisión periódica" debe servir para estudiar la situación de los derechos humanos en todos los países. Para asegurar a las ONG su estatuto consultivo se deberán enmendar los Artículos 68 y 71 de la Carta. Y se debe reconocer a los siete Comités establecidos en tratados internacionales el estatuto de observadores permanentes ante el Consejo DH.

Consejo de Derechos Humanos; Comisión de Derechos Humanos; Naciones Unidas


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