Resumen
El artículo tiene por objetivo analizar las posibles implicancias de comprender el periodo colonial iberoamericano en los términos de una hegemonía política. Esta inquietud surge a raíz del libro editado por Pedro Cardim, Tamar Herzog, José Javier Ruiz y Gaetano Sabatini Polycentric Monarchies. How Did Early Modern Spain and Portugal Achieve and Maintain a Global Hegemony? (2012), en el cual los gobiernos español y portugués de los siglos XVI al XVIII son definidos como hegemonías. Esta designación no es antojadiza, sino que se sustenta teóricamente en la dinámica gramsciana de consenso y coerción. A partir de esto, el trabajo propone que este enfoque hegemónico tiene o puede tener efectos importantes en al menos tres ámbitos: a nivel teórico, en cuanto amplía temporal y espacialmente la noción de hegemonía; a nivel histórico, en la medida en que cuestiona la categoría de “colonial” y reanuda el debate en torno a ella, lo que toca especialmente a la historiografía y el pensamiento crítico latinoamericano; y a nivel literario, ámbito en el cual se propone abordar los textos coloniales no sólo como ejercicios de dominación o resistencia, sino también como recursos de negociación.
Palabras clave:
Hegemonía; monarquías ibéricas; colonia; estudios coloniales; negociación
Resumo
O artigo pretende analisar as possíveis implicações da compreensão do período colonial ibero-americano em termos de hegemonia política. Esta preocupação decorre do livro editado por Pedro Cardim, Tamar Herzog, José Javier Ruiz e Gaetano Sabatini Polycentric Monarchies. How Did Early Modern Spain and Portugal Achieve and Maintain a Global Hegemony? (2012), em que os governos espanhol e português dos séculos XVI a XVIII são definidos como hegemonias. Essa designação não é caprichosa, mas é teoricamente baseada na dinâmica gramsciana de consenso e coerção. A partir disso, o artigo propõe que essa abordagem hegemônica tem ou pode ter efeitos importantes em pelo menos três áreas: em um nível teórico, ao estender temporal e espacialmente a noção de hegemonia; no nível histórico, na medida em que questiona a categoria de "colonial" e retoma o debate em torno dela, que diz respeito especialmente à historiografia e ao pensamento crítico latino-americano; e no nível literário, uma área na qual se propõe abordar textos coloniais não apenas como exercícios de dominação ou resistência, mas também como recursos negociadores.
Palavras-chave:
Hegemonia; monarquias ibéricas; colônia; estudos coloniais; negociação
Abstract
The article aims to analyze the possible implications of understanding the Ibero-American colonial period in terms of a political hegemony. This concern arises from the book edited by Pedro Cardim, Tamar Herzog, José Javier Ruiz and Gaetano Sabatini Polycentric Monarchies. How Did Early Modern Spain and Portugal Achieve and Maintain a Global Hegemony? (2012), in which the Spanish and Portuguese governments of the 16th to 18th centuries are defined as hegemonies. This designation is not capricious, but is theoretically based on the Gramscian dynamic of consensus and coercion. Based on this notion, the paper proposes that this hegemonic approach has or can have important effects in at least three areas: at a theoretical level, as it extends temporally and spatially the notion of hegemony; at a historical level, insofar as it questions the category of "colonial" and resumes the debate around it, which especially concerns historiography and Latin American critical thinking; and at a literary level, an area in which it is proposed to address colonial texts not only as exercises of domination or resistance, but also as negotiating resources.
Keywords:
Hegemony; Iberian monarchies; colony; colonial studies; negotiation
Este trabajo pretende examinar las posibles implicancias de comprender el periodo colonial iberoamericano en los términos de una hegemonía política. Esta inquietud surge puntualmente a raíz del libro editado por Pedro Cardim, Tamar Herzog, José Javier Ruiz Ibáñez y Gaetano Sabatini Polycentric Monarchies. How Did Early Modern Spain and Portugal Achieve and Maintain a Global Hegemony? (2012CARDIM, PEDRO, TAMAR HERZOG, JOSÉ JAVIER RUIZ IBÁÑEZ & GAETANO SABATINI(eds.). Polycentric Monarchies. How did Early Modern Spain and Portugal achieve and maintain a global hegemony?Brighton and Portland: Sussex Academic Press, 2012.), pues allí, tal como su título lo dice, los gobiernos español y portugués de los siglos XVI al XVIII son definidos abiertamente como hegemonías, más precisamente como “hegemonías globales”. Y no se trata solamente de una cuestión nominal. La definición de las monarquías española y portuguesa tiene también un sustento teórico, que recupera, aunque sin explicitarlo, el núcleo de la reflexión gramsciana sobre la hegemonía1 1 La predominancia del consenso por sobre la coerción, en lo que se ahondará más adelante. .
Para los editores del volumen, la respuesta a la pregunta planteada en el título del libro parte por el hecho de entender que las monarquías ibéricas eran policéntricas, esto es, “that they allowed for the existence of many different interlinked centers that interacted not only with the king but also among themselves, thus actively participating in forging the polity” (CARDIM, HERZOG, IBÁÑEZ y SABATINI, 2012CARDIM, PEDRO, TAMAR HERZOG, JOSÉ JAVIER RUIZ IBÁÑEZ & GAETANO SABATINI(eds.). Polycentric Monarchies. How did Early Modern Spain and Portugal achieve and maintain a global hegemony?Brighton and Portland: Sussex Academic Press, 2012., p. 4). En ese sentido, entonces, estas entidades políticas no eran nacionales, protonacionales o coloniales, sino multiterritoriales. Dado que incluían unidades tan distintas como los reinos de España, los Países Bajos, el Sagrado Imperio Romano, varias ciudades-estado de Italia y Portugal, además de territorios en Asia, África y América, estas entidades eran tanto estables como inestables. Los constantes contactos, negociación y competición entre sus diferentes sub-unidades y el continuo cambio en el peso político de cada territorio garantizaban esta dinámica de permanencia y movilidad. Según se desprende de lo expuesto por los editores, es justamente esta dinámica la que autoriza a hablar de hegemonías políticas globales:
Internal unity was not maintained by coercion alone. It mostly depended on a general adhesion to a discourse of loyalty to King and religion. By maintaining doctrinal loyalty to Rome, incorporating many of the traditional functions of the Church and much of its personnel, and absorbing the principal of active religious militancy (with its corollaries, such as intolerance of dissidence), Iberian kings thus endowed their crowns with a new meaning. The ensuing period of extreme violence that was unleashed in the sixteenth century created a context that propitiated the appropriation of these conceptions not only by elites in Europe and Americas, but also by entire populations. While the kings developed mechanisms of territorial incorporation, ecclesiasts working for them elaborated on the universalism of their power. If religion and loyalty to king were important, also extremely essential to success was the promise (and often the granting) of greater social, economic, cultural and political opportunities to local populations, now inserted into a larger, almost global, structure. Social and spatial mobility was considerable, and so were the possible rewards. The incorporation of territories to the Monarchy, in short, offered individuals, families, groups, corporations and entities multiple opportunities. (CARDIM, HERZOG, IBÁÑEZ y SABATINI, 2012CARDIM, PEDRO, TAMAR HERZOG, JOSÉ JAVIER RUIZ IBÁÑEZ & GAETANO SABATINI(eds.). Polycentric Monarchies. How did Early Modern Spain and Portugal achieve and maintain a global hegemony?Brighton and Portland: Sussex Academic Press, 2012., p. 4)
[La unidad interna no fue mantenida sólo a través de la coerción. En su mayor parte, dependía de una adhesión general a un discurso de lealtad hacia el rey y la religión. Al mantener lealtad doctrinal a Roma, incorporar muchas de las funciones de la Iglesia y de su personal, y absorber el principio de militancia religiosa activa (con sus corolarios, como la intolerancia de la disidencia), los reyes ibéricos, entonces, dotaron a sus coronas de un nuevo significado. El periodo siguiente de extrema violencia que se desencadenó en el siglo XVI creó un contexto favorable a la apropiación de estas concepciones no sólo por la élites en Europa y las Américas, sino también por poblaciones completas. Mientras los reyes desarrollaron mecanismos de incorporación territorial, los eclesiásticos que trabajaban para ellos profundizaron el universalismo de su poder. Si la religión y la lealtad al rey fueron importantes, también fue sumamente esencial para el éxito la promesa (y a menudo la concesión) de mayores oportunidades sociales, económicas, culturales y políticas a las poblaciones locales, ahora insertas en una estructura más amplia, casi global. La movilidad social y espacial fue considerable, y también lo fueron las posibles recompensas. En síntesis, la incorporación de territorios a la monarquía ofreció múltiples oportunidades a individuos, familias, grupos, corporaciones y entidades.]
Ahora bien, la atribución de una estructura hegemónica a las monarquías ibéricas es llamativa por dos motivos principales. De un lado, porque vivimos en tiempos muy críticos hacia la teoría de la hegemonía, particularmente desde los enfoques poshegemónicos e infrapolíticos2 2 Si bien la poshegemonía y la infrapolítica no constituyen modelos teórico-críticos homogéneos o cerrados, las siguientes palabras de Alberto Moreiras resumen en gran medida las propuestas de ambas corrientes: “Hay una hegemonía civilizatoria realmente existente, la que combina en sí el capitalismo financiero y el discurso de la técnica y la caída precipitosa de lo humano en la autobiopolítica. La infrapolítica no es una forma de combate político, sino una forma de sustracción a un combate político que hoy no puede lidiarse sino de forma interna al capitalismo financiero, al discurso de la técnica, y la forma autotecnobiopolítica (con perdón por la palabrota) de vida. Hay hegemonía, entendida como dominación social a múltiples niveles y registros consistentes entre sí, y pienso que la forma de resistir a ella no es el intento por formular una nueva hegemonía, no es el intento por construir una nueva hegemonía, no es el intento por instaurar, finalmente, una nueva hegemonía (obvio que lo del “hiperliderazgo mediático” de Podemos que confundió el sorpasso al PSOE con la instauración de una nueva hegemonía es inadmisible y un poco patético). Y tampoco es el intento de seguir amarrado a una idea que cumplió su fin histórico, a mi juicio, en el marxismo tardío. Es más bien el intento de colocarse, política y existencialmente, fuera de su alcance, en la (imposible) medida de lo posible; buscando un paso atrás con respecto de soluciones políticas que traicionan su propia posibilidad [...] Ahora bien, las cosas no se acaban en el ejercicio infrapolítico, que es un intento de pensar la forma de vida del existente más allá de su secuestro tecnobiopolítico, porque entendemos que, además de que hay existencia fuera de la política, la política marca la existencia. La posthegemonía es lo que la infrapolítica ofrece como posición política, igual que la infrapolítica es lo que la posthegemonía ofrece como lugar de amparo o positividad de su propia resistencia” (MUÑOZ y BAKER, 2018, p. 224-225). . Y de otro lado, porque las propias teorizaciones sobre la hegemonía han tendido a considerarla un fenómeno netamente contemporáneo. Por ejemplo, en un libro fundamental al respecto, Hegemonía y estrategia socialista (1985), Ernesto Laclau y Chantal Mouffe sostuvieron que la Revolución Francesa constituyó el parteaguas de la política occidental, pues “de ahí en más ya no hubo política sin hegemonía”. Es decir, entonces, que de ahí en menos (1800 hacia atrás) sí hubo política sin hegemonía. Para Laclau y Mouffe, la revolución fue el acontecimiento que puso fin a la “lógica teológico política” del Antiguo Régimen, la cual prefijaba jerárquica y desigualmente las posiciones sociales, y que dio inicio a la “revolución democrática” (LACLAU y MOUFFE, 2011LACLAU, ERNESTO & CHANTAL MOUFFE. Hegemonía y estrategia socialista. Hacia una radicalización de la democracia. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 2011., p. 193).
El enfoque de las monarquías policéntricas viene a problematizar esta periodización, pues, precisamente, lo que plantea es que antes de 1800 también hubo política con hegemonía. Este planteamiento no es menor, entonces, pues viene a desafiar o contrariar presupuestos importantes para la teorización hegemónica. Con todo, y aunque la condición hegemónica de las monarquías ibéricas es susceptible de revisión cuando se analiza el caso a caso, lo cierto es que tampoco deja de ser una formulación pertinente para analizar la generalidad del periodo que va de los siglos XVI al XVIII en Iberoamérica. En favor de los editores del libro están los casos de estudio abordados allí, pero también otras investigaciones historiográficas que han arrojado conclusiones similares a las expuestas. Así, por ejemplo, la monarquía hispana se ha analizado según dinámicas de autoridad y flexibilidad (PHELAN, 2009PHELAN, JOHN LEDDY. El pueblo y el rey. La revolución comunera en Colombia, 1781. Bogotá: Editorial Universidad del Rosario, 2009., 2018PHELAN, JOHN LEDDY. “Autoridad y flexibilidad en la burocracia imperial española”. Revista Historia y Justicia, n. 10, 2018, p. 281-297.); se ha subrayado su carácter compuesto (ELLIOT, 2010ELLIOT, JOHN. “Una Europa de monarquías compuestas”. Em: ELLIOT, J. España, Europa y el mundo de ultramar (1500-1800). Madrid: Taurus, 2010, p. 29-54.); se ha enfatizado la importancia del consenso y la negociación (GREENE, 1994GREENE, JACK P. Negotiated Authorities: Essays in Colonial Political and Constitutional History. Charlottesville and London: University Press of Virginia, 1994.); se ha destacado la importancia de las ciudades y el republicanismo urbano en el gobierno imperial (PÉREZ VEJO, 2018PÉREZ VEJO, TOMÁS. Repúblicas urbanas en una monarquía imperial. Imágenes de ciudades y orden político en la América virreinal. Bogotá: Crítica; Universidad Nacional de Colombia, 2018.; HERRERO SÁNCHEZ, 2019HERRERO SÁNCHEZ, MANUEL. “Urban Republicanism and Political Representation in the Spanish Monarchy”. Em: ALBAREDA, J. & HERRERO SÁNCHEZ, M. (eds). Political Representation in the Ancien Régime. New York: Routledge, 2019, p. 319-333.); y se ha evidenciado la importancia administrativa de un “sistema de petición-respuesta” que implicó activamente a distintos estamentos sociales (MASTERS, 2018MASTERS, ADRIAN. “A Thousand Invisible Architects: Vassals, the Petition and Response System, and the Creation of Spanish Imperial Caste Legislation”. Hispanic American Historical Review, v. 98, n. 3, 2018, p. 377-406.).
Asimismo, se pueden considerar otras formulaciones que también han implicado una interpretación del periodo colonial en términos de hegemonía, aunque no siempre de forma tan explícita. Entre ellas cabe mencionar el “giro subalternista” de los estudios coloniales desde la década de 1980 en adelante, que apuntó a “la necesidad de prestar atención a las voces subalternas ignoradas no solo por las autoridades coloniales y los letrados criollos y españoles, sino también por los investigadores especializados en la época colonial” (VERDESIO, 2018VERDESIO, GUSTAVO. “Colonialidad, colonialismo y estudios coloniales: un enfoque comparativo de inflexión subalternista”. Tabula Rasa, n. 29, 2018, p. 85-106., p. 89). Más allá de que este giro se haya cumplido o no a cabalidad3 3 Esa es la crítica de Gustavo Verdesio, que se comentará en el último apartado. , lo que importa subrayar aquí es que, hablar de “voces subalternas coloniales”, implicaba pensar también en su contraparte: la hegemonía a la que estaban sometidas estas voces, en cuanto la identidad subalterna, al menos desde ciertas perspectivas, se mueve en esta lógica binaria (BEVERLEY, 2004BEVERLEY, JOHN. “¿Híbrido o binario? Sobre la categoría de “el pueblo””. Em: BEVERLEY, J. Subalternidad y representación. Debates en teoría cultural. Madrid: Iberoamericana, 2004, p.127-162., p. 127)4 4 Resulta elocuente, en este sentido, que el abandono del modelo hegemónico de una parte de la intelectualidad izquierdista latinoamericana se produzca, precisamente, a raíz de que se le cuestiona su capacidad de representar al subalterno (BEVERLEY, 2004, p. 148-149). . Por otro lado, se podría mencionar la emergencia de lo político en el contexto barroco. Según lo ha explicado recientemente Elías Palti a partir de la lectura del jesuita Francisco Suárez, lo político tiene que ver con la necesidad de una instancia mediadora para la constitución de unidades: la comunidad, que media entre Dios y el monarca para que éste se constituya como tal (en cuanto le confiere su soberanía); y el monarca, que media entre la pluralidad de sujetos y la constitución de la comunidad misma. Esto significa que tanto el soberano como la comunidad necesitan de un principio de unidad exterior, que a la vez que los unifica revela su imposibilidad de clausurarse definitivamente. En ese sentido, Palti concluye que “el problema que se ha abierto entonces o, mejor dicho, aquello que se ha vuelto un problema (cómo reducir la pluralidad de voluntades particulares a una única voluntad general; en otras palabras, el problema de la articulación) ya no habrá de cerrarse” (PALTI, 2018PALTI, ELÍAS J. Una arqueología de lo político. Regímenes de poder desde el siglo XVII. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 2018., p. 65-66). Si bien Palti no los cita, “el problema de la articulación” recuerda inmediatamente a la teorización hegemónica desarrollada por los antedichos Laclau y Mouffe, para quienes, justamente, la construcción de una hegemonía es resultado de una articulación de elementos heterogéneos.
Como se observa, por tanto, la comprensión de las monarquías ibéricas en cuanto hegemonías políticas tiene sustento historiográfico y teórico. Ahora bien, más que seguir ahondando en ello, lo que me interesa examinar son las posibles implicancias de esta comprensión. En ese sentido, considero que este enfoque hegemónico tiene o puede tener efectos importantes en al menos tres ámbitos: a nivel teórico, en cuanto puede replantear algunos fundamentos de la teorización sobre la hegemonía; a nivel histórico, esto es, respecto de cómo se puede interpretar el periodo de los siglos XVI al XVIII, lo que toca especialmente a la historiografía y el pensamiento crítico latinoamericanos; y a nivel literario, ya que puede llevar a (re)considerar algunos problemas relevantes para los estudios literarios coloniales. En lo que sigue, se comentarán las posibles consecuencias en cada uno de estos ámbitos.
Implicancias teóricas: ampliaciones de la hegemonía
Respecto a la formulación gramsciana, Stuart Hall ha explicado muy claramente que el consenso es la instancia rectora a través de la cual se genera la hegemonía. Por supuesto, ello de ninguna manera implica obviar el plano coercitivo, pues, en rigor, “los momentos de coerción y consentimiento son siempre elementos complementarios, siempre entrelazados e interdependientes antes que elementos separados” (HALL, 2017HALL, STUART. Estudios culturales 1983. Una historia teorética. Buenos Aires: Paidós, 2017., p. 224). Según Antonio Gramsci, los intelectuales del grupo dominante son los encargados de conseguir el consentimiento, mientras que la coerción queda reservada al Estado (2013GRAMSCI, ANTONIO. Antología. Madrid: Akal , 2013., p. 352-353). Ahora bien, ¿en qué momento comienzan a operar el consenso y la coerción?, ¿cuáles son los objetivos que persigue la hegemonía? En primer lugar, el par consenso-coerción se requiere cuando se establece el predominio de un grupo por sobre otros, esto es, cuando la suma de sus intereses “tiende a prevalecer, a imponerse, a difundirse por toda el área social, determinando, además de la unidad de los fines económicos y políticos, también la unidad intelectual y moral, planteando todas las cuestiones en torno a las cuales hierve la lucha no ya en un plano corporativo, sino en un plano «universal»”. Así es como se crea “la hegemonía de un grupo social fundamental sobre una serie de grupos subordinados” (GRAMSCI, 2013GRAMSCI, ANTONIO. Antología. Madrid: Akal , 2013., p. 370). De este modo, entonces, el consenso y la coerción operan en función de que los grupos subordinados adhieran a los intereses del grupo social dominante (en el caso de las monarquías ibéricas, la adhesión al monarca y a la religión). De aquí se puede abordar la segunda pregunta. Aun cuando es cierto que el grupo dominante puede y debe hacer muchas concesiones, también es cierto que su finalidad es conservar y expandir su predominio. Por ende, “el establecimiento real de la dominación en la hegemonía se produce cuando se tiene la capacidad de contener, educar y remodelar activamente las fuerzas opositoras, de mantenerlas en sus lugares subordinados. Lo que Gramsci enfatiza en la hegemonía es más el trabajo de subordinación que el logro de una incorporación total” (HALL, 2017HALL, STUART. Estudios culturales 1983. Una historia teorética. Buenos Aires: Paidós, 2017., p. 221). A este respecto, Gramsci señala:
El hecho de la hegemonía presupone, sin duda, que se tengan en cuenta los intereses y las tendencias de los grupos sobre los cuales se ejercerá la hegemonía, que se constituya un cierto equilibrio de compromiso, o sea, que el grupo dirigente haga sacrificios de orden económico-corporativo, pero también es indudable que tales sacrificios y el mencionado compromiso no pueden referirse a lo esencial, porque si la hegemonía es ético-política no puede no ser también económica, no puede no tener su fundamento en la función decisiva que ejerce el grupo dirigente en el núcleo decisivo de la actividad económica. (2013GRAMSCI, ANTONIO. Antología. Madrid: Akal , 2013., p. 359)
Según esta breve descripción de las formulaciones gramscianas sobre la hegemonía, se puede observar que el enfoque policéntrico concuerda sustancialmente con ellas. ¿Dónde está la diferencia, entonces? ¿Cuál es el impacto de la “hegemonía monárquica” sobre la teoría de la hegemonía? Si bien es algo más bien implícito en las citas anteriores, una distinción central es la extensión político-territorial de la hegemonía. Para Gramsci, la hegemonía funciona en un plano nacional-estatal, mientras que para el modelo policéntrico la hegemonía opera en un plano “multiterritorial” y, por ende, “global”. Por cierto que ésta no es la primera versión interestatal o transnacional de la hegemonía, como Perry Anderson lo ha mostrado hace muy poco en La palabra H, sin embargo, considerar a las monarquías ibéricas como “hegemonías globales” tiene el efecto inmediato de llevar la dinámica de consenso-coerción más allá de los límites estatales. De hecho, teniendo en cuenta los tiempos globales que vivimos, en los que la soberanía estatal ha sido rebasada en diversos aspectos, problematizar la hegemonía en este sentido resulta fundamental5 5 Incluso si se piensa en su obsolescencia, como ocurre en parte de la teorización poshegemónica (Richard Day, Nicholas Thoburn, Scott Lash). En relación con la hegemonía en sentido global, Anderson acusa que esta línea ha sido muy poco abordada: “El plano transnacional de la hegemonía, en contraste con el más puramente cultural, sigue siendo el menos explorado, y también las formas en que se articula con los otros dos planos [el nacional y el internacional] depende de ellos. En la base del complejo sistema que forman, las hegemonías nacionales son, como percibió Gramsci, el terreno donde el consentimiento y la coerción suelen estar más equilibrados, mientras que, en los planos por encima de él, suele predominar una u otra. Con la globalización del capital, esos planos están cada vez más interconectados” (2018, p. 209). .
Un segundo punto en que se vería afectada la teorización sobre la hegemonía ya ha sido señalado más arriba: su limitación temporal a los dos últimos siglos en Occidente, desplazamiento que toca especialmente a la propuesta de Ernesto Laclau y Chantal Mouffe6 6 Aunque en Laclau y Mouffe, y en los posteriores trabajos del primero, sobre todo en los relativos al populismo, el carácter nacional-popular-estatal de la hegemonía se hará muy patente. . Para estos autores, la hegemonía sólo puede ser un fenómeno contemporáneo en cuanto es una construcción, y esta construcción sólo es posible cuando los antagonismos sociales son múltiples y no están dados de antemano, y cuando ya se dispone del “discurso democrático” proveído por la Revolución Francesa. Porque es este discurso el que permitirá “articular las diversas formas de resistencia a la subordinación” (2011LACLAU, ERNESTO & CHANTAL MOUFFE. Hegemonía y estrategia socialista. Hacia una radicalización de la democracia. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 2011., p. 197), en la medida en que las demandas de igualdad y libertad se desplazarán “hacia dominios cada vez más amplios” (2011LACLAU, ERNESTO & CHANTAL MOUFFE. Hegemonía y estrategia socialista. Hacia una radicalización de la democracia. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 2011., p. 198): de la crítica a la desigualdad social se pasará a la crítica de la desigualdad económica, y así a otras formas de subordinación (raciales, genéricas, medioambientales, etc.). Desde la perspectiva de Laclau y Mouffe, este proceso de construcción hegemónica resultaba imposible antes de 1800, puesto que en ese entonces las identidades sociales estaban dadas y los antagonismos, fundamentales para la construcción de una hegemonía, estaban preestablecidos. La del “Antiguo Régimen” era una
sociedad jerárquica y desigualitaria, regida por una lógica teológico-política en la que el orden social encontraba su fundamento en la voluntad divina. El cuerpo social era concebido como un todo en el que los individuos aparecían fijados a posiciones diferenciales. Por tanto tiempo como predominó un modo tal de institución “totalista” de lo social, la política no podía ser más que la repetición de relaciones jerárquicas que reproducían el mismo tipo de sujeto subordinado. (2011LACLAU, ERNESTO & CHANTAL MOUFFE. Hegemonía y estrategia socialista. Hacia una radicalización de la democracia. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica, 2011., p. 197)
Siguiendo estas mismas precisiones, se llega a la conclusión de que entender a las monarquías ibéricas como “hegemonías globales” no sólo implica una diferencia respecto de la línea divisoria establecida por la Revolución Francesa para la política hegemónica; y tampoco implica únicamente la prioridad del consenso por sobre la coerción en el contexto de los siglos XVI al XVIII. Si la hegemonía fue un modelo predominante en este periodo de tiempo, entonces también se puede poner en duda la fijación de las posiciones sociales y la repetición de las relaciones políticas durante el “Antiguo Régimen”, que Laclau y Mouffe destacan justamente como sus características principales. El punto se puede sostener en el trabajo ya citado de Elías Palti, que, como se decía más arriba, considera que el problema de la heterogeneidad social y de su articulación ya se encontraba abierto para el siglo XVI. Pero esta proposición tiene mayor asidero si se toman en cuenta las investigaciones desarrolladas por los estudios coloniales durante las últimas cuatro décadas, que han ido mostrando la inestabilidad de las identidades sociales y la pluralidad de puntos de conflictividad política: religiosas que desafían la autoridad epistemológica de sus confesores o superiores; sujetos marginales que prefieren vivir del bandidaje y el vagabundaje antes que someterse a un orden legal o a una autoridad central; españoles americanos (criollos) que abogan por que se les reconozca como iguales intelectual y racialmente frente a los españoles europeos, o que se les permita ocupar altos cargos en la administración colonial; indígenas y africanos que transfiguran sus tradiciones culturales y/o religiosas para poder conservarlas, y un largo etcétera.
Implicancias históricas: la querella “colonial”
En términos históricos o historiográficos, retrotraer la teoría de la hegemonía a los siglos coloniales tiene la implicancia de poner en cuestión, precisamente, la validez de este calificativo: el de “colonial”. Porque asumir que el consenso predominó por sobre la coerción implica asumir que los “individuos, familias, grupos, corporaciones y entidades” integrantes de las monarquías ibéricas -las élites especialmente- tenían un radio de acción reconocido por los propios monarcas, quienes eran conscientes de las dificultades que implicaba establecer un dominio directo sobre todas sus posesiones y otorgaban, por ende, cuotas de poder efectivo a las poblaciones locales. De ahí que la negociación -el principio de flexibilidad, diría John Leddy Phelan (2018PHELAN, JOHN LEDDY. “Autoridad y flexibilidad en la burocracia imperial española”. Revista Historia y Justicia, n. 10, 2018, p. 281-297.)- fuese una práctica fundamental para las monarquías, pues de otro modo la autoridad y la unidad podrían ser puestas en riesgo. Lo que se producía, entonces, era un juego de toma y daca que, sin quebrantar las lealtades al Rey y a Dios, permitía mantener la dominación territorial. Con esto se reconocería que las poblaciones locales estaban dotadas de una cualidad agencial, pudiendo ser definidas como centros en lugar de periferias y como reinos o estados en lugar de colonias. Así lo plantean abiertamente los editores del libro:
Polycentric Monarchies is more than just a chosen title. It represents a proposal to interpret the past differently, calling into question many of the assumptions historians until now have taken for granted. Insisting on the differences between present and past, it proposes a post-national history that rejects both a center-periphery analysis as well as a preliminary separation between a metropolis and colonies. It suggests instead that if we wish to understand the expansion and success (as well as eventual failure) of Iberian Monarchies, we must inquire on the relations between local and global dynamics by constructing a truly internationalized historiography that, without scarifying the particularities of place and time, also cares about what is common and repetitive. (CARDIM, HERZOG, IBÁÑEZ y SABATINI, 2012CARDIM, PEDRO, TAMAR HERZOG, JOSÉ JAVIER RUIZ IBÁÑEZ & GAETANO SABATINI(eds.). Polycentric Monarchies. How did Early Modern Spain and Portugal achieve and maintain a global hegemony?Brighton and Portland: Sussex Academic Press, 2012., p. 8)
[Polycentric Monarchies es más que sólo un título escogido. Representa una propuesta para interpretar el pasado de una manera diferente, cuestionando muchas de las asunciones que los historiadores han dado por sentadas hasta ahora. Al insistir en las diferencias entre presente y pasado, se propone una historia postnacional que rechaza tanto un análisis centro-periferia como una separación preliminar entre una metrópolis y sus colonias. En lugar de ello, sugiere que, si queremos comprender la expansión y el éxito (así como el eventual fracaso) de las monarquías ibéricas, debemos examinar las relaciones entre dinámicas locales y globales mediante la construcción de una historiografía verdaderamente internacionalizada, que, sin escarificar las particularidades de lugar y tiempo, también se preocupe de lo que es común y repetitivo.]
De acá se deriva una segunda implicancia directa: la de reponer o continuar las discusiones sobre la categoría de “colonial”, desarrolladas especialmente en los campos de la historiografía americana y del pensamiento crítico latinoamericano (poscolonial y decolonial), aunque en este segundo campo no parece haber acuso de recibo del enfoque policéntrico. En el primer caso, los principales fundamentos para cuestionar la pertinencia del calificativo de “colonial” respecto de las monarquías ibéricas han sido dos: por un lado, la descentralización política con que operaron estas monarquías, de donde han recibido diferentes denominaciones (compuestas, corporativas, de agregación, múltiples, policéntricas, globales, etc.); y por otro, el uso tardío de las acepciones económica y política del término “colonia” para referirse al dominio monárquico, las que acabaron imponiéndose, en rigor, durante la formación de los Estados nacionales en el siglo XIX.
En el contexto hispanoamericano, los intentos por desplazar la concepción “colonial” de la América Española se iniciaron con los trabajos de los historiadores argentinos Ricardo Levene, en las décadas de 1940 y 19507 7 Las Indias no eran colonias. Buenos Aires: Espasa-Calpe, 1951. , y Ricardo Zorraquín Becú, en la década de 19708 8 “La condición política de las Indias”. Revista de Historia del Derecho, n. 2, 1974, p. 285-380. . Sin embargo, tal como lo explica María Fernanda Justiniano (2016JUSTINIANO, MARÍA FERNANDA. “América: de colonia a reino y de periferia a centro”. Nuevo Mundo Mundos Nuevos, 2016. ), este proyecto ha tenido mayor éxito en el contexto europeo a partir de las críticas a la aplicabilidad del concepto weberiano de “Estado moderno” -en cuanto modernización lineal e industrial- a las monarquías europeas de los siglos XVI, XVII y XVIII. Se ha roto, así, con una teleología histórica que entendía este periodo como “un avance inexorable hacia un sistema de estados-nación soberanos” (ELLIOT, 2010ELLIOT, JOHN. “Una Europa de monarquías compuestas”. Em: ELLIOT, J. España, Europa y el mundo de ultramar (1500-1800). Madrid: Taurus, 2010, p. 29-54., p. 30). Justiniano destaca, en este sentido, los trabajos de Bartolomé Clavero9 9 “Institución política y derecho. Acerca del concepto historiográfico de “Estado moderno””. Revista de Estudios Políticos, n. 19, 1981, p. 43-57. , Antonio Hespanha10 10 Historia das Instituiçôes (epocas medieval e moderna). Coimbra: Livraria Almedina, 1982. , Sharon Kettering11 11 Patrons, Brokers, and Clients in Seventeenth-Century France. New York and Oxford: Oxford University Press, 1986. , John Elliot12 12 “A Europe of Composite Monarchies”. Past and Present, v. 137, n. 1, 1992, p. 48-71. , Annick Lempérière13 13 “La ‘cuestión colonial’”. Nuevo Mundo Mundos Nuevos, n. 4, 2004. , José Martínez Millán14 14 “The Triumph of the Burgundian Household in the Monarchy of Spain. From Philip the Handsome (1502) to Ferdinand VI (1759)”. Em: Paravicini, W. (ed.). La cour de Bourgogne et l'Europe. Le rayonnement et les limites d’un modèle culturel. Ostfildern: Jan Thorbecke, 2013: 745-771. , Manuel Rivero15 15 “La reconstrucción de la Monarquía Hispánica: La nueva relación con los reinos (1648-1680)”. Revista Escuela de Historia, v. 12, n. 1, 2013. y el libro de Cardim, Herzog, Ibáñez y Sabatini, en la medida en que todos ellos han servido para transitar desde el paradigma de una monarquía centralizada y absoluta al de una monarquía pluriterritorial y descentralizada16 16 Un texto que antecede en varias décadas a los destacados por Justiniano, y que, llamativamente, tiende a quedar ausente de los trabajos especializados, es el artículo de John Leddy Phelan “Authority and Flexibility in the Spanish Imperial Burocracy”, presentado como ponencia en 1959 y publicado en junio de 1960. .
A este conjunto de estudios de historia política o del derecho, cabría sumar aquellos abocados a la “querella semántica” en torno al concepto de “colonia”. Como han expuesto recientemente Mark Burkholder y Philippe Castejón, el concepto tuvo una acepción sólo demográfica durante gran parte de la monarquía hispana, y fue dotado de una dimensión económica recién desde la década de 1760 en adelante por el limitado grupo de ministros reformadores de Carlos III. Que tal uso era limitado, dice Castejón, lo demuestra el desajuste entre el informe final remitido por la Junta de 1764, encargada de elaborar un nuevo sistema comercial para América, y el Reglamento de Comercio Libre publicado en 1765: en el primero se recurría al término, mientras que en el segundo se lo evitaba (CASTEJÓN, 2016CASTEJÓN, PHILIPPE. “«Colonia» y «Metrópoli», la génesis de unos conceptos históricos fundamentales (1760-1808)”. Illes i Imperis, n. 18, 2016, p. 163-179., p. 170). Algo similar aconteció, según señala Burkholder, con el Reglamento y aranceles reales para el comercio libre de España a Indias de 1778, en donde la palabra figura una sola vez y en referencia a Louisiana (2016, p. 133)17 17 Con todo, y si bien no se lograron implementar a cabalidad, las medidas económicas que se proponían apuntaban abiertamente a la implantación de relaciones coloniales entre España y América. Así, por ejemplo, en el Discurso sobre la utilidad que la España pudiera sacar de la pérdida de La Habana (1762), Francisco Craywinckel comparó los dominios españoles en América con las colonias británicas, que eran las que aportaban mayores ingresos a Inglaterra. Su conclusión fue que la monarquía debía intervenir en el comercio americano si pretendía mejorar su recaudación fiscal (DELGADO RIBAS, 2010, p. 78-79). Pedro Rodríguez Campomanes, en sus Reflexiones sobre el comercio español a Indias (1762), también llamaba a seguir el ejemplo británico y a establecer, por tanto, una relación metrópoli-colonia entre España y América. Concentrándose en la noción de utilidad, Campomanes argumentaba que “[l]os intereses de las colonias no debían en ningún momento entrar en competencia con los de la metrópoli” (CASTEJÓN, 2016 169). En la misma línea se planteaba el Proyecto Económico (1762) de Bernardo Ward, que igualmente incitaba a imitar a monarquías como Francia e Inglaterra con tal de maximizar los beneficios de las Indias (BURKHOLDER, 2016, p. 132). Posteriormente, en 1768, José de Gálvez recurrió al término en el marco del proyecto para implementar el sistema de intendencias en Nueva España, señalando: “pues aunque varias veces se pensó en uniformar el gobierno de estas grandes Colonias con el de su Metrópoli, se opusieron los muchos que se interesan en la anarquía y el desorden” (citado por CASTEJÓN, 2016, p. 171). El mismo Gálvez difundió luego el uso del concepto entre sus allegados, como el virrey de Nueva Granada, Antonio Caballero y Góngora, y los visitadores generales Areche, Escobedo y Gutiérrez Piñeres, quienes lo emplearon en su correspondencia privada. . Según explica Castejón, la palabra “colonia” adquirió una nueva dimensión semántica en el contexto de las independencias, siendo utilizada como un concepto político que justificaba la emancipación de España. Así, los trescientos años de dominio español en América pasaron a ser entendidos bajo el rótulo del “pasado colonial” (CASTEJÓN, 2016CASTEJÓN, PHILIPPE. “«Colonia» y «Metrópoli», la génesis de unos conceptos históricos fundamentales (1760-1808)”. Illes i Imperis, n. 18, 2016, p. 163-179., p. 177). Burkholder plantea la misma situación, y su propuesta al respecto revive la de Ricardo Levene: sustituir el término “Hispanoamérica colonial” por el de “América española”18 18 “Scholars’ persistent use of ‘colonies’ perpetuates a widespread failure to appreciate, let alone emphasize, that native sons and other creoles in Spain’s American possessions routinely referred to their patrias as ‘kingdoms.’ It is time to credit the conquistadors, early settlers, later arrivals, and their descendants in the Indies with knowing what they were doing when they largely shunned ‘colonies,’ a word associated almost exclusively with non-Spanish possessions in the western hemisphere for more than two centuries. One alternative is ‘Spain’s America’; this phrase characterizes their general view of the Indies before 1808-1811 with greater neutrality and more accuracy than the conventional ‘Colonial Spanish America’” (BURKHOLDER, 2016, p. 143) [El uso persistente de ‘colonias’ por parte de los especialistas perpetúa un fracaso generalizado para apreciar, y mucho menos enfatizar, que los hijos nativos y otros criollos en los dominios americanos de España habitualmente se refirieron a sus patrias como ‘reinos’. Es tiempo de dar crédito a los conquistadores, los primeros colonos, los llegados posteriormente y sus descendientes en las Indias al saber lo que estaban haciendo cuando en gran medida evitaron el término ‘colonias’, una palabra asociada casi exclusivamente con las posesiones no hispanas en el hemisferio occidental por más de dos siglos. Una alternativa es “América española”; este sintagma caracteriza su visión general de las Indias antes de 1808-1811 con mayor neutralidad y precisión que la convencional ‘Hispanoamérica colonial’]. De ninguna manera esto significa que el debate se encuentre cerrado. Jorge Cañizares-Esguerra, por ejemplo, en su reseña a Policentryc Monarchies, sostiene que “[t]he argument that the polycentric monarchy was not “colonial” is a Eurocentric fairytale” [el argumento de que la monarquía policéntrica no era “colonial” es un cuento de hadas eurocéntrico] y que la propuesta “can become a useful and vigorous historiography if shorn of its Eurocentrism” [puede convertirse en una historiografía útil y vigorosa si elimina su eurocentrismo] (2015, p. 139-140). .
En el campo del pensamiento crítico latinoamericano, la discusión parece orientarse en la dirección contraria. Si bien han habido planteamientos críticos hacia la comprensión “colonial” de las monarquías ibéricas (KLOR DE ALVAKLOR DE ALVA, JORGE. “La poscolonización de la experiencia (latino)americana”. Em: SANDOVAL, P. (ed.). Repensando la subalternidad. Miradas críticas desde/sobre América Latina. Lima: Instituto de Estudios Peruanos, 2010, p. 103-150.; ADORNO, 1993ADORNO, ROLENA. “Reconsidering Colonial Discourse for Sixteenth- and Seventeenth-Century Spanish America”. Latin American Research Review, v. 28, n. 3, 1993, p. 135-145.), la línea más recurrente es la que plantea no sólo la pertinencia del término sino incluso la continuidad de relaciones coloniales de poder en el periodo nacional y republicano, como lo sostienen los estudios poscoloniales y decoloniales (MARTÍNEZ-SAN MIGUEL, 2008MARTÍNEZ-SAN MIGUEL, YOLANDA. From Lack to Excess: “minor” Readings of Latin American Colonial Discourse. Lewisburg, PA: Bucknell UP, 2008., p. 18-19). Ello da cuenta del nulo impacto del enfoque policéntrico -u otros similares y anteriores- en el campo del pensamiento crítico latinoamericano, así como revela las escasas conexiones que suelen producirse entre este campo y la historiografía. Pese a ello, la asunción de las monarquías ibéricas como hegemonías políticas, propuesta por el policentrismo, puede ser provechosa en el debate al interior del campo, especialmente por el hecho de que, de uno y otro lado, se ha recurrido a la noción de “hegemonía” para referirse al contexto colonial. Cito sólo un par de ejemplos:
Taking into consideration this more specific distinction, I would like to argue that colonialism as a system of domination is still a productive notion for the study of early American sociopolitical history, given that a central trait of the political structure of the viceroyalties and audiencias was their function as intermediaries between local hegemonic sectors and imperial metropolitan centers. (MARTÍNEZ-SAN MIGUEL, 2008MARTÍNEZ-SAN MIGUEL, YOLANDA. From Lack to Excess: “minor” Readings of Latin American Colonial Discourse. Lewisburg, PA: Bucknell UP, 2008., p. 18. Cursivas propias)
[Tomando en consideración esta distinción más específica, me gustaría sostener que el colonialismo como un sistema de dominación aún es una noción productiva para el estudio de la temprana historia sociopolítica americana, dado que una característica central de la estructura política de los virreinatos y audiencias fue su función como intermediarios entre los sectores locales hegemónicos y los centros imperiales metropolitanos.]
En pocas palabras, me parece que con la excepción de las áreas periféricas, la experiencia del colonialismo, con los sentidos que ha llegado a tener hoy en día, principalmente como un proceso de explotación y de subordinación dependiente de los no locales, no alcanzó a los mestizos que llegaron a formar la mayoría de la población de las Américas de la preindependencia, aunque esta fue subyugada, abusada, explotada y muchas veces asesinada por otros mestizos, mulatos, indios y criollos locales que gozaban de la hegemonía que se ejercía sobre ellos”. (Klor de AlvaKLOR DE ALVA, JORGE. “La poscolonización de la experiencia (latino)americana”. Em: SANDOVAL, P. (ed.). Repensando la subalternidad. Miradas críticas desde/sobre América Latina. Lima: Instituto de Estudios Peruanos, 2010, p. 103-150., “La poscolonización” 142. Cursivas propias)
El uso de la noción de “hegemonía” es patente en ambos casos, como puede leerse, sin embargo, se trata de un uso desprovisto de sustento teórico, acrítico inclusive. En el caso del texto de Yolanda Martínez-San Miguel, la hegemonía de los sectores locales se desenvuelve en el marco de relaciones centro-periferia y metrópolis-colonia, que son justamente los modelos que el enfoque policéntrico contrapone al de las “hegemonías globales”. En el caso del texto de Jorge Klor de Alva, en tanto, la hegemonía se manifiesta en “subyugación, abuso, explotación y asesinato”, por lo que parece estar más cerca de la coerción que del consenso; así, entonces, más que de una hegemonía, se trataría de una dominación (ANDERSON, 2018ANDERSON, PERRY. La palabra H. Peripecias de la hegemonía. Madrid: Akal, 2018., p. 120-121). Ahora bien, con estas observaciones no se busca dar la razón sin más a la teoría de la hegemonía o al enfoque policéntrico, sino llamar la atención sobre dos puntos respecto del pensamiento crítico latinoamericano: uno, el hecho de que la recurrencia a la noción de “hegemonía” no puede ser gratuita; y dos, el aporte que puede prestar el enfoque policéntrico en este sentido y en la discusión sobre las categorías de “colonia” y “colonialismo”. Es más, el diálogo entre historiografía y pensamiento crítico latinoamericano no debería seguir pendiente, ya que tal incomunicación sólo alimenta prejuicios.
Implicancias literarias: dominar, resistir y negociar
Para sostener mi punto en este apartado, me gustaría partir citando a Gustavo Verdesio, quien ya en varias ocasiones ha demandado una “fuerte inflexión subalternista” al interior de los estudios coloniales latinoamericanos, que no solamente abra el campo a las voces y subjetividades subalternas sino que les dé a éstas “privilegio epistemológico” (2002VERDESIO, GUSTAVO. “Colonialism now and then”. Em: FÉLIX BOLAÑOS, Á. & VERDESIO, G. (eds.). Colonialism Past and Present: Reading and Writing About Colonial Latin America Today. New York: SUNY Press, 2002, p. 1-17., 2012VERDESIO, GUSTAVO. “Colonialismo acá y allá: Reflexiones sobre la teoría y la práctica de los estudios coloniales a través de fronteras culturales”. Cuadernos del CILHA, v. 13, n.2, 2012, p. 175-191., 2018VERDESIO, GUSTAVO. “Colonialidad, colonialismo y estudios coloniales: un enfoque comparativo de inflexión subalternista”. Tabula Rasa, n. 29, 2018, p. 85-106.). El crítico uruguayo ha argumentado que el “nuevo paradigma” del que alguna vez hablaran Walter Mignolo (1996MIGNOLO, WALTER. “La lengua, la letra, el territorio (o la crisis de los estudios literarios coloniales)”. Em: SOSNOWSKI, S. (ed.). Lectura crítica de la literatura americana. I. Inventarios, invenciones y revisiones. Caracas: Biblioteca Ayacucho, 1996, p. 3-29.) y Rolena Adorno (1988ADORNO, ROLENA. “Nuevas perspectivas en los estudios literarios coloniales hispanoamericanos”. Revista de Crítica Literaria Latinoamericana, n. 28, 1988, p. 11-28.), que apostaba justamente por abrir el corpus colonial a esas voces subalternas, no llegó a constituirse como tal ya que los estudios críticos e historiográficos continuaron dando primacía a las producciones de aquellos sujetos pertenecientes a la ciudad letrada, es decir, a quienes desarrollaron “los mecanismos de dominación y control de poblaciones durante y después de la época colonial en América Latina” (2012VERDESIO, GUSTAVO. “Colonialismo acá y allá: Reflexiones sobre la teoría y la práctica de los estudios coloniales a través de fronteras culturales”. Cuadernos del CILHA, v. 13, n.2, 2012, p. 175-191.). Por ende, más que de un “nuevo paradigma”, se trató de un “nuevo modo de producción intelectual”, enfrentado en el campo crítico con las “prácticas disciplinarias hegemónicas”.
De allí que el requerimiento de Verdesio fuese -y sea- dar “privilegio epistemológico” a las producciones y lecturas subalternas, y relegar las de los ciudadanos letrados y afines, argumentando que en los estudios coloniales no hay lugar para terceros espacios o terceras vías. Sólo mediante esa estrategia de subversión (BOURDIEU, 1989BOURDIEU, PIERRE. “El campo literario. Prerrequisitos críticos y principios de método”. Criterios, n. 25-28, 1989-1990, p. 20-42.-1990) se lograría una transformación sustancial del campo de los estudios coloniales latinoamericanos, pues se daría término a los silenciamientos impuestos por las autoridades y los letrados tanto coloniales como republicanos. Según Verdesio, “estos cambios tienen como consecuencia una nueva situación en el campo de estudios, caracterizado ahora por la incorporación de lo indígena, lo femenino, lo africano y otras entidades, agencias, y perspectivas no Europeas y no patriarcales a las investigaciones enmarcadas por la disciplina” (2012VERDESIO, GUSTAVO. “Colonialismo acá y allá: Reflexiones sobre la teoría y la práctica de los estudios coloniales a través de fronteras culturales”. Cuadernos del CILHA, v. 13, n.2, 2012, p. 175-191.). Esta toma de posición de Verdesio apunta a una reestructuración del campo crítico-historiográfico en la medida en que lo que se demanda es una mudanza en la correlación de fuerzas: que lo que hoy es hegemónico deje de serlo y que lo que aún es nuevo se torne paradigmático.
Pero la petición de Verdesio es riesgosa, por dos motivos. En primer lugar, porque no puede ser “latinoamericanizable”. Quiero decir con esto que la organización del campo de los estudios coloniales a nivel local no necesariamente ha de constituir una réplica análoga del estado del campo a nivel latinoamericano o de sus necesidades. Si se juzga así, el riesgo principal que conlleva la propuesta de Verdesio es que la predominancia subalternista se transfigure en una hegemonía restrictiva y homogeneizante que dictamine la orientación de las distintas agendas locales19 19 Su mismo ejemplo del caso colonial uruguayo, que no se ajustaría al modelo de la “colonialidad del poder” sino al de un “colonialismo de colonos”, da cuenta de la necesidad de atender las diferencias locales. En esta misma línea, Mónica Díaz ha cuestionado el aserto de Verdesio relativo al fracaso del “nuevo paradigma” por la diversidad de agendas de investigación. Dice Díaz: “Sin embargo, dicho comentario crítico apoya el hecho de que el cambio de paradigma identificado por Mignolo y Adorno no establecía lineamientos rígidos que delimitaran la práctica a ciertos temas y regiones, sino que invitaba a nuevas maneras de pensar y practicar los estudios coloniales desde la academia norteamericana, y por tanto funcionó como un catalizador para que veinte años después se identificaran claras ramificaciones dentro del campo, pero que no negaban el espíritu del cambio original y sí lo hacían más sofisticado y lleno de posibilidades” (2014, p. 525). . La consecuencia obvia de este modelo -y éste es ya el segundo motivo- sería el descrédito o la obliteración de los estudios dedicados a sujetos letrados o pertenecientes a las esferas de poder coloniales. En palabras de José Rabasa, sería la continuación de una lógica binaria a la inversa (2000RABASA, JOSÉ. “Límites históricos y epistemológicos en los estudios subalternos”. Em: MORAÑA, M. (ed.). Nuevas perspectivas desde/sobre América Latina. El desafío de los estudios culturales. Santiago: Editorial Cuarto Propio; Instituto Internacional de Literatura Iberoamericana, 2000, p. 107-118., p. 116).
En mi opinión, el enfoque policéntrico y la consideración de las monarquías ibéricas en cuanto hegemonías globales plantean una alternativa plausible a esta lógica binaria de letrados y subalternos, de dominación (más que de hegemonía) y de resistencia, ya sea que funcione al derecho o al revés. Esto no implica, en absoluto, negar la existencia de textos producidos o legibles en tales sentidos, pero sí abre la opción de una hipótesis que desmonta tal binarismo. La hipótesis es la siguiente: si, por un lado, el policentrismo y la hegemonía constituyeron el modelo de gobierno predominante durante los siglos XVI al XVIII, y si, por otro lado, la literatura de la época -en su sentido más lato- no estaba autonomizada de las esferas de poder (políticas, económicas, religiosas, etc.), como los mismos estudios coloniales lo han mostrado hace largo rato, entonces se puede sugerir que esta literatura participaba en mayor o en menor grado del gobierno policéntrico y hegemónico. En otras palabras, lo que se infiere de allí es que los textos coloniales podrían ser leídos también como recursos o estrategias de negociación por parte de "individuos, familias, grupos, corporaciones y entidades"; por lo tanto, no sólo como instrumentos de dominio o fuga, sino como formas de participación e intervención en el gobierno de las monarquías.
Este planteamiento, por supuesto, es articulable con trabajos previos realizados en el marco de los estudios coloniales latinoamericanos. En su artículo ya citado, por ejemplo, Mónica Díaz cuestiona las representaciones romántica y marginal de los indígenas coloniales, ya que ambas impiden reconocer y analizar prácticas de negociación desarrolladas por estos sujetos. Además de la marginalización, dice, “se encuentran ocasiones en las que los grupos indígenas tuvieron la oportunidad de manejar la situación colonial de tal manera que ejercieron su agencia desde dentro del sistema, haciendo uso de las mismas estrategias y recursos que el sistema les proveía” (527). Por otra parte, Díaz destaca la utilidad de la teoría poscolonial para abordar situaciones coloniales de los siglos XV al XIX, dado que ésta “puede ser de gran ayuda para entender las negociaciones establecidas entre poderes hegemónicos y grupos subalternos” (528), tal como -señala- la pueden prestar los estudios subalternos y los conceptos de transculturación e hibridez. Así, menciona algunos trabajos que han avanzado en tal línea, como los de Rolena Adorno sobre Guamán Poma de Ayala y el libro de John Charles Allies at Odds: The Andean Church and Its Indigenous Agents, 1583-1671 (2010), a los que añade el caso de los conventos para mujeres indígenas fundados en México durante el siglo XVIII. En este sentido, entonces, si cabe destacar alguna diferencia que presenta la hipótesis formulada en relación con los avances ya desarrollados por los estudios coloniales latinoamericanos, me parece que esta distinción viene dada por el hecho de abordar estas prácticas de negociación desde una cierta teorización y práctica políticas: la de la hegemonía. Como se ha dicho anteriormente, este término no siempre se ha utilizado con precisión conceptual, por lo que un aporte del presente trabajo vendría de este lado.
Ejemplos más concretos de ello -en una línea similar a los citados por Mónica Díaz- los encuentro en los estudios de Carlos Garriga y Adrian Masters, quienes han analizado el género de las peticiones y su impacto en la política monárquica. Garriga ha abordado los “derechos de prelación”, que son “textos escritos por letrados para defender una pretensión que fundamentan jurídicamente como derecho de los criollos, que por esto y al mismo tiempo deviene obligación para el rey, cualesquiera que fueren las razones invocadas (teológicas, normativas de distintos derechos, históricas, literarias...)” (2003GARRIGA, CARLOS. “El derecho de prelación: en torno a la construcción jurídica de la identidad criolla”. Em: GONZÁLEZ VALES, L. E. (ed). Estudios del XIII Congreso del Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano. San Juan: Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano, 2003, p. 1085-1128., p. 1089). Fundamentalmente, se trata de peticiones de criollos para ocupar beneficios y oficios públicos en las distintas ciudades americanas, cuyo basamento central era la condición de naturales de estos territorios. Ello implicaba recurrir a argumentos como el linaje y la calidad de la tierra, la prelación como derecho concedido por códigos civiles y eclesiásticos, y la conveniencia de servir en la propia tierra por el conocimiento y el amor a la misma. Éste es también el núcleo del patriotismo criollo, que Garriga entiende como “una identidad americana y al propio tiempo española [...] una manera de estar dentro de -y no ciertamente de romper con- la Monarquía católica” (2003GARRIGA, CARLOS. “El derecho de prelación: en torno a la construcción jurídica de la identidad criolla”. Em: GONZÁLEZ VALES, L. E. (ed). Estudios del XIII Congreso del Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano. San Juan: Instituto Internacional de Historia del Derecho Indiano, 2003, p. 1085-1128., p. 1085-1086). Adrian Masters, por su lado, ha analizado documentos de Gobierno, que incluyen decretos reales emitidos a partir de cartas o peticiones enviadas directamente al Consejo de Indias por vasallos americanos de distintas condiciones sociales. A partir de la comparación entre las peticiones y los decretos, Masters concluye que el origen de la mayor parte de la legislación administrativa “were the many letters that vassals of all social backgrounds submitted to the council, which ministers then transformed into royal decrees in what I call the petition and response system. [...] subjects did more than merely propose crown policies. They could even phrase policy through gobierno petitions” (383). [fueron las numerosas cartas que los vasallos de todos los entornos sociales enviaron al Consejo, cuyos ministros transformaron luego en decretos reales, en lo que denomino el sistema de petición y respuesta [...] los sujetos hicieron más que sólo proponer políticas a la Corona. Pudieron, incluso, frasear la política a través de las peticiones de gobierno.]
Conclusiones
La comprensión de las monarquías ibéricas como hegemonías políticas no es una novedad absoluta, como se ha mostrado a lo largo del trabajo: hay investigaciones previas y posteriores al libro de Cardim, Herzog, Ruiz y Sabatini que han llegado a conclusiones similares, aunque sin darle ese nombre; y hay otros trabajos que han tildado de “hegemónico” el gobierno de las autoridades europeas y americanas en el contexto de la monarquía hispana, aunque no siempre con una claridad conceptual. En ese sentido, y aun cuando el sustento teórico de los editores es breve y no explicita sus fuentes (gramscianas, en mi opinión), éste es uno de los principales aportes de su propuesta. Porque no se trata de una mera asignación nominal sino que de todo un modelo político que habría sido predominante durante tres siglos, lo que tiene una serie de implicancias para abordar el periodo colonial, y que son las que se han intentado abordar en las páginas precedentes. Por otra parte, no se puede desconocer que las “hegemonías globales” de España y Portugal en la temprana modernidad implicaron situaciones de desigualdad, aunque, cabe subrayar, como lo implica cualquier hegemonía. Lo relevante es que, a pesar de ello, las “monarquías policéntricas” reconocieron una cualidad agencial de las unidades que las integraban, pues, como señaló Stuart Hall, lo que importa a la hegemonía “es más el trabajo de subordinación que el logro de una incorporación total”.
En lo tocante a las implicancias examinadas, me interesa fundamentalmente la que tiene que ver con el análisis textual. De un lado, porque un acercamiento de este tipo permite desmarcarse de interpretaciones binarias, particularmente en los términos de dominación y resistencia. Como lo han ido evidenciando los propios estudios coloniales, la heterogeneidad de identidades y de puntos de conflicto eran muchos, por lo que cabían ambigüedades en estos marcos. De otro lado, considero que, en una panorámica rápida y general, el enfoque resulta aplicable a muchos textos coloniales: desde el primer diario de Colón, que busca conseguir lo capitulado con la Corona de Castilla, hasta las proclamas autonomistas o independentistas de los siglos XVIII y XIX, muchas de las cuales acusan la ruptura de un supuesto contrato entre la monarquía y los conquistadores. Con todo, una deuda pendiente respecto del enfoque propuesto es el desarrollo de una metodología de análisis textual, y por supuesto el abordaje de casos de estudio particulares que puedan darle mayor asidero a la hipótesis formulada. Ambas tareas constituyen los pasos siguientes de trabajo.
A nivel del campo crítico literario, un análisis en esta línea implica necesariamente una discusión con otros enfoques críticos, de modo de evaluar posibles cruces y divergencias. Al igual que muchos de estos enfoques, el análisis aquí propuesto contraría una comprensión dada u homogénea de la identidad de los sujetos coloniales (la crítica a la concepción de Laclau y Mouffe)20 20 Pienso en metáforas culturales tales como mestizaje (Silvia Rivera Cusicanqui), transculturación (Fernando Ortiz, Ángel Rama), heterogeneidad (José Carlos Mariátegui, Antonio Cornejo Polar), entre-lugar (Silviano Santiago), hibridez (Néstor García Canclini), pensamiento fronterizo (Walter Mignolo), entre otras. A pesar de sus distancias epistemológicas y metodológicas, todas ellas han puesto en entredicho la idea de un sujeto latinoamericano (colonial o poscolonial) unitario, homogéneo, ajeno a contradicciones internas. Muy por el contrario, estas categorías han subrayado una tensión constante en la configuración identitaria de este sujeto, la que en ocasiones se considera salvable o reducible, mientras que en otras permanece irresoluble. . No obstante, cabe examinar hasta qué grado son homologables estas propuestas, sobre todo si una perspectiva policéntrica y hegemónica parece priorizar la negociación y el consenso, mientras que otras formulaciones remarcan la heterogeneidad y la diferencia, como en los respectivos casos de Antonio Cornejo Polar (2013CORNEJO POLAR, ANTONIO. Crítica de la razón heterogénea: textos esenciales. 2 vols. Ed. José Antonio Mazzotti. Lima: Fondo Editorial de la Asamblea Nacional de Rectores, 2013.) y Silviano Santiago (2012SANTIAGO, SILVIANO. Una literatura en los trópicos. Ensayos de Silviano Santiago. Concepción: Editorial Escaparate, 2012.), sólo por dar un par de ejemplos. Lo que queda por examinar con detención son los posibles aportes que un enfoque “hegemónico” -por darle un nombre- vendría a prestar respecto de tales formulaciones y respecto del campo de los estudios coloniales latinoamericanos.
Por último, también falta revisar con más detención las críticas que se han venido formulando a la teoría de la hegemonía, principalmente en sus versiones gramsciana y laclauiana. Como se dijo más arriba, hoy estas críticas provienen fundamentalmente de dos corrientes de pensamiento: la poshegemonía y la infrapolítica, que han acusado el agotamiento de la hegemonía como modelo alternativo a la actual hegemonía capitalista. Esta revisión tiene dos finalidades importantes: i) justificar la recurrencia a una teoría que muchos consideran limitada o decididamente obsoleta, pero también ii) determinar si es posible recoger algunos elementos de esas críticas e incorporarlos o complementarlos con el enfoque hegemónico. Por ejemplo, si bien Jon Beasley-Murray inicia su libro Poshegemonía. Teoría política y América Latina con una afirmación tajante: “La hegemonía no existe, ni nunca ha existido” (2010BEASLEY-MURRAY, JON. Poshegemonía. Teoría política y América Latina. Buenos Aires: Paidós, 2010., p. 11), posteriormente matizará este aserto al cuestionar el binarismo hegemonía/poshegemonía, argumentando que ese es el fondo de su enunciado, y añadiendo -en sintonía con las críticas del teórico griego Yannis Stavrakakis- “that ‘discourse and affect, symbolic and real’ are far from being ‘mutually exclusive dimensions,’ and that it is therefore our task ‘to explore, in every historical conjuncture, the different and multiple ways in which these interact to co-constitute subjects, objects and socio-political orders’” (2015BEASLEY-MURRAY, JON. “Review Radical Democracy and Collective Movements Today. The Biopolitics of the multitude versus the Hegemony of the People”. Contemporary Political Theory, v. 14, n. 4, 2015, p. 28-31., p. 30) [que ‘discurso y afecto, simbólico y real’, están lejos de ser ‘dimensiones mutuamente excluyentes’, y que, por ende, es nuestra tarea ‘explorar, en cada coyuntura histórica, las diferentes y múltiples formas en que ambas interactúan para co-constituir sujetos, objetos y órdenes sociopolíticos’]. Por aquí, creo, se abre la posibilidad de una articulación.
Referencias
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La predominancia del consenso por sobre la coerción, en lo que se ahondará más adelante.
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Si bien la poshegemonía y la infrapolítica no constituyen modelos teórico-críticos homogéneos o cerrados, las siguientes palabras de Alberto Moreiras resumen en gran medida las propuestas de ambas corrientes: “Hay una hegemonía civilizatoria realmente existente, la que combina en sí el capitalismo financiero y el discurso de la técnica y la caída precipitosa de lo humano en la autobiopolítica. La infrapolítica no es una forma de combate político, sino una forma de sustracción a un combate político que hoy no puede lidiarse sino de forma interna al capitalismo financiero, al discurso de la técnica, y la forma autotecnobiopolítica (con perdón por la palabrota) de vida. Hay hegemonía, entendida como dominación social a múltiples niveles y registros consistentes entre sí, y pienso que la forma de resistir a ella no es el intento por formular una nueva hegemonía, no es el intento por construir una nueva hegemonía, no es el intento por instaurar, finalmente, una nueva hegemonía (obvio que lo del “hiperliderazgo mediático” de Podemos que confundió el sorpasso al PSOE con la instauración de una nueva hegemonía es inadmisible y un poco patético). Y tampoco es el intento de seguir amarrado a una idea que cumplió su fin histórico, a mi juicio, en el marxismo tardío. Es más bien el intento de colocarse, política y existencialmente, fuera de su alcance, en la (imposible) medida de lo posible; buscando un paso atrás con respecto de soluciones políticas que traicionan su propia posibilidad [...] Ahora bien, las cosas no se acaban en el ejercicio infrapolítico, que es un intento de pensar la forma de vida del existente más allá de su secuestro tecnobiopolítico, porque entendemos que, además de que hay existencia fuera de la política, la política marca la existencia. La posthegemonía es lo que la infrapolítica ofrece como posición política, igual que la infrapolítica es lo que la posthegemonía ofrece como lugar de amparo o positividad de su propia resistencia” (MUÑOZ y BAKER, 2018MUÑOZ, GERARDO & PETER BAKER . “Felicidad infrapolítica. Conversación con Alberto Moreiras”. Pensamiento al margen. Especial infrapolítica y democracia, 2018, p. 209-227., p. 224-225).
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Esa es la crítica de Gustavo Verdesio, que se comentará en el último apartado.
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Resulta elocuente, en este sentido, que el abandono del modelo hegemónico de una parte de la intelectualidad izquierdista latinoamericana se produzca, precisamente, a raíz de que se le cuestiona su capacidad de representar al subalterno (BEVERLEY, 2004BEVERLEY, JOHN. “¿Híbrido o binario? Sobre la categoría de “el pueblo””. Em: BEVERLEY, J. Subalternidad y representación. Debates en teoría cultural. Madrid: Iberoamericana, 2004, p.127-162., p. 148-149).
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Incluso si se piensa en su obsolescencia, como ocurre en parte de la teorización poshegemónica (Richard Day, Nicholas Thoburn, Scott Lash). En relación con la hegemonía en sentido global, Anderson acusa que esta línea ha sido muy poco abordada: “El plano transnacional de la hegemonía, en contraste con el más puramente cultural, sigue siendo el menos explorado, y también las formas en que se articula con los otros dos planos [el nacional y el internacional] depende de ellos. En la base del complejo sistema que forman, las hegemonías nacionales son, como percibió Gramsci, el terreno donde el consentimiento y la coerción suelen estar más equilibrados, mientras que, en los planos por encima de él, suele predominar una u otra. Con la globalización del capital, esos planos están cada vez más interconectados” (2018, p. 209).
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Aunque en Laclau y Mouffe, y en los posteriores trabajos del primero, sobre todo en los relativos al populismo, el carácter nacional-popular-estatal de la hegemonía se hará muy patente.
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Las Indias no eran colonias. Buenos Aires: Espasa-Calpe, 1951.
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8
“La condición política de las Indias”. Revista de Historia del Derecho, n. 2, 1974, p. 285-380.
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9
“Institución política y derecho. Acerca del concepto historiográfico de “Estado moderno””. Revista de Estudios Políticos, n. 19, 1981, p. 43-57.
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10
Historia das Instituiçôes (epocas medieval e moderna). Coimbra: Livraria Almedina, 1982.
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11
Patrons, Brokers, and Clients in Seventeenth-Century France. New York and Oxford: Oxford University Press, 1986.
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12
“A Europe of Composite Monarchies”. Past and Present, v. 137, n. 1, 1992, p. 48-71.
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13
“La ‘cuestión colonial’”. Nuevo Mundo Mundos Nuevos, n. 4, 2004.
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14
“The Triumph of the Burgundian Household in the Monarchy of Spain. From Philip the Handsome (1502) to Ferdinand VI (1759)”. Em: Paravicini, W. (ed.). La cour de Bourgogne et l'Europe. Le rayonnement et les limites d’un modèle culturel. Ostfildern: Jan Thorbecke, 2013: 745-771.
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15
“La reconstrucción de la Monarquía Hispánica: La nueva relación con los reinos (1648-1680)”. Revista Escuela de Historia, v. 12, n. 1, 2013.
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Un texto que antecede en varias décadas a los destacados por Justiniano, y que, llamativamente, tiende a quedar ausente de los trabajos especializados, es el artículo de John Leddy Phelan “Authority and Flexibility in the Spanish Imperial Burocracy”, presentado como ponencia en 1959 y publicado en junio de 1960.
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Con todo, y si bien no se lograron implementar a cabalidad, las medidas económicas que se proponían apuntaban abiertamente a la implantación de relaciones coloniales entre España y América. Así, por ejemplo, en el Discurso sobre la utilidad que la España pudiera sacar de la pérdida de La Habana (1762), Francisco Craywinckel comparó los dominios españoles en América con las colonias británicas, que eran las que aportaban mayores ingresos a Inglaterra. Su conclusión fue que la monarquía debía intervenir en el comercio americano si pretendía mejorar su recaudación fiscal (DELGADO RIBAS, 2010DELGADO RIBAS, JOSEP. “Construir el Estado, destruir la nación. Las reformas fiscales de los primeros borbones y el colapso del sistema de equilibrios en el imperio español (1714-1796)”. Illes i imperis, n. 13, 2010, p. 63-85., p. 78-79). Pedro Rodríguez Campomanes, en sus Reflexiones sobre el comercio español a Indias (1762), también llamaba a seguir el ejemplo británico y a establecer, por tanto, una relación metrópoli-colonia entre España y América. Concentrándose en la noción de utilidad, Campomanes argumentaba que “[l]os intereses de las colonias no debían en ningún momento entrar en competencia con los de la metrópoli” (CASTEJÓN, 2016 CASTEJÓN, PHILIPPE. “«Colonia» y «Metrópoli», la génesis de unos conceptos históricos fundamentales (1760-1808)”. Illes i Imperis, n. 18, 2016, p. 163-179.169). En la misma línea se planteaba el Proyecto Económico (1762) de Bernardo Ward, que igualmente incitaba a imitar a monarquías como Francia e Inglaterra con tal de maximizar los beneficios de las Indias (BURKHOLDER, 2016BURKHOLDER, MARK. “Spain’s America: from kingdoms to colonies”. Colonial Latin American Review, v 25, n. 2, 2016, p. 125-153., p. 132). Posteriormente, en 1768, José de Gálvez recurrió al término en el marco del proyecto para implementar el sistema de intendencias en Nueva España, señalando: “pues aunque varias veces se pensó en uniformar el gobierno de estas grandes Colonias con el de su Metrópoli, se opusieron los muchos que se interesan en la anarquía y el desorden” (citado por CASTEJÓN, 2016CASTEJÓN, PHILIPPE. “«Colonia» y «Metrópoli», la génesis de unos conceptos históricos fundamentales (1760-1808)”. Illes i Imperis, n. 18, 2016, p. 163-179., p. 171). El mismo Gálvez difundió luego el uso del concepto entre sus allegados, como el virrey de Nueva Granada, Antonio Caballero y Góngora, y los visitadores generales Areche, Escobedo y Gutiérrez Piñeres, quienes lo emplearon en su correspondencia privada.
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“Scholars’ persistent use of ‘colonies’ perpetuates a widespread failure to appreciate, let alone emphasize, that native sons and other creoles in Spain’s American possessions routinely referred to their patrias as ‘kingdoms.’ It is time to credit the conquistadors, early settlers, later arrivals, and their descendants in the Indies with knowing what they were doing when they largely shunned ‘colonies,’ a word associated almost exclusively with non-Spanish possessions in the western hemisphere for more than two centuries. One alternative is ‘Spain’s America’; this phrase characterizes their general view of the Indies before 1808-1811 with greater neutrality and more accuracy than the conventional ‘Colonial Spanish America’” (BURKHOLDER, 2016CASTEJÓN, PHILIPPE. “«Colonia» y «Metrópoli», la génesis de unos conceptos históricos fundamentales (1760-1808)”. Illes i Imperis, n. 18, 2016, p. 163-179., p. 143) [El uso persistente de ‘colonias’ por parte de los especialistas perpetúa un fracaso generalizado para apreciar, y mucho menos enfatizar, que los hijos nativos y otros criollos en los dominios americanos de España habitualmente se refirieron a sus patrias como ‘reinos’. Es tiempo de dar crédito a los conquistadores, los primeros colonos, los llegados posteriormente y sus descendientes en las Indias al saber lo que estaban haciendo cuando en gran medida evitaron el término ‘colonias’, una palabra asociada casi exclusivamente con las posesiones no hispanas en el hemisferio occidental por más de dos siglos. Una alternativa es “América española”; este sintagma caracteriza su visión general de las Indias antes de 1808-1811 con mayor neutralidad y precisión que la convencional ‘Hispanoamérica colonial’]. De ninguna manera esto significa que el debate se encuentre cerrado. Jorge Cañizares-Esguerra, por ejemplo, en su reseña a Policentryc Monarchies, sostiene que “[t]he argument that the polycentric monarchy was not “colonial” is a Eurocentric fairytale” [el argumento de que la monarquía policéntrica no era “colonial” es un cuento de hadas eurocéntrico] y que la propuesta “can become a useful and vigorous historiography if shorn of its Eurocentrism” [puede convertirse en una historiografía útil y vigorosa si elimina su eurocentrismo] (2015CAÑIZARES-ESGUERRA, JORGE. “Review Pedro Cardim, Tamar Herzog, Gaetano Sabatini (Eds.): Polycentric Monarchies: How Did Early Modern Spain and Portugal Achieve and Maintain a Global Hegemony?”. Estudios Interdisciplinarios de América Latina y el Caribe, v. 26, n.1, 2015, p. 138-140., p. 139-140).
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Su mismo ejemplo del caso colonial uruguayo, que no se ajustaría al modelo de la “colonialidad del poder” sino al de un “colonialismo de colonos”, da cuenta de la necesidad de atender las diferencias locales. En esta misma línea, Mónica Díaz ha cuestionado el aserto de Verdesio relativo al fracaso del “nuevo paradigma” por la diversidad de agendas de investigación. Dice Díaz: “Sin embargo, dicho comentario crítico apoya el hecho de que el cambio de paradigma identificado por Mignolo y Adorno no establecía lineamientos rígidos que delimitaran la práctica a ciertos temas y regiones, sino que invitaba a nuevas maneras de pensar y practicar los estudios coloniales desde la academia norteamericana, y por tanto funcionó como un catalizador para que veinte años después se identificaran claras ramificaciones dentro del campo, pero que no negaban el espíritu del cambio original y sí lo hacían más sofisticado y lleno de posibilidades” (2014DÍAZ, MÓNICA. “El “nuevo paradigma” de los estudios coloniales latinoamericanos: un cuarto de siglo después”. Revista de Estudios Hispánicos, n. 48, 2014, p. 519-547., p. 525).
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Pienso en metáforas culturales tales como mestizaje (Silvia Rivera Cusicanqui), transculturación (Fernando Ortiz, Ángel Rama), heterogeneidad (José Carlos Mariátegui, Antonio Cornejo Polar), entre-lugar (Silviano Santiago), hibridez (Néstor García Canclini), pensamiento fronterizo (Walter Mignolo), entre otras. A pesar de sus distancias epistemológicas y metodológicas, todas ellas han puesto en entredicho la idea de un sujeto latinoamericano (colonial o poscolonial) unitario, homogéneo, ajeno a contradicciones internas. Muy por el contrario, estas categorías han subrayado una tensión constante en la configuración identitaria de este sujeto, la que en ocasiones se considera salvable o reducible, mientras que en otras permanece irresoluble.
Fechas de Publicación
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Publicación en esta colección
30 Mar 2020 -
Fecha del número
Jan-Apr 2020
Histórico
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Recibido
05 Set 2019 -
Acepto
30 Oct 2019