Open-access EL MATERIALISMO CULTURAL Y LA GESTIÓN FORESTAL

Resumen

Este artículo analiza la gestión de los bosques públicos en Brasil desde la perspectiva del materialismo cultural, destacando la superación de los enfoques idealistas en la protección ambiental. Utilizando un método analítico, el estudio evalúa la eficacia jurídica y la seguridad normativa de las concesiones forestales, centrándose en la Ley n. 11.284/2006 y el Decreto n. 12.046/2024. La investigación demuestra que la integración entre infraestructura, estructura y superestructura es esencial para la eficacia de las normas ambientales. Reforzar los mecanismos de subsistencia y estímulo económico de las concesiones forestales, sobre todo los financieros, junto con el aumento del coste y la dificultad de la explotación ilegal, a partir de inspecciones públicas, es la vía adecuada para la modificación efectiva de los patrones productivos favorables a la sostenibilidad, con la superación estructural de los patrones depredadores. Se concluye que las concesiones forestales, cuando se ajustan a las condiciones materiales y sociales, son instrumentos eficaces para promover la sostenibilidad y combatir la deforestación ilegal, presentándose como una alternativa contundente para hacer frente a la crisis ambiental contemporánea.

Resumo

Este artigo analisa a gestão de florestas públicas no Brasil sob a perspectiva do materialismo cultural, destacando a superação de abordagens idealistas na proteção ambiental. Utilizando método analítico, o estudo avalia a eficácia jurídica e a segurança normativa das concessões florestais, com foco na Lei n. 11.284/2006 e no Decreto n. 12.046/2024. A pesquisa demonstra que a integração entre infraestrutura, estrutura e superestrutura é essencial para a eficácia das normas ambientais. Reforçar mecanismos de subsistência e estímulo econômico às concessões florestais, sobretudo os financeiros, aliando-se ao aumento de custo e à dificuldade para a exploração ilegal, a partir de fiscalizações públicas, é via adequada para a efetiva alteração dos padrões produtivos favoráveis à sustentabilidade, com superação estrutural dos padrões predatórios. Conclui-se que as concessões florestais, quando alinhadas às condições materiais e sociais, são instrumentos eficazes para promover sustentabilidade e combater o desmatamento ilegal, apresentando-se como alternativa contundente para enfrentamento da crise ambiental contemporânea.

Palavras-chave:
concessões florestais; desenvolvimento sustentável; Direito Ambiental; gestão florestal; materialismo cultural

Abstract

This article analyzes the management of public forests in Brazil from the perspective of cultural materialism, highlighting the overcoming of idealistic approaches in environmental protection. Using an analytical method, the study assesses the legal effectiveness and normative security of forest concessions, focusing on Law No. 11,284/2006 and Decree No. 12,046/2024. The research shows that the integration between infrastructure, structure, and superstructure is essential for the effectiveness of environmental norms. Strengthening subsistence mechanisms and economic incentives for forest concessions, especially financial ones, combined with increasing cost and hindering illegal exploitation, through public inspections, is an appropriate way to effectively change production patterns favorable to sustainability, with the structural overcoming of predatory patterns. It concludes that forest concessions, when aligned with material and social conditions, are effective instruments for promoting sustainability and combating illegal deforestation.

Introducción

Los debates y diálogos sobre sostenibilidad no pueden separarse del análisis económico, en especial del centrado en los parámetros fundamentales de la economía ambiental o la economía ecológica. Por otra parte, también es necesario situar los debates institucionales en el ámbito regulatorio, en un marco jurídico vinculado al contenido histórico y cultural, así como en una perspectiva antropológica. Este artículo propone el análisis de la gestión de los bosques públicos desde el punto de vista del materialismo cultural, según el cual los institutos jurídicos que regulan el uso de los bosques públicos se centran en el proceso productivo que utiliza los recursos naturales en evaluaciones reguladoras de la satisfacción de las necesidades humanas inmediatas, sin alejarse de la gestión de la producción futura del recurso forestal.

El debate sobre el valor de los bienes ambientales y, obviamente, su aplicación exige considerar el valor de existencia de dichos bienes, pero también exige considerar el valor de uso directo y el valor de uso indirecto. La perspectiva idealista de explotación de los recursos naturales o de conservación de los bienes ambientales no resulta satisfactoria a efectos de una gestión ecológica eficaz. El diálogo entre el Derecho y la sostenibilidad, en su variada dinámica científica vinculada a las diversas matrices científicas relacionadas con el medio ambiente, y la economía, especialmente la economía ambiental y ecológica, pasa por la atribución de mecanismos eficaces en la gestión de los bienes ambientales. Para lograrlo, es necesario un diálogo antropológico que vincule la gestión de los recursos naturales y las matrices antropológicas, con el fin de respaldar la evaluación efectiva de la regulación propuesta por los institutos jurídicos.

Este artículo aborda el análisis de la sostenibilidad a través del valor de uso directo e indirecto de los recursos forestales, en lo que respecta a la gestión forestal. Se propone un debate interdisciplinario, que combina aspectos propios de la antropología, vinculados al materialismo cultural, con los aspectos normativos de la gestión de los bosques públicos. Así, los aspectos económicos se abordarán en una matriz antropológica que busca dar un sustento pragmático, pero comprensivo y crítico, a la gestión ecológica.

En particular, se aborda la gestión de los bosques públicos para la producción sostenible. Para ello, se trabaja esencialmente con la Ley n. 11.284/2006 y el Decreto n. 12.046/2024. La articulación problematizadora se basa en las implicaciones de la seguridad jurídica y la valorización de la confianza en la gestión de los recursos forestales. El problema que se plantea es precisamente en qué medida las previsiones de gestión de los bosques públicos están conectadas con las prescripciones de eficacia jurídica sobre la base de la razón práctica sustentada en el materialismo cultural y en la producción de efectos económicos.

Mediante el método analítico, este artículo emprende un estudio de las normas de gestión de los bosques públicos con el fin de evaluar los parámetros de seguridad jurídica y eficacia que deben aplicarse especialmente en materia de protección. Para tal fin, se comienza con el enfoque del materialismo cultural, con el fin de desatar bases de idealismo como aptas para garantizar la eficacia de las instituciones de protección ecológica. De ese modo, se busca delinear el materialismo cultural como apto para sustentar una perspectiva sólida y pragmática de protección ambiental a partir del valor del recurso natural y de la comprensión de la eficacia normativa a partir de las condiciones materiales vividas en una sociedad delimitada en el tiempo y el espacio. En la aplicación metodológica se utiliza la evaluación de datos procedentes de organismos públicos de gestión forestal, así como de elementos doctrinales críticos, vinculándolos a alternativas de gestión económica elaboradas por agentes financieros.

A continuación, se lleva a cabo la evaluación y el análisis del Decreto n. 12.046/2024 y su correlación normativa con la Ley n. 11.284/2006, normas que regulan la gestión de los bosques públicos en Brasil. El problema se guía por una interrogación vectorial. ¿En qué medida se pueden indicar referencias de eficacia y seguridad jurídica que se valoren en materia de protección con el fin de fomentar, de manera continuada, actividades de uso sostenible de los recursos naturales en los bosques públicos? ¿El materialismo cultural aplicado a la gestión ambiental puede proporcionar bases más sólidas que el idealismo ambiental para propiciar mejoras en la calidad ambiental y comprender las dinámicas problemáticas de la aplicación de la tutela de los bienes ecológicos? En resumen, se busca indicar los puntos neurálgicos en la gestión forestal, que deben reforzarse mediante evaluaciones de las condiciones materiales imperantes en la sociedad que afectan al potencial de las normas, con el fin de propiciar lecturas de eficiencia basadas en prácticas culturales que permitan un mayor nivel de eficacia de las normas e instituciones ambientales. Se sostiene aquí que gran parte de la falta de eficacia de la protección ecológica proviene de corrientes de pensamiento idealistas. Se propone la toma ambiental por parte del materialismo cultural, con el fin de suplir el déficit de eficiencia en la protección de los bienes ecológicos.

1 Materialismo cultural en la protección ecológica

La protección ecológica y sus institutos jurídicos relacionados siempre plantean una cuestión de riesgo interno, que se suma a la dinámica de la sociedad del riesgo en su pluralidad de efectos. El riesgo que se aborda aquí inicialmente es el riesgo de ineficacia, el riesgo de que la norma jurídica no alcance un mínimo de eficacia social en su aplicación, sometiendo el ordenamiento jurídico protector al desencanto (Beck, 2010). Las salidas argumentativas de escala positivista pueden recurrir a la sanción, a la posibilidad de que las organizaciones estatales manejen el sistema jurídico en su dimensión punitiva o incluso intimidatoria, junto con referencias emocionales de la conducta moral que se espera idealísticamente del sujeto. Desde esa perspectiva, la aplicación de sanciones jurídicas sería un refugio para los incumplimientos reiterados que se viven en la sociedad.

Si la perspectiva positivista y normativista puede centrar su atención en la sanción, los aspectos sociológicos y antropológicos ya han demostrado que las prácticas sociales iterativas no pueden desmantelarse únicamente mediante el apoyo punitivo. Las válvulas de escape de la represión estatal pueden funcionar, y así lo harán. Los mecanismos de desviación social tienden a propagarse y, en una dimensión compleja de fenómenos sociales, la ubicuidad estatal siempre resultará fallida frente a un guion de orden social paralelo establecido. Las críticas antropológicas y sociológicas son directas en cuanto a la insuficiencia de las normas jurídicas para lograr, mediante el sistema de sanciones, la eficacia de las plataformas de conducta socialmente deseada. La protección ecológica siempre sería deficitaria si dependiera del modelo normativista sancionador, que conlleva un lastre idealista en el rendimiento social.

Otras facetas relacionadas con el idealismo también pueden aspirar a niveles de eficacia y persuasión social, especialmente aquellas vinculadas a una identificación moral de corrección (Kant, 2003), comúnmente asociada al pensamiento kantiano (Salgado, 1995). Aunque sin duda hay aspectos de la matriz del pensamiento kantiano vinculados a la razón práctica, la contundencia del pensamiento idealista de raíz kantiana se sitúa en una expresión constructivista, por la cual el pensamiento y la construcción ideal pueden formular inflexiones sobre la agencia humana hasta el punto de determinar cambios o ajustes de conducta frente a uno mismo y frente al otro. Hay aquí un carácter esencialmente filosófico que se aleja de los lastres históricos y sociológicos. Las construcciones derivadas del ejercicio de la razón, con el desarrollo de argumentos o mejores argumentos, incluso intersubjetivamente, podrían proporcionar la convicción a partir de su impacto en la esfera pública (Habermas, 2004).

El valor moral de la razón en su mayor producción universalizante de sentido sería capaz de provocar cambios en la acción o reacción social, una remodelación económico-social, un redimensionamiento de las organizaciones y prácticas operativas en la sociedad y en la comunidad. La sistemática del deber moral migrado al deber de acción jurídica sería un impulso capaz de proporcionar la protección ambiental. Las máximas de la acción humana son máximas de deber que deben proyectarse en la realidad, aunque su impulso de acción se encuentre en el ámbito de la agencia (O’Donnell, 2011) o incluso del espíritu, y aquí se encuentra la parte idealista hegeliana (Hegel, 2002). Hay en toda esta dimensión de perspectivas un trasfondo, ya sea inmediato o mediato, vinculado al idealismo y su carga de juicios a priori1. Ese fondo de comprensión e implicación impide o dificulta que se tengan en cuenta factores o condiciones materiales que configuran obstáculos a los impulsos en la protección de bienes ambientales, en especial, de bosques.

Ante ese contexto articulado de paradigmas de visión del mundo y aplicación de las previsiones jurídicas, se propone aquí la crítica y la base de comprensión del mundo desarrolladas por el materialismo cultural (Sá, 2011), bajo las bases referenciales teóricas de Marvin Harris (1994). El materialismo cultural puede entenderse como “un paradigma antropológico basado en el pensamiento materialista y marxista (pero no limitado por él)”2 (Marconi; Presotto, 2019, p. 203, traducción libre). El materialismo cultural es un enfoque contrario a la perspectiva idealista y critica la perspectiva moralista, incluida la kantiana y la hegeliana, dada su distancia e incluso su desenlace respecto a las condiciones materiales vividas en las prácticas y organizaciones humanas. En otros términos, los sustratos materiales y de la experiencia colectiva serían la matriz del desarrollo de lecturas del mundo y construcciones filosóficas y jurídicas en su concretización.

Las condiciones económicas, las condiciones jurídicas institucionalizadas, las perspectivas condicionales de estima social, el respeto propio y la autoconfianza (Honneth, 2003), respaldadas por flujos intersubjetivos basados en el entorno social, son las responsables de un modelo aplicado de cultura dominante, así como de sus reflejos en un modelo jurídico eficaz. La base material será el punto de irradiación tanto para la cultura en su conjunto como para la cultura jurídica. La protección jurídica ambiental se inscribe en ese marco de posibilidades de protección por su potencial de eficacia. Los factores tangibles, materiales, de las posibilidades y aspiraciones humanas, incluida la escasez, son los determinantes del flujo de eficacia de las prácticas culturales, incluidas las prácticas jurídicas. Factores y elementos materiales son más relevantes y prominentes que implicaciones ideales o morales, que no presentan nivel de disociación; por el contrario, se sitúan en ese marco de factores vinculados al medio ambiente, la tecnología y los sistemas económicos.

En situaciones en las que es necesario generar ingresos, en un escenario tecnológico de propensión económica en el que la posibilidad de explotar los recursos naturales o los bienes ambientales se considera una alternativa adecuada para alcanzar los objetivos de vida o la autorrealización en un orden social, las composiciones de valor o las perspectivas ideales de los fines que se persiguen no tendrán éxito, precisamente por su desamparo materialista. Aquí figura la crítica de Marvin Harris (1994) al idealismo psicológico y cognitivo. La comprensión teórica idealista centra su análisis en los principios de la racionalidad o la emocionalidad humanas, fijados de manera abstracta y universal. La estructura, la infraestructura y la superestructura sociales se someten a esquemas de construcción racional que las moldean según el ideario de la racionalidad, y no al revés (Harris, 1994).

El problema de la preservación, conservación y protección ecológicas puede abordarse jurídicamente a partir de lecturas culturales que incorporan la primacía económica y moral, en lugar de considerar la formación moral de la corrección como un elemento previo o independiente. Según Harris (1994), las interpretaciones psicológicas idealistas pretenden arraigar la diferencia entre los pueblos o las sociedades en su personalidad modal. Así, en el ámbito brasileño, persistiría la imagen de que “el pueblo brasileño” se comporta de la manera Y o Z, o de que la “norma W se acepta o no se acepta socialmente”. Aquí se da una causalidad sociocultural con efectos ecológicos. Según Harris (1994, p. 285), “un conjunto popular de teorías psicológicas sobre la causalidad sociocultural parte del supuesto de que toda sociedad tiene un carácter nacional, una personalidad modal o algún otro tipo definido de personalidad”.

Para Harris (Harris, 1994, p. 286), en los análisis del materialismo cultural, “las configuraciones de la personalidad son producto de condiciones infraestructurales y, aunque existe una retroalimentación entre estas configuraciones y la infraestructura, esta última constituye, probabilísticamente, el factor dominante”. El materialismo cultural propone que las condiciones materiales de existencia real y práctica del sujeto y de la colectividad con respecto a su entorno social y ambiental fundamentarán y arraigarán las prácticas culturales y afectarán las prácticas jurídicas. Construcciones de corrección que no se vinculen o no afecten la conexión de integración de la existencia práctica y real no tendrán éxito en su pretensión de eficacia.

Harris trabaja aquí los conceptos de infraestructura, estructura y superestructura. La infraestructura se refiere a lo que se considera esencial para la supervivencia y la existencia del sujeto a escala individual y colectiva, teniendo en cuenta tanto los factores distributivos de los bienes (Harris, 1994) como los factores de reconocimiento social derivados de ellos (Honneth, 2003). Es decir, las dinámicas existenciales materiales implicarán factores de respeto o falta de respeto en la colectividad (matriz normativo-jurídica) y factores de estima y desestima social (matriz valorativa social) (Honneth, 2003). La infraestructura variará según el conjunto de tecnologías o técnicas disponibles o posibles en la producción u obtención de bienes y servicios, así como en la relación con el medio ambiente, con la obtención de recursos naturales y su conversión en satisfacción frente a las necesidades del sujeto y con la dimensión de la organización social en la que se encuentran tanto el sujeto como la colectividad. Es en la infraestructura donde se encuentran las bases materiales que conforman el materialismo, irradiando efectos hacia ámbitos más complejos. Las poblaciones se vuelcan a su reproducción existencial, que se retroalimenta en un sistema con proyección en espiral.

Conforme aduz Harris (1994, p. 67), “en primer lugar, las sociedades deben hacer frente a los problemas de la producción, o sea, satisfacer conductualmente los requisitos mínimos de la producción, o sea, satisfacer conductualmente los requisitos mínimos de la subsistencia”. Se establece aquí un modo de producción que se articula en retroalimentación orientada a la reproducción del sujeto y su colectividad. A continuación, se establecen las bases para “mantener relaciones conductuales seguras y ordenadas entre sus grupos constitutivos y con otras sociedades” (Harris, 1994, p. 68). La dimensión de la lectura es esencialmente práctica y racional-pragmática, y no racional idealista. Los procesos simbólicos y argumentativos son posteriores a las definiciones de necesidad.

Este punto es extremadamente importante para el análisis de la protección medioambiental. Si la relación entre el individuo y la colectividad depende de un ejercicio de supervivencia y satisfacción de necesidades que se basa en explotaciones reconocidas como depredadoras y destructivas para el medio ambiente, la simple fijación de normas idealistas de conducta o perspectivas jurídicas punitivas o axiológicas (pero abstractas) será insuficiente para cambiar el curso de la degradación ecológica en una matriz económica autofágica.

Las matrices materiales de infraestructura implican efectos en la estructura y en la superestructura. La estructura se refiere a los modos de organización y los patrones de convivencia y actuación del sujeto en la colectividad, de la colectividad hacia el sujeto y de la colectividad consigo misma, a través de relaciones intersubjetivas y proyecciones de reproducción social de identidades. La estructura está conformada y moldeada por la infraestructura. Las organizaciones familiares, las individualidades, los patrones de educación o cordialidad, el respeto o la falta de respeto, así como los sistemas políticos y jurídicos, las instituciones y la correlación económico-ecológica, las expresiones de autoridad y sujeción, todos estos derivan de la base de producción y satisfacción de necesidades materiales que se proyectan en patrones de análisis de corrección o incorrección de la justicia. Harris (1994, p. 73) identifica que la infraestructura

[…] representa la principal zona interfacial entre naturaleza y cultura, la región fronteriza en la que se produce la interacción de las restricciones ecológicas, químicas y físicas a que está sujeta la acción humana con las principales prácticas socioculturales destinadas a intentar superar o modificar dichas restricciones.

En una colectividad en la que un recurso natural se capta en prácticas materiales como abundante y disponible, no habrá lucha por su posesión, al igual que las disputas o identificaciones regulatorias tendrán poco sentido. Por otro lado, las disposiciones regulatorias ideales pueden resultar ilegítimas y desmerecidas en crédito, debido a la dinámica de la infraestructura. “Una familia que tenga como única fuente de satisfacción de sus necesidades la explotación de la vegetación continuará con dicha explotación, independientemente de que el área esté protegida o no por una ley, por lo que percibirá los actos de restricción (fundamentados en la estructura) de la satisfacción de sus necesidades y base esencial de subsistencia (fundamentadas en la infraestructura) como ilegítimos. Por lo tanto, las unidades normativas que se vinculan a configuraciones estructurales, pero que no encuentran en el aparato material de infraestructura la solidez necesaria para su aceptación e interiorización, correrán graves riesgos en cuanto a su eficacia.

Como señala Harris (1994, p. 74), “al contrario de lo que sucede con las ideas, no es posible hacer aparecer y desaparecer las pautas de producción y reproducción”. Existe un arraigo entre la cultura, las prácticas sociales, la interconexión con los recursos naturales y la existencia material. El pensamiento por sí solo, la dimensión idealista, no puede alterar la escala práctica de la racionalidad de la experiencia y la supervivencia y su retroalimentación.

La superestructura se proyecta en una escala reflexiva en los individuos y en la colectividad. Los marcos organizativos se producen y proyectan en reflexiones y críticas sobre las relaciones de los sujetos y la colectividad. El campo de las ideas y reflexiones sobre la conducta adecuada o inadecuada, así como los criterios de distribución o reconocimiento del individuo y la colectividad, dependen del arquetipo práctico de infraestructura y estructura proyectados, a su vez, en patrones mentales aglutinados en conjuntos de legitimación que se inscriben en los ámbitos religioso, ideológico, artístico, educativo, cultural y teórico en su totalidad. Así, la construcción y reconstrucción de la superestructura está vinculada a los cimientos y al redimensionamiento de la estructura y la infraestructura.

Ese es el principal punto de distanciamiento del materialismo cultural en relación con las construcciones paradigmáticas idealistas. Las líneas de pensamiento idealistas proyectan las formulaciones ideológicas y teóricas como un factor en sí mismo, apto para alterar la realidad de forma desapegada, casi como un aterrizaje del pensamiento sobre la tierra. Al contrario, “El orden de prioridades materialista cultural – de la infraestructura a los restantes componentes conductuales y, por último, a la superestructura mental – refleja cómo estos componentes se alejan progresivamente del vértice naturaliza/cultura” (Harris, 1994, p. 72). Ideas y pensamientos son, a veces, fruto de la genialidad, de un contexto de realidad existente o proyectada como posible en construcciones de ideas. Sin embargo, esas construcciones siempre se aferran a lo existente, aunque sea un existente proyectado en la ficción.

Por otro lado, su realización depende de un contexto de materialidad que haga posible, a partir de la base de la necesidad y la posibilidad material, la fluidez de la realización escalar y secuencial. Harris aborda, por ejemplo, el pensamiento de Leonardo da Vinci. El genio renacentista, entre finales del siglo XV y principios del XVI, elaboró dibujos que acabarían siendo reconocidos como una idea germinal de lo que se convertiría en el helicóptero contemporáneo. Sin embargo, la idea no pudo cobrar existencia social y material, precisamente debido a la ausencia de condiciones materiales adecuadas y propicias para su impulso, según Harris (1994). Más aún, es precisamente porque hubo una conjunción de necesidades y posibilidades materiales que llevaron a la viabilidad de su realización que hoy se identifica el proyecto de Leonardo da Vinci con lo que acabó siendo el helicóptero. Muchos otros diseños, proyectos y expectativas imaginadas para el futuro realizados en el pasado no serán recordados precisamente debido a la ausencia de infraestructura que sirviera de base para la germinación y el desarrollo que respaldara las proyecciones mentales o intelectuales.

Los aspectos culturales y los logros humanos tienen condiciones materiales de existencia, sin las cuales no alcanzan su potencial de concreción (Cortés, 2016). Así, los factores materiales, económicos, naturales o ecológicos, y las propias técnicas (que derivan bases tecnológicas de herramientas y mecanismos) son el punto de partida en la formación y transformación de instituciones, valores sociales, aspiraciones de corrección e incorrección y del propio ordenamiento jurídico. Evidentemente, hay una disputa de ideas, creencias y valores frente a la realidad, pero, en última instancia, es la dimensión de posibilidad y potencialidad de necesidades y medios materiales la que condiciona el abanico de flujo que asciende a los niveles de la estructura y la superestructura. En otras palabras, las construcciones o reconstrucciones mentales no son causas o matrices primarias de las formulaciones culturales o del Derecho en sí mismo en una determinada colectividad situada en el tiempo y en el espacio, como ya reconociera Maximiliano (2002).

Las interconexiones entre este paradigma de lectura del mundo y el Derecho Ambiental son directas. Los principios y las normas jurídicas, así como la hermenéutica jurídica en sí misma, están vinculados a las condiciones y posibilidades materiales y estructurales de una sociedad, según la época y el espacio de interacción intra e intersocial. El ordenamiento jurídico se basa en condiciones o factores materiales, a partir de los cuales se puede determinar la eficacia o ineficacia de una norma. Las construcciones jurídicas fruto del idealismo carecen de sustrato de fijación y desarrollo. La eficacia de las disposiciones normativas debe, por lo tanto, estar respaldada por bases de conexión que tengan en cuenta la infraestructura, la estructura y la superestructura, tanto a efectos de realización como de legitimación valorativa.

Las regulaciones jurídicas surgen de necesidades y factores materiales, pero la eficacia de esta postulación depende de los niveles de correspondencia y adecuación a dichos factores, teniendo en cuenta la proyección de la infraestructura sobre la estructura y la superestructura. Por lo tanto, la protección ecológica no puede lograrse mediante una proyección idealista desvinculada de los factores materiales de las necesidades y posibilidades existentes en la infraestructura. A partir de ese soporte paradigmático, se analizan las concesiones forestales desde una perspectiva funcional de protección ecológica basada en matrices determinadas por factores materiales y por las necesidades de los grupos sociales.

2 Concesiones forestales y el materialismo cultural

La protección ambiental no puede basarse en expectativas idealistas o proyecciones morales sin estar vinculada a las condiciones materiales vividas. Las personas de las generaciones actuales no protegerán los bienes ambientales destinados a las generaciones futuras si sus hijos o familias se encuentran en situación de necesidad, o incluso si no encuentran alternativas económicas o de satisfacción de necesidades para la adopción de conductas favorables a la preservación o la conservación ambiental. En esa línea, el materialismo cultural exige que los institutos jurídicos se conciban desde su fundación, en el sentido más constructivo, a partir de los factores materiales existentes en una determinada sociedad o colectividad, según el tiempo y el espacio vividos.

En cuanto al apoyo al materialismo cultural, el instituto y el marco regulatorio de las concesiones forestales deben considerarse como una vía para la protección de los bienes ambientales, debido a su potencial para satisfacer necesidades sociales y económicas. Es decir, se efectúa un lastrado de las instituciones y del ordenamiento jurídico, así como de conjuntos valorativos y perspectivas de realización del bien vivir y la moralidad, en sus condiciones de estructura y superestructura, en lo que se refiere al soporte de viabilidad y existencia en factibilidad contenidos en la infraestructura. La comprensión de las concesiones forestales como explotación o uso sostenible de los recursos naturales inspira la afirmación cultural en las prácticas sociales del uso de los recursos madereros y la protección frente a la deforestación (Araújo et al., 2017), precisamente porque la supresión ilegal de la vegetación es algo que proyecta perjuicios y daños a la razón de ser y la retroalimentación de la experiencia contenida en la infraestructura.

La Ley n. 11.284/2006 regula la gestión de los bosques públicos para la producción sostenible (Brasil, 2006). Las disposiciones reglamentarias de la ley fueron renovadas y reestructuradas mediante el Decreto n. 12.046/2024, que reguló el Registro Nacional de Bosques Públicos, la asignación de bosques públicos a las comunidades locales, el Plan Plurianual de Concesiones Forestales, las licitaciones y los contratos de concesión forestal, el seguimiento y la auditoría de las concesiones forestales y la restauración forestal, y la explotación de créditos por servicios ambientales en las concesiones forestales (Brasil, 2024a). Los contratos de concesión forestal son contratos públicos destinados a determinar las obligaciones y derechos recíprocos relativos a la explotación de los recursos forestales de un bosque público (Krell, 2023). El artículo 27 de la Ley n. 11.284/2006 establece que, para cada unidad de gestión sometida a licitación, se firmará un contrato de concesión exclusivo con un único concesionario, responsable de todas las obligaciones previstas en el contrato, además de las responsabilidades extracontractuales habituales (Brasil, 2006).

La Ley 11.284/2006 fue modificada por la Ley n. 14.590/2023, que introdujo cambios en las posibilidades del contrato. Un punto destacado es la modificación introducida en el art. 2, § 3, de dicha ley. Se estableció aquí que corresponde al Poder Público emplear los medios y esfuerzos necesarios para evitar y reprimir las invasiones en las áreas concesionadas y sujetas a concesión forestal, ya sea de oficio o a partir de la recepción de una comunicación que debe realizar el concesionario, sin perjuicio de que este último adopte por sí mismo las medidas de protección posesoria (Brasil, 2023). La concesión fue rediseñada en su definición, factor que impacta directamente en las potencialidades y expectativas de la conducta esperada en el contrato, pasando a definirse en el art. 3, VII, como delegación onerosa, realizada por el poder concedente, del derecho a practicar actividades de manejo forestal sostenible, restauración forestal y explotación de productos y servicios en una unidad de manejo, según se especifica en el objeto del contrato de concesión, mediante licitación, a la persona jurídica, en consorcio o no, que cumpla los requisitos de la respectiva licitación y demuestre su capacidad para su ejecución, por su cuenta y riesgo y por un plazo determinado (Brasil, 2023).

Reprimir las invasiones y proporcionar la rentabilidad de la concesión forestal en términos de seguridad institucional y pública son puntos cruciales para que, desde el punto de vista de la infraestructura, haya apoyo al desarrollo del instituto y eficacia del ordenamiento jurídico en su aspecto regulador de la explotación de los recursos madereros. Se debe proceder al apoyo económico, al apoyo de los factores materiales, a fin de que las actividades ilícitas sean combatidas no solo por ser ilegales, sino también por ser un factor que perjudica la existencia retroalimentaria en términos de condiciones materiales para el modelo.

La Ley n. 14.590/2023 introdujo, además, en su art. 5, la posibilidad de que las concesiones en unidades de conservación, tierras públicas y bienes de los entes federativos puedan contemplar en su objeto el derecho a desarrollar y comercializar proyectos de pago por servicios ambientales y créditos de carbono (Brasil, 2023), de conformidad con la normativa recogida en el Decreto n. 12.046/2024. En la norma (Brasil, 2024a), el art. 49 establece que los derechos de generación y comercialización de créditos por servicios ambientales, incluidos los de carbono o instrumentos similares, en el ámbito de las concesiones forestales, se transferirán al concesionario mediante un contrato de concesión, teniendo en cuenta los compromisos nacionales relacionados con el cambio climático y la legislación aplicable (Milaré, 2011).

Entre las cláusulas esenciales del contrato de concesión figuran las relativas al objeto, con la descripción de los productos y servicios que se explotarán y de la unidad de gestión, así como el plazo de la concesión y el plazo máximo para que el concesionario comience a ejecutar el plan de gestión, la restauración y las demás actividades acordadas. Aunque existen obligaciones objetivas, otras obligaciones previstas asumen grados de concreción o densificación abiertos. La dinámica del contrato de concesión exige una mutabilidad constante, pero sin que ello se traduzca en inestabilidad o ausencia de seguridad jurídica. También lo justifica el plazo previsto para su desarrollo (Chules; Scardua; Martins, 2018), además de permitir ajustes institucionales a las realidades variables que se reflejan en la necesidad de aspectos dúctiles para la disciplina regulatoria.

El art. 35 de la Ley n. 11.284/2006 establece que la duración de los contratos de concesión forestal se fijará de acuerdo con el ciclo de cosecha o explotación, teniendo en cuenta el producto o grupo de productos con el ciclo más largo incluido en el objeto de la concesión, pudiendo fijarse un plazo equivalente a un mínimo de un ciclo y un máximo de 40 años (Brasil, 2006). Ese aspecto demuestra la vinculación de las bases estructurales y los objetivos derivados de la valoración en la superestructura con los aspectos existenciales y fácticos de los factores de producción situados en la infraestructura. No cabría esperar, durante todo ese plazo, un contrato estático e inmutable. Por eso se prevén cambios futuros y mejoras, además de una modernización constante. Incluso en el caso de los contratos de concesión exclusivos para la explotación de servicios forestales, cuya duración es de un mínimo de 5 y un máximo de 20 años, la dinámica de modernización y adaptación está presente.

Las disposiciones susceptibles de densificación son aún más prominentes en sus impactos para las personas jurídicas de pequeño tamaño, las cuales, inclusive, son objeto de expansión por las modificaciones introducidas por la Ley n. 14.590/2023. El art. 33 de la Ley n. 11.284/2006 fue modificado para aumentar la viabilidad técnica y económica de la participación de las personas jurídicas de pequeño tamaño, las microempresas y las medianas empresas, teniendo en cuenta precisamente las condiciones materiales en las que se encuentran (Brasil, 2023). Cabe considerar aquí la expansión prevista a partir de lotes de concesión con varias unidades de manejo de diferentes tamaños, establecidos sobre la base de criterios técnicos, que deberán ponderar las condiciones y necesidades del sector forestal y de los demás sectores económicos involucrados, las peculiaridades regionales, la estructura de las cadenas productivas, las infraestructuras locales y el acceso a los mercados.

El Poder Público, en su desempeño organizacional como otorgante, al implicar efectos sobre la propia actividad fiscalizadora ordinaria y especial en la sujeción administrativa de las actividades, deberá seguir parámetros de confianza y adaptabilidad que no desarticulen el contrato ni desnaturalicen sus cláusulas, considerando la buena fe objetiva. Se aplica aquí la disposición contenida en el art. 1, § 2, de la Ley n. 13.874/2019 (Ley de Libertad Económica), que establece que todas las normas de orden público sobre actividades económicas privadas deben interpretarse en favor de la libertad económica, la buena fe y el respeto a los contratos, las inversiones y la propiedad (Brasil, 2019). El impulso material de los agentes hacia el modelo es uno de los principales objetivos de la norma.

El art. 40 del Decreto n. 12.046/2024 establece que la supervisión de los contratos de concesión forestal correrá a cargo del Servicio Forestal Brasileño y tendrá en cuenta, entre otros aspectos, el cumplimiento del contrato de concesión (Brasil, 2024a). La diversidad de potencialidades reguladoras y densificaciones propias del contrato de concesión abre espacio para que se tematicen las interlocuciones entre sus previsiones abiertas y aptas para cumplimentaciones de gestión y conformación técnica con respecto a las expectativas de estabilidad y confianza desencadenadas (Pinto; Vasconcellos; Rocha, 2015) y se establecen como premisa en la relación contractual. El modelo está diseñado para actuar a partir de las condiciones materiales que afectan al sujeto en las relaciones económicas con los recursos naturales.

3 Concesión forestal: factores materiales de infraestructura

Entre los objetivos centrales de las concesiones forestales se encuentran el control de la deforestación (Soares; Bezerra, 2021) y la explotación sostenible de los recursos madereros. Lejos del idealismo y sus corrientes inspiradoras de ámbitos de protección ambiental que se desvinculan de la realidad y de la existencia ligadas a los factores de producción, a partir del materialismo cultural, existe una interconexión jurídica y de actuación efectiva en el escenario existencial de los factores materiales vinculados a las actividades antrópicas. Se trata de una vía concreta para hacer realidad el postulado de la protección medioambiental, sin caer en el romanticismo ecológico.

Incluso, figuran como principios de la gestión forestal, establecidos en el art. 2 de la Ley n. 11.284/2006, el establecimiento de actividades que promuevan el uso eficiente y racional de los bosques y que contribuyan al cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible a nivel local, regional y nacional, así como la garantía de condiciones estables y seguras que estimulen las inversiones a largo plazo en la gestión, conservación y recuperación de los bosques (Brasil, 2006). En esa línea, es necesario tener en cuenta que la inseguridad jurídica (Sundfeld; Voronoff, 2018) en la aplicación de las concesiones forestales repercute en la propia gestión de los factores materiales que intervienen en el sustrato de la infraestructura. La ordenación de la actuación del Poder Público se centra en la protección tanto de los procesos ecológicos y los bienes ambientales como de las estrategias de ordenación social y política que tienen por objeto estructurar regímenes de gestión que repercutan en los factores de producción, con implicaciones en la economía verde (Wellen; Lima, 2013). La función reguladora y supervisora alcanza niveles más allá de lo habitual (Binenbojm, 2017). El Estado ejerce la gobernanza (Monkelbaan, 2019) de la citada ordenación de actuación, así como el análisis de datos e información forestal, principalmente a través del Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF), vinculado al Servicio Forestal Brasileño, previsto en el art. 55, V, de la Ley n. 11.284/2006 (Brasil, 2006). El sistema de explotación forestal es indicado por el SNIF:

El bosque concesionado permanece en pie, ya que los contratos firmados solo permiten la obtención del recurso forestal mediante técnicas de manejo forestal sostenible. De esta forma, el área se utiliza en un sistema de rotación, que permite la producción continua y sostenible de madera. En promedio, se talan entre cuatro y seis árboles por hectárea y se volverá a talar la misma área después de 25 a 35 años, lo que permite el crecimiento de los árboles restantes3.

(Brasil, [20--], traducción libre)

La superficie bajo concesión forestal en el país sigue siendo pequeña, teniendo en cuenta la superficie forestal total. Los datos del SNIF indican que solo hay 22 contratos de concesión en vigor a nivel federal, distribuidos en “ocho Flonas (Jamari/RO, Jacundá/RO, Altamira/PA, Crepori/PA, Saracá-Taquera/PA, Caxiuanã/PA, Amapá/AP y Humaitá/AM), lo que suma más de 1,3 millones de hectáreas de bosques públicos en régimen de producción sostenible y representa el 0,4 % de la superficie forestal de la Amazonia”4 (Brasil, [20--], traducción libre). Aunque el primer contrato se firmó en 2008, la superficie de 1,3 millones de hectáreas sigue siendo reducida, sobre todo si se tiene en cuenta que la superficie de bosques públicos alcanza los 327 millones de hectáreas, según datos del año 2022 (Brasil, [20--]).

Si el modelo recibe niveles de estímulo adecuados para ser adoptado efectivamente como práctica económica a gran escala, los beneficios económicos obtenidos en el ámbito de las infraestructuras reforzarán las pretensiones normativas y de organización social, así como las expectativas de valor y ética existentes en los ámbitos de la estructura y la superestructura. En esa línea, la práctica de uso y explotación de los recursos madereros presenta posibilidades de diversificación, teniendo en cuenta la tendencia práctica a alinearse con las prácticas bioeconómicas previstas en el Decreto 12.044/2024, que instituye la Estrategia Nacional de Bioeconomía (Brasil, 2024b).

La intención de actuar sobre los factores materiales de tecnología, producción y satisfacción de necesidades queda explícita en el art. 2 de dicho decreto, que considera la bioeconomía como el modelo de desarrollo productivo y económico basado en valores de justicia, ética e inclusión, capaz de generar productos, procesos y servicios de manera eficiente, basándose en el uso sostenible, la regeneración y la conservación de la biodiversidad, guiado por los conocimientos científicos y tradicionales y por sus innovaciones y tecnologías, con miras a la agregación de valor, la generación de empleo e ingresos, la sostenibilidad y el equilibrio climático (Brasil, 2024b). En términos directos, la concesión forestal se alía con las posibilidades de uso económico de los recursos ecosistémicos, regulados por la Ley n. 14.119/2021 (Brasil, 2021).

Implementar un sistema productivo que vincule el valor a la protección ambiental proporciona razones de eficiencia y eficacia superiores a las pretensiones idealistas y románticas, que descartan la relación directa entre infraestructura, estructura y superestructura. En ese ámbito se encuentran los mecanismos económicos. El Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) cuenta con un hub de proyectos relacionados con esta dimensión económica del ejercicio del valor del bien ecológico en su acepción de recurso natural integrado en las prácticas financieras. A partir de estudios de impacto regulatorio y ambiental, la gobernanza del BNDES acepta la tesis de que la concesión forestal es una vía eficaz para combatir la deforestación ilegal y proteger el medio ambiente (BNDES, [202-]).

El riesgo para la eficacia del modelo es precisamente la prevalencia de un modelo de explotación de los recursos naturales basado en el uso depredador, en el que los factores de producción tienen como menor coste y mayor ganancia la deforestación ilegal que el refuerzo de prácticas regulares y legales de explotación. Destaca el informe del BNDES ([202-], traducción libre):

El actual panorama de concesiones operativas está muy por debajo de su potencial, ya que la superficie total concesionada actualmente corresponde a menos del 1 % de la superficie forestal de la Amazonía.

Entre los obstáculos para la consolidación de este instrumento, destacan la competencia de la madera gestionada de forma sostenible en las áreas concesionadas con la madera ilegal o explotada de forma depredadora y las elevadas inversiones en infraestructura logística para la explotación y el transporte de la madera, ya que las concesiones actuales se concentran en áreas remotas o de difícil acceso en la Amazonía.

Sin embargo, la explotación sostenible mediante el régimen de concesiones forestales, especialmente en la Amazonía, es una actividad importante que debe desarrollarse, ya que es capaz de generar un volumen relevante de productos, empleos e ingresos para los sectores público y privado, además de tener el potencial de dinamizar el sector forestal a escala local, regional y nacional5.

Aumentar el costo económico individual de la explotación ilegal, afectando la base de prevalencia de la infraestructura, determina una acción para alterar el modo de prevalencia de la explotación a partir de las concesiones. En otros términos, se modifica los supuestos de los factores de producción aplicados, los cuales, a su vez, alterarán las bases culturales del ejercicio de las prácticas sociales. Por eso es tan importante pensar en fuentes de financiamiento. El BNDES ([20--]) indica tres posibles fuentes de financiación para proyectos de concesión: (1) los bancos públicos y regionales de desarrollo; (2) los mercados de deuda y de capitales; y (3) las inversiones privadas que pretenden obtener ganancias económicas con el aumento del valor de los bienes comercializados por la explotación lícita. Como resultado, las tres vías proporcionarían protección ambiental mediante el control de la deforestación ilegal, no por ser esta una violación de principios universalizables o de un idealismo protector, sino porque la deforestación ilegal es una fuente de perjuicio para los factores de producción y los mecanismos de desarrollo de la matriz económica ascendente.

Las fuentes de financiación bancaria pueden seguir un sistema similar al que aplica actualmente el BNDES, a través del BNDES Finem – Medio Ambiente – Recuperación y Conservación de Ecosistemas y Biodiversidad, que es una línea de financiación para la restauración de áreas en biomas brasileños, la recuperación y conservación de ecosistemas, a bajo coste monetario (BNDES, [202-]). Ampliar la fuente de recursos en el sistema financiero promoverá la expansión de las concesiones forestales. Por su parte, el mercado de deuda y de capitales puede actuar con el incentivo del capital de recursos mediante instrumentos de crédito específicos, como los ya existentes Certificado de Producto Rural (CPR) y Certificado de Cuentas por Cobrar del Agronegocio (CRA).

El instituto de concesión forestal puede proporcionar beneficios no solo en relación con la reducción de la deforestación ilegal, sino también con el control de la ocupación de tierras en la región amazónica, así como en la lucha contra la apropiación ilegal de tierras, además de viabilizar la eficacia del Registro Ambiental Rural, según lo previsto en el art. 29 de la Ley n. 12.651/2012 (Código Forestal) (Brasil, 2012). Además, “otro beneficio de las concesiones forestales es la generación de empleo directo, lo que promueve mejoras sociales y económicas para la población local”6 (Rodrigues et al., 2020, p. 1306, traducción libre). Afectan directamente las condiciones materiales de existencia y retroalimentación de las colectividades en una primacía que inserta la protección ecológica en la ecuación socioeconómica y cultural.

La gestión protectora del medio ambiente mediante concesiones forestales se encuentra entre los instrumentos económicos previstos en la Ley n. 6.938/1981 (Ley de Política Nacional del Medio Ambiente), en su art. 9, XIII (Brasil, 1981). De hecho, la dimensión aplicada del impulso de cambio de la matriz de factores de producción y su estímulo o desestímulo de la conducta no solo se da en Brasil, sino también a la inversa. El Banco Mundial también cuenta con una línea de actuación y financiación destinada a promover la gestión sostenible, que depende, obviamente, de una ejecución articulada y planificada para evitar su desvirtuamiento (Gray, 2002), lo cual ha sido articulado críticamente por las Naciones Unidas (FAO, 2018).

Uno de los principales riesgos es la cooptación del sistema por parte de patrones depredadores y excluyentes, ante lo cual las prácticas explotadoras solo cambiarían de forma, pasando el sistema a ser gestionado para excluir a las poblaciones locales, incluidas las comunidades de pueblos tradicionales y originarios (Cavalcante Júnior, 2023). Por ello, la UN-FAO articula, en el análisis aplicado de las concesiones forestales, principios rectores para la elaboración y ejecución. Entre ellos destaca el Principio 7, que desarrolla la necesidad de la participación comunitaria y la distribución de beneficios entre las comunidades implicadas a nivel local y regionalmente (FAO, 2018). Una vez más, el paradigma de comprensión del materialismo cultural cobra relevancia. Alternar la base de la organización social o el diploma jurídico sin una interfaz comunicativa que implique la infraestructura no produce los resultados éticos esperados, que se muestran fluctuantes en la superestructura.

Por lo tanto, el establecimiento de una gobernanza (Monkelbaan, 2019) avanzada y crítica es esencial para que la mala ejecución de determinados programas de concesión no dañe ni perjudique el potencial del instituto. Eso evita que se confundan los análisis críticos que deben distinguir la estructura modular del instrumento con aplicaciones erróneas y perjudiciales. Si las correlaciones de interacción pasadas en el escenario de los factores materiales, tecnológicos, ambientales y de disputas por la distribución y el reconocimiento involucran a colectividades, las implicaciones existentes entre emprendedores y stakeholders (Monkelbaan, 2019) deben ser dimensionadas, bajo el riesgo de romper el vínculo entre infraestructura, estructura y superestructura y, así, provocar fallos y comprometer la eficacia. Se trata de una aplicación directa de los principios organizativos del Estado de Derecho Ambiental, que se “basa en la dogmática ambiental – limitada y legitimada por la cultura actual, dentro de un valor de sostenibilidad posible – pero, por otro lado, reconoce que este parámetro es susceptible de reevaluaciones y reafirmaciones, viables por la zetética”7 (Cirne, 2018, p. 72, traducción libre).

Es relevante aquí el estudio centrado en la inclusión de las comunidades locales en el proceso de concesión como uno de los factores que refuerzan su eficiencia y su potencial de éxito, desarrollado por el Instituto Escolhas (2023). Como señala en sus conclusiones, es necesario establecer redes de diálogo con los niveles y patrones de organización social y relacional existentes, teniendo en cuenta las constataciones en las concesiones emprendidas que

[…] A veces, el temor al desgaste y a los conflictos locales con comunidades que explotan actividades forestales y que no tienen un conocimiento claro sobre cómo se operan las concesiones forestales puede perjudicar e incluso imposibilitar el lanzamiento y el crecimiento del número de licitaciones de concesión8.

(Instituto Escolhas, 2023, p. 93, traducción libre)

En esa línea, Chules, Scardua y Martins (2018) sostienen el potencial de las concesiones forestales para reducir la deforestación ilegal, en la medida en que se combina el ejercicio impositivo jurídico con la base modificadora de la proyección de beneficios pasada en las relaciones de producción. Permitir la explotación regular de la madera, la biotecnología y los recursos forestales como factores que alcanzan un mayor valor económico de uso que la conversión ilegal de la selva en zona agrícola es un punto irrefutable para la protección ambiental efectiva9, dependiendo, por lo tanto, de una actuación incisiva sobre las matrices de infraestructura que sustentan el modo cultural productivo. Así, la reducción de la deforestación en las áreas de concesión es un punto de gravedad de los argumentos a favor del fortalecimiento de las concesiones forestales (Chules; Scardua; Martins, 2018).

Aunque ese entendimiento ya cuenta con datos que lo respaldan desde hace más de una década (Araújo et al., 2017), las concesiones siguen siendo tímidas, tanto en su disponibilidad como en su demanda. El caso más destacado es el del Bosque Nacional de Altamira, creado en 1998 y gestionado por el Gobierno federal, en el que la concesión forestal, junto con la existencia de un consejo de gestión y un plan de manejo, ha permitido reducir la deforestación (Araújo et al., 2017). Además de los impactos relacionados con la gestión de los recursos madereros y la biotecnología, la gestión de las concesiones forestales, al tener efectos sobre la deforestación, se tiene directamente en cuenta en la evaluación de la gestión de los impactos climáticos.

El trabajo desarrollado por Lopes, Cozendey y Chiavari (2024) analiza las concesiones públicas y otros modelos de asociación entre el Estado y entidades privadas con fines de gestión eficiente de la protección ambiental bajo la dinámica de instrumentos económicos. Los autores destacan la posibilidad de ceder la titularidad de los créditos de carbono al concesionario, factor que eleva el valor y la dimensión tecnológica aplicada del instrumento de la concesión forestal (Lopes; Cozendey; Chiavari, 2024). La posibilidad de que el contrato de concesión transfiera al concesionario la titularidad de los créditos de carbono durante el período de concesión, así como el derecho a comercializar los certificados representativos de los créditos de carbono y los servicios ambientales asociados, interfiere directamente en las condiciones materiales de la infraestructura.

Consolidar la concesión forestal en su potencial para satisfacer necesidades a partir del marco legal implica efectos en la formación y articulación de los factores materiales de producción y tecnología, de los que se derivan los patrones organizativos y se retroalimentan los jurídicos. Desde esa perspectiva, es posible vincular el potencial de las concesiones forestales en la reformulación de las condiciones materiales, incluyendo aquí las relaciones con los recursos naturales, la tecnología y el sistema económico, con el auge de nuevos modelos de industrialización, como destacan Hawken, Lovins y Lovins (1999).

Consideraciones finales

Comprender el instituto de la gestión de bosques públicos y, por consiguiente, la concesión de bosques públicos, exige un apoyo paradigmático que permita reflexionar no solo desde el punto de vista jurídico, sino también a escala interdisciplinaria. Gran parte de las construcciones e implementaciones de institutos jurídicos se basan en perspectivas excesivamente vinculadas al idealismo, disociando las condiciones materiales de existencia en una sociedad, incluyendo panoramas tecnológicos, recursos naturales y sistemas económicos de organizaciones sociales y del ordenamiento jurídico, así como formulaciones y aplicaciones de pautas éticas y esferas valorativas.

La contraposición a esa línea de lectura es posible gracias a la aplicación del materialismo cultural como vía para comprender las configuraciones y los arreglos sociales, políticos, económicos y jurídicos. Esa aplicación permite lecturas y análisis críticos que combinan aspectos diversos, pero relacionados entre sí, categorizados por Marvin Harris en los conceptos de infraestructura, estructura y superestructura. La eficacia de la protección medioambiental no puede prescindir de una lectura de integración y viabilidad de la concreción de los institutos jurídicos a partir de las condiciones materiales y las conformaciones de los factores de producción vinculados a la existencia y la retroalimentación de las colectividades y los individuos que las integran.

Comprender y poner en práctica los institutos jurídicos a partir del materialismo cultural implica la necesidad de proporcionar mecanismos y vías de factores materiales que desconfigure la verdadera autopoiesis de destrucción depredadora vigente a partir de un modelo de destrucción que se erige como razón fundante en la desconsideración de las organizaciones sociales y los planes normativos que proclaman valorativamente la protección ecológica. No se puede esperar eficacia normativa del apoyo a mecanismos idealistas, y menos aún en estrategias centradas en un romanticismo ecológico que pretenda la protección de los bienes ambientales basándose en expectativas morales o axiológicas desvinculadas de las condiciones materiales de existencia.

El marco regulatorio de las concesiones forestales, si se adopta y aplica con el respaldo de la comprensión metodológica y la articulación entre infraestructura, estructura y superestructura, permite la gestión de estrategias, instrumentos y herramientas de aplicación que garantizan la eficacia del modelo de explotación sostenible, con el fin de que la protección ecológica se interiorice como una vía favorable, apta y adecuada para la retroalimentación de la existencia colectiva y las bases presentes en las condiciones materiales de la sociedad. Es posible relacionar el bajo nivel de difusión del sistema de concesiones forestales con la escasa interiorización de sus elementos de apoyo a las condiciones materiales que viven las comunidades inmersas aún en un escenario de comprensión cultural que se opone al uso de los recursos naturales, la tecnología y los sistemas económicos para la protección de los bienes ambientales.

Hacer hincapié en el modelo en las implicaciones articuladas entre infraestructura, estructura y superestructura, con mecanismos económicos, jurídicos, sociales y teóricos interdisciplinarios, permite modificar los patrones de uso de los recursos forestales, así como los servicios ecosistémicos asociados a ellos, incluyendo la biotecnología y los créditos de carbono. La concertación de estos mecanismos se revela como una vía más prometedora para lograr la reducción de la deforestación y contener los impactos negativos derivados de los problemas ambientales a micro y macroescala, incluidos los relacionados con el cambio climático.

Con todo, es necesario velar por que la implementación del modelo y su propuesta de explotación sostenible no sea cooptada por vías marginales de explotación depredadora, lo que podría convertirse en una fuente de exclusión social y agravar las crisis distributivas y de reconocimiento que afectan a las comunidades locales y regionales, ya sean pueblos originarios, tradicionales o no. Por lo tanto, es necesario realizar siempre un análisis crítico y propositivo centrado en reflexiones basadas en la experiencia, un factor que, una vez más, aleja las plataformas y las preconcepciones idealistas o románticas.

Las concesiones forestales, implementadas bajo la guía redistributiva y de reconocimiento, basadas en las condiciones materiales y en la crítica de las organizaciones sociales, son una alternativa contundente para enfrentar la crisis ambiental contemporánea. Reforzar los mecanismos de subsistencia y estímulo económico de las concesiones forestales, principalmente los financieros, junto con el aumento del coste y la dificultad de la explotación ilegal, a partir de inspecciones públicas, es la vía adecuada para lograr un cambio efectivo de los patrones productivos favorables a la sostenibilidad, con la superación estructural de los patrones depredadores.

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  • 1
    “El juicio a priori se define como aquel que no depende de ninguna percepción concreta ni de ninguna experiencia. Es producto de una intuición intelectual, o intelección, que capta inmediatamente un objeto que se presenta” (Adeodato, 2002, p. 28, traducción libre).
    Del original: “O juízo a priori é definido como aquele que independe de toda percepção concreta e de qualquer experiência. Ele é produto de uma intuição intelectual, ou intelecção, que apreende imediatamente um objeto que se apresenta”.
  • 2
    Del original: “um paradigma antropológico fundado sobre o pensamento materialista e marxista (mas não por ele limitado)”.
  • 3
    Del original: “A floresta concedida permanece em pé, pois os contratos firmados somente permitem a obtenção do recurso florestal por meio das técnicas do manejo florestal sustentável. Desta forma, a área é utilizada em um sistema de rodízio, que permite a produção contínua e sustentável de madeira. Em média, de quatro a seis árvores são retiradas por hectare e o retorno a mesma área ocorrerá após 25 a 35 anos, permitindo o crescimento das árvores remanescentes”.
  • 4
    Del original: “oito Flonas (Jamari/RO, Jacundá/RO, Altamira/PA, Crepori/PA, Saracá-Taquera/PA, Caxiuanã/PA, Amapá/AP e Humaitá/AM), totalizando mais de 1,3 milhão de hectares de florestas públicas em regime de produção sustentável e representando 0,4% da área de florestas na Amazônia”.
  • 5
    Del original: “O cenário atual de concessões operacionalizadas está muito aquém de seu potencial, uma vez que a área total concedida atualmente corresponde a menos de 1% da área de florestas da Amazônia.
    Entre os obstáculos para a consolidação desse instrumento, destacam-se a concorrência da madeira manejada de forma sustentável nas áreas concedidas com a madeira ilegal ou explorada de forma predatória e os altos investimentos em infraestrutura logística para exploração e escoamento da madeira, já que as concessões atuais se concentram em áreas remotas ou de difícil acesso na Amazônia.
    Todavia, a exploração sustentável por meio do regime de concessão florestal, em especial na Amazônia, mostra-se importante atividade a ser desenvolvida por ser capaz de gerar volume relevante de produtos, empregos e receitas para o setor público e privado, além de ter potencial para dinamizar o setor florestal em escala local, regional e nacional”.
  • 6
    Del original: “outro benefício das concessões florestais é a geração de empregos diretos, promovendo, assim, melhorias sociais e econômicas para a população local”.
  • 7
    Del original: ““pautado na dogmática ambiental – limitada e legitimada pela cultura presente, dentro de um valor de sustentabilidade possível – mas, de outro lado, reconhecer que este parâmetro é passível de reavaliações e reafirmações, viáveis pela zetética”.
  • 8
    Del original: “[…] por vezes, o receio de desgaste e de conflitos locais com comunidades que exploram atividades florestais e não possuem o claro conhecimento acerca da forma como as concessões florestais são operadas, podem prejudicar e até mesmo inviabilizar o lançamento e crescimento do número de editais de concessão”.
  • 9
    Pegoraro y Dalmas ofrecen una perspectiva relevante sobre el tema (2025).
  • Cómo citar este artículo (ABNT):
    THOMÉ, R.; KOKKE, M. Materialismo cultural y gestión forestal. Veredas do Direito, Belo Horizonte, v. 22, e222987, 2025. Disponible en: http://www.domhelder.edu.br/revista/index.php/veredas/article/view/2987. Acceso: día mes. año.
  • Disponibilidad de los datos
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Publication Dates

  • Publication in this collection
    17 Nov 2025
  • Date of issue
    2025

History

  • Received
    26 May 2025
  • Accepted
    27 Aug 2025
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